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Documento BOE-A-2001-18203

Orden de 24 de septiembre de 2001 por la que se aprueban dos convocatorias de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado, una por el sistema de turno libre y otra por el sistema de promoción interna, contemplado en el artículo 5 del Real Decreto 119/2001, de 9 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 28 de septiembre de 2001, páginas 36067 a 36075 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-18203

TEXTO ORIGINAL

Ambas convocatorias se regirán por las mismas bases. Los

aspirantes deberán optar por presentarse únicamente a una de las

dos convocatorias. En ningún caso las plazas que pudieran quedar

vacantes en la convocatoria de promoción interna podrán

acumularse a la convocatoria de turno libre.

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real

Decreto 119/2001, de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"

del 10), por el que se aprueba la oferta de empleo público para

el año 2001, y con el fin de atender las necesidades de personal

del Ministerio de Economía, en uso de las competencias que le

están atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990,

de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre),

previo informe favorable de la Dirección General de la Función

Pública, este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para

el ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y

Economistas del Estado, código 0601, con sujeción a las siguientes

Bases de las convocatorias

1. Normas generales

1.1 En la convocatoria para turno libre se convocan pruebas

selectivas para cubrir 12 plazas.

1.1.1 De acuerdo con la disposición adicional decimonovena

de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la

Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la

Función Pública, y el artículo 19 del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal

al servicio de la Administración del Estado y de Provisión de

Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles

de la Administración General del Estado, del total de plazas

ofertadas se reservará un 3 por 100 para ser cubiertas por personas

con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33

por 100. Este cupo de reserva asciende en la presente convocatoria

a una plaza. Esta plaza se acumulará al sistema general de acceso

libre, en caso de no ser cubierta.

1.2 En la convocatoria para promoción interna, se convocan

pruebas selectivas para cubrir 2 plazas de las previstas en el

artículo 5 del Real Decreto 119/2001, de 9 de febrero ("Boletín

Oficial del Estado" del 10).

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real

Decreto 119/2001, de 9 de febrero, y lo dispuesto en las presentes

convocatorias.

1.4 Cada proceso selectivo constará de una fase de oposición,

con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso

selectivo.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de estas convocatorias.

1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición no se iniciará

antes del 1 de febrero del año 2002, y la duración máxima de

esta fase será de diez meses, contados a partir de la fecha de

celebración del primer ejercicio de las presentes convocatorias.

1.8 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad competente. Estos funcionarios en

prácticas deberán superar el curso selectivo que se determina en

el anexo I B), el cual comenzará en el plazo máximo de tres meses,

a partir de la terminación del fijado en la base 8.1. de las presentes

convocatorias.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada, y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, una

vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial,

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con

la puntuación obtenida.

Los aspirantes que no superasen el curso selectivo, perderán

el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, de

acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

1.9 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados superior al número establecido, será nula

de pleno derecho. Por tanto, este número no podrá ser superior

a 12 en la convocatoria de acceso libre, ni superior a 2 en la

convocatoria de promoción interna.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, o equivalente.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por la

convocatoria de promoción interna, deberán pertenecer el día de la

publicación de las presentes convocatorias en el "Boletín Oficial

del Estado" a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo B, estar

incluídos en el ámbito de aplicación del apartado 1 del artículo

uno de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, tener una antigüedad

de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a la que pertenezcan

el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes,

y reunir los demás requisitos exigidos en estas convocatorias.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,

de 26 de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o

actividades semejantes a las de los Cuerpos o Escalas del grupo B,

serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en

la convocatoria de promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 y 2.2,

deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de

posesión como funcionarios de carrera.

2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de

funcionarios de organismos internacionales habrán de ajustarse a los

requisitos y condiciones que, para el acceso de los mismos en

los Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado establece

el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de

funcionarios de nacionalidad española de organismos

internacionales a los Cuerpos y Escalas de la Administración General del

Estado.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,

en la Subdirección General de Recursos Humanos y Organización

del Ministerio de Economía y en las representaciones diplomáticas

o consulares de España en el extranjero.

Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del

documento nacional de identidad.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que

se detallan a continuación:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

Ministerio de Economía.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consigne

Subsecretaría y el código 24001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen,

consigne el código 24020.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria,

señale 01.

En el recuadro 15. Cuerpo, Escala, Grupo profesional o

Categoría. Consigne el texto del Cuerpo Superior de Técnicos

Comerciales y Economistas del Estado y el Código 0601.

En el recuadro 17. Forma de acceso: Consigne la letra

mayúscula tomando la que corresponda con arreglo a la siguiente clave:

Letra: L. Forma de acceso: Libre/nuevo ingreso.

Letra: R. Forma de acceso: Promoción interna.

Letra: G. Forma de acceso: Promoción interna/Cuerpo de

Diplomados Comerciales del Estado.

En el recuadro 18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante.

Consigne Ministerio de Economía.

En el recuadro 19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial

del Estado" de esta convocatoria.

En el recuadro 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado

de minusvalía según dictamen del órgano competente.

En el recuadro 22. Los aspirantes con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas

selectivas por el cupo de reserva de discapacitados deberán indicar

tal circunstancia marcando una cruz en el recuadro que figura

en esta casilla.

En el recuadro 25. En el apartado A) deberá consignarse la

titulación poseída o en condiciones de poseer; en el B) la lengua

extranjera moderna escogida entre las que figuran en el párrafo

cuarto del anexo I, y en el C) la lengua extranjera elegida para

el examen voluntario de idiomas excluidas las dos del ejercicio

obligatorio.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Ministerio de Economía, paseo de la Castellana, 162, de

Madrid o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, desarrollado por el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo

("Boletín Oficial del Estado" del 22), en el plazo de veinte días

naturales, a partir del siguiente al de la publicación de estas

convocatorias en "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al

Subsecretario del Ministerio de Economía.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizarán los recuadros 21 y 22 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 La tasa por derechos de examen será de 4.000 pesetas

(24,04 euros) y se ingresará en efectivo en cualquier banco, caja

de ahorros o cooperativa de crédito, de las que actúan como

entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero

ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número

0182-9091-51-020234503 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.

Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por

la convocatoria de promoción interna, gozarán de una bonificación

del 50 por 100 de la tasa, siendo su cuantía 2000 pesetas (12,02

euros).

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33

por 100, debiendo acompañar, a la solicitud, certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

publicación de las presentes convocatorias. Será requisito para

el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no

hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen

negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de

promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,

carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición

de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley,

se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional

de Empleo o en los órganos competentes de las Comunidades

Autónomas. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará

mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las entidades

mencionadas supondrá sustitución del trámite de presentación, en

tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la

base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario de Economía dictará Resolución en el plazo máximo

de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y

excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín

Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren

expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes

admitidos y excluidos, y se determinará el lugar o lugares y la

fecha de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán

ser expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del

Ministerio de Economía, en las Delegaciones de Gobierno en las

Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, así como en la Dirección General de la Función Pública

y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas. En las listas deberán constar, en todo

caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad, así como, en su caso, la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo

órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el

plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente, de acuerdo

con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto

de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los

documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución

de los derechos de examen.

En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la

tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y

Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos

indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de

septiembre, corresponderá al Departamento Ministerial

convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo

la posterior tramitación para su abono. A estos efectos se aplicará

el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del

Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" del 5). La iniciación de un expediente de

devolución podrá realizarse bien de oficio por la Administración o a

instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al

Departamento ministerial convocante, según los casos.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a estas convocatorias.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario de Economía, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común o si hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de estas convocatorias.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal

que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por

alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de

celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos, y para

actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente

y Secretario, o en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad

al menos de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la

sesión de constitución, previa convocatoria del Presidente, en el

plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo

de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

modificada por Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de

Economía, a propuesta del Tribunal a través de la Subdirección

General de Recursos Humanos y Organización.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas competentes.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás instancias, el

Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General Técnica,

Subdirección General de Recursos Humanos y Organización del

Ministerio de Economía (paseo de la Castellana, 162, planta 14, de

Madrid).

A efectos de información, se dispone de los teléfonos

91 583 54 66, 91 583 54 67 y 91 583 53 34.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá

interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el

plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley 30/92,

de 26 de noviembre.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el Anexo IV del Real

Decreto 236/1998, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial

del Estado" del 16), por la que se publica el resultado del sorteo

celebrado el día 5 de marzo de 2001.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "O", y

así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento del proceso selectivo los aspirantes

podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad

de acreditar su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios, se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y por cualesquiera

otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima

divulgación, con al menos veinticuatro horas de antelación a la señalada

para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo

ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya

celebrado la prueba anterior, en la citada sede del Tribunal, y por

cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas al

menos de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por las presentes

convocatorias, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario de Economía, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el

plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su

notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano

Judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicas,

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes

de aspirantes aprobados, tanto en la convocatoria de acceso libre

como en la de promoción interna, por orden de puntuaciones

alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará, a través de la Subdirección

General de Recursos Humanos y Organización, copias certificadas

de ambas listas de aprobados al Subsecretario de Economía,

especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de

los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial

del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

día en que las relaciones definitivas sean publicadas en el "Boletín

Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar

en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía,

Subdirección General de Recursos Humanos y Organización, paseo

de la Castellana, 162, planta 14, Madrid, los siguientes

documentos:

A) Fotocopia del documento nacional de identidad.

B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios

necesarios para la obtención del título.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a estas

convocatorias.

D) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,

si obtuvieren plaza, mediante certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su

caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo formular opción por la remuneración que deseen

percibir durante su condición de funcionarios en prácticas de

conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10

de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo). Igualmente

deberán hacerlo así quienes tengan la condición de personal

laboral o funcionario interino.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.4 Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa

oferta de los mismos. Los opositores de la convocatoria de

promoción interna tendrán preferencia para cubrir los puestos

vacantes sobre los aspirantes de la convocatoria de turno libre.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas

convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de

Economía, funcionarios de carrera mediante Resolución del

Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará

en una única relación en el "Boletín Oficial del Estado" en la que

figurarán los aspirantes aprobados en el proceso selectivo

ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión

de los destinos que se les adjudiquen y la convocatoria (libre o

de promoción interna) por la que hayan accedido.

8.7 La toma de posesión como funcionarios de carrera de

los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo máximo de un

mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación

de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en

colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

Las presentes convocatorias y cuantos actos administrativos

se deriven de ellas y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativo.

Asimismo, la Administración podrá en su caso, proceder a la

revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 24 de septiembre de 2001.-El Vicepresidente Segundo

del Gobierno y Ministro de Economía.-P. D. (Orden de 3 de agosto

de 2000 "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario,

Miguel Crespo Rodríguez.

Ilmos. Sres. Secretario general técnico y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Curso selectivo.

A) Fase de oposición.-La fase de oposición constará de cinco

ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto el voluntario de

idiomas. Los opositores que concurran por el turno de promoción

interna pertenecientes al Cuerpo de Diplomados Comerciales del

Estado estarán exentos de la realización de la segunda parte del

primer ejercicio (informe económico) y de la parte c) del quinto

ejercicio, (Derecho Administrativo y Organización del Estado), en

el que quedarán calificados con "aprobado", realizando el resto

de las pruebas en las mismas condiciones que los aspirantes por

acceso libre.

Primer ejercicio. El primer ejercicio constará de dos partes:

La primera parte consistirá en una prueba escrita de hasta

un máximo de 75 preguntas, con respuestas alternativas, sobre

las materias que componen el temario del tercer ejercicio de la

oposición, que los candidatos deberán contestar en un máximo

de tres horas. Cada opositor depositará su ejercicio en un sobre

cerrado que entregará al Tribunal, el cual procederá a la apertura

de los sobres, a la corrección de los ejercicios y a su calificación.

La segunda parte del ejercicio será de carácter práctico y

consistirá en la elaboración por escrito por el opositor de un dictamen

sobre un problema económico con las informaciones o datos que,

en su caso, hayan sido suministrados por el Tribunal.

Posteriormente, los opositores realizarán la lectura pública del texto ante

el Tribunal, el cual podrá formular las preguntas que considere

oportunas en relación con el dictamen durante un período máximo

de quince minutos. La duración máxima de esta segunda parte

será de tres horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba sobre idiomas

extranjeros, debiendo demostrarse por el opositor el conocimiento,

como mínimo, de dos lenguas vivas, una de ellas la inglesa y

otra a escoger entre las siguientes: Francesa, alemana, italiana,

rusa, china, árabe, portuguesa y japonesa, realizando para cada

una de ellas las siguientes pruebas:

a) Lectura a los opositores de un texto en el idioma de que

se trate durante el plazo máximo de quince minutos, pudiendo

aquéllos, si así lo desearan, tomar notas durante la misma. A

continuación realizarán una composición por escrito en el mismo

idioma, durante un período máximo de noventa minutos, sobre

el contenido del texto leído y sobre las preguntas que, en su caso,

el Tribunal formule en relación con el texto. Se permitirá el uso

del diccionario.

b) Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor,

durante el plazo máximo de cinco minutos, previa preparación de diez

minutos, como máximo, de un texto en el idioma de que se trate,

seleccionado por el Tribunal. A continuación el opositor realizará

una exposición oral en el mismo idioma durante el plazo máximo

de diez minutos, sobre el tema del texto leído y sobre las preguntas

que el Tribunal formule. Asimismo, se procederá a la lectura de

la prueba escrita a que se refiere el apartado a).

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba oral en la que los

opositores desarrollarán en el plazo máximo de una hora dos temas

del anexo II. Uno, de la parte A), Economía General, elegido por

cada opositor entre dos extraídos al azar, y otro, de la parte B),

Economía Financiera, Economía Internacional y Relaciones

Económicas Internacionales, elegido, asimismo, por el opositor entre

dos extraídos al azar. Los opositores dispondrán de cuarenta y

cinco minutos de preparación previa y, al término de su exposición,

el Tribunal podrá dialogar con los mismos durante un período

máximo de veinte minutos sobre cuestiones relacionadas con los

temas desarrollados.

Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba oral, en la que los

opositores desarrollarán, en el plazo máximo de una hora, dos

temas del anexo II. Uno, de la parte A), de Economía Española,

y otro, de la parte B), del programa de Economía del Sector

Público, extraídos por el opositor al azar. Los opositores dispondrán

de cuarenta y cinco minutos de preparación previa. Al término

de la exposición, el Tribunal podrá dialogar con los mismos

durante un período de veinte minutos, como máximo, sobre cuestiones

relacionadas con los temas desarrollados.

Quinto ejercicio: Consistirá en una prueba escrita, en la cual

los opositores desarrollarán, en un plazo máximo de cuatro horas,

dos temas elegidos por cada uno de ellos entre tres temas extraídos

al azar, uno por cada grupo de materias, de los programas de

Marketing internacional y técnicas comerciales, Economía

cuantitativa y Derecho Administrativo y Organización del Estado, que

figuran en el anexo II. Con posterioridad a la realización de este

ejercicio se procederá a su lectura pública.

Los opositores que concurran por el turno de promoción interna

pertenecientes al Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado

sólo deberán desarrollar en el plazo máximo de dos horas uno

de los dos temas extraídos al azar de los grupos de materias de

los apartados A) y B) del quinto ejercicio (marketing internacional

y técnicas comerciales y economía cuantitativa).

El examen voluntario de idiomas consistirá en un ejercicio sobre

una o más lenguas de las anteriormente especificadas en la

presente convocatoria, excluidas las dos del ejercicio obligatorio, a

cuyo efecto el aspirante lo habrá indicado en la instancia para

tomar parte en la oposición. Las pruebas serán las mismas que

para los idiomas obligatorios.

B) Curso selectivo.-Los funcionarios en prácticas habrán de

superar con aprovechamiento un curso selectivo de una duración

máxima de tres meses, organizado por la Subsecretaría del

Ministerio de Economía en colaboración con Instituciones privadas y

públicas de formación de funcionarios.

2. Valoración

Fase de oposición.-Los ejercicios se calificarán por el sistema

de puntos. El opositor que en cada uno de los ejercicios no alcance

una calificación igual a la mitad de la puntuación máxima posible

o fuese calificado con cero puntos en alguno de los temas expuestos

quedará eliminado de la oposición, excepto si se tratase del

ejercicio voluntario de idiomas.

Los distintos ejercicios de que consta la convocatoria se

calificarán en la forma siguiente:

Primer ejercicio: La primera parte del ejercicio se calificará

de cero a veinte puntos y será necesario obtener un mínimo de

diez puntos para acceder al ejercicio siguiente. La segunda parte

del ejercicio se calificará con "apto" o "no apto", siendo necesario

obtener la calificación de "apto" para superarlo.

Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada

una de las dos lenguas obligatorias (la inglesa y la elegida por

el opositor, en primer lugar) y de cero a cuatro puntos cada una

de las restantes lenguas de la presente convocatoria, de las que

voluntariamente se examine el opositor.

Los puntos obtenidos por los opositores en las lenguas de las

que se examine voluntariamente solamente serán computados en

la puntuación total del ejercicio cuando alcance, como mínimo,

el 50 por 100 de la puntuación máxima posible por cada lengua.

Tercer ejercicio: Se calificará de cero a veinte puntos cada

uno de los dos temas desarrollados.

Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a veinte puntos cada

uno de los dos temas desarrollados.

Quinto ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno

de los dos temas desarrollados. Los opositores que concurran por

el turno de promoción interna pertenecientes al Cuerpo de

Diplomados Comerciales del Estado recibirán una calificación de cero

a veinte puntos por el tema desarrollado y será necesario obtener

como mínimo el 50 por ciento de la puntuación máxima para

aprobar el ejercicio.

Curso selectivo: Para la calificación de este curso, la

Subsecretaría del Ministerio de Economía podrá otorgar la calificación

de "apto" o "no apto" vistos los informes de las Instituciones de

formación designadas para impartir las materias, siendo necesario

obtener "apto" para superarlo.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por

la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios de la oposición. En caso de empate, el orden se

establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo

ejercicio, y caso de persistir el empate, a la mayor puntuación

alcanzada en el tercero y, en su caso, en los sucesivos ejercicios.

ANEXO II

Tercer ejercicio

Parte A) Economía general:

Tema 1. Objeto y método de la ciencia económica.

Tema 2. Los economistas clásicos y Marx.

Tema 3. Los economistas neoclásicos.

Tema 4. El pensamiento económico de Keynes. Formalización

y comparación con el modelo neoclásico. La síntesis neoclásica.

La crítica monetarista.

Tema 5. Evolución del pensamiento económico desde la

revolución de las expectativas racionales hasta la actualidad.

Tema 6. Teoría neoclásica de la demanda del consumidor.

Otros desarrollos de la teoría de la demanda: la teoría de la

preferencia revelada y la teoría de la demanda de características.

Tema 7. Teoría de la elección del consumidor en situaciones

de riesgo e incertidumbre.

Tema 8. La dualidad en la teoría de la demanda del

consumidor y sus aplicaciones.

Tema 9. Teoría de la producción.

Tema 10. Teorías de los costes. Análisis de dualidad.

Tema 11. Análisis teórico de la empresa en el marco de la

teoría de la organización industrial.

Tema 12. El modelo de competencia perfecta.

Tema 13. Teoría del monopolio. Regulación y control.

Tema 14. Teoría del oligopolio. Análisis estático y dinámico.

Tema 15. La teoría de la competencia monopolística y la

diferenciación de productos.

Tema 16. Economía de la Información y teoría de la agencia:

Selección adversa y azar moral.

Tema 17. Teorías de la distribución de la renta.

Tema 18. Teorías del beneficio, del interés y del capital.

Tema 19. Teoría neoclásica de la oferta y la demanda de

trabajo. Análisis intertemporal de la oferta de trabajo. Teoría del

capital humano.

Tema 20. Otras teorías explicativas del mercado de trabajo.

La negociación. Los procesos de búsqueda. Los problemas de

información.

Tema 21. La teoría del equilibrio general.

Tema 22. Economía del bienestar (I). Óptimo económico. Los

criterios de compensación. La teoría del "second best".

Tema 23. Economía del bienestar (II). La optimalidad de la

competencia perfecta y las imperfecciones del mercado. Las

externalidades y los bienes públicos.

Tema 24. Economía del bienestar (III). Las funciones de

bienestar social. Teoría de la elección colectiva. El teorema de la

imposibilidad de Arrow y desarrollos posteriores.

Tema 25. Teoría de la Regulación. Implicaciones sobre la

liberalización de sectores.

Tema 26. Magnitudes macroeconómicas y contabilidad

nacional según el SEC-95

Tema 27. Análisis de las tablas "input-output".

Tema 28. Determinación de renta y precios en una economía

abierta. Análisis de las políticas monetaria y fiscal.

Tema 29. La nueva macroeconomía clásica.

Tema 30. Modelos neokeynesianos de desequilibrio.

Tema 31. La nueva economía keynesiana. Rigideces

nominales y reales.

Tema 32. Análisis macroeconómico del mercado de trabajo:

Teoría del desempleo de equilibrio; la NAIRU y la persistencia

en el desempleo.

Tema 33. Teorías de la demanda de consumo. Implicaciones

de política económica.

Tema 34. Teorías de la demanda de inversión. Implicaciones

de política económica.

Tema 35. Teorías de la demanda de dinero. Implicaciones

de política económica.

Tema 36. La inflación. Fundamentos y efectos económicos.

Tema 37. Política fiscal. Especial referencia a los efectos

sobre el crecimiento económico y el ahorro.

Tema 38. La financiación del déficit público. Sostenibilidad

del déficit público. Aspectos monetarios de su financiación.

Tema 39. La política monetaria (I): El diseño y la

instrumentación de la política monetaria.

Tema 40. La política monetaria (II): Los mecanismos de

transmisión de la política monetaria. Los efectos de la política

monetaria.

Tema 41. "Shocks" de oferta: modelos e implicaciones de

política económica.

Tema 42. Teorías de los ciclos económicos: Ciclos nominales

y reales.

Tema 43. Teorías del crecimiento económico (I). El modelo

de Harrod-Domar. El modelo de crecimiento neoclásico y sus

extensiones.

Tema 44. Teorías del crecimiento económico (II). Modelos

de crecimiento endógeno: Rendimientos crecientes, capital

humano e innovación tecnológica.

Parte B) Economía Financiera, Economía Internacional y

Relaciones Económicas Internacionales:

Tema 1. La empresa y su organización interna. La información

financiera: Estados de situación y circulación económica y

financiera de la empresa.

Tema 2. La empresa y las decisiones de inversión. Diferentes

criterios de valoración de proyectos. Rentabilidad, riesgo y coste

del capital.

Tema 3. La empresa y las decisiones de financiación:

Financiación propia frente a financiación ajena. Política de dividendos

y estructura de capital.

Tema 4. El crecimiento de la empresa y variables financieras.

Métodos de valoración de empresas.

Tema 5. La teoría neoclásica del comercio internacional. La

teoría de la ventaja comparativa. El modelo

Heckscher-Ohlin-Samuelson y sus extensiones.

Tema 6. Desarrollos recientes de la teoría del comercio

internacional. Especial referencia a la competencia imperfecta y a los

rendimientos crecientes.

Tema 7. La política comercial (I). Instrumentos y efectos.

Tema 8. La política comercial (II): Librecambio y

proteccionismo. La política comercial estratégica.

Tema 9. Comercio internacional y crecimiento económico.

Especial referencia a los efectos del comercio sobre el crecimiento.

Tema 10. Teoría de la integración económica.

Tema 11. Determinantes y efectos de los movimientos de

capital a largo plazo. Especial referencia a la inversión directa.

Tema 12. Balanza de pagos: concepto, medición e

interpretación.

Tema 13. Teorías de ajuste de la balanza de pagos. Especial

referencia al enfoque intertemporal de balanza de pagos. Análisis

de la sostenibilidad del déficit exterior.

Tema 14. Mercado de divisas. Operaciones e instrumentos.

Tema 15. Teorías de determinación del tipo de cambio.

Tema 16. Análisis comparado de los distintos regímenes

cambiarios. Intervención y regulación en los mercados de cambio.

Tema 17. Teoría de la integración monetaria.

Tema 18. La liberalización del sector exterior y sus

implicaciones sobre la estabilidad macroeconómica. Opciones de

política económica.

Tema 19. La coordinación internacional de las políticas

macroeconómicas.

Tema 20. El Sistema Económico Internacional hasta la

ruptura del sistema de Bretton-Woods.

Tema 21. El sistema monetario internacional desde la

desaparición del sistema de Bretton-Woods hasta la actualidad.

Experiencias de la flotación. Propuestas de reforma.

Tema 22. El Fondo Monetario Internacional. Estructura y

políticas. Implicaciones sobre las políticas de estabilización de los

países en desarrollo.

Tema 23. Mercados financieros internacionales a corto plazo.

Tema 24. Mercados financieros internacionales a largo plazo.

Tema 25. Mercados de futuros, opciones, swaps y otros

derivados.

Tema 26. Economía de los países en desarrollo. Teoría del

Desarrollo.

Tema 27. La financiación exterior del desarrollo económico.

El problema de la deuda externa. La ayuda al desarrollo.

Tema 28. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda

al desarrollo, con especial referencia al Banco Mundial.

Tema 29. Procesos de reforma económica en los antiguos

países de economía centralizada. Opciones de política económica.

Tema 30. Evolución y estructura sectorial y geográfica de los

flujos comerciales y financieros internacionales. Los bloques

comerciales y las nuevas áreas emergentes en el comercio

internacional.

Tema 31. El GATT. Estructura y funcionamiento. Las rondas

de negociación.

Tema 32. La Organización Mundial de Comercio. Evolución

y situación actual.

Tema 33. Procesos de integración no Comunitarios.

Organismos de cooperación internacional: La OCDE.

Tema 34. La Unión Europea: Instituciones y orden jurídico.

Los Tratados de la Unión Europea.

Tema 35. Las finanzas de la Unión Europea y el presupuesto

comunitario.

Tema 36. La política agrícola de la Unión Europea. Problemas

económicos y proceso de reforma.

Tema 37. La Unión Europea: el mercado interior. El principio

de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales.

La política de competencia.

Tema 38. La Unión Europea y la Cohesión Económica y

Social: Política regional y reforma de los fondos estructurales.

Política social y de empleo. Implicaciones sobre el proceso de

convergencia real en la Unión Europea.

Tema 39. La Unión Europea: las políticas de transportes,

energía, medio ambiente, industria y tecnología.

Tema 40. La política comercial de la Unión Europea.

Tema 41. Las relaciones económicas exteriores de la Unión

Europea. La política de cooperación al desarrollo de la Unión

Europea.

Tema 42. La Unión Económica y Monetaria (I). Antecedentes.

La evolución y funcionamiento del SME. La convergencia nominal.

El euro.

Tema 43. La Unión Económica y Monetaria (II). El Sistema

Europeo de Bancos Centrales. Objetivos e instrumentos de la

política monetaria del BCE. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento

y sus implicaciones sobre la política fiscal de los estados miembros.

Tema 44. La Agenda 2000 y las perspectivas de la Unión

Europea. La ampliación.

Cuarto ejercicio

Parte A) Economía española:

Tema 1. Fuentes estadísticas españolas. Características,

limitaciones y armonización en el ámbito Comunitario.

Tema 2. La agricultura y la política agraria en España. Efectos

de la adhesión e implicaciones de la reforma de la PAC.

Tema 3. El sector pesquero español. Efectos de la adhesión

sobre el sector y la política pesquera.

Tema 4. La minería en España. El sector energético y la

política energética en España.

Tema 5. Evolución de la industria y de la política industrial

en España.

Tema 6. Política tecnológica y medioambiental en España.

Tema 7. Análisis de los sectores de la industria

agroalimentaria y de los bienes de consumo tradicionales.

Tema 8. Análisis de los sectores de bienes de equipo y de

alta tecnología.

Tema 9. Análisis de los sectores de bienes intermedios:

Siderurgia, química y metales no férreos. La industria del automóvil.

Tema 10. Análisis del sector servicios. Características y

situación actual.

Tema 11. El sector de la construcción en España. Problemas

y política de vivienda y suelo.

Tema 12. Estructura y política del sector de los transportes

y telecomunicaciones en España.

Tema 13. El turismo en España: Evolución, problemas del

sector y política turística.

Tema 14. Estructura, problemas y política del comercio

interior. Los cambios en la distribución comercial.

Tema 15. Políticas de liberalización de la economía española.

La política de defensa de la competencia.

Tema 16. Mercado de trabajo en España. Características,

funcionamiento y problemas. Las políticas de empleo.

Tema 17. Desequilibrios territoriales y política de desarrollo

regional en España.

Tema 18. El sistema financiero español (I). Evolución e

implicaciones de la integración económica y monetaria europea.

Tema 19. El sistema financiero español (II). Instituciones y

agentes, en la actualidad.

Tema 20. El sistema financiero español (III). Mercados e

instrumentos.

Tema 21. La política monetaria en España. Evolución,

funcionamiento y situación actual.

Tema 22. La política de cooperación al desarrollo en España.

Tema 23. Evolución de la política comercial española. Fines,

instrumentos y valoración.

Tema 24. Evolución y análisis sectorial y geográfico de la

balanza comercial española.

Tema 25. Evolución, estructura y problemas de las cuentas

corriente y de capital en España.

Tema 26. La cuenta financiera de la economía española. El

control de cambios. El papel de la inversión exterior.

Tema 27. El período 1960-1973: El plan de estabilización

de 1959. Los planes de desarrollo.

Tema 28. La política económica española desde la crisis

energética hasta la actualidad e implicaciones de la pertenencia de

España a la Unión Económica y Monetaria.

Tema 29. Situación actual de la economía española y

perspectivas. La convergencia nominal y real con la Unión Europea.

El euro.

Tema 30. Las relaciones de España con las Comunidades

Europeas: Antecedentes, el Tratado de Adhesión y evolución hasta

la actualidad.

Parte B) Economía del sector público:

Tema 1. El sector público: Delimitación, Operaciones y

cuentas principales. Comparaciones internacionales.

Tema 2. Los fallos del mercado como fundamento de la

intervención del sector público. Bienes públicos. Efectos externos.

Instrumentos de actuación del sector público.

Tema 3. Los mecanismos de decisión del sector público.

Reglas de votación. La democracia representativa. La producción

pública y la burocracia. La constitución fiscal.

Tema 4. Conceptos y características del presupuesto. Fases

del proceso presupuestario. Principios clásicos del presupuesto

y sus modificaciones. Las reformas presupuestarias más

destacadas. Especial referencia al presupuesto de base cero.

Tema 5. El Presupuesto como elemento de redistribución. El

Estado de Bienestar: instrumentos, problemas y reformas.

Medición e indicadores del impacto redistributivo.

Tema 6. El presupuesto como elemento compensador de la

actividad económica. Efectos discrecionales y automáticos del

pre

supuesto. La medición del efecto macroeconómico del

presupuesto.

Tema 7. El gasto público. Causas de su crecimiento. El debate

sobre el tamaño del sector público.

Tema 8. Análisis coste-beneficio y coste-eficacia. Valoración

de beneficios y costes. La tasa de descuento. La valoración del

riesgo. Consideraciones distributivas.

Tema 9. Ingresos públicos. Elementos definidores y clases

de impuestos. Principios impositivos.

Tema 10. Traslación e incidencia de los impuestos en

mercados competitivos y monopolistas. Enfoques de equilibrio parcial

y general.

Tema 11. Efecto renta y efecto sustitución de los impuestos.

Concepto y medición del exceso de gravamen.

Tema 12. Imposición y oferta. Efectos incentivo de los

impuestos.

Tema 13. La imposición óptima. Tipo impositivo óptimo.

Regla de Ramsey. El compromiso entre eficiencia y equidad.

Tema 14. Teoría de la imposición directa.

Tema 15. Teoría de la imposición indirecta.

Tema 16. Concepto y clases de deuda pública. La financiación

del déficit público.

Tema 17. El federalismo fiscal. Financiación de las Haciendas

Territoriales.

Tema 18. La empresa pública. Políticas aplicables con

especial referencia a la fijación de precios públicos.

Tema 19. La empresa pública. Razones de su existencia. La

política de privatizaciones. Comparaciones internacionales.

Tema 20. Los impuestos en la realidad. Comparación de las

distintas estructuras tributarias.

Tema 21. La armonización tributaria en la Unión Europea.

Consideración de la fiscalidad del ahorro, de las sociedades y de

los impuestos indirectos.

Tema 22. El impuesto sobre la renta de las personas físicas

y la tributación de la renta de personas físicas no residentes, en

España.

Tema 23. El impuesto sobre sociedades y la tributación de

la renta de personas jurídicas no residentes, en España.

Tema 24. La imposición patrimonial en España: el impuesto

sobre el patrimonio, el impuesto sobre sucesiones y donaciones,

el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos

documentados, y el impuesto sobre bienes inmuebles.

Tema 25. La imposición indirecta en España: el IVA y los

impuestos especiales.

Tema 26. El gasto público en España. Análisis funcional y

su valoración. El control del gasto público en España.

Tema 27. Los Presupuestos Generales del Estado en España.

Tema 28. La Seguridad Social en España. Prestaciones y su

financiación.

Tema 29. Las Haciendas Territoriales en España.

Competencias y financiación.

Tema 30. El déficit público español y su financiación.

Comparaciones internacionales.

Quinto ejercicio

Parte A) Marketing internacional y técnicas comerciales:

Tema 1. Los regímenes de comercio exterior.

Tema 2. Los instrumentos de defensa comercial.

Tema 3. Los instrumentos de promoción comercial, de

formación y de información al servicio de la exportación de la

internacionalización de la empresa española.

Tema 4. Los instrumentos financieros y fiscales al servicio

de la exportación y de la internacionalización de la empresa

española.

Tema 5. El mercado español de divisas.

Tema 6. La regulación de las inversiones extranjeras en

España y de las españolas en el exterior.

Tema 7. Formas de penetración e implantación en los

mercados. El estudio de los mercados exteriores y la prospección.

Tema 8. Los canales de distribución y las redes de venta.

Tema 9. La oferta internacional: El producto y el precio. La

comunicación en el comercio internacional.

Tema 10. El cuadro jurídico de las operaciones de comercio

exterior: el contrato de venta internacional y la resolución de

litigios.

Tema 11. Las políticas logísticas y financiera de la empresa

exportadora. Los medios de pago en el comercio internacional.

Parte B) Economía cuantitativa:

Tema 1. Los métodos mínimo cuadrático y de máxima

verosimilitud en la estimación de los modelos económicos.

Tema 2. El modelo clásico de la regresión lineal: Estimación,

verificación y predicción del modelo uniecuacional con k-variables

explicativas.

Tema 3. El modelo de regresión con regresores estocásticos:

Estimación, verificación y predicción.

Tema 4. Multicolinealidad y heterocedasticidad:

Consecuencias, origen, detección y soluciones.

Tema 5. Autocorrelación: consecuencias, origen, detección

y soluciones.

Tema 6. Modelos de ecuaciones simultáneas: Identificación,

estimación, verificación y predicción.

Tema 7. Modelos uniecuacionales de regresión no lineal:

Estimación, verificación y predicción.

Tema 8. Modelos ARIMA: Identificación, estimación,

verificación y predicción.

Tema 9. El modelo de regresión dinámica uniecuacional:

Identificación, estimación, verificación y predicción.

Tema 10. Modelos de componentes no observables:

Tendencia, ciclo y estacionalidad. Aplicaciones en el análisis de

coyuntura, estimación, verificación y predicción.

Parte C) Derecho administrativo y organización del Estado:

Tema 1. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos

administrativos. Revisión, anulación y revocación.

Tema 2. Los contratos administrativos: Concepto y clases.

Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios

y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

Tema 3. El servicio público: Concepto y clases. Forma de

gestión de los servicios públicos. Examen especial de la gestión

directa. La gestión indirecta: Modalidades. La concesión. Régimen

jurídico.

Tema 4. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de

aplicación y principios informadores. El procedimiento

administrativo: Concepto y naturaleza. El procedimiento administrativo

como garantía. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación

del procedimiento administrativo. Los procedimientos especiales.

Tema 5. Régimen jurídico del personal al servicio de las

Administraciones Públicas La Ley de Medidas para la Reforma de la

Función Pública. Órganos superiores de la Función Pública. Oferta

de empleo público.

Tema 6. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de

retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen

disciplinario.

Tema 7. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional. Reforma

de la Constitución.

Tema 8. La Administración Central del Estado. El Consejo

de Ministros. El Gobierno y su Presidente. Organos Superiores

y Directivos de la Administración General del Estado. La Ley de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado. La Administración Periférica del Estado. Delegaciones del

Gobierno en las Comunidades Autónomas.

Tema 9. Organización y competencias del Ministerio de

Economía. Otros Ministerios económicos. La Administración

Territorial del Ministerio de Economía. Su Administración Institucional.

El Instituto de Comercio Exterior.

Tema 10. Organización territorial del Estado. Las

Comunidades Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de

autonomía. El Sistema institucional de las Comunidades Autónomas.

La Administración Local.

ANEXO III

Titulares:

Presidente: Don Juan Pablo López de Silanes Martínez,

del Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del

Estado.

Vocales:

Don Julio Segura Sánchez, del Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Doña Antonia Calvo Hornero, del Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Don Juan Francisco Jimeno Serrano, del Cuerpo de Profesores

Titulares de Universidad.

Don Miguel Angel Moreno Sánchez, del Cuerpo Superior de

Inspectores de Seguros del Estado.

Don Jaime Requeijo González, del Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Secretario: Don Álvaro Sanmartín Antelo, del Cuerpo Superior

de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Suplentes:

Presidente: Don Juan Varela Donoso, del Cuerpo Superior de

Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Vocales:

Doña Carmen Ceña Jodra, del Cuerpo de Profesores Titulares

de Universidad.

Doña María Dolores Dizy Menéndez, del Cuerpo de Profesores

Titulares de Universidad.

Don Julián Arévalo Arias, del Cuerpo Superior de Inspectores

de Hacienda del Estado.

Don Jaime Abella Santamaría, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Doña María Pérez Ribes, del Cuerpo Superior de Técnicos

Comerciales y Economistas del Estado.

Secretaria: Doña María Aparici González, del Cuerpo Superior

de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

ANEXO IV

Don ........................................................

con domicilio en ...............................................

y documento nacional de identidad número .....................

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo .........................................

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ..................... a ....... de ............................ de .......

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