Ambas convocatorias se regirán por las mismas bases. Los
aspirantes deberán optar por presentarse únicamente a una de las
dos convocatorias. En ningún caso las plazas que pudieran quedar
vacantes en la convocatoria de promoción interna podrán
acumularse a la convocatoria de turno libre.
Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real
Decreto 119/2001, de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"
del 10), por el que se aprueba la oferta de empleo público para
el año 2001, y con el fin de atender las necesidades de personal
del Ministerio de Economía, en uso de las competencias que le
están atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990,
de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre),
previo informe favorable de la Dirección General de la Función
Pública, este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para
el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y
Economistas del Estado, código 0601, con sujeción a las siguientes
Bases de las convocatorias
1. Normas generales
1.1 En la convocatoria para turno libre se convocan pruebas
selectivas para cubrir 12 plazas.
1.1.1 De acuerdo con la disposición adicional decimonovena
de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la
Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, y el artículo 19 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal
al servicio de la Administración del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado, del total de plazas
ofertadas se reservará un 3 por 100 para ser cubiertas por personas
con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100. Este cupo de reserva asciende en la presente convocatoria
a una plaza. Esta plaza se acumulará al sistema general de acceso
libre, en caso de no ser cubierta.
1.2 En la convocatoria para promoción interna, se convocan
pruebas selectivas para cubrir 2 plazas de las previstas en el
artículo 5 del Real Decreto 119/2001, de 9 de febrero ("Boletín
Oficial del Estado" del 10).
1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real
Decreto 119/2001, de 9 de febrero, y lo dispuesto en las presentes
convocatorias.
1.4 Cada proceso selectivo constará de una fase de oposición,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso
selectivo.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de estas convocatorias.
1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.
1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición no se iniciará
antes del 1 de febrero del año 2002, y la duración máxima de
esta fase será de diez meses, contados a partir de la fecha de
celebración del primer ejercicio de las presentes convocatorias.
1.8 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad competente. Estos funcionarios en
prácticas deberán superar el curso selectivo que se determina en
el anexo I B), el cual comenzará en el plazo máximo de tres meses,
a partir de la terminación del fijado en la base 8.1. de las presentes
convocatorias.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada, y apreciada por la
Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, una
vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial,
intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con
la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no superasen el curso selectivo, perderán
el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
1.9 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados superior al número establecido, será nula
de pleno derecho. Por tanto, este número no podrá ser superior
a 12 en la convocatoria de acceso libre, ni superior a 2 en la
convocatoria de promoción interna.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, o equivalente.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por la
convocatoria de promoción interna, deberán pertenecer el día de la
publicación de las presentes convocatorias en el "Boletín Oficial
del Estado" a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, estar
incluídos en el ámbito de aplicación del apartado 1 del artículo
uno de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, tener una antigüedad
de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a la que pertenezcan
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes,
y reunir los demás requisitos exigidos en estas convocatorias.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o
actividades semejantes a las de los Cuerpos o Escalas del grupo B,
serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en
la convocatoria de promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 y 2.2,
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de
posesión como funcionarios de carrera.
2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de
funcionarios de organismos internacionales habrán de ajustarse a los
requisitos y condiciones que, para el acceso de los mismos en
los Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado establece
el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de
funcionarios de nacionalidad española de organismos
internacionales a los Cuerpos y Escalas de la Administración General del
Estado.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio
de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la
Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,
en la Subdirección General de Recursos Humanos y Organización
del Ministerio de Economía y en las representaciones diplomáticas
o consulares de España en el extranjero.
Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del
documento nacional de identidad.
Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que
se detallan a continuación:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne
Ministerio de Economía.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consigne
Subsecretaría y el código 24001.
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,
consigne el código 24020.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria,
señale 01.
En el recuadro 15. Cuerpo, Escala, Grupo profesional o
Categoría. Consigne el texto del Cuerpo Superior de Técnicos
Comerciales y Economistas del Estado y el Código 0601.
En el recuadro 17. Forma de acceso: Consigne la letra
mayúscula tomando la que corresponda con arreglo a la siguiente clave:
Letra: L. Forma de acceso: Libre/nuevo ingreso.
Letra: R. Forma de acceso: Promoción interna.
Letra: G. Forma de acceso: Promoción interna/Cuerpo de
Diplomados Comerciales del Estado.
En el recuadro 18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante.
Consigne Ministerio de Economía.
En el recuadro 19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" de esta convocatoria.
En el recuadro 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado
de minusvalía según dictamen del órgano competente.
En el recuadro 22. Los aspirantes con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas
selectivas por el cupo de reserva de discapacitados deberán indicar
tal circunstancia marcando una cruz en el recuadro que figura
en esta casilla.
En el recuadro 25. En el apartado A) deberá consignarse la
titulación poseída o en condiciones de poseer; en el B) la lengua
extranjera moderna escogida entre las que figuran en el párrafo
cuarto del anexo I, y en el C) la lengua extranjera elegida para
el examen voluntario de idiomas excluidas las dos del ejercicio
obligatorio.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General del Ministerio de Economía, paseo de la Castellana, 162, de
Madrid o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, desarrollado por el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo
("Boletín Oficial del Estado" del 22), en el plazo de veinte días
naturales, a partir del siguiente al de la publicación de estas
convocatorias en "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al
Subsecretario del Ministerio de Economía.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizarán los recuadros 21 y 22 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 La tasa por derechos de examen será de 4.000 pesetas
(24,04 euros) y se ingresará en efectivo en cualquier banco, caja
de ahorros o cooperativa de crédito, de las que actúan como
entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero
ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número
0182-9091-51-020234503 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por
la convocatoria de promoción interna, gozarán de una bonificación
del 50 por 100 de la tasa, siendo su cuantía 2000 pesetas (12,02
euros).
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33
por 100, debiendo acompañar, a la solicitud, certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
publicación de las presentes convocatorias. Será requisito para
el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición
de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley,
se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional
de Empleo o en los órganos competentes de las Comunidades
Autónomas. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará
mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.
Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las entidades
mencionadas supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la
base 3.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el
Subsecretario de Economía dictará Resolución en el plazo máximo
de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y
excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín
Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren
expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes
admitidos y excluidos, y se determinará el lugar o lugares y la
fecha de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán
ser expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del
Ministerio de Economía, en las Delegaciones de Gobierno en las
Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, así como en la Dirección General de la Función Pública
y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas. En las listas deberán constar, en todo
caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional
de identidad, así como, en su caso, la causa de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo
órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente, de acuerdo
con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto
de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los
documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución
de los derechos de examen.
En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la
tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y
Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos
indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de
septiembre, corresponderá al Departamento Ministerial
convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo
la posterior tramitación para su abono. A estos efectos se aplicará
el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del
Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998 ("Boletín
Oficial del Estado" del 5). La iniciación de un expediente de
devolución podrá realizarse bien de oficio por la Administración o a
instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al
Departamento ministerial convocante, según los casos.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a estas convocatorias.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Subsecretario de Economía, cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común o si hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de estas convocatorias.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal
que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de
celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos, y para
actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente
y Secretario, o en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad
al menos de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la
sesión de constitución, previa convocatoria del Presidente, en el
plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo
de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
modificada por Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de
Economía, a propuesta del Tribunal a través de la Subdirección
General de Recursos Humanos y Organización.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas competentes.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás instancias, el
Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Recursos Humanos y Organización del
Ministerio de Economía (paseo de la Castellana, 162, planta 14, de
Madrid).
A efectos de información, se dispone de los teléfonos
91 583 54 66, 91 583 54 67 y 91 583 53 34.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá
interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el
plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley 30/92,
de 26 de noviembre.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el Anexo IV del Real
Decreto 236/1998, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" del 16), por la que se publica el resultado del sorteo
celebrado el día 5 de marzo de 2001.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "O", y
así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento del proceso selectivo los aspirantes
podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad
de acreditar su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios, se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación, con al menos veinticuatro horas de antelación a la señalada
para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo
ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior, en la citada sede del Tribunal, y por
cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas al
menos de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por las presentes
convocatorias, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Subsecretario de Economía, comunicándole,
asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante
en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante
podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su
notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano
Judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicas,
en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos
otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes
de aspirantes aprobados, tanto en la convocatoria de acceso libre
como en la de promoción interna, por orden de puntuaciones
alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará, a través de la Subdirección
General de Recursos Humanos y Organización, copias certificadas
de ambas listas de aprobados al Subsecretario de Economía,
especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de
los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial
del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día en que las relaciones definitivas sean publicadas en el "Boletín
Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar
en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía,
Subdirección General de Recursos Humanos y Organización, paseo
de la Castellana, 162, planta 14, Madrid, los siguientes
documentos:
A) Fotocopia del documento nacional de identidad.
B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios
necesarios para la obtención del título.
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a estas
convocatorias.
D) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,
si obtuvieren plaza, mediante certificación de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su
caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo formular opción por la remuneración que deseen
percibir durante su condición de funcionarios en prácticas de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10
de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo). Igualmente
deberán hacerlo así quienes tengan la condición de personal
laboral o funcionario interino.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.4 Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa
oferta de los mismos. Los opositores de la convocatoria de
promoción interna tendrán preferencia para cubrir los puestos
vacantes sobre los aspirantes de la convocatoria de turno libre.
8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas
convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de
Economía, funcionarios de carrera mediante Resolución del
Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará
en una única relación en el "Boletín Oficial del Estado" en la que
figurarán los aspirantes aprobados en el proceso selectivo
ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión
de los destinos que se les adjudiquen y la convocatoria (libre o
de promoción interna) por la que hayan accedido.
8.7 La toma de posesión como funcionarios de carrera de
los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo máximo de un
mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación
de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en
colaboración con los centros de formación de funcionarios
competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
Las presentes convocatorias y cuantos actos administrativos
se deriven de ellas y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativo.
Asimismo, la Administración podrá en su caso, proceder a la
revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 24 de septiembre de 2001.-El Vicepresidente Segundo
del Gobierno y Ministro de Economía.-P. D. (Orden de 3 de agosto
de 2000 "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario,
Miguel Crespo Rodríguez.
Ilmos. Sres. Secretario general técnico y Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
1. Proceso de selección
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
A) Oposición.
B) Curso selectivo.
A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de cinco
ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto el voluntario de
idiomas. Los opositores que concurran por el turno de promoción
interna pertenecientes al Cuerpo de Diplomados Comerciales del
Estado estarán exentos de la realización de la segunda parte del
primer ejercicio (informe económico) y de la parte c) del quinto
ejercicio, (Derecho Administrativo y Organización del Estado), en
el que quedarán calificados con "aprobado", realizando el resto
de las pruebas en las mismas condiciones que los aspirantes por
acceso libre.
Primer ejercicio. El primer ejercicio constará de dos partes:
La primera parte consistirá en una prueba escrita de hasta
un máximo de 75 preguntas, con respuestas alternativas, sobre
las materias que componen el temario del tercer ejercicio de la
oposición, que los candidatos deberán contestar en un máximo
de tres horas. Cada opositor depositará su ejercicio en un sobre
cerrado que entregará al Tribunal, el cual procederá a la apertura
de los sobres, a la corrección de los ejercicios y a su calificación.
La segunda parte del ejercicio será de carácter práctico y
consistirá en la elaboración por escrito por el opositor de un dictamen
sobre un problema económico con las informaciones o datos que,
en su caso, hayan sido suministrados por el Tribunal.
Posteriormente, los opositores realizarán la lectura pública del texto ante
el Tribunal, el cual podrá formular las preguntas que considere
oportunas en relación con el dictamen durante un período máximo
de quince minutos. La duración máxima de esta segunda parte
será de tres horas.
Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba sobre idiomas
extranjeros, debiendo demostrarse por el opositor el conocimiento,
como mínimo, de dos lenguas vivas, una de ellas la inglesa y
otra a escoger entre las siguientes: Francesa, alemana, italiana,
rusa, china, árabe, portuguesa y japonesa, realizando para cada
una de ellas las siguientes pruebas:
a) Lectura a los opositores de un texto en el idioma de que
se trate durante el plazo máximo de quince minutos, pudiendo
aquéllos, si así lo desearan, tomar notas durante la misma. A
continuación realizarán una composición por escrito en el mismo
idioma, durante un período máximo de noventa minutos, sobre
el contenido del texto leído y sobre las preguntas que, en su caso,
el Tribunal formule en relación con el texto. Se permitirá el uso
del diccionario.
b) Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor,
durante el plazo máximo de cinco minutos, previa preparación de diez
minutos, como máximo, de un texto en el idioma de que se trate,
seleccionado por el Tribunal. A continuación el opositor realizará
una exposición oral en el mismo idioma durante el plazo máximo
de diez minutos, sobre el tema del texto leído y sobre las preguntas
que el Tribunal formule. Asimismo, se procederá a la lectura de
la prueba escrita a que se refiere el apartado a).
Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba oral en la que los
opositores desarrollarán en el plazo máximo de una hora dos temas
del anexo II. Uno, de la parte A), Economía General, elegido por
cada opositor entre dos extraídos al azar, y otro, de la parte B),
Economía Financiera, Economía Internacional y Relaciones
Económicas Internacionales, elegido, asimismo, por el opositor entre
dos extraídos al azar. Los opositores dispondrán de cuarenta y
cinco minutos de preparación previa y, al término de su exposición,
el Tribunal podrá dialogar con los mismos durante un período
máximo de veinte minutos sobre cuestiones relacionadas con los
temas desarrollados.
Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba oral, en la que los
opositores desarrollarán, en el plazo máximo de una hora, dos
temas del anexo II. Uno, de la parte A), de Economía Española,
y otro, de la parte B), del programa de Economía del Sector
Público, extraídos por el opositor al azar. Los opositores dispondrán
de cuarenta y cinco minutos de preparación previa. Al término
de la exposición, el Tribunal podrá dialogar con los mismos
durante un período de veinte minutos, como máximo, sobre cuestiones
relacionadas con los temas desarrollados.
Quinto ejercicio: Consistirá en una prueba escrita, en la cual
los opositores desarrollarán, en un plazo máximo de cuatro horas,
dos temas elegidos por cada uno de ellos entre tres temas extraídos
al azar, uno por cada grupo de materias, de los programas de
Marketing internacional y técnicas comerciales, Economía
cuantitativa y Derecho Administrativo y Organización del Estado, que
figuran en el anexo II. Con posterioridad a la realización de este
ejercicio se procederá a su lectura pública.
Los opositores que concurran por el turno de promoción interna
pertenecientes al Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado
sólo deberán desarrollar en el plazo máximo de dos horas uno
de los dos temas extraídos al azar de los grupos de materias de
los apartados A) y B) del quinto ejercicio (marketing internacional
y técnicas comerciales y economía cuantitativa).
El examen voluntario de idiomas consistirá en un ejercicio sobre
una o más lenguas de las anteriormente especificadas en la
presente convocatoria, excluidas las dos del ejercicio obligatorio, a
cuyo efecto el aspirante lo habrá indicado en la instancia para
tomar parte en la oposición. Las pruebas serán las mismas que
para los idiomas obligatorios.
B) Curso selectivo.-Los funcionarios en prácticas habrán de
superar con aprovechamiento un curso selectivo de una duración
máxima de tres meses, organizado por la Subsecretaría del
Ministerio de Economía en colaboración con Instituciones privadas y
públicas de formación de funcionarios.
2. Valoración
Fase de oposición.-Los ejercicios se calificarán por el sistema
de puntos. El opositor que en cada uno de los ejercicios no alcance
una calificación igual a la mitad de la puntuación máxima posible
o fuese calificado con cero puntos en alguno de los temas expuestos
quedará eliminado de la oposición, excepto si se tratase del
ejercicio voluntario de idiomas.
Los distintos ejercicios de que consta la convocatoria se
calificarán en la forma siguiente:
Primer ejercicio: La primera parte del ejercicio se calificará
de cero a veinte puntos y será necesario obtener un mínimo de
diez puntos para acceder al ejercicio siguiente. La segunda parte
del ejercicio se calificará con "apto" o "no apto", siendo necesario
obtener la calificación de "apto" para superarlo.
Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada
una de las dos lenguas obligatorias (la inglesa y la elegida por
el opositor, en primer lugar) y de cero a cuatro puntos cada una
de las restantes lenguas de la presente convocatoria, de las que
voluntariamente se examine el opositor.
Los puntos obtenidos por los opositores en las lenguas de las
que se examine voluntariamente solamente serán computados en
la puntuación total del ejercicio cuando alcance, como mínimo,
el 50 por 100 de la puntuación máxima posible por cada lengua.
Tercer ejercicio: Se calificará de cero a veinte puntos cada
uno de los dos temas desarrollados.
Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a veinte puntos cada
uno de los dos temas desarrollados.
Quinto ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno
de los dos temas desarrollados. Los opositores que concurran por
el turno de promoción interna pertenecientes al Cuerpo de
Diplomados Comerciales del Estado recibirán una calificación de cero
a veinte puntos por el tema desarrollado y será necesario obtener
como mínimo el 50 por ciento de la puntuación máxima para
aprobar el ejercicio.
Curso selectivo: Para la calificación de este curso, la
Subsecretaría del Ministerio de Economía podrá otorgar la calificación
de "apto" o "no apto" vistos los informes de las Instituciones de
formación designadas para impartir las materias, siendo necesario
obtener "apto" para superarlo.
La calificación final de la oposición vendrá determinada por
la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios de la oposición. En caso de empate, el orden se
establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo
ejercicio, y caso de persistir el empate, a la mayor puntuación
alcanzada en el tercero y, en su caso, en los sucesivos ejercicios.
ANEXO II
Tercer ejercicio
Parte A) Economía general:
Tema 1. Objeto y método de la ciencia económica.
Tema 2. Los economistas clásicos y Marx.
Tema 3. Los economistas neoclásicos.
Tema 4. El pensamiento económico de Keynes. Formalización
y comparación con el modelo neoclásico. La síntesis neoclásica.
La crítica monetarista.
Tema 5. Evolución del pensamiento económico desde la
revolución de las expectativas racionales hasta la actualidad.
Tema 6. Teoría neoclásica de la demanda del consumidor.
Otros desarrollos de la teoría de la demanda: la teoría de la
preferencia revelada y la teoría de la demanda de características.
Tema 7. Teoría de la elección del consumidor en situaciones
de riesgo e incertidumbre.
Tema 8. La dualidad en la teoría de la demanda del
consumidor y sus aplicaciones.
Tema 9. Teoría de la producción.
Tema 10. Teorías de los costes. Análisis de dualidad.
Tema 11. Análisis teórico de la empresa en el marco de la
teoría de la organización industrial.
Tema 12. El modelo de competencia perfecta.
Tema 13. Teoría del monopolio. Regulación y control.
Tema 14. Teoría del oligopolio. Análisis estático y dinámico.
Tema 15. La teoría de la competencia monopolística y la
diferenciación de productos.
Tema 16. Economía de la Información y teoría de la agencia:
Selección adversa y azar moral.
Tema 17. Teorías de la distribución de la renta.
Tema 18. Teorías del beneficio, del interés y del capital.
Tema 19. Teoría neoclásica de la oferta y la demanda de
trabajo. Análisis intertemporal de la oferta de trabajo. Teoría del
capital humano.
Tema 20. Otras teorías explicativas del mercado de trabajo.
La negociación. Los procesos de búsqueda. Los problemas de
información.
Tema 21. La teoría del equilibrio general.
Tema 22. Economía del bienestar (I). Óptimo económico. Los
criterios de compensación. La teoría del "second best".
Tema 23. Economía del bienestar (II). La optimalidad de la
competencia perfecta y las imperfecciones del mercado. Las
externalidades y los bienes públicos.
Tema 24. Economía del bienestar (III). Las funciones de
bienestar social. Teoría de la elección colectiva. El teorema de la
imposibilidad de Arrow y desarrollos posteriores.
Tema 25. Teoría de la Regulación. Implicaciones sobre la
liberalización de sectores.
Tema 26. Magnitudes macroeconómicas y contabilidad
nacional según el SEC-95
Tema 27. Análisis de las tablas "input-output".
Tema 28. Determinación de renta y precios en una economía
abierta. Análisis de las políticas monetaria y fiscal.
Tema 29. La nueva macroeconomía clásica.
Tema 30. Modelos neokeynesianos de desequilibrio.
Tema 31. La nueva economía keynesiana. Rigideces
nominales y reales.
Tema 32. Análisis macroeconómico del mercado de trabajo:
Teoría del desempleo de equilibrio; la NAIRU y la persistencia
en el desempleo.
Tema 33. Teorías de la demanda de consumo. Implicaciones
de política económica.
Tema 34. Teorías de la demanda de inversión. Implicaciones
de política económica.
Tema 35. Teorías de la demanda de dinero. Implicaciones
de política económica.
Tema 36. La inflación. Fundamentos y efectos económicos.
Tema 37. Política fiscal. Especial referencia a los efectos
sobre el crecimiento económico y el ahorro.
Tema 38. La financiación del déficit público. Sostenibilidad
del déficit público. Aspectos monetarios de su financiación.
Tema 39. La política monetaria (I): El diseño y la
instrumentación de la política monetaria.
Tema 40. La política monetaria (II): Los mecanismos de
transmisión de la política monetaria. Los efectos de la política
monetaria.
Tema 41. "Shocks" de oferta: modelos e implicaciones de
política económica.
Tema 42. Teorías de los ciclos económicos: Ciclos nominales
y reales.
Tema 43. Teorías del crecimiento económico (I). El modelo
de Harrod-Domar. El modelo de crecimiento neoclásico y sus
extensiones.
Tema 44. Teorías del crecimiento económico (II). Modelos
de crecimiento endógeno: Rendimientos crecientes, capital
humano e innovación tecnológica.
Parte B) Economía Financiera, Economía Internacional y
Relaciones Económicas Internacionales:
Tema 1. La empresa y su organización interna. La información
financiera: Estados de situación y circulación económica y
financiera de la empresa.
Tema 2. La empresa y las decisiones de inversión. Diferentes
criterios de valoración de proyectos. Rentabilidad, riesgo y coste
del capital.
Tema 3. La empresa y las decisiones de financiación:
Financiación propia frente a financiación ajena. Política de dividendos
y estructura de capital.
Tema 4. El crecimiento de la empresa y variables financieras.
Métodos de valoración de empresas.
Tema 5. La teoría neoclásica del comercio internacional. La
teoría de la ventaja comparativa. El modelo
Heckscher-Ohlin-Samuelson y sus extensiones.
Tema 6. Desarrollos recientes de la teoría del comercio
internacional. Especial referencia a la competencia imperfecta y a los
rendimientos crecientes.
Tema 7. La política comercial (I). Instrumentos y efectos.
Tema 8. La política comercial (II): Librecambio y
proteccionismo. La política comercial estratégica.
Tema 9. Comercio internacional y crecimiento económico.
Especial referencia a los efectos del comercio sobre el crecimiento.
Tema 10. Teoría de la integración económica.
Tema 11. Determinantes y efectos de los movimientos de
capital a largo plazo. Especial referencia a la inversión directa.
Tema 12. Balanza de pagos: concepto, medición e
interpretación.
Tema 13. Teorías de ajuste de la balanza de pagos. Especial
referencia al enfoque intertemporal de balanza de pagos. Análisis
de la sostenibilidad del déficit exterior.
Tema 14. Mercado de divisas. Operaciones e instrumentos.
Tema 15. Teorías de determinación del tipo de cambio.
Tema 16. Análisis comparado de los distintos regímenes
cambiarios. Intervención y regulación en los mercados de cambio.
Tema 17. Teoría de la integración monetaria.
Tema 18. La liberalización del sector exterior y sus
implicaciones sobre la estabilidad macroeconómica. Opciones de
política económica.
Tema 19. La coordinación internacional de las políticas
macroeconómicas.
Tema 20. El Sistema Económico Internacional hasta la
ruptura del sistema de Bretton-Woods.
Tema 21. El sistema monetario internacional desde la
desaparición del sistema de Bretton-Woods hasta la actualidad.
Experiencias de la flotación. Propuestas de reforma.
Tema 22. El Fondo Monetario Internacional. Estructura y
políticas. Implicaciones sobre las políticas de estabilización de los
países en desarrollo.
Tema 23. Mercados financieros internacionales a corto plazo.
Tema 24. Mercados financieros internacionales a largo plazo.
Tema 25. Mercados de futuros, opciones, swaps y otros
derivados.
Tema 26. Economía de los países en desarrollo. Teoría del
Desarrollo.
Tema 27. La financiación exterior del desarrollo económico.
El problema de la deuda externa. La ayuda al desarrollo.
Tema 28. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda
al desarrollo, con especial referencia al Banco Mundial.
Tema 29. Procesos de reforma económica en los antiguos
países de economía centralizada. Opciones de política económica.
Tema 30. Evolución y estructura sectorial y geográfica de los
flujos comerciales y financieros internacionales. Los bloques
comerciales y las nuevas áreas emergentes en el comercio
internacional.
Tema 31. El GATT. Estructura y funcionamiento. Las rondas
de negociación.
Tema 32. La Organización Mundial de Comercio. Evolución
y situación actual.
Tema 33. Procesos de integración no Comunitarios.
Organismos de cooperación internacional: La OCDE.
Tema 34. La Unión Europea: Instituciones y orden jurídico.
Los Tratados de la Unión Europea.
Tema 35. Las finanzas de la Unión Europea y el presupuesto
comunitario.
Tema 36. La política agrícola de la Unión Europea. Problemas
económicos y proceso de reforma.
Tema 37. La Unión Europea: el mercado interior. El principio
de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales.
La política de competencia.
Tema 38. La Unión Europea y la Cohesión Económica y
Social: Política regional y reforma de los fondos estructurales.
Política social y de empleo. Implicaciones sobre el proceso de
convergencia real en la Unión Europea.
Tema 39. La Unión Europea: las políticas de transportes,
energía, medio ambiente, industria y tecnología.
Tema 40. La política comercial de la Unión Europea.
Tema 41. Las relaciones económicas exteriores de la Unión
Europea. La política de cooperación al desarrollo de la Unión
Europea.
Tema 42. La Unión Económica y Monetaria (I). Antecedentes.
La evolución y funcionamiento del SME. La convergencia nominal.
El euro.
Tema 43. La Unión Económica y Monetaria (II). El Sistema
Europeo de Bancos Centrales. Objetivos e instrumentos de la
política monetaria del BCE. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento
y sus implicaciones sobre la política fiscal de los estados miembros.
Tema 44. La Agenda 2000 y las perspectivas de la Unión
Europea. La ampliación.
Cuarto ejercicio
Parte A) Economía española:
Tema 1. Fuentes estadísticas españolas. Características,
limitaciones y armonización en el ámbito Comunitario.
Tema 2. La agricultura y la política agraria en España. Efectos
de la adhesión e implicaciones de la reforma de la PAC.
Tema 3. El sector pesquero español. Efectos de la adhesión
sobre el sector y la política pesquera.
Tema 4. La minería en España. El sector energético y la
política energética en España.
Tema 5. Evolución de la industria y de la política industrial
en España.
Tema 6. Política tecnológica y medioambiental en España.
Tema 7. Análisis de los sectores de la industria
agroalimentaria y de los bienes de consumo tradicionales.
Tema 8. Análisis de los sectores de bienes de equipo y de
alta tecnología.
Tema 9. Análisis de los sectores de bienes intermedios:
Siderurgia, química y metales no férreos. La industria del automóvil.
Tema 10. Análisis del sector servicios. Características y
situación actual.
Tema 11. El sector de la construcción en España. Problemas
y política de vivienda y suelo.
Tema 12. Estructura y política del sector de los transportes
y telecomunicaciones en España.
Tema 13. El turismo en España: Evolución, problemas del
sector y política turística.
Tema 14. Estructura, problemas y política del comercio
interior. Los cambios en la distribución comercial.
Tema 15. Políticas de liberalización de la economía española.
La política de defensa de la competencia.
Tema 16. Mercado de trabajo en España. Características,
funcionamiento y problemas. Las políticas de empleo.
Tema 17. Desequilibrios territoriales y política de desarrollo
regional en España.
Tema 18. El sistema financiero español (I). Evolución e
implicaciones de la integración económica y monetaria europea.
Tema 19. El sistema financiero español (II). Instituciones y
agentes, en la actualidad.
Tema 20. El sistema financiero español (III). Mercados e
instrumentos.
Tema 21. La política monetaria en España. Evolución,
funcionamiento y situación actual.
Tema 22. La política de cooperación al desarrollo en España.
Tema 23. Evolución de la política comercial española. Fines,
instrumentos y valoración.
Tema 24. Evolución y análisis sectorial y geográfico de la
balanza comercial española.
Tema 25. Evolución, estructura y problemas de las cuentas
corriente y de capital en España.
Tema 26. La cuenta financiera de la economía española. El
control de cambios. El papel de la inversión exterior.
Tema 27. El período 1960-1973: El plan de estabilización
de 1959. Los planes de desarrollo.
Tema 28. La política económica española desde la crisis
energética hasta la actualidad e implicaciones de la pertenencia de
España a la Unión Económica y Monetaria.
Tema 29. Situación actual de la economía española y
perspectivas. La convergencia nominal y real con la Unión Europea.
El euro.
Tema 30. Las relaciones de España con las Comunidades
Europeas: Antecedentes, el Tratado de Adhesión y evolución hasta
la actualidad.
Parte B) Economía del sector público:
Tema 1. El sector público: Delimitación, Operaciones y
cuentas principales. Comparaciones internacionales.
Tema 2. Los fallos del mercado como fundamento de la
intervención del sector público. Bienes públicos. Efectos externos.
Instrumentos de actuación del sector público.
Tema 3. Los mecanismos de decisión del sector público.
Reglas de votación. La democracia representativa. La producción
pública y la burocracia. La constitución fiscal.
Tema 4. Conceptos y características del presupuesto. Fases
del proceso presupuestario. Principios clásicos del presupuesto
y sus modificaciones. Las reformas presupuestarias más
destacadas. Especial referencia al presupuesto de base cero.
Tema 5. El Presupuesto como elemento de redistribución. El
Estado de Bienestar: instrumentos, problemas y reformas.
Medición e indicadores del impacto redistributivo.
Tema 6. El presupuesto como elemento compensador de la
actividad económica. Efectos discrecionales y automáticos del
pre
supuesto. La medición del efecto macroeconómico del
presupuesto.
Tema 7. El gasto público. Causas de su crecimiento. El debate
sobre el tamaño del sector público.
Tema 8. Análisis coste-beneficio y coste-eficacia. Valoración
de beneficios y costes. La tasa de descuento. La valoración del
riesgo. Consideraciones distributivas.
Tema 9. Ingresos públicos. Elementos definidores y clases
de impuestos. Principios impositivos.
Tema 10. Traslación e incidencia de los impuestos en
mercados competitivos y monopolistas. Enfoques de equilibrio parcial
y general.
Tema 11. Efecto renta y efecto sustitución de los impuestos.
Concepto y medición del exceso de gravamen.
Tema 12. Imposición y oferta. Efectos incentivo de los
impuestos.
Tema 13. La imposición óptima. Tipo impositivo óptimo.
Regla de Ramsey. El compromiso entre eficiencia y equidad.
Tema 14. Teoría de la imposición directa.
Tema 15. Teoría de la imposición indirecta.
Tema 16. Concepto y clases de deuda pública. La financiación
del déficit público.
Tema 17. El federalismo fiscal. Financiación de las Haciendas
Territoriales.
Tema 18. La empresa pública. Políticas aplicables con
especial referencia a la fijación de precios públicos.
Tema 19. La empresa pública. Razones de su existencia. La
política de privatizaciones. Comparaciones internacionales.
Tema 20. Los impuestos en la realidad. Comparación de las
distintas estructuras tributarias.
Tema 21. La armonización tributaria en la Unión Europea.
Consideración de la fiscalidad del ahorro, de las sociedades y de
los impuestos indirectos.
Tema 22. El impuesto sobre la renta de las personas físicas
y la tributación de la renta de personas físicas no residentes, en
España.
Tema 23. El impuesto sobre sociedades y la tributación de
la renta de personas jurídicas no residentes, en España.
Tema 24. La imposición patrimonial en España: el impuesto
sobre el patrimonio, el impuesto sobre sucesiones y donaciones,
el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos
documentados, y el impuesto sobre bienes inmuebles.
Tema 25. La imposición indirecta en España: el IVA y los
impuestos especiales.
Tema 26. El gasto público en España. Análisis funcional y
su valoración. El control del gasto público en España.
Tema 27. Los Presupuestos Generales del Estado en España.
Tema 28. La Seguridad Social en España. Prestaciones y su
financiación.
Tema 29. Las Haciendas Territoriales en España.
Competencias y financiación.
Tema 30. El déficit público español y su financiación.
Comparaciones internacionales.
Quinto ejercicio
Parte A) Marketing internacional y técnicas comerciales:
Tema 1. Los regímenes de comercio exterior.
Tema 2. Los instrumentos de defensa comercial.
Tema 3. Los instrumentos de promoción comercial, de
formación y de información al servicio de la exportación de la
internacionalización de la empresa española.
Tema 4. Los instrumentos financieros y fiscales al servicio
de la exportación y de la internacionalización de la empresa
española.
Tema 5. El mercado español de divisas.
Tema 6. La regulación de las inversiones extranjeras en
España y de las españolas en el exterior.
Tema 7. Formas de penetración e implantación en los
mercados. El estudio de los mercados exteriores y la prospección.
Tema 8. Los canales de distribución y las redes de venta.
Tema 9. La oferta internacional: El producto y el precio. La
comunicación en el comercio internacional.
Tema 10. El cuadro jurídico de las operaciones de comercio
exterior: el contrato de venta internacional y la resolución de
litigios.
Tema 11. Las políticas logísticas y financiera de la empresa
exportadora. Los medios de pago en el comercio internacional.
Parte B) Economía cuantitativa:
Tema 1. Los métodos mínimo cuadrático y de máxima
verosimilitud en la estimación de los modelos económicos.
Tema 2. El modelo clásico de la regresión lineal: Estimación,
verificación y predicción del modelo uniecuacional con k-variables
explicativas.
Tema 3. El modelo de regresión con regresores estocásticos:
Estimación, verificación y predicción.
Tema 4. Multicolinealidad y heterocedasticidad:
Consecuencias, origen, detección y soluciones.
Tema 5. Autocorrelación: consecuencias, origen, detección
y soluciones.
Tema 6. Modelos de ecuaciones simultáneas: Identificación,
estimación, verificación y predicción.
Tema 7. Modelos uniecuacionales de regresión no lineal:
Estimación, verificación y predicción.
Tema 8. Modelos ARIMA: Identificación, estimación,
verificación y predicción.
Tema 9. El modelo de regresión dinámica uniecuacional:
Identificación, estimación, verificación y predicción.
Tema 10. Modelos de componentes no observables:
Tendencia, ciclo y estacionalidad. Aplicaciones en el análisis de
coyuntura, estimación, verificación y predicción.
Parte C) Derecho administrativo y organización del Estado:
Tema 1. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.
Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos
administrativos. Revisión, anulación y revocación.
Tema 2. Los contratos administrativos: Concepto y clases.
Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios
y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
Tema 3. El servicio público: Concepto y clases. Forma de
gestión de los servicios públicos. Examen especial de la gestión
directa. La gestión indirecta: Modalidades. La concesión. Régimen
jurídico.
Tema 4. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de
aplicación y principios informadores. El procedimiento
administrativo: Concepto y naturaleza. El procedimiento administrativo
como garantía. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación
del procedimiento administrativo. Los procedimientos especiales.
Tema 5. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas La Ley de Medidas para la Reforma de la
Función Pública. Órganos superiores de la Función Pública. Oferta
de empleo público.
Tema 6. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de
retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen
disciplinario.
Tema 7. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y
suspensión. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional. Reforma
de la Constitución.
Tema 8. La Administración Central del Estado. El Consejo
de Ministros. El Gobierno y su Presidente. Organos Superiores
y Directivos de la Administración General del Estado. La Ley de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado. La Administración Periférica del Estado. Delegaciones del
Gobierno en las Comunidades Autónomas.
Tema 9. Organización y competencias del Ministerio de
Economía. Otros Ministerios económicos. La Administración
Territorial del Ministerio de Economía. Su Administración Institucional.
El Instituto de Comercio Exterior.
Tema 10. Organización territorial del Estado. Las
Comunidades Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de
autonomía. El Sistema institucional de las Comunidades Autónomas.
La Administración Local.
ANEXO III
Titulares:
Presidente: Don Juan Pablo López de Silanes Martínez,
del Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del
Estado.
Vocales:
Don Julio Segura Sánchez, del Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
Doña Antonia Calvo Hornero, del Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
Don Juan Francisco Jimeno Serrano, del Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad.
Don Miguel Angel Moreno Sánchez, del Cuerpo Superior de
Inspectores de Seguros del Estado.
Don Jaime Requeijo González, del Cuerpo de Catedráticos de
Universidad.
Secretario: Don Álvaro Sanmartín Antelo, del Cuerpo Superior
de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
Suplentes:
Presidente: Don Juan Varela Donoso, del Cuerpo Superior de
Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
Vocales:
Doña Carmen Ceña Jodra, del Cuerpo de Profesores Titulares
de Universidad.
Doña María Dolores Dizy Menéndez, del Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad.
Don Julián Arévalo Arias, del Cuerpo Superior de Inspectores
de Hacienda del Estado.
Don Jaime Abella Santamaría, del Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Doña María Pérez Ribes, del Cuerpo Superior de Técnicos
Comerciales y Economistas del Estado.
Secretaria: Doña María Aparici González, del Cuerpo Superior
de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.
ANEXO IV
Don ........................................................
con domicilio en ...............................................
y documento nacional de identidad número .....................
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario del Cuerpo .........................................
que no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
En ..................... a ....... de ............................ de .......
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid