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Documento BOE-A-2002-14409

Orden ECD/1839/2002, de 24 de junio, por la que se sustituyen las unidades escolares en Malabo (Guinea Ecuatorial) y se delega en el Subsecretario del Departamento la competencia para la firma de un Convenio de colaboración para la impartición de enseñanzas conforme al sistema educativo español en dicha localidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 2002, páginas 26454 a 26455 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-14409
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2002/06/24/ecd1839

TEXTO ORIGINAL

Atendiendo a una petición de la Oficina Técnica de Cooperación en Guinea Ecuatorial y teniendo en cuenta la existencia de población española en virtud del programa de cooperación con ese país, se crearon, por Orden de 4 de marzo de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" de 29 de mayo), tres unidades escolares de EGB, dos de ellas en Malabo, a fin de escolarizar a los alumnos españoles en ese país.

Los cambios habidos en la población española residente en Guinea Ecuatorial han hecho variar sustancialmente las circunstancias del centro desde su creación, especialmente por lo que se refiere al alumnado, que ha pasado a ser en la actualidad mayoritariamente ecuatoguineano: de los 390 alumnos del curso 2001/2002, 365 son ecuatoguineanos, frente a 25 españoles.

Es preciso, por tanto, adaptar la acción educativa en Malabo a estas nuevas circunstancias y a las necesidades que se derivan de la aplicación del nuevo sistema educativo, lo que comporta una mayor exigencia en cuanto a espacios e instalaciones.

Partiendo del interés de la Administración educativa española en mantener la oferta de las enseñanzas regladas del sistema educativo español y en asegurar una auténtica educación multicultural que aporte una visión integradora de las dos culturas a los alumnos escolarizados, se considera necesario mantener la existencia de un centro docente en el que la impartición de las enseñanzas españolas quede asegurada, en condiciones que garanticen la calidad de la enseñanza.

Para ello, resulta precisa la firma de un convenio de colaboración con la Sociedad Salesiana de San Juan Bosco, que goza de un gran prestigio y de reconocida experiencia en el ámbito docente y que ha venido asumiendo desde el curso 1998/99 la impartición de las enseñanzas en el Colegio Español de Bata con excelentes resultados y satisfacción de los agentes educativos implicados, y que además cuenta con unas infraestructuras adecuadas y con la disposición espacial necesaria para asumir la impartición de estas enseñanzas en Malabo.

Por todo ello, y al amparo de lo establecido en el artículo 7.1 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Sustituir las actuales unidades escolares de Educación General Básica existentes en Malabo, creadas por Orden de 4 de marzo de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" de 29 de mayo) por otras de nueva creación en la Comunidad Salesiana de San Juan Bosco de Malabo-Ela Nguema, a través de la suscripción de un convenio de colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1.d) del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior.

Segundo.-De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril ("Boletín Oficial del Estado" del 15), de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y a la vista de las competencias atribuidas por el artículo 11.2 e) del Real Decreto 1331/2000, de 7 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 8), por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se delega en el Subsecretario del Departamento la competencia para suscribir el convenio mencionado en el apartado anterior.

Tercero.-Una vez suscrito el convenio de colaboración conforme a lo previsto en el apartado segundo de la presente Orden, la Inspección Técnica de Educación velará por el correcto funcionamiento del Centro y por la adecuada impartición del currículo correspondiente a las enseñanzas del sistema educativo español. Asimismo, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, expedirá los correspondientes títulos, a los alumnos que finalicen los estudios, y velará por la efectiva convalidación de los mismos con los correspondientes del sistema educativo guineano.

Cuarto.-Con el fin de evitar la interrupción de la acción docente y de garantizar la continuidad de las enseñanzas del actual Colegio Español de Malabo, la sustitución de las unidades escolares a que se refiere el apartado primero de esta Orden surtirá efectos a partir del momento en que la Comunidad Salesiana asuma, conforme a lo señalado en el apartado primero, la impartición de las correspondientes enseñanzas, procurando que coincida con el inicio del curso escolar 2002/2003.

Quinto.-Teniendo en cuenta las necesidades de la acción educativa española en Guinea y al objeto de garantizar un adecuado traspaso de la gestión del Colegio de Malabo a la Comunidad Salesiana de San Juan Bosco, los funcionarios docentes destinados en adscripción temporal en el Colegio, continuarán prestando servicio en el centro hasta la finalización de su actual período de adscripción.

Sexto.-Por la Secretaría General Técnica se adoptarán cuantas medidas sean precisas para ejecutar la presente Orden.

Madrid, 24 de junio de 2002.

DEL CASTILLO VERA

Ilmos. Sres. Subsecretario, Secretario general Técnico y Directora general de Programación Económica, Personal y Servicios.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/06/2002
  • Fecha de publicación: 18/07/2002
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE lo indicado de la Orden de 4 de marzo de 1985.
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Centros de enseñanza españoles en el extranjero
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Educación Cultura y Deporte
  • República de Guinea Ecuatorial
  • Subsecretaría del Ministerio de Educación Cultura y Deporte

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