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Documento BOE-A-2001-3015

Resolución de 11 de enero de 2001, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo, correspondientes a los grupos C y D.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2001, páginas 5318 a 5331 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-3015

TEXTO ORIGINAL

Vacantes los puestos de trabajo de personal de Administración

y Servicios que se relacionan en el anexo I, dotados

presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención

a las necesidades del servicio,

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por

el artículo 18, en relación con el 3.o, e), de la Ley de Reforma

Universitaria, y por el artículo 35 de los Estatutos de la

Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio

("Boletín Oficial del Estado" de 31 de julio) ; de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la

redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ; en la relación

de puestos de trabajo de la Universidad, y en el Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, ha resuelto convocar concurso específico

para cubrir el citado puesto vacante con arreglo a las siguientes

bases de la convocatoria:

Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los

funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad

Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos

y Escalas clasificados en los grupos C y D comprendidos en el

artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción

del personal docente e investigador, sanitario, de Correos y

Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte

Aéreo y Meteorología.

2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que

se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios

en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de

la situación de suspenso que hayan cumplido el período de

suspensión, excedencia voluntaria y excedencia para el cuidado de

hijos.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán

participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones

a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de

28 de julio.

4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades

Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si

han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.

5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular [artículo 29.3.c), de la Ley 30/1984] sólo podrán participar

si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha

situación.

6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado

de hijos que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo podrán

participar en el concurso si han transcurrido dos años desde la

toma de posesión de dicho puesto, salvo que participen para cubrir

vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado, departamento

u organismo en el que tengan reservado el puesto de trabajo.

7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a

la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán

instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto

o puestos de trabajo solicitados que no suponga una modificación

exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión de

Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal,

la información que estime necesaria en orden a la adaptación

aducida, así como el dictamen de los órganos técnicos de la

Administración laboral, sanitaria o de los competentes del Ministerio

de Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y

de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones

del puesto en concreto.

Tercera.-El puesto de trabajo que puede solicitar se detalla

en el anexo I. Los concursantes habrán de reunir los requisitos

del grupo que se señalan en el anexo I y Cuerpo o Escala de

los establecidos en la relación de puestos de trabajo de esta

Universidad.

Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de

acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se

detalla:

Primera fase.

4.1 Grado personal consolidado:

4.1.1 Por grado personal igual o superior al del puesto

solicitado: Tres puntos.

4.1.2 Por grado personal inferior en dos niveles al del puesto

solicitado: Dos puntos.

4.1.3 Por grado personal inferior en tres o más niveles al

del puesto solicitado: Un punto.

4.2 Valoración del puesto de trabajo desarrollado: La

valoración del trabajo desarrollado en la Universidad Nacional de

Educación a Distancia se hará considerando las unidades y niveles

administrativos de los puestos de trabajo donde se hubieran

prestado servicios durante los últimos seis años, siempre que dicha

plaza se hubiera obtenido mediante concurso.

En caso de estar desempeñando un puesto que no se hubiera

obtenido mediante concurso (en comisión de servicios, adscripción

provisional, etc.), la valoración provisional del trabajo se efectuará

siempre en el puesto de origen.

Todo ello según la siguiente tabla:

Númerodeañosenelpuesto

Puestodetrabajo

1 2 3 4 5 6

En la misma unidad

administrativa ............... 3,2 3,4 3,6 3,8 4,0 4,2

En el mismo área y nivel

administrativo .......... 2,7 2,9 3,1 3,3 3,5 3,7

En el mismo área e inferior

nivel ................... 2,2 2,4 2,6 2,8 3,0 3,2

En diferente área y mismo

nivel ................... 1,7 1,9 2,1 2,3 2,5 2,7

En diferente área e inferior

nivel ................... 1,2 1,4 1,6 1,8 2,0 2,2

En el supuesto de que de la aplicación de la tabla resultase

más de una puntuación se tendrá en cuenta la más alta, añadiendo

a la misma:

Por año trabajado en el área de la plaza objeto de concurso:

a) En un puesto del mismo nivel que ésta: 0,100 puntos.

b) En un puesto de distinto nivel que ésta, 0,075 puntos.

Por año trabajado en un área diferente al de las plazas objeto

de concurso:

a) En un puesto del mismo nivel que ésta, 0,075 puntos.

b) En un puesto de distinto nivel que ésta, 0,050 puntos.

A los efectos de valoración de estos méritos, se considerará

la unidad administrativa como el negociado objeto del concurso.

La valoración máxima por este apartado será de 4,2 puntos.

4.3 Cursos de formación y perfeccionamiento.-En este

apartado sólo se tendrán en cuenta los impartidos con el plan de

formación de la Gerencia de la Universidad Nacional de Educación

a Distancia, Instituto Nacional de la Administración Pública u

organismos oficiales.

Se valorará con un máximo de 1,4 puntos.

4.4 Antigüedad en la Administración:

4.4.1 Por cada año de servicios reconocidos en la

Administración o fracción superior a seis meses, 0,05 puntos, hasta un

máximo de dos.

4.4.2 Por cada año de servicios prestados en la UNED o

fracción superior a seis meses: 0,10 puntos, hasta un máximo

de dos.

A los efectos de valoración no se computarán los años de

servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros

igualmente alegados.

La valoración máxima por este apartado será de dos puntos.

4.5 Cuerpo o escala.-Por pertenecer a cuerpo o escala del

grupo C de clasificación (artículo 25 de la Ley 30/1984), 1,40

puntos.

Por pertenecer a cuerpo o escala del grupo D de clasificación

(artículo 25 de la Ley 30/1984), 0,9 puntos.

Segunda fase: Para acceder a esta fase, el/la aspirante deberá

obtener en la primera fase, al menos, seis puntos.

4.6 Méritos específicos.-En concepto de méritos específicos

adecuados a las características del puesto de trabajo, se valorarán

los reseñados en el anexo I de esta convocatoria como

determinantes de la idoneidad de quien aspire a desempeñar el puesto.

Para la valoración de estos méritos, los aspirantes deberán

presentar su currículum vitae con las certificaciones, títulos y

justificantes que estimen pertinentes.

La valoración de esta fase se efectuará mediante puntuación

obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno

de los miembros de la Comisión de Valoración, desechándose

la máxima y mínima concedidas o, en su caso, una de las que

aparezcan repetidas.

En el proceso de valoración de estos méritos específicos la

Comisión de Valoración podrá reclamar del concursante cuantas

aclaraciones sobre los méritos alegados crea conveniente, a fin

de realizar una valoración adecuada de los mismos.

La puntuación máxima para esta fase será de 1,5 puntos.

Quinta.-La propuesta de Resolución para cada una de las

plazas convocadas deberá recaer sobre la persona candidata que haya

obtenido la mayor puntuación, sumados los resultados finales de

las dos fases.

En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo

dispuesto en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de

Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del

Estado y de previsión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General

del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate

una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante

cuyos apellidos sean los primeros en prelación a partir de la

letra B, de conformidad con lo establecido en la Resolución de

la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de

febrero de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo), por

la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 16 de

febrero.

Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos

imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del

modelo que figura como anexo IV de esta Resolución. Dicho

certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia

de personal de cada organismo, o por la Sección de Personal

de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se

trate de funcionarios en servicio activo o en excedencia para

cuidado de hijos.

En el caso de los excedentes voluntarios, los certificados serán

expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que

figura adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General

de la Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de

la AISS o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas,

asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales

certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del

Ministerio u organismo donde tuvieran su último destino definitivo.

Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso

acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la

terminación de su período de suspensión.

3. Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

4. Los expectantes de destino por supresión del puesto

aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General

de la Función Pública.

Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este

concurso, dirigidas al excelentísimo señor Rector Magnífico de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al modelo

publicado como anexo II de esta Resolución y se presentarán en

el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", bien directamente en las Unidades de Atención al Público

(Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de Educación

a Distancia sitas en la calle Bravo Murillo, 38 (28015 Madrid),

edificio de Humanidades, calle Senda del Rey, sin número, y

Pabe

llón de Gobierno, Ciudad Universitaria, sin número (28040

Madrid), bien en las formas establecidas en el artículo 38 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación

que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,

adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos

respectivos, así como el currículum vitae, certificaciones, títulos o

justificantes a que hace referencia el baremo correspondiente.

Los anexos a presentar son los siguientes:

Anexo II: Solicitud de participación.

Anexo III: Puesto solicitado, por orden de referencia.

Anexo IV: Certificación de la Unidad de Personal.

Anexo V: Currículum vitae profesional.

3. En el supuesto de estar interesados en las vacantes que

se anuncian en este concurso dos funcionarios, aunque

pertenezcan a distintos cuerpos o escalas, podrán condicionar su petición,

por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos

obtengan destino en este concurso, entendiéndose, en caso contrario,

anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes

que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a

su instancia una fotocopia de la petición del otro, y expresarlo

en el recuadro correspondiente de la solicitud.

Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente

Comisión:

Titulares:

Presidenta: Doña Paloma Centeno Fernández, Jefa del Servicio

de Investigación.

Vocales: Por la Gerencia, don Jesús Santaengracia Peña, Jefe

de Sección de Producción Audiovisual y Nuevas Tecnologías ; don

Alfonso del Triunfo López, Administrador de la Facultad de

Filología ; doña Carmen Gómez González, Administradora de la

Facultad de Educación, y don Antonio Castiñeiras Pérez, Jefe de Sección

del Curso de Acceso.

Secretaria: Doña Mercedes Hernández Morales, Jefa del

Servicio de Comunicaciones.

Suplentes:

Presidente: Don Indalecio Sánchez Gil, Jefe del Servicio de

Contabilidad.

Vocales: Por la Gerencia, don Ramón Escuder Cabrejas, Jefe

del Servicio de Alumnos ; doña María Paz del Rincón Sánchez,

Administradora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología ;

don José María Martínez Díez, Jefe de Sección de Habilitación,

y doña Teresa Mendoza Sánchez, Jefa de Sección de Contabilidad

Financiera y Presupuestaria.

Secretaria: Doña Montserrat Nieto Asensio, Jefa del Negocio

de Planes y Programas.

La Junta de Personal designará un representante para que

asista a la Comisión de Valoración.

Novena.-1. Una vez transcurrido el período de presentación

de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para

el peticionario y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto

si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar

el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre

ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción

realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del

plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del

otro puesto.

2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto

de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.

Décima.-El plazo para la Resolución del concurso será de cinco

meses, contados desde el día siguiente al de la finalización de

la presentación de solicitudes.

Undécima.-1. Se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la resolución del Rectorado, determinando el puesto de trabajo

que se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.

2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido

será de tres días si radica en la misma localidad, o de un mes

si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio

activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que

resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al

servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse

desde el día siguiente a dicha publicación.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez

finalizados los permisos y licencias que, en su caso, hayan sido

concedidos a los interesados.

4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como

de servicio activo.

Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de

reposición ante el excelentísimo y magnífico señor Rector de esta

Universidad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente

a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente

a su publicación.

Madrid, 11 de enero de 2001.-El Rector, Jaime Montalvo

Correa.

ANEXO I: (Ver imágenes páginas 5321 a 5327)

ANEXO II

Concurso de méritos convocado por Resolución

de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

de fecha ........................

("Boletín Oficial del Estado" número ......)

Solicitud de participación en el concurso de méritos que

formula:

D/Doña ....................................................,

documento nacional de identidad número ......................,

domicilio ............................., teléfono ..............,

localidad ..............................., C. P. ...............,

Administración a la que pertenece ..............................,

número de Registro de Personal ....................., Grupo ...,

grado consolidado ......

SOLICITA: Participar en el concurso referenciado en el

encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, y al

efecto acompaña reseña del puesto al que aspira, así como la

documentación que en el índice se detalla, justificativa de

circunstancias, requisitos y méritos.

CONDICIONA su solicitud a la de otro funcionario (Base 7.3

de la convocatoria):

En ............ a ...... de ............ de 200 ...

ANEXO III

Concurso de méritos convocado por Resolución

de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

de fecha ........................

("Boletín Oficial del Estado" número ......)

Reseña del puesto que solicita d/doña .......................

Número del puesto Denominación del puesto

ANEXO IV: (Ver imágenes páginas 5329 y 5330)

ANEXO V

Currículum vitae

A) Datos personales:

Apellidos:

Nombre:

Documento nacional de identidad:

Domicilio (calle):

Domicilio (localidad):

Código postal:

Teléfono:

B) Datos profesionales:

Cuerpo o Escala:

Nivel de complemento de destino:

Grado consolidado:

Historial profesional (con breve descripción de tareas):

C) Datos académicos y aptitudes:

Títulos:

Cursos:

Idiomas:

Otros:

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