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Documento BOE-A-2002-11156

Orden DEF/1358/2002, de 9 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Científicos Superiores del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA).

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 2002, páginas 20619 a 20629 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2002-11156

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,

de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" número 41, del 16),

por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año

2002 y con el fin de atender las necesidades de personal de la

Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril,

de Organización y Funcionamiento de la Administración General

del Estado, y en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990,

de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre),

previo informe favorable de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la

Escala de Científicos Superiores del Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas

por el sistema general de acceso libre, según la distribución por

áreas de especialización que figura en el anexo II.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984 de 2 de agosto, ("Boletín Oficial del Estado" del

3), modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial

del Estado" núm. 181 del 24) y por la Ley 22/1993, de 29 de

diciembre, ("Boletín Oficial del Estado" del 31), Ley 17/1993, de

23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24), el Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del

10 de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el sistema

de oposición y curso selectivo, con las pruebas, puntuaciones y

materias que se especifican en el anexo I de la convocatoria.

1.4 Las áreas de especialización de las plazas convocadas,

así como las materias y contenido de las mismas, son los que

se indican en el anexo II.

Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de

especialización de las que se indican en el citado anexo.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará por áreas de especialización, de

acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos en la oposición

y en el curso selectivo a que se refiere el apartado 1.3 del

anexo I.

La fecha de inicio de las pruebas selectivas, no podrá superar

el plazo de cuatro meses contados a partir de la publicación de

la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

1.6 Los aspirantes que hayan superado la oposición serán

nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas, deberán superar el curso

selectivo que se determina en el apartado 1.3 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superada la oposición, será de dos meses a partir de la terminación

del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.

Quienes no superen el curso selectivo, de acuerdo con el

procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente

convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada por la

autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la

evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en

el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o tener la nacionalidad de un país miembro

de la Unión Europea ; también podrán participar los nacionales

del reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia.

También podrán participar, el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Estar en posesión o en condición de obtener el título

de título de Ingeniero Superior, Licenciado, Arquitecto o

equivalente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto. Los estudios efectuados en centros

españoles no estatales o en el extranjero deberán estar

homologados.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española,

deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso

a la función pública.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tiene por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen

en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales,

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido

eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.

Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de

las pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas,

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 790"), que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, y en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública

y en el INTA (carretera Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4, Torrejón

de Ardoz (Madrid), así como en las representaciones diplomáticas

o consulares de España en el extranjero.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que

se detallan a continuación:

Instrucciones para el interesado:

A) Instrucciones generales:

Escribir solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie

dura, utilizando mayúsculas de tipo imprenta.

Asegurarse de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evitar doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escribir en los espacios sombreados o reservados.

No olvidar firmar el impreso.

B) Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consignar:

Defensa.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consignar: Ministerio

y Subsecretaría, código

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria indicar:

2002.

C) Instrucciones particulares:

En el recuadro 15, consignar: Escala de Científicos Superiores

del INTA, código 5301.

En el recuadro 16, consignar necesariamente el área de

especialización a la que opte el candidato. No es necesario indicar

código.

Recuadro 17, referido a forma de acceso, consignar la letra

mayúscula "L" (Libre/nuevo ingreso).

En el recuadro 18, consignar: Ministerio de Defensa. No es

necesario señalar código.

El recuadro 20, referido a provincia de examen, no es necesaria

su cumplimentación.

En el recuadro 21, minusvalía: indicar, si procede, el porcentaje

del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.

En el recuadro 23, indicar, en caso de minusvalía, la adaptación

que se solicita.

En el recuadro 24, se hará constar la titulación que se posee

para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en

la base 2.1.3 de esta convocatoria.

3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la

Administración" del modelo de solicitud), una vez validado por la entidad

colaboradora, se hará en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, carretera de Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4, 28850

Torrejón de Ardoz (Madrid), o en la forma establecida en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del

siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado" y se dirigirá al Director General de Personal

del Ministerio de Defensa. A la solicitud (ejemplar para la

Administración) se acompañarán dos fotocopias del documento

nacional de identidad o pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de

Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso,

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención de visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos, deberán

presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración

jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,

Noruega o Islandia, con el que existe este vínculo, de que no

está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho

de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y de

conformidad con lo dispuesto en la base 6.2 estén exentos de

la realización de la prueba previa de acreditación de conocimiento

del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia compulsada

del diploma superior de español como lengua extranjera, o del

certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por

las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar esta

documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo en

consecuencia realizar la prueba a la que se refiere el apartado 6.2 de esta

convocatoria.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes remitirán seguidamente las mencionadas solicitudes

al Organismo competente. El interesado deberá adjuntar a dicha

solicitud comprobante bancario de haber hecho el ingreso de la

tasa por derechos de examen en la cuenta corriente número

0182/2370/48/0201503641, abierta en el "Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima", sucursal 2370, con domicilio

en calle Serrano, número 37, Madrid, con el título "Tesoro Público.

Ministerio de Defensa. Cuenta restringida para la recaudación de

tasas en el extranjero". Tasa 14020. "Derechos de examen". El

ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del

"Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima", o mediante

transferencia desde cualquier entidad bancaria, siendo preciso que

quede claro ante la entidad destinataria de la transferencia que

el destino de la tasa es el pago de los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas en que

esta adaptación sea necesaria.

3.4 Las certificaciones de homologación habrán de

presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de

febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23), acompañándolas a

la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter

excepcional, al Tribunal con antelación a la celebración de las

correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones

se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al

cual se produjeron. En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal

a la Comisión Permanente de Homologación.

3.5 De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de

la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden Social, modificado por la Ley 55/1999,

de 29 de diciembre y por la Ley 23/2001, de 27 de diciembre,

la tasa por derechos de examen será de 24,52 euros. Dicha

cantidad se ingresará mediante la presentación de la solicitud para

su validación, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o cooperativa

de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria (la práctica totalidad de las mismas).

3.6 Según lo dispuesto en el mencionado artículo 18,

apartado cinco, de la Ley 66/1997, modificado por la Ley 55/1999,

de 29 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por

100, debiendo acompañar a la solicitud a estos efectos, certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuraren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de

publicación de la convocatoria.

En este caso será requisito para el disfrute de la exención que

en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en

cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. La certificación

relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos

previstos en la Ley, se solicitará en la correspondiente oficina

del Servicio Público de Empleo. En cuanto a la acreditación de

las rentas se efectuará con una declaración jurada o promesa

escrita del solicitante ; ambos documentos se deberán acompañar a

la solicitud.

En la solicitud deberá figurar la acreditación del pago de la

tasa correspondiente a los derechos de examen mediante

certificación mecánica o mediante el sello y firma autorizada de la

entidad colaboradora.

La falta de la justificación del abono de los derechos de examen,

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en las oficinas bancarias

supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Director general de Personal del Ministerio de Defensa dictará

Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la

lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá

publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los

lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada

completa de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará

el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio. La mencionada

lista deberá ser expuesta, en todo caso, en el Ministerio de Defensa

y en los Centros establecidos en el artículo 20 del Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10

de abril). En la lista deberán constar los apellidos, nombre, número

del documento nacional de identidad o pasaporte, así como la

causa de la exclusión y plazo para subsanar los defectos.

4.2 En todo caso, al objeto de evitar errores, y en el supuesto

de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no

figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus

nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3 Los aspirantes excluidos u omitidos de la relación de

admitidos y excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,

contados a partir del siguiente al de la publicación de la

Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión de la citada relación.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran

la exclusión o alegaran su omisión, justificando su derecho a estar

incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente

excluidos de la relación de las pruebas.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses a contar a partir del día siguiente a su publicación,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde

tengan su domicilio los interesados, a elección de los mismos,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de

1 de julio, del poder judicial y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, será potestativo del interesado interponer recurso

de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el mismo

órgano que dicta ese acto, en el plazo de un mes, de conformidad

con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según

redacción dada por el artículo 1.o números 31 y 32 de la Ley

4/1999, de 13 de enero.

4.4 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas será el que figura

en el anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Director General de Personal del Ministerio

de Defensa, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante hará público el nombramiento de los

nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas previstas en la

base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan, y con la mitad, al menos, de sus

miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación,

y mínimo de diez días antes de la realización del primer

ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario

correspondiente, o de quienes los sustituyan, y de la mitad, al

menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Director general

de Personal del Ministerio de Defensa.

5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, carretera de Torrejón a Ajalvir, kilómetro 4, 28850

Torrejón de Ardoz (Madrid), teléfono 91 520 13 11 ó 520 12 43.

El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del

19).

5.11 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios que sean escritos y no

deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se

conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos

aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18

de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22) o

cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría

de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado

la oposición un número superior de aspirantes que el de plazas

convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "S" de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial

del Estado" de 2 de abril), por la que se publica el resultado del

sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002. En el supuesto de

que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience

por la letra "S", el orden de actuación se iniciará por aquellos

otros cuyo primer apellido comience por la letra "T", y así

sucesivamente.

6.2 Con carácter previo a la realización de las pruebas de

la oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante

la realización de una prueba en la que se comprobará que posee

un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en

esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1998, de 20 de julio ("Boletín Oficial del

Estado" del 29), por el que se establecen diplomas acreditativos del

conocimiento del español como lengua extranjera.

La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario

obtener la valoración de apto para pasar a realizar las pruebas

de la oposición.

6.2.1 Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén

en posesión del Diploma Superior de Español como Lengua

Extranjera, establecido por el Real Decreto 826/1998, de 20 de julio,

modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de

enero, o del certificado de aptitud es español para extranjeros

expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

6.3 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

personalidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

un único llamamiento siendo excluidos de la convocatoria quienes

no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.5 La publicación del anuncio de la celebración del segundo

ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya

celebrado el primer ejercicio, así como en la sede del Tribunal

señalada en la base 5.9 y por cualesquiera otros medios, si se

juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con

veinticuatro horas, al menos de antelación a la señalada para la

iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el

anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado,

en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se

juzga conveniente, con doce horas, como mínimo, de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán proponer su

exclusión al Director General de Personal del Ministerio de

Defensa, comunicándose, asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas, a los efectos procedentes.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde

tengan su domicilio los interesados, a elección de los mismos,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de

1 de julio, del Poder Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contecioso-Administrativa.

Igualmente, será potestativo del interesado interponer recurso

de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el mismo

órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad

con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según

redacción dada por el artículo primero números 31 y 32 de la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas de la oposición, el Tribunal hará

pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio,

así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en

aquellos otros que estime oportuno, una relación de los aspirantes

aprobados, por orden de puntuación total alcanzada en toda la

oposición, con indicación de su documento nacional de identidad

o pasaporte.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Director General de Personal del Ministerio de

Defensa. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado".

En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han

superado la oposición un número de aspirantes superior al de

las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que

contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Dirección General

de Personal del Ministerio de Defensa, hará pública en los tablones

de anuncios del Ministerio de Defensa, del INTA y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, la relación de los funcionarios

en prácticas que hayan superado dicho curso, por orden de

puntuación obtenida en el mismo.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase teórica

del curso selectivo y en el supuesto de persistir el empate, se

estará a la mayor puntuación obtenida en su fase práctica.

7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Dirección General de

Personal del Ministerio de Defensa, hará pública en los tablones

de anuncios del Ministerio de Defensa, del INTA y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, una sola relación de aspirantes

aprobados por orden de puntuación total alcanzada en todo el

proceso selectivo con especificación de la puntuación obtenida

en la oposición y en el curso selectivo, así como con indicación

del documento nacional de identidad.

En ningún caso la Dirección General de Personal podrá declarar

que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes

superior al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquél en que se hizo pública en el "Boletín Oficial

del Estado" la lista de aprobados a que se refiere la Base 7.1

de la presente convocatoria, los opositores aprobados deberán

presentar, en el Registro General del Ministerio de Defensa, paseo

de la Castellana, 109, 28071 Madrid, o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar así mismo fotocopia compulsada de la acreditación a

que se refiere la citada base.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar, además de la declaración relativa al Estado Español,

declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso

a la función pública, según el modelo que figura como anexo V

a esta convocatoria.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España, deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la

hubieran aportado en el momento de presentar la solicitud de

participación.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la remuneración que

deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas.

Dicha opción deberá ser formulada igualmente por los funcionarios

interinos, por los contratados administrativos y por el personal

laboral, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto

456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 6

de marzo).

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor debidamente acreditados, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno

de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio

de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en

la solicitud inicial.

8.4 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta

del Director general de Personal del Ministerio de Defensa, se

procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en el

que se determinará la fecha en que empezará a surtir efectos dicho

nombramiento.

8.5 Una vez finalizado el curso selectivo, los opositores

aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa

oferta de los mismos.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas

convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera, a propuesta

del Director general de Personal del Ministerio de Defensa,

mediante Resolución del Secretario de Estado para la Administración

Pública que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" con

indicación del destino adjudicado.

Los puestos de trabajo ofrecidos como primer destino que

supongan la participación directa o indirecta en el ejercicio del

poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedan excluidos

de la posibilidad de ser elegidos u ocupados por aspirantes de

nacionalidad no española, siendo los Ministerios de Economía y

Hacienda y para las Administraciones Públicas, según se especifica

en el apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 800/1995, de

19 de mayo, los competentes para determinar cuales serían esos

puestos de trabajo.

8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo la Administración podrá, en su caso, proceder a la

revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la mencionada Ley.

Madrid, 9 de mayo 2002.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Oposición.

b) Curso selectivo.

1.2 Fase de oposición.-La fase de oposición constará de

cuatro ejercicios obligatorios. Todos los ejercicios tendrán carácter

eliminatorio, y son los siguientes:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito en idioma

castellano, un tema general relacionado con el área de

especialización elegida por el aspirante de las que figuran en el anexo II

de esta convocatoria, a escoger entre dos propuestos por el

Tribunal.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de un período de tiempo de dos horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste disponga, que lo calificará valorando

los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de

expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

Segundo ejercicio: Consistirá en la exposición oral en idioma

castellano ante el Tribunal de un tema de las materias comunes

y dos temas de las materias específicas del área de especialización

elegida por el aspirante, del programa que figura en el anexo II

de esta convocatoria.

El aspirante, en presencia del Tribunal, extraerá al azar cinco

temas de los que dos corresponderán a las materias comunes y

tres a las específicas del área de especialización elegida. De entre

los temas extraídos, el aspirante expondrá a su elección un tema

correspondiente a las materias comunes y dos a las materias

específicas. Con carácter previo a la exposición el aspirante dispondrá

de quince minutos para hacer un guión que podrá ser utilizado

en la exposición. Durante este tiempo previo y durante la

exposición de los temas, los opositores no podrán consultar textos

ni documentación alguna.

El tiempo máximo para la exposición de este ejercicio ante

el Tribunal, será de una hora, debiéndose dedicar un mínimo de

quince minutos a cada tema expuesto.

La calificación vendrá determinada por la claridad de la

exposición de ideas así como por la concreción y precisión en el

contenido de los temas expuestos.

Tercer ejercicio: Idioma inglés.

Este ejercicio, constará de dos partes:

A) Parte escrita: Consistirá en la realización de dos

traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa, sobre

dos textos redactados en lengua inglesa y española,

respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias

contenidas en el anexo II de esta convocatoria. La duración

máxima de esta parte del ejercicio, será de una hora.

B) Parte oral: Consistirá en mantener una conversación en

idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de diez

minutos.

El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma

inglés, con preferencia de profesores de la Escuela Oficial de

Idiomas.

Cuarto ejercicio: Este ejercicio, de carácter práctico, consistirá

en la resolución por escrito de un supuesto práctico relacionado

con las materias específicas del área de especialización elegida

por el aspirante, del programa que figura en el anexo II de esta

convocatoria. El Tribunal elaborará tres supuestos por cada área

de especialización, de los que el aspirante extraerá dos al azar

en presencia del Tribunal y resolverá uno, a su elección, de entre

los dos extraídos. Para la realización de este ejercicio el aspirante

podrá llevar consigo y consultar toda la documentación que estime

necesaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública

ante el Tribunal cuando éste disponga, con carácter previo a su

calificación.

Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo

máximo de quince minutos formulará preguntas sobre el tema

desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.

1.3 Curso selectivo.-Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales, cuya

duración máxima será de tres meses.

La parte teórica tendrá una duración máxima de un mes.

La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses

y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de

trabajo del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, mediante

la rotación de los funcionarios en prácticas por distintas Unidades

del mencionado Centro Directivo. Durante esta parte del curso

selectivo, los funcionarios en prácticas tendrán asignados tutores

académicos.

En el plazo de diez días desde la finalización de las prácticas

reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la

Comisión de Valoración prevista en el apartado 2.3 de este anexo,

un informe de las actividades desarrolladas, con los comentarios

o sugerencias que crean oportuno formular.

La asistencia al curso selectivo, en alternancia con prácticas

reales, es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán

directamente de la Subdirección General correspondiente del

Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial.

2. Valoración

2.1 Los ejercicios de la oposición se calificarán de acuerdo

con los siguientes criterios:

Primer ejercicio: La calificación máxima de este ejercicio será

de quince puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez

puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación de hasta diez

puntos por el tema de las materias comunes y de hasta quince

puntos por cada por cada uno de los temas de las materias

espe

cíficas correspondientes al área de especialización elegida por el

aspirante, lo que supone una calificación máxima de cuarenta

puntos, siendo necesario obtener un mínimo de veinte puntos para

superar el ejercicio.

Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de diez

puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para superar el

ejercicio.

Cuarto ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de

cuarenta puntos, siendo necesario obtener veinte puntos para superar

el ejercicio.

En cada ejercicio, cada miembro del Tribunal, incluido el

secretario, calificará por separado a cada aspirante, pudiéndole

adjudicar de cero al máximo de puntos que para cada ejercicio se

señala en los párrafos precedentes del presente apartado. El valor

medio de las puntuaciones computadas constituirá la calificación

del ejercicio. Para calcular este valor medio se excluirá del

cómputo de puntuaciones del aspirante en el ejercicio, la más alta

y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluída más

de una máxima y una mínima.

2.2 Calificación fase oposición.-La calificación final de la fase

de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en los cuatro ejercicios de la misma.

2.3 Curso selectivo.-La Comisión de Valoración nombrada

por la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa

estará integrada por cinco funcionarios de las Subdirecciones

Generales de Investigación y Programas y de Experimentación y

Certificación del INTA, con nivel mínimo de Jefe de Area.

La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección

General correspondiente, la calificación de dicho curso selectivo, quien

la elevará a la Dirección General de Personal para su aprobación.

La calificación máxima total del curso selectivo será de 100

puntos, siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.

Los 100 puntos proceden de valorar con un máximo de 50 puntos

cada una de las dos partes del curso selectivo ; por lo que, estará

suspenso aquel aspirante que no alcance al menos 25 puntos

en cada una de las dos partes citadas.

2.4 Calificación final.-La calificación final del proceso

selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la fase de oposición y en el curso selectivo.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, en el supuesto de persistir el empate, a la mayor

puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso, en el

tercero, primero y cuarto, sucesivamente, de la fase de oposición.

ANEXO II

Áreas de especialización

Las seis plazas de la Escala de Científicos Superiores del INTA

convocadas, lo serán según las áreas de especialización, número

y materias del programa que respectivamente se indican a

continuación:

Núm.

deplazasÁrea deespecialización

Ingeniería Aeroespacial ............................... 3

Física Experimental .................................. 1

Electrónica Aplicada ................................. 1

Seguridad de Sistemas en Tecnologías de Información. 1

PROGRAMA

Primera parte

MATERIASCOMUNES

Organización y funcionamiento de la Administración General

del Estado

1. La Administración General del Estado. Organos superiores

de la Administración General del Estado. Organos territoriales de

la Administración General del Estado.

2. El ordenamiento jurídico administrativo (I). Fuentes. La

Constitución. La Ley. Sus clases. Los tratados internacionales.

3. El ordenamiento jurídico administrativo (II). Los principios

de reserva de Ley, de jerarquía normativa y de competencia.

Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley. Los Estatutos de

Autonomía.

4. El ordenamiento jurídico administrativo (III). El

Reglamento: Concepto y clases. Naturaleza. Fundamento de la potestad

reglamentaria. Límites.

5. Los actos jurídicos de la Administración Pública: Públicos

y privados. El acto administrativo: Concepto, elementos y clases.

6. La eficacia de los actos administrativos. Su ejecutividad.

La ejecución forzosa por la Administración. Nulidad de pleno

derecho y anulabilidad. Revisión de oficio.

7. El procedimiento administrativo. Concepto, naturaleza y

caracterización. El procedimiento administrativo común. Sus

clases.

8. Régimen jurídico de los funcionarios públicos. Derechos

y deberes de los funcionarios públicos. Régimen de

incompatibilidades.

9. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones

en vía judicial. Recursos administrativos. La jurisdicción

contencioso-administrativa. Naturaleza. Cuestiones a las que se extiende.

Cuestiones excluidas. El recurso contencioso-administrativo.

10. La administración institucional. Los organismo públicos.

Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales.

Régimen jurídico. Entidades excluidas de la regulación general.

11. Los Organismos Públicos de Investigación. Misiones y

estructura. El INTA: Disposiciones reguladoras. Misiones,

estructura, organización y funcionamiento.

12. El servicio público. Formas de gestión de los servicios

públicos: La gestión directa e indirecta.

13. El control de las Administraciones Públicas. Principios

comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los

contratos. Perfección, formalización y extinción de los contratos.

Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de los

contratos.

14. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del

Estado. Tipos. Características generales.

15. Régimen de la propiedad industrial y de la propiedad

intelectual.

Segunda parte

MATERIAS ESPECÍFICAS

Área de especialización: Ingeniería Aeroespacial

1. Aerodinámica General. Régimen Subsónico.

2. Aerodinámica General. Régimen Supersónico.

3. Aerodinámica General. Régimen Transónico.

4. Aerodinámica General. Alas Rotatorias.

5. Aerodinámica General. Aeronaves de Colchón de Aire.

6. Aerodinámica General. Ensayos Aerodinámicos.

7. Mecánica de Vuelo. Actuaciones.

8. Mecánica de Vuelo. Maniobras estabilizadas.

9. Mecánica de Vuelo. Estabilidad y Mando.

10. Condiciones de carga. Cargas de Vuelo.

11. Condiciones de carga. Cargas en Tierra.

12. Condiciones de carga. Cargas Especiales.

13. Motores Aeronáuticos. Alternativos ciclo Otto.

14. Motores Aeronáuticos. Alternativos ciclo Diesel.

15. Motores Aeronáuticos. Alternativos de dos y cuatro

tiempos.

16. Motores Aeronáuticos. Alternativos en línea y en estrella.

17. Motores Aeronáuticos. Turborreactores.

18. Motores Aeronáuticos. Turbinas de gas.

19. Motores Aeronáuticos. Turbohélices.

20. Elementos de Propulsión. Hélices y Reductores.

21. Sistemas Auxiliares. Potencia Auxiliar.

22. Sistemas Auxiliares. Tren de aterrizaje.

23. Sistemas Auxiliares. Mandos de Vuelo.

24. Sistemas Auxiliares. Salvamento de ocupantes.

25. Sistemas Auxiliares. Elementos ópticamente

transparentes.

26. Sistemas Auxiliares. Elementos transparentes a

radiaciones.

27. Sistemas Auxiliares. Hidráulico.

28. Sistemas Auxiliares. Combustible.

29. Materiales Estructurales Metálicos. Aceros al carbono.

30. Materiales Estructurales Metálicos. Aceros inoxidables y

especiales.

31. Materiales Estructurales Metálicos. Aleaciones Ligeras.

Aluminio.

32. Materiales Estructurales Metálicos. Aleaciones Ligeras.

Titanio y Berilio.

33. Materiales Estructurales no metálicos.

34. Materiales Estructurales Compuestos. Matriz

termoestable.

35. Materiales Estructurales Compuestos. Matriz

termoplástica.

36. Materiales Estructurales Compuestos. Matriz metálica.

37. Materiales Estructurales Compuestos. Matriz Cerámica.

38. Estructuras. Estática.

39. Estructuras. Vibraciones.

40. Estructuras. Flameo.

41. Estructuras. Fatiga.

42. Estructuras. Tolerancia al daño.

43. Estructuras. Ensayos estructurales estáticos.

44. Estructuras. Ensayos estructurales dinámicos.

45. Estructuras. Ensayos de fatiga y tolerancia al daño.

46. Aviónica. Sistemas Radar.

47. Aviónica. Sistemas de guerra electrónica.

48. Aviónica. Sistemas de cabina.

49. Aviónica. Sistemas de navegación.

50. Aviónica. Sistemas de comunicaciones.

51. Aviónica. Sistemas de identificación.

52. Aviónica. Sistema eléctrico.

53. Aviónica. Ensayos eléctricos.

54. Aviónica. Ensayos electrónicos.

55. Compatibilidad Electromagnética. Ensayos en Cámara.

56. Compatibilidad Electromagnética. Ensayos en Campo

Abierto.

57. Ensayos Ambientales Mecánicos. Vibración.

58. Ensayos Ambientales Mecánicos. Choque.

59. Ensayos Ambientales Mecánicos. Aceleración constante.

60. Ensayos Ambientales Climáticos. Ciclado y choque

térmicos.

61. Ensayos Ambientales Climáticos. Ciclado térmico en

vacío.

62. Ensayos Ambientales Climáticos. Ciclado térmico en

altitud.

63. Ensayos Ambientales de Estanqueidad. Detección de

fugas.

64. Ensayos Ambientales de Estanqueidad. Polvo y lluvia.

65. Ensayos Ambientales Especiales. Fatiga acústica.

66. Ensayos Ambientales Especiales. Ataque químico y

biológico.

67. Ensayos Ambientales Especiales. Viento, granizo y

radiación solar.

68. Armamento Aeronáutico. Equipo de misión.

69. Armamento Aeronáutico. Armas convencionales.

70. Armamento Aeronáutico. Motores Cohete.

71. Armamento Aeronáutico. Sistemas de Guiado.

72. Armamento Aeronáutico. Sistemas de Control.

73. Armamento Aeronáutico. Bombas pasivas y guiadas.

74. Armamento Aeronáutico. Mísiles.

75. Experimentación en Vuelo. Procedimientos de Ensayo de

Aeronaves.

76. Experimentación en Vuelo. Trayectografía.

77. Experimentación en Vuelo. Telecomando.

78. Experimentación en Vuelo. Instrumentación.

79. Experimentación en Vuelo. Adquisición de datos de vuelo.

80. Experimentación en Vuelo. Proceso y reducción de datos.

81. Metrología y Calibración. Patrones Primarios.

82. Metrología y Calibración. Patrones derivados.

83. Certificación Aeronáutica. Ámbito civil.

84. Certificación Aeronáutica. Ámbito militar.

85. Certificación Aeronáutica. Aviones de Transporte.

86. Certificación Aeronáutica. Aeronaves de alas rotatorias.

87. Mecánica celeste y orbital. Determinación de órbitas.

88. Mecánica celeste y orbital. Maniobras y perturbaciones

orbitales.

89. Sistemas de satélites. Entorno espacial.

90. Satélites de comunicaciones. Misiones.

91. Satélites de comunicaciones. Cargas útiles.

92. Satélites de observación. Misiones.

93. Satélites de observación. Cargas útiles.

94. Plataformas espaciales. Estructura y mecanismos.

95. Plataformas espaciales. Control térmico.

96. Plataformas espaciales. Propulsión.

97. Plataformas espaciales. Guiado y control.

98. Plataformas espaciales. Sistema eléctrico.

99. Plataformas espaciales. Generación de potencia.

100. Plataformas espaciales. Telemetría.

101. Plataformas espaciales. Telecomando.

102. Plataformas espaciales. Sistemas de interrupción de

trayectoria en vuelo.

103. Plataformas espaciales. Gestión de datos a bordo.

104. Plataformas espaciales. Integración.

105. Plataformas espaciales. Calificación a nivel de equipo.

106. Plataformas espaciales. Calificación a nivel de sistema.

107. Lanzadores. Tipos, aplicaciones.

108. Integración Lanzador/plataforma.

109. Sistemas espaciales. Centros de control y operación.

110. Sistemas espaciales. Estaciones de tierra.

Área de especialización: Física Experimental

1. El método científico. Métodos y análisis.

2. El método científico. Fases.

3. Medida de Magnitudes. Vectores y escalares.

4. Medida de Magnitudes. Sistema internacional.

5. Medida de Magnitudes. Magnitudes fundamentales y

derivadas.

6. Medida de Magnitudes. Incertidumbres y errores.

7. Estadística. Distribuciones frecuenciales.

8. Estadística. Regresión y correlación.

9. Estadística. Análisis de datos.

10. Mecánica. Masas, centrado e inercia.

11. Mecánica. Estática del punto y sólido.

12. Mecánica. Composición de fuerzas y momentos.

13. Mecánica. Leyes de Newton.

14. Mecánica. Gravitación y campo gravitatorio.

15. Mecánica. Cinemática del punto.

16. Mecánica. Cinemática de sólidos.

17. Mecánica. Dinámica del punto.

18. Mecánica. Dinámica de sólidos.

19. Mecánica. Dinámica orbital.

20. Mecánica. Estática de fluidos.

21. Mecánica. Dinámica de fluidos.

22. Mecánica. Vibraciones.

23. Mecánica. Amortiguamiento.

24. Mecánica. Principios.

25. Termodinámica. Calor y temperatura.

26. Termodinámica. Propiedades termofísicas.

27. Termodinámica. Ciclos termodinámicos.

28. Termodinámica. Radiación térmica.

29. Termodinámica. Conducción y convección.

30. Termodinámica. Sensores de temperatura.

31. Termodinámica. Principios.

32. Termodinámica. Máquinas térmicas.

33. Termodinámica. Humedad.

34. Termodinámica. Física nuclear.

35. Electricidad. Electrostática.

36. Electricidad. Elementos y componentes eléctricos.

37. Electricidad. Sistemas de generación y acumulación de

energía.

38. Electrónica. Elementos y componentes electrónicos.

39. Electrónica. Ensayos electrónicos.

40. Electrónica. Instrumentación de laboratorio.

41. Electrónica. Modulación.

42. Electrónica. Ruidos y filtros.

43. Electromagnetismo. Fundamentos.

44. Electromagnetismo. Ecuaciones de Maxwell.

45. Electromagnetismo. Propagación y ecuación de ondas.

46. Electromagnetismo. Propagación en medios conductores.

47. Electromagnetismo. Propagación en medios anisótropos.

48. Electromagnetismo. Compatibilidad electromagnética

(EMC).

49. Electromagnetismo. Susceptibilidad radiada.

50. Electromagnetismo. Susceptibilidad conducida.

51. Electromagnetismo. Emisión radiada.

52. Electromagnetismo. Emisión conducida.

53. Electromagnetismo. Efecto Hall.

54. Ondulatoria. Determinación experimental de la velocidad

de la luz.

55. Ondulatoria. Fundamentos de la refracción y la difracción.

56. Ondulatoria. Transmisión por fibra óptica.

57. Ondulatoria. Procesos periódicos.

58. Ondulatoria. Aplicaciones láser.

59. Ondulatoria. Propagación.

60. Ondulatoria. Fotometría.

61. Ondulatoria. Espectrofotometría.

62. Acústica. Aplicaciones del efecto Doppler.

63. Acústica. Velocidad del sonido.

64. Acústica. Contaminación acústica.

65. Mecánica cuántica. Postulados y principios.

66. Mecánica cuántica. Oscilador armónico.

67. Física del estado sólido. Fundamentos.

68. Física del estado sólido. Modelo atómico de Böhr.

69. Física del estado sólido. Conductores y semiconductores.

70. Física del estado sólido. Superconductores y aislantes.

71. Física del estado sólido. Principios de incertidumbre.

72. Física del estado sólido. Redes cristalinas.

73. Física de la atmósfera. Geopotenciales.

74. Física de la atmósfera. La circulación general.

75. Física de la atmósfera. Estructura térmica y capas.

76. Física de la atmósfera. Radiaciones.

77. Física de la atmósfera. Ozonosfera.

78. Física de la atmósfera. Ionosfera.

79. Astrofísica. Métodos de observación del Sol.

80. Astrofísica. Cromosfera.

81. Astrofísica. Fotosfera.

82. Ciclos de actividad solar. Número de Wolf.

83. Astrofísica. Clasificaciones espectrales.

84. Astrofísica. Radioastronomía.

85. Instrumentación y Sensores. Microscopios ópticos.

86. Instrumentación y Sensores. Microscopios electrónicos y

de fuente atómica.

87. Instrumentación y Sensores. Espectrómetros.

88. Instrumentación y Sensores. Sensores térmicos.

89. Instrumentación y Sensores. Higrómetros.

90. Instrumentación y Sensores. Manómetros.

91. Instrumentación y Sensores. Fotómetros.

92. Instrumentación y Sensores. Dinamómetros.

93. Instrumentación y Sensores. Caudalímetros.

94. Instrumentación y Sensores. Fibra óptica.

95. Instrumentación y Sensores. Anemómetros.

96. Instrumentación y Sensores. Voltímetros y amperímetros.

97. Instrumentación y Sensores. Observación de la atmósfera.

98. Instrumentación y Sensores. Observación de la Tierra.

99. Instrumentación y Sensores. Telescopios.

100. Instrumentación y Sensores. Osciloscopios.

101. Instrumentación y Sensores. Sonómetros.

102. Metrología y Calibración. Dimensional.

103. Metrología y Calibración. Masa.

104. Metrología y Calibración. Fuerza y presión.

105. Metrología y Calibración. Tiempo y frecuencia.

106. Metrología y Calibración. Intensidad luminosa.

107. Metrología y Calibración. Temperatura y humedad.

108. Metrología y Calibración. Tensión e intensidad

eléctricas.

109. Metrología y Calibración. Caudal y viscosidad.

110. Metrología y Calibración. Resistencia e impedancia

eléctricas.

Área de Especialización: Electrónica Aplicada

1. Sistema general de aviónica.

2. Compatibilidad electromagnética en aeronaves.

3. Ensayos de EMC en cámara anecóica.

4. Ensayos de EMC en cámara reverberante.

5. Condiciones de protección personal en el ámbito

radioeléctrico.

6. Caracterización del canal satélite. Propagación en espacio

libre, atenuación atmosférica, etc.

7. Balances de enlace para un satélite de comunicaciones.

8. Sistemas regenerativos. Procesado a bordo.

9. Técnicas de acceso múltiple. FDMA.

10. Técnicas de acceso múltiple. TDMA.

11. Técnicas de acceso múltiple. CDMA.

12. Sistema de distribución de información multifuncional

MIDS.

13. Antenas. Generalidades. Tipos.

14. Antenas PHASED ARRAY.

15. Técnicas de diseño de antenas.

16. Método de los momentos.

17. Técnicas de alta frecuencia. Optica física.

18. Técnicas de alta frecuencia. Teoría de la difracción.

19. Sistemas de medida de antenas en espacio libre.

20. Sistemas de medida de antenas en campo cercano.

21. Sistemas de medida de antenas en campo compacto.

22. Balance de errores en la medida de antenas.

23. Analizador vectorial de redes. Medida de parámetros S.

24. Analizador de espectros. Medida del espectro

radioeléctrico.

25. Receptores de microondas. Características.

26. Receptores superheterodinos y homodinos.

27. Receptores de cristal de video y de medida de frecuencia

instantánea.

28. Análisis de la distribución de sistemas radiantes en

aeronaves militares.

29. Fabricación de células solares. Parámetros.

30. Células solares espaciales. Tipos. tecnologías.

31. Caracterización eléctrica de células solares espaciales.

32. Entorno espacial. Influencia en las células solares.

33. Simuladores solares. Caracterización. tipos.

34. Células solares espaciales.

35. Células multiunión. Características. sistemas de medida.

36. Respuesta espectral. Sistemas de ensayo.

37. Calibración de células solares de aplicación espacial.

Métodos.

38. Método global terrestre. Aplicación. incertidumbre.

39. Plan de ensayos para calificación de células solares

espaciales.

40. Células solares patrones primarias y secundarias.

Obtención.

41. Radiación solar. Instrumentos de medida.

42. Células solares de AS-GA. Aplicaciones espaciales.

43. Normativas aplicables a la medida y calibración de células

solares espaciales.

44. Descripción general de radar. Diagrama de bloques.

45. Predicción del alcance radar. Ecuación radar. efecto del

JAMMING.

46. Configuración de receptores de radar.

47. Influencia de la frecuencia en las características del radar.

48. Radares CW de onda continua, aplicaciones.

49. Radares FMCW.

50. Radares PMCW.

51. Radares LPI de baja probabilidad de interceptación.

52. Radar meteorológico.

53. Radar biestático. Radar pasivo.

54. Radar DOPPLER pulsado.

55. Técnicas de compresión de pulsos.

56. Radar sintético de alta resolución.

57. Radares de apertura sintética. Modo SWATH.

58. Radares de apertura sintética. Modo SPOTLIGHT.

59. Radares de apertura sintética. Modo ISAR.

60. Radares de apertura sintética. Técnicas de autoenfoque

.

61. Radares de apertura sintética. Algoritmo de formateo

polar.

62. Radares de apertura sintética. Compensación de

movimiento.

63. Obtención de imágenes 2D-ISAR.

64. Análisis estadístico del CLUTTER en radar.

65. Radares de seguimiento y sus contramedidas.

66. Caracterización de blancos radar fluctuantes. Modelos de

SWERLING.

67. Guiado de misiles por radar.

68. ECMS y EPMS en radar.

69. Sistemas ESM / ECM en aviones de combate.

70. Sistemas semiactivos CW.

71. Perturbaciones de engaño y ruido activo en guerra

electrónica.

72. Alertadores radar.

73. Sistemas de navegación por satélite.

74. Sistema GPS.

75. Sistemas de aproximación y aterrizaje: ILS, MLS.

76. Sistemas de radionavegación.VOR.

77. Sistemas de radionavegación. DME.

78. Sistemas de radionavegación. Tacan.

79. Radiogoniometría clásica.

80. Radares secundarios.

81. El modo S.

82. Sistemas de identificación amigo / enemigo: IFF.

83. Ensayos de sistemas IFF.

84. Análisis espectral espacio-temporal.

85. Análisis tiempo-frecuencia.

86. Procesado CIA. Análisis de imágenes complejas.

87. Estimación espectral clásica y autorregresiva.

88. JEM. Modulación de la señal radar por el motor.

89. Perfiles angulares y HRRP de imágenes radar.

90. WAVELETS. Análisis de fenómenos electromagnéticos.

Algoritmos de identificación.

91. Análisis de señales mediante la DFT.

92. Técnicas de diseño de filtros discretos.

93. La transformada de Fourier local.

94. La FFT.

95. Señales aleatorias en tiempo discreto. Media, varianza

y autocorrelación.

96. Reconstrucción de una señal limitada en el tiempo a través

de sus muestras.

97. Conversión A/D.

98. Conversión D/A.

99. Diseño de fuentes de alimentación de aplicación

aeroespacial.

100. Diseño de circuitos de alta frecuencia.

101. Diseño de filtros analógicos.

102. Microprocesadores.

103. Lógica programable.

104. Sistemas de medida de RCS en campo abierto.

105. Sistemas de medida de RCS en campo compacto.

106. Sistemas de medida en espacio libre para

caracterización electromagnética de materiales.

107. Medidas de absorción de materiales absorbentes al

radar.

108. Verificación de especificaciones de baja observabilidad

en aviones militares.

109. Geometrías con características de baja observabilidad

al radar.

110. Calificación de especificaciones de baja observabilidad

en aviones militares.

Área de Especialización: Seguridad de Sistemas en Tecnologías

de Información

1. Sistemas de Información. El ciclo de vida de los sistemas

de información.

2. Sistemas de Información. Planificación del sistema de

información.

3. Sistemas de Información. Análisis de requisitos.

4. Sistemas de Información. Análisis de los datos.

5. Sistemas de Información. Análisis de los procesos y

orientado a objetos.

6. Sistemas de Información. Diseño estructurado y orientado

a objetos.

7. Sistemas de Información y la Organización. Análisis y

gestión de riesgos. Magerit.

8. Sistemas de Información y la Organización. La legislación

de protección de datos de carácter personal.

9. Sistemas de Información y la Organización. Sistemas de

planificación de recursos de la empresa: ERP.

10. Sistemas de Información y la Organización. Arquitectura

de un ERP.

11. Sistemas de Información y la Organización.

Infraestructura general de un ERP.

12. Sistemas de Información y la Organización. Integración

de un ERP con un sistema documental y con el directorio.

13. Sistemas de Información y la Organización. Arquitectura

de acceso al ERP desde un portal corportativo.

14. Sistemas de Información y la Organización. Organización

de un servicio de atención al usuario.

15. Seguridad Perimetral. Estrategias de seguridad.

16. Seguridad Perimetral. Políticas de seguridad.

17. Seguridad perimetral. Necesidad de cortafuegos.

18. Seguridad Perimetral. Servicios Internet que necesitan

asegurarse.

19. Seguridad Perimetral. Configuración segura del correo

electrónico, ftp, telent y comandos remotos.

20. Seguridad Perimetral. Diseño de cortafuegos.

21. Seguridad Perimetral. Mantenimiento de cortafuegos.

22. Seguridad Perimetral. Servidores y protocolos Web

seguros.

23. Seguridad Perimetral. Filtro de paquetes.

24. Seguridad Perimetral. Configuración segura de otros

servicios de información y búsqueda a través de Internet: WAIS,

GOPHER, ARCHIE, FINGER, WHOIS.

25. Seguridad Perimetral. Bastionado de servidores.

26. Seguridad Perimetral. Servicios de conferencia en tiempo

real.

27. Seguridad Perimetral. Configuración segura del sistema

de nombres de dominio (dns).

28. Seguridad Perimetral. Recomendaciones de seguridad

para logs del sistema.

29. Seguridad Perimetral. Sistemas proxy.

30. Seguridad Perimetral. Seguridad en los servicios de

gestión de la red.

31. Seguridad Perimetral. Protocolo de tiempos, sistemas de

ficheros, nombres, ventanas e impresión.

32. Seguridad Perimetral. Arquitectura de protección de

subred.

33. Seguridad Perimetral. Arquitectura de protección de

servidor.

34. Seguridad Perimetral. Autenticación y servicios entrantes.

35. Seguridad Perimetral. Respuesta a las incidencias de

seguridad.

36. Seguridad Perimetral. Equipos de respuesta y

organización.

37. Seguridad Perimetral. Herramientas para controlar la

seguridad.

38. Seguridad en las Comunicaciones. Hardward de red.

39. Seguridad en las Comunicaciones. Software de red.

40. Seguridad en las Comunicaciones. Modelo de referencia

OSI.

41. Seguridad en las Comunicaciones. Modelo de referencia

TCP/IP.

42. Seguridad en las Comunicaciones. Bases teóricas de la

comunicación de datos.

43. Seguridad en las Comunicaciones. Medios de

transmisión.

44. Seguridad en las Comunicaciones. Transmisión

inalámbrica.

45. Seguridad en las Comunicaciones. El sistema telefónico.

46. Seguridad en las Comunicaciones. RDSI de banda

estrecha.

47. Seguridad en las Comunicaciones. RDSI de banda ancha

y ATM.

48. Seguridad en las Comunicaciones. Radio celular.

49. Seguridad en las Comunicaciones. Satélites de

comunicaciones.

50. Seguridad en las Comunicaciones. Detección y corrección

de errores en la capa de enlace de datos.

51. Seguridad en las Comunicaciones. Protocolos

elementales de la capa de enlace.

52. Seguridad en las Comunicaciones. Protocolo de ventana

deslizante.

53. Seguridad en las Comunicaciones. Control del enlace de

datos a alto nivel: DIC.

54. Seguridad en las Comunicaciones. Tipos de acceso al

medio.

55. Seguridad en las Comunicaciones. Protocolo de acceso

múltiple al medio.

56. Seguridad en las Comunicaciones. Estándar IEEE para

LAN y WAN.

57. Seguridad en las Comunicaciones. Puentes.

58. Seguridad en las Comunicaciones. Redes de área local

de alta velocidad.

59. Seguridad en las Comunicaciones. Redes de satélites.

60. Seguridad en las Comunicaciones. Diseño de la capa de

red.

61. Seguridad en las Comunicaciones. Algoritmos de

enrutamiento.

62. Seguridad en las Comunicaciones. Algoritmos de control

de la congestión.

63. Seguridad en las Comunicaciones. Interconexión de

redes.

64. Seguridad en las Comunicaciones. Capa de red de

TCP/IP.

65. Seguridad en las Comunicaciones. Capa de red en ATM.

66. Seguridad en las Comunicaciones. Servicio de transporte.

67. Seguridad en las Comunicaciones. Elementos de los

protocolos de transporte.

68. Seguridad en las Comunicaciones. Protocolos de

transporte de TCP/IP.

69. Seguridad en las Comunicaciones. Protocolos de

transporte en ATM.

70. Seguridad en las Comunicaciones. Seguridad en la red

a nivel de aplicación.

71. Seguridad en las Comunicaciones. Protocolo de

administración de redes: SNMP.

72. Seguridad en las Comunicaciones. Multimedia.

73. Seguridad en las Comunicaciones. Redes de área extensa.

74. Seguridad en las Comunicaciones. Sistemas avanzados

de telecomunicaciones.

75. Seguridad en las Comunicaciones. Las comunicaciones

móviles.

76. Seguridad en las Comunicaciones. La red Internet.

77. Seguridad en las Comunicaciones. Intranets y Extranets

en las organizaciones.

78. Seguridad en los Datos. Bases de datos.

79. Seguridad en los Datos. Sistemas de gestión de bases

de datos.

80. Seguridad en los Datos. Cláusulas avanzadas de

selección.

81. Seguridad en los Datos. Manipulación de datos.

82. Seguridad en los Datos. Creación, modificación y borrado

de tablas y vistas.

83. Seguridad en los Datos. Administración básica de una

BD.

84. Seguridad en los Datos. Cursores, excepciones y control

de transacciones.

85. Seguridad en los Datos. Componentes de una arquitectura

de bases de datos.

86. Seguridad en los Datos. Uso de herramientas de

administración.

87. Seguridad en los Datos. Creación de una base de datos.

88. Seguridad en los Datos. Creación de las vistas del

diccionario de datos.

89. Seguridad en los Datos. Ficheros de control y de redo-log.

90. Seguridad en los Datos. Manejo de espacios de tablas

y ficheros de datos.

91. Seguridad en los Datos. Estructuras de almacenamiento

y relaciones.

92. Seguridad en los Datos. Manejo de segmentos de

roll-back.

93. Seguridad en los Datos. Manejo de segmentos

temporales.

94. Seguridad en los Datos. Administración de tablas.

95. Seguridad en los Datos. Administración de índices.

96. Seguridad en los Datos. Gestión de usuarios.

97. Seguridad en los Datos. Gestión de privilegios.

98. Seguridad en los Datos. Gestión de roles.

99. Almacenamiento y recuperación de datos. Dispositivos

de almacenamiento de la información.

100. Almacenamiento y recuperación de datos. Sistemas de

matrices de discos con redundancia.

101. Almacenamiento y recuperación de datos. Sistemas

NAS.

102. Almacenamiento y recuperación de datos. Redes de

almacenamiento.

103. Almacenamiento y recuperación de datos. Sistemas de

recuperación de la información.

104. Almacenamiento y recuperación de datos. Políticas y

métodos para la conservación y recuperación de la información.

105. Servicios, técnicas y mecanismos de seguridad. Técnicas

y mecanismos criptográficos.

106. Servicios, técnicas y mecanismos de seguridad.

Servicios de certificación electrónica.

107. Servicios, técnicas y mecanismos de seguridad. Los

protocolos seguros.

108. Servicios, técnicas y mecanismos de seguridad. Firma

electrónica.

109. Servicios, técnicas y mecanismos de seguridad. La

tecnología de tarjetas inteligentes.

110. Servicios, técnicas y mecanismos de seguridad.

Infraestructura de clave pública.

ANEXO III

Tribunales

Tribunal titular:

Presidente: Don Eduardo Zamarripa Martínez, General de

Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire, Escala Superior.

Secretario: Don Alberto Pérez Esteban, Capitán del Cuerpo

Jurídico Militar de la Defensa, Escala Superior de Oficiales.

Vocales: Don Bartolomé Marqués Balaguer, funcionario de

carrera de la Escala de Científicos Especializados del INTA ; don

Eduardo Quintas Ripoll, funcionario de carrera de la Escala de

Científicos Especializados del INTA, y don José Luis Huertas

Navarro, funcionario de carrera de la Escala de Científicos

Superiores del INTA.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Angel Moratilla Ramos, funcionario de carrera

de la Escala de Científicos Superiores del INTA.

Secretario: Don José Antonio Louro Rodríguez, Comandante

del Cuerpo de Intervención de la Defensa, Escala Superior de

Oficiales.

Vocales: Don Ramón de Juan Cebrián, funcionario de carrera

de la Escala de Científicos Especializados del INTA ; doña Carmen

Morales Durán, funcionaria de carrera de la Escala de Científicos

Especializados del INTA, y don Juan Luis Cano Monasterio,

funcionario de carrera de la Escala de Científicos Especializados del

INTA.

ANEXO IV

Don ................................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y con documento nacional de identidad/Pasaporte ....................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala de Científicos Superiores del

INTA, que no ha sido separado del servicio en ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas.

En Madrid, a ........ de .......................................... de 2002.

ANEXO V

Don/Doña .......................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y documento de identidad o pasaporte número .........................,

declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado

funcionario/a de carrera de la Escala de Científicos Superiores

del INTA, que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o

condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

En Madrid, a ........ de .......................................... de 2002.

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