En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 119/2001,
de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 10), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2001, y con
el fin de atender las necesidades del personal del Ministerio de
Economía, en uso de las competencias que le están atribuidas
en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto
("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública,
Este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para
ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado, código 0701
con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas
del Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado, por el sistema
de promoción interna y sistema general de acceso libre.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de
promoción interna asciende a una plaza.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema
general de acceso libre asciende a dos plazas.
1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas al sistema de
promoción interna se acumularán a las del sistema general de
acceso libre.
1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de
promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"del
10 de abril), tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes
provenientes del sistema general de acceso libre para cubrir las
vacantes correspondientes.
1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los
dos sistemas.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto
182/1993, de 5 de febrero; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" del 24), sobre acceso a determinados
sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás
Estados miembros de la Unión Europea, modificada por la Ley
55/99, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas
y de Orden Social; el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo,
sobre acceso al empleo público de la Administración General del
Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados
a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de
trabajadores; el Real Decreto 119/2001, de 9 de febrero, y lo
dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso
selectivo.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez
aplicado lo dispuesto en la base 1.1.4.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición no comenzará
antes del día 1 del mes de marzo del 2002. La fase de oposición
tendrá una duración máxima de diez meses desde la celebración
del primer ejercicio.
1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad competente. Estos funcionarios en
prácticas deberán superar el curso selectivo que se determina en
el Anexo I. Dicho curso selectivo comenzará en un plazo máximo
de cuatro meses desde la finalización del último ejercicio de la
fase de oposición.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada, y apreciada por la
Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, una
vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial,
intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con
la puntuación obtenida.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el
derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo.
1.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados superior al número establecido será nula
de pleno derecho. Por tanto, este número no podrá ser superior
a tres.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República
de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes
del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países
miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre
que no estén separados de derecho, menores de veintiún años
o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último
beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales
de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados
Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por
España.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Ingeniero de Minas.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la
profesión de Ingeniero de Minas.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1. deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno
de promoción interna deberán pertenecer, el día de la publicación
de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" a
un Cuerpo o Escala del grupo B, estar incluidos en el ámbito
de aplicación del apartado 1 del artículo 1 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, tener al día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, una antigüedad de, al menos, dos años
en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y reunir los demás
requisitos exigidos en esta convocatoria.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/78 en puestos
de trabajo con funciones o actividades semejantes a los de los
Cuerpos o Escalas del grupo B serán computables a efectos de
antigüedad, para participar por promoción interna en estas
pruebas selectivas.
2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de
funcionarios de organismos internacionales habrán de ajustarse a los
requisitos y condiciones que para el acceso de los mismos en
los Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado establece
el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre acceso de
funcionarios de nacionalidad española de organismos internacionales
a los Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la instancia que, será facilitada
gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades
Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio
de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la
Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,
en la Subdirección General de Recursos Humanos y Organización
del Ministerio de Economía y en las representaciones diplomáticas
o consulares de España en el extranjero.
Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del
documento nacional de identidad.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,
de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor. Los aspirantes extranjeros que
no residan en España deberán presentar fotocopia compulsada
del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia
comunitaria.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de
Noruega, o de Islandia y que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento
de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del
resguardo de haber solicitado la exención del visado y la
correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos
deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una
declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión
Europea, Noruega, o de Islandia con el que existe este vínculo,
de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,
del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su
cargo.
Las instrucciones para cumplimentar el impreso son las que
se detallan a continuación:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne
"Ministerio de Economía".
En el recuadro dedicado a centro gestor, consigne
"Subsecretaría" y el código 24001.
En el recuadro relativo a tasa de derechos de examen, consigne
24020.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria,
señale 01.
En el recuadro 15. Cuerpo, Escala, grupo profesional o
categoría, consigne el texto del Cuerpo de Ingenieros de Minas del
Estado y el código 0701.
En el recuadro 17. Forma de acceso: Consigne la letra L
mayúscula para el acceso libre, y la letra P para el turno de promoción
interna.
En el recuadro 18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante.
Consigne el Ministerio de Economía.
En el recuadro 19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" de esta convocatoria.
En el recuadro 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado
de minusvalía según dictamen del órgano competente.
En el recuadro 25. En el apartado B) del punto 25 "Datos
a consignar según la base de la convocatoria", los aspirantes
deberán especificar el idioma escogido para la realización de la primera
prueba del segundo ejercicio. Asimismo, en el apartado C), los
aspirantes deberán especificar, en su caso, el idioma escogido
para la realización de la parte optativa del segundo ejercicio.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General del Ministerio de Economía, paseo de la Castellana, 162, de
Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
desarrollado por el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo ("Boletín
Oficial del Estado" del 22), en el plazo de veinte días naturales
a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirá al Subsecretario
del Ministerio de Economía.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizarán los recuadros 21 y 22 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 La tasa por derechos de examen será de 4.000 pesetas
(24,04 euros) para los aspirantes que se presenten por el turno
libre, y 2000 pesetas (12,02 euros) para los que se presenten
por el turno de promoción interna, y se ingresará en efectivo en
cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de crédito, de
las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria.
Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero
ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número
0182-9091-51-020234503 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
100, debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
publicación de la presente convocatoria. Será requisito para el
disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan
de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo
interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante
de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará
en la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo
o en los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará mediante
una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos
documentos se deberán acompañar a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las entidades
mencionadas supondrá sustitución de trámite de presentación, en tiempo
y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Las certificaciones de homologación habrán de
presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de
febrero, acompañando a la solicitud para tomar parte en el proceso
selectivo y, con carácter excepcional, al Tribunal o Comisión
Permanente de Selección, en su caso, con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas. La eficacia de estas
homologaciones se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en
base al cual se produjeron. En caso de duda, el tribunal habrá
de dirigirse a la Comisión permanente de homologación antes
citada.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el
Subsecretario de Economía dictará Resolución en el plazo máximo
de un mes, declarando aprobada las listas de admitidos y excluidos.
En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial
del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren
expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes
admitidos y excluidos, y se determinará el lugar o lugares y la fecha
de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán ser
expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del Ministerio
de Economía, en las Delegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las
provincias, así como en la Dirección General de la Función Pública
y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas. En las listas deberán constar, en todo
caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional
de identidad o documento que acredite la nacionalidad, así como
en su caso, la causa de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo
órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante el órgano judicial competente de acuerdo
con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"
del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto
de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los
documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución
de los derechos de examen.
En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la
tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y
Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos
indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de
septiembre, corresponderá al departamento ministerial
convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo
la posterior tramitación para su abono. A estos efectos, se aplicará
el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del
Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998 ("Boletín
Oficial del Estado" del 5). La iniciación de un expediente de
devolución podrá realizarse bien de oficio por la Administración o a
instancia del interesado mediante solicitud dirigida al
Departamento ministerial convocante, según los casos.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Subsecretario de Economía, cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de
celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos y para
actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente
y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad
al menos de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la
sesión de constitución, previa convocatoria del Presidente, en el
plazo máximo de treinta días a partir de su designación, y mínimo
de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
modificada por Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de
Economía, a propuesta del Tribunal y a través de la Subdirección
General de Recursos Humanos y Organización.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que los demás participantes. En este
sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que
lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas competentes.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Recursos Humanos y Organización del
Ministerio de Economía, paseo de la Castellana, 162, planta 14, de
Madrid. A efectos de información se dispone de los teléfonos 91
583 54 66, 91 583 54 67 y 91 583 53 34.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá
interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el
plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley 30/92, de
26 de noviembre.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" del 16), por la que se publica el resultado del sorteo
celebrado el día 5 de marzo de 2001.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra O, y así
sucesivamente.
6.2 En cualquier momento del proceso selectivo los aspirantes
podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad
de acreditar su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios, se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la
señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo
ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya
celebrado la prueba anterior, en la citada sede del Tribunal, y
por cualquier otro medio si se juzga conveniente con doce horas,
al menos, de antelación.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Subsecretario de Economía, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante
podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su
notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano
judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicas
en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos
otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes
de aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso
libre como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones
alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad
o documento que acredite la nacionalidad.
El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de ambas
listas de aprobados al Subsecretario de Economía, a través de
la Subdirección General de Recursos Humanos y Organización,
especificando igualmente el número de aprobados en cada uno
de los ejercicios. Dicha lista se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día en que las relaciones definitivas sean publicadas en el "Boletín
Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar
en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía,
Subdirección General de Recursos Humanos y Organización, paseo
de la Castellana, número 162, Planta 14, Madrid, los siguientes
documentos:
A) Fotocopia del documento nacional de identidad o
documento que acredite su nacionalidad.
B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios
necesarios para la obtención del título. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá adjuntarse la credencial que acredite
su homologación.
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según modelo que figura como anexo IV a esta
convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española,
deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal, que impida en su Estado
el acceso a la función pública, según el modelo que figura como
anexo V a esta convocatoria.
Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán
presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado
la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la
hubieran tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud
de participación.
D) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,
si obtuvieren plaza mediante certificación de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su
caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo formular opción por la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios
en prácticas de conformidad con lo previsto en el Real Decreto
456/1986, de 10 de febrero, "Boletín Oficial del Estado" de 6
de marzo. Igualmente, deberán hacerlo así quienes tengan la
condición de personal laboral o funcionario interino.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en
prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de
la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la
solicitud inicial.
8.4 Por Orden de la autoridad convocante se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa
oferta de los mismos.
Aquellos puestos de trabajo ofrecidos como primer destino
supongan la participación directa o indirecta en el ejercicio del
poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado quedan excluidos
de la posibilidad de ser elegidos por los aspirantes que no posean
la nacionalidad española, siendo la Administración la competente
para determinar cuáles serían esos puestos de trabajo.
8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas
convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de
Economía, funcionarios de carrera, mediante Resolución del
Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado", en la que figurarán los aspirantes
aprobados en el proceso selectivo ordenados de acuerdo con la
puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se
les adjudiquen.
8.7 La toma de posesión como funcionarios de carrera de
los aspirantes aprobados, se efectuará en el plazo máximo de un
mes, contado desde el día siguiente a la fecha de la publicación
de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en
colaboración con los centros de formación de funcionarios
competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 24 de septiembre de 2001.-El Vicepresidente segundo
del Gobierno y Ministro de Economía, P. D. (Orden de 3 de agosto
de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario,
Miguel Crespo Rodríguez.
Ilmos. Sres. Secretario general Técnico del Ministerio de Economía
y Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Cuerpos de Ingenieros de Minas
Proceso de selección y valoración
1. Proceso de selección. El proceso de selección constará de
las siguientes fases:
A) Oposición.
B) Curso selectivo.
Fase de oposición. La fase de oposición constará de cuatro
ejercicios, todos ellos eliminatorios.
Los opositores por promoción interna, pertenecientes al Cuerpo
de Ingenieros Técnicos de Minas estarán exentos de la realización
del primer ejercicio.
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante
un período máximo de cuatro horas y media de tres temas. El
primero corresponderá al grupo I y será elegido por cada aspirante
entre dos temas sacados por sorteo. Los otros dos temas
corresponderán al grupo II y serán elegidos por cada aspirante entre
cuatro temas sacados por sorteo.
Los opositores deberán leer su ejercicio ante el Tribunal en
sesión pública.
El grupo I está integrado por 22 temas de "Organización del
Estado y Derecho Administrativo".
El grupo II está integrado por 28 temas de "Sectores industriales
españoles y su estructura".
Segundo ejercicio: Constará de dos partes, una obligatoria y
otra optativa. La parte obligatoria consistirá en resumir en inglés,
francés o alemán un texto que les será leído a los opositores en
uno de los idiomas mencionados, de acuerdo con la elección de
cada aspirante. Los opositores dispondrán de un tiempo máximo
de una hora para la realización del resumen.
El resumen realizado por cada opositor será leído por el mismo
en el idioma elegido, en sesión pública, ante el Tribunal, que
podrá dialogar con el aspirante en el idioma en que se haya hecho
el resumen sobre aspectos relacionados en el ejercicio.
La parte optativa consistirá en una conversación con el Tribunal
en uno de los dos idiomas no elegidos en la parte obligatoria.
Para poder realizar la parte optativa es preciso haber superado
la parte obligatoria.
Tercer ejercicio: Consistirá en exponer oralmente, durante el
plazo máximo de una hora, tres temas, uno de cada uno de los
grupos III, IV y V, extraídos al azar por cada opositor.
El grupo III consta de 25 temas de "Teoría Económica y Política
Económica".
El grupo IV consta de 21 temas de "Economía de la Empresa
y principios de gestión empresarial".
El grupo V consta de 30 temas de "Política y Legislación básica
Industrial, Energética y Minera".
Los opositores dispondrán de un período máximo de veinte
minutos, no computables dentro de la hora de exposición, para
la elaboración de un índice, sin que puedan utilizar para ello
ninguna clase de textos o apuntes. Dicho índice podrá ser utilizado
durante la exposición.
El Tribunal podrá dialogar con el aspirante durante un máximo
de diez minutos sobre cuestiones relacionadas con los temas que
haya expuesto.
Cuarto ejercicio: Tendrá carácter práctico y consistirá en la
realización, por escrito, de un informe o dictamen sobre un
supuesto relacionado con el contenido y funciones de los puestos de
trabajo que desempeñan los funcionarios de carrera del Cuerpo
de Ingenieros de Minas del Estado. Para el desarrollo de este
ejercicio, los opositores dispondrán de un tiempo máximo de tres
horas y podrán consultar los textos que consideren oportunos,
de los cuales irán provistos.
Curso selectivo: Los aspirantes que hayan superado la fase
de oposición realizarán un curso selectivo, como funcionarios en
prácticas. Tendrá carácter práctico y servirá para dotar a los
aspirantes a ingresar en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado
de una formación práctica en el área de la Administración que
les es propia. Su duración máxima será de dos meses.
2. Valoración
Fase de oposición. Los ejercicios de la oposición se calificarán
de la siguiente manera:
Primer ejercicio: Se otorgará una calificación de cero a veinte
puntos, siendo necesario obtener la calificación de diez puntos,
para acceder al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio: Parte obligatoria: Se puntuará entre cero
y diez puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para
superarlo.
Parte optativa: Se puntuará entre cero y cinco puntos.
Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de diez
puntos por cada tema, siendo necesario obtener un mínimo de
quince puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema
para acceder al ejercicio siguiente.
Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo
preciso obtener cinco puntos para superarlo.
Curso selectivo: Se calificará de "apto" o "no apto", siendo
necesario obtener la calificación de "apto" para superarlo.
La calificación final de la oposición vendrá determinada por
la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes, por este orden,
en los ejercicios tercero, primero, cuarto y segundo.
Los aspirantes que alcanzasen el 60 por 100 de la puntuación
máxima del primer y/o segundo ejercicio obligatorio y no
superasen la fase de oposición conservarán dicha puntuación y estarán
exentos de realizar tales ejercicios en las pruebas selectivas
inmediatamente siguientes, siempre y cuando fuesen idénticos en
contenido y puntuación.
ANEXO II
Cuerpos de Ingenieros de Minas
Programa
Primer ejercicio:
Grupo I. Organización del Estado y Derecho Administrativo:
Tema 1. La Constitución española de 1978. Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y
suspensión. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal
de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
Tema 2. La Corona y las Cortes Generales. Atribuciones y
competencias. El Gobierno: Designación, funciones y relaciones
con otros poderes del Estado.
Tema 3. La Organización territorial del Estado I. Las
Administraciones Públicas. La Administración General del Estado y su
organización periférica. La Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado. El Ministerio de Economía: Organización y competencias.
Servicios centrales, periféricos y en el exterior. La Administración
Institucional.
Tema 4. La Organización territorial del Estado II. Las
Comunidades Autónomas: Organización, competencias y financiación.
Las Corporaciones Locales. Las Diputaciones Provinciales,
Consejos y Cabildos Insulares. La coordinación y delimitación de
competencias entre las diferentes Administraciones Públicas.
Tema 5. La Unión Europea I. Concepto y características del
Derecho comunitario. Sus fuentes. Derecho originario. Tratados
de París y de Roma. Acta Única Europea. Tratado de la Unión
Europea. Tratados de Maastricht y de Amsterdam. Las conferencias
intergubernamentales. Disposiciones Comunitarias y Derecho
derivado: Reglamentos, Decisiones, Directivas, Recomendaciones.
Otras fuentes. Aplicación y eficacia del Derecho Comunitario.
Tema 6. La Unión Europea II. Constitución y evolución del
proceso de integración europea. Instituciones Comunitarias:
Consejo Europeo, Consejo de Ministros, la Comisión, Parlamento
Europeo, Tribunal de Justicia; naturaleza, composición,
competencias y funcionamiento. La participación de los Estados
miembros en el proceso decisorio.
Tema 7. Fuentes Derecho Administrativo I. Las fuentes del
Derecho Administrativo. Concepto. Clases de Fuentes. La
Jerarquía de las fuentes. La Ley. Tipos de leyes. Reserva de Ley.
Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-Ley y Decreto
Legislativo.
Tema 8. Fuentes de Derecho Administrativo II. El
Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre. Los principios
generales del Derecho. Los Tratados Internacionales. El Derecho
comunitario.
Tema 9. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.
Eficacia, ejecutividad, validez e invalidez de los actos
administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y
revocación. Silencio Administrativo y su regulación legal.
Tema 10. El Procedimiento administrativo: Concepto,
naturaleza y caracterización. Procedimiento administrativo común y
su alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
Planteamiento general, ámbito de aplicación y principios rectores.
Tema 11. Revisión de los Actos en vía administrativa.
Revisión de oficio. Los recursos administrativos. La Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Órganos y competencias. Las partes en
el contencioso-administrativo: Capacidad, legitimación y
representación. El recurso contencioso-administrativo: Interposición y fases
del mismo; terminación y régimen legal de recursos.
Tema 12. Los bienes de la Administración. El dominio
público. El criterio de afectación. Objeto y extensión de la demanialidad.
Utilización y protección del dominio público. Especial referencia
al dominio minero. El servicio público.
Tema 13. La expropiación forzosa I. Antecedentes
normativos. Concepto, naturaleza y elementos.
Sujetos, objeto, causa y contenido. El procedimiento general
de expropiación. La necesidad de ocupación. Procedimientos
especiales de expropiación.
Tema 14. La expropiación forzosa II. Garantías
jurisdiccionales. La indemnización expropiatoria; la determinación del justo
precio y el Jurado Provincial de Expropiación, composición y
funcionamiento. La reversión de los bienes objeto de la expropiación.
La expropiación forzosa en materia de instalaciones energéticas:
Normativa vigente.
Tema 15. La responsabilidad de las Administraciones
Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio: Régimen
legal. Procedimientos y requisitos para la indemnización.
Tema 16. La Contratación Pública I. La Ley de Contratos
de las Administraciones Públicas: Contratos administrativos y
otros contratos de la Administración. Requisitos de los contratos
y órganos competentes para su celebración. Incapacidades y
pro
hibiciones. Garantías exigidas para los contratos con la
Administración. Pliegos de cláusulas y prescripciones. Invalidez de los
contratos.
Tema 17. La Contratación Pública II. Actuaciones
administrativas preparatorias de los contratos. Procedimientos y formas
de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los
contratos. Revisión de precios y otras alteraciones contractuales.
Tema 18. Los Presupuestos Generales del Estado: Estructura
y contenido. Elaboración y aprobación. Las modificaciones
presupuestarias.
Tema 19. El Sistema tributario: Estructura básica, imposición
directa e indirecta, tasas y precios públicos.
Tema 20. Ordenación del gasto y ordenación del pago.
Órganos competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables
que intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.
Reglamento de subvenciones. Control de la actividad financiera de la
Administración: Concepto y clases. El control interno. La función
interventora y el control financiero permanente. El control externo.
El Tribunal de Cuentas y el control parlamentario.
Tema 21. El personal al servicio de las Administraciones
Públicas. Régimen Jurídico. Normativa vigente. Clases de personal
al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones
administrativas. Procedimientos para la provisión de puestos adscritos
a personal funcionario.
Tema 22. Derechos y deberes de los Funcionarios. Régimen
de incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
Grupo II. Sectores Industriales Españoles y su Estructura:
Tema 1. La industria española, evolución y características
actuales. Análisis de las principales variables industriales: Valor
añadido, empleo, comercio exterior e inversión. La evolución
reciente de la estructura sectorial de la industria española: Factores
impulsores y rasgos actuales.
Tema 2. La investigación en España: Concepto, evolución,
situación actual y problemática. Comparación internacional.
Principales indicadores de la actividad investigadora. La investigación
en los sectores público y privado. Investigaciones básica y
aplicada. Desarrollo tecnológico.
Tema 3. La innovación en España: Concepto, evolución,
situación y problemática. El sistema nacional de innovación o de
ciencia-tecnología-empresa. Principales agentes del sistema:
Caracterización.
Tema 4. El Sector Eléctrico: Generación, transporte,
distribución y comercialización.
Tema 5. El Sector de Hidrocarburos Líquidos: Exploración,
producción, refino y distribución.
Tema 6. El Sector del Gas: Estructura de la oferta y la
demanda. Producción, transporte y distribución.
Tema 7. Las Energías Renovables. Evolución reciente y
perspectivas de desarrollo. Las energías eólica, biomasa,
minihidráulica, solar. Cogeneración.
Tema 8. La Minería Energética: La minería del carbón,
estructura y producción. Tecnologías del uso limpio del carbón. Otros
minerales energéticos.
Tema 9. La Minería No energética I: Minería metálica. Minería
no metálica (minerales industriales).
Tema 10. Minería no Energética II: Rocas ornamentales.
Aridos. Otros productos de cantera.
Tema 11. La Industria Siderúrgica. La metalúrgica no férrea.
Tema 12. Las Industrias de Productos de Construcción:
Cementos, materiales cerámicos, impermeabilizantes y aislantes,
vidrio, prefabricados, y otros.
Tema 13. El Sector de Bienes de Equipo Mecánicos y
Eléctricos. Especial mención al sector de la máquina herramienta.
Tema 14. El Sector de Electrodomésticos. Línea blanca.
Tema 15. El Sector de Automoción: Vehículos y
componentes. El Sector de Material Ferroviario.
Tema 16. El Sector de la Construcción y Reparación Naval,
su industria auxiliar. El Sector Aeronáutico y Aeroespacial. La
industria de material de defensa.
Tema 17. La Industria Química Básica: Inorgánica e orgánica.
Petroquímica. Agroquímica.
Tema 18. La Industria Química Transformadora. Fabricación
de plásticos. Materiales compuestos. Caucho, papel, fibras
químicas, pinturas colorantes y otros productos transformados.
Subsector de química fina.
Tema 19. Sector Farmacéutico y Biotecnología.
Tema 20. Las Industrias de la Alimentación, Bebidas y
Tabaco. Red del Frío.
Tema 21. Las Industrias de la Madera y el Corcho. La Industria
de Fabricación de Pasta y Papel, Edición y Artes Gráficas.
Tema 22. La Industria Textil y de la Confección.
Tema 23. La Industria de la Piel y del Calzado. El Sector
Juguetes. Otras industrias manufactureras: joyería, bisutería y
artículos de deporte.
Tema 24. La Sociedad de la Información. Redes de
comunicaciones. Banda ancha. Internet. Portales y Páginas web. La
nueva economía. Comercio/negocio electrónico. La firma
electrónica. Teletrabajo. Teleadministración. Teleformación. La
televisión interactiva.
Tema 25. La Industria Electrónica. Electrónica de consumo.
Electrónica profesional: Detección y navegación, y equipos para
la defensa; electrónica industrial; electromedicina;
instrumentación electrónica y equipos didácticos. Componentes y
subconjuntos: Activos (circuitos integrados y microelectrónica, discretos,
etc.) y pasivos; circuitos y módulos.
Tema 26. La Industria Informática. Equipos informáticos
(unidades centrales, microordenadores, ordenadores de sobremesa,
ordenadores portátiles, servidores, etc.); programas informáticos
o "software" (sistemas operativos, herramientas de desarrollo,
software para base de datos, software de comunicaciones, etc.);
servicios informáticos y material fungible.
Tema 27. La Industria de Telecomunicaciones. Sistemas y
equipos para redes fijas: Fibra óptica, telefonía, coaxial e
inalámbrica. Sistemas y equipos para redes móviles: GSM, GPRS,
UMTS, redes locales inalámbrica. TV digital y radio digital.
Operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones.
Servicios portadores. Telefonía fija, servicios móviles, transmisión y
conmutación de datos, servicios por cable, servicios de valor
añadido.
Tema 28. Los Servicios a Empresas. Las empresas de
ingeniería, consultoría y asistencia técnica. Mantenimiento y
manutención. Los servicios tecnológicos: centros tecnológicos,
laboratorios de certificación, etc. Externalización de otras actividades:
Asesoría fiscal, jurídica y contable, formación y selección de
personal, etc. Subcontratación en la industria manufacturera.
Empresas virtuales.
Grupo III. Teoría Económica, y Política Económica:
Tema 1. La función de la demanda. Las preferencias del
consumidor. La restricción presupuestaria. El equilibrio del
consumidor. La deducción de la curva de demanda del consumidor.
La teoría de la preferencia revelada.
Tema 2. La función de producción microeconómica. Teoría
de los costes. La curva de la demanda de empleo.
Tema 3. Los mercados competitivos de productos. El
equilibrio a corto y largo plazo. Aplicaciones: El efecto de los
impuestos. Fallos del mercado: efectos externos, bienes públicos e
información asimétrica.
Tema 4. El monopolio. El monopolio natural y la regulación
de precios. La discriminación de precios y el monopolio. El
duopolio y el oligopolio. La empresa dominante.
Tema 5. Los mercados de factores. La oferta y la demanda
de trabajo. Teorías del capital y del interés.
Tema 6. Magnitudes macroeconómicas básicas y sus
interrelaciones. Las tablas input-output.
Tema 7. La financiación de la actividad económica. Definición
y funciones del dinero. El dinero en el sistema financiero actual.
Los bancos y la creación del dinero. La financiación de la economía
y los intermediarios financieros.
Tema 8. La teoría de la determinación de la renta en una
economía abierta. El multiplicador.
Tema 9. La política fiscal y la política monetaria en una
economía abierta. Aspectos monetarios de la financiación del déficit
público.
Tema 10. La política fiscal en España. Evolución reciente.
Causas del déficit público y problemas de financiación.
Tema 11. El concepto de inflación. Inflación de demanda.
Inflación de costes. Los efectos de la inflación.
Tema 12. El crecimiento económico a largo plazo. Las fuentes
de crecimiento. El estado estacionario y las relaciones entre el
ahorro. El crecimiento de la población y el crecimiento del stock
de capital.
Tema 13. El ciclo económico: Definición y descripción de las
fases del ciclo. La interrelación entre el multiplicador y el
acelerador. Aportaciones de Schumpeter, Kaldor, monetaristas y
Lucas.
Tema 14. Evolución reciente de la teoría pura del comercio
internacional. Teorías clásica y de cambios de productos: Relación
real de intercambio. Teoría de la ventaja comparativa. Modelos
de competencia imperfecta. Controversia entre librecambismo y
proteccionismo. Instrumentos de protección y sus efectos
económicos. Barreras comerciales y técnicas. Vinculación de políticas
comercial e industrial.
Tema 15. Balanza de Pagos: Concepto, estructura y
equilibrio, el mercado de cambios. Significados y relación con la
financiación de la economía. Ajuste de balanza de pagos. Teorías de
la determinación del tipo de cambio. Tipos de cambios fijos y
flexibles. Intervención y regulación de mercados de cambio.
Políticas de estabilización económica: Equilibrios interno y externo.
Tema 16. El Fondo Monetario Internacional. Evolución
reciente del sistema monetario internacional. Los mercados
financieros internacionales de corto y largo plazo. El problema de la
deuda de los países en desarrollo.
Tema 17. La cooperación económica internacional. La OMC
y el neoproteccionismo. La UNCTAD y los problemas de los países
menos desarrollados. El Banco Mundial y los Bancos regionales
de desarrollo. La OCDE. Otras formas e instituciones de
cooperación económica.
Tema 18. La economía en la Unión Europea I. Orígenes y
evolución. El presupuesto comunitario. La política de cohesión
y los fondos estructurales.
Tema 19. La economía en la Unión Europea II. La libre
circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. El Acta
Única. Evolución desde el Mercado Único Europeo al Mercado
Interior.
Tema 20. La economía en la Unión Europea III. La política
comercial exterior. El Espacio Económico Europeo. Adhesión de
los PECO: Repercusiones de la ampliación sobre España.
Relaciones exteriores con terceros países: acuerdos preferenciales,
Convenio de Lomé (países ACP), la Agencia Transatlántica,
relaciones con América Latina, Asia, etc.
Tema 21. Unión Europea IV. La Unión Económica y
Monetaria. Fases de la UEM. Impacto del euro: Ventajas e
inconvenientes. Banco Central Europeo. Armonización de políticas
económicas en la Unión: Evolución y tendencias. Significado y
perspectivas para la industria española.
Tema 22. Unión Europea V. Los efectos económicos de la
adhesión de España a la CEE. Especial referencia a los sectores
industrial y energético. Relación con la evolución reciente de la
economía española: Análisis de principales magnitudes. Efectos
sobre la industria manufacturera, energía (gas y electricidad,
energía nuclear) .
Tema 23. Sistema financiero europeo. El Banco Central
Europeo y el Sistema Europeo de Bancos Centrales.
Tema 24. Sistema financiero español. Instituciones y
mercados (monetario y de capitales). Implicaciones del espacio
financiero europeo.
Tema 25. El mercado de trabajo en España: Evolución
reciente y situación actual. Las reformas del mercado de trabajo.
Grupo IV. Economía de la Empresa y Principios de Gestión
Empresarial:
Tema 1. El concepto de Empresa. La Empresa como sistema.
Característica básica de un sistema y su aplicación a la Empresa.
Áreas funcionales más características de la Empresa: Contenido
y actividades que comprenden. Empresa privada y Empresa
pública. Empresas multinacionales: Sus conceptos, importancia en el
entorno económico.
Tema 2. Aspectos jurídicos básicos de la Empresa. Clases
de empresas según su forma jurídica. Especial mención a la
Sociedad Anónima. El Registro Mercantil. Otros tipos de empresas:
Sociedades Limitadas. Empresas Cooperativas, etc.
Tema 3. Los estados financieros de la Empresa: Balance y
Cuenta de Resultados. Del Balance de situación al Balance de
gestión. Ordenación de cuentas. Masas patrimoniales del Activo
y Pasivo.
Tema 4. Análisis y diagnóstico económico-financiero.
Objetivos financieros de la Empresa: Rentabilidad, liquidez y riesgo.
Objetivos del diagnóstico. Análisis patrimonial. Esquema de origen
y aplicación de fondos.
Tema 5. Medidas de la liquidez. Cash-flow y autofinanciación.
Rotación del activo circulante y sus componentes. Rotación de
proveedores. Medidas de la solvencia y la liquidez. Fondo de
maniobra y capital de trabajo necesario.
Tema 6. Rentabilidad sobre fondos propios y rendimiento
sobre activo total. Descomposición de la rentabilidad: Margen,
rotación, apalancamiento financiero. Análisis de costes: Fijos y
variables. Las relaciones coste-volumen-beneficio. El punto
muerto.
Tema 7. Métodos de previsión en la Empresa. Modelos
cuantitativos y cualitativos. Modelos univariantes y multivariantes.
Escenarios. Método Delphi. Modelo de simulación financiera:
Confección de Balances y Cuentas de Resultados provisionales.
Tema 8. Dirección comercial y marketing en la Empresa:
Concepto y contenido. Conceptos e instrumentos de investigación
comercial. Conceptos e instrumentos en previsión de ventas. El
concepto y contenido del "marketing mix". El plan de marketing.
Estrategia competitiva. Ciclo de la vida de productos. Estrategia
producto-mercado-tecnología.
Tema 9. El Sistema Logístico de la Empresa: La dirección
de operaciones. Localización de plantas industriales. Factores
técnicos, ambientales, económicos y sociales, etc., según el tipo de
empresas industriales. La gestión de stocks, dirección de
producción, distribución física: Conceptos y técnicas cuantitativas
utilizadas.
Tema 10. La Calidad en la Empresa. Gestión de calidad.
Calidad total y sistemas de aseguramiento de calidad. Cero defectos.
Certificación y calidad concertada: Relaciones de la empresa con
clientes.
Tema 11. Desarrollo Tecnológico en la Empresa. La función
de investigación y desarrollo. Información tecnológica: Acceso a
banco de datos y redes. Financiación al desarrollo tecnológico.
Tema 12. Planificación Estratégica y Operativa.
Programación y presupuestos. Modelos e instrumentos de planificación,
programación y presupuestación. Funciones directivas: Planificación,
organización, dirección, motivación y control.
Tema 13. Organización empresarial y factor humano.
Principios básicos de organización y modelos organizativos. Selección,
formación y promoción de personal. Relaciones industriales:
Sindicatos y Empresas, negociación colectiva, política de personal.
Tema 14. Estructura financiera de la empresa, fuentes y
financiación: propias y ajenas. El concepto de coste de los recursos
y utilización en la selección de proyectos de inversión.
Tema 15. Fuentes de financiación mas comunes en nuestro
sistema financiero: Descripción, utilización, costes y mercados
suministradores. El capital riesgo. Naturaleza, tipos, sectores de
destino y situación en España. Comparación con los países más
avanzados. Préstamos participativos. Sociedades de garantía
recíproca. Otras fuentes de financiación empresarial: Factoring,
leasing, renting, etc.
Tema 16. El plan de inversiones. La definición del proyecto
de inversión. Inversión inicial, costes relevantes, flujos de caja
anuales. Criterios económicos de decisión para la aceptación de
proyectos de inversión y su priorización.
Tema 17. El problema de la determinación del coste del dinero
y su aplicación como tasa de actualización. Política de inversiones
en la Empresa.
Tema 18. Informática aplicada a la Empresa. Redes de
comunicaciones. Internet. Intranet. Correo electrónico. El comercio
electrónico. Teletrabajo. Automatización y robotización (CAD,
CAM, y CIM).
Tema 19. La diagnosis de empresa con dificultades. Los
estudios de viabilidad. Planes de empleo y reestructuración
empresarial.
Tema 20. Auditorías internas y externas. La auditoría
técnico-económica de los proyectos de inversión. Valoración de
empresas.
Tema 21. La Insolvencia de la Empresa. La suspensión de
pagos. Sus efectos. Órganos de la suspensión de pagos. Concepto,
clases y efectos de la quiebra. Órganos de la quiebra. Disolución
y liquidación de sociedades mercantiles en nuestro ordenamiento
positivo.
Grupo V. Política y Legislación Básica Industrial, Energética
y Minera:
Tema 1. Evolución de la política industrial en España hasta
la crisis energética. La autarquía. La liberalización de 1959. La
planificación indicativa: Las industrias de interés preferente y el
régimen de autorización administrativa previa. Factores limitativos
e impulsores del desarrollo industrial español.
Tema 2. La política industrial española desde la crisis
energética. Principales problemas económicos y medidas adoptadas.
Reconversión y reindustrialización: Antecedentes de otros países
y en España, legislación general y principales instrumentos. La
Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI):
Antecedentes y funciones. El proceso de liberalización y privatización
del sector público industrial.
Tema 3. La evolución del Sector Industrial en España. Análisis
de las variables fundamentales y los principales sectores
industriales: Producto industrial, empleo industrial, comercio exterior
de productos industriales, inversiones industriales, etc. La
convergencia con la Unión Económica y Monetaria.
Tema 4. El análisis de la coyuntura industrial: Técnicas
utilizadas para su estudio. Indicadores de la coyuntura. Las encuestas
cualitativas sobre las opiniones empresariales. Variables
retrospectivas y proyectivas. El análisis de las causas de la situación
coyuntural.
Tema 5. Legislación básica sobre la industria. La Ley de
Industria: Ordenación del sector industrial y coordinación entre las
Administraciones Públicas. El Registro de Establecimientos
Industriales.
Tema 6. La Propiedad Industrial. Legislación. La Oficina
Española de Patentes y Marcas. La transferencia de tecnología:
Fomento de exportación de tecnología, asistencia técnica y
regalías, balanza tecnológica, comercio exterior de equipos con
tecnología incorporada, etc. Taxonomía de las actividades de I + D + I
en la industria española: Estadísticas e indicadores.
Tema 7. Legislación básica sobre minería. Ley 22/1973 de
Minas. Reglamento General para el Régimen de la Minería: Ámbito
de su aplicación y clasificación de recursos. Acción Estatal:
Regulación de los aprovechamientos de recursos. La Ley 54/1980,
de modificación de la Ley de Minas. Situación actual competencial
tras el proceso de transferencias a Comunidades Autónomas.
Tema 8. Permisos de exploración. Permisos de investigación.
Concesiones de explotación. Zonas de reserva a favor del Estado.
Régimen general de caducidades, titularidad, transmisión de
derechos mineros, ocupación temporal y expropiación forzosa. Cotos
mineros y establecimientos de beneficio.
Tema 9. Seguridad Minera. Antecedentes normativos.
Reglamento de Policía Minera de 23 de agosto de 1934. Reglamento
General de Normas Básicas de Seguridad Minera de 2 de abril
de 1985 y sus Instrucciones Técnicas Complementarias de
desarrollo.
Tema 10. La Comisión de Seguridad Minera. El Plan de
Seguridad Minera 1998-2005 y sus líneas de acción. La Ley 31/1995,
de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y el Real
Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, sobre Seguridad y Salud
de los trabajadores en las actividades mineras.
Tema 11. Políticas de Ayuda a la Minería. El régimen
financiero e impuestos mineros de la Ley 6/1977, de Fomento de la
Minería. Desarrollo normativo de ayudas del Ministerio de
Economía. Ley 43/1995, del Impuesto de Sociedades. Título VIII
Regímenes Tributarios Especiales: Capítulo IX, Régimen Fiscal de la
Minería. Factor de agotamiento. La Línea Especial de Ayudas a
la Investigación Minera (LEIM).
Tema 12. La Minería del Carbón: Descripción y problemática
del sector. La reestructuración y reordenación de la minería del
carbón. Planes de modernización, racionalización y
reestructuración. El Instituto para la Reestructuración de la Minería del
Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
Tema 13. El Reglamento de Explosivos y sus Instrucciones
Técnicas Complementarias (ITC) de desarrollo. Explosivos,
cartuchería y artificios pirotécnicos. Ordenación jurídica de la
fabricación, circulación, utilización, almacenamiento, comercio y
tenencia.
Tema 14. Las Voladuras Especiales. Régimen Legal. Objeto
y campo de aplicación. Definición de voladuras especiales.
Autorización. Ejecución. Prescripciones. Empresas autorizadas para la
ejecución de voladuras especiales.
Tema 15. Minería y Medio Ambiente. Disposiciones generales
que afectan a la actividad minera. Real Decreto Legislativo
1302/1986 y su desarrollo. Modificación realizada por la Ley
6/2001, de 8 de mayo. Distribución de competencias entre las
Administraciones Central, Autonómica y Local. Disposiciones
particulares que afectan a la actividad minera: Real Decreto
2994/1982; Real Decreto 1116/1984, y Órdenes de Desarrollo.
Tema 16. Metodología para la investigación y evaluación de
los yacimientos minerales. Análisis y valoración económica de la
investigación minera. Evaluación de recursos y reservas. La
economía de la empresa minera: análisis y valoración de las
explotaciones mineras. La evaluación técnico-económica de proyectos
mineros de inversión.
Tema 17. La Política Energética en España y en la Unión
Europea. La Agencia Internacional de la Energía. Evolución de
los planes energéticos nacionales. Nuevas fuentes de energía.
Tema 18. La Política de Ahorro, Eficiencia y Conservación
de la Energía. Fomento de las energías renovables. El Instituto
para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
Tema 19. Planes I + D en Energía: Evolución desde el Plan
de Investigación Energética desde 1985 hasta la actualidad. El
Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y
Tecnológicas (CIEMAT): Organización y funciones. Las antiguas OCIS.
Apoyo comunitario a la I + D energética y Plan Marco de energía
del a UE: Etap, Synergie, Thermie, Carnot, etc. Planes nacionales
de I + D en energía nuclear. La I + D en el Tratado Euratom.
Tema 20. Legislación Básica del Sector Eléctrico.
Antecedentes hasta la Ley 54/1997. La Ley 54/1997 del Sector Eléctrico:
Planificación energética, ordenación del suministro, régimen
económico, producción de energía y régimen especial, transporte,
distribución y suministro de energía eléctrica. Otros aspectos
relevantes de la Ley.
Tema 21. Legislación Básica del Sector Nuclear. Planes
nacionales de residuos radiactivos. La Empresa Nacional de Residuos
Radiactivos (ENRESA). El Consejo de Seguridad Nuclear.
Tema 22. La Política de Hidrocarburos Líquidos y Gaseosos
en España. Actuaciones de privatización del Sector Público. Ley
34/1998 del Sector de Hidrocarburos. La Liberalización de los
mercados. Directrices comunitarias de reservas estratégicas y de
transparencia de precios. Reservas estratégicas. Infraestructura
logística básica de hidrocarburos líquidos y gaseosos. La política
energética comunitaria y el mercado interior de gas natural: La
Directiva 98/30/CE. Evolución reciente y perspectivas.
Tema 23. La Política de Investigación. Ley de Fomento y
Coordinación de la Investigación Científica y Técnica. Plan de I + D.
La Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología.
Asociaciones de Investigación. La política de investigación en la Unión
Europea. V Programa Marco de I + D.
Tema 24. La Política Industrial de I + D y de Innovación
Industrial. Programas de Ayudas del Ministerio de Ciencia y Tecnología
a la investigación, desarrollo tecnológico y a la innovación.
Instrumentos fiscales y financieros. El Centro para el Desarrollo
Tecnológico Industrial (CDTI). Cooperación internacional en I + D:
Programa EUREKA e IBEROEKA.
Tema 25. Las Inversiones Extranjeras en España. Legislación
básica. Evolución y situación actual. Los efectos de la inversión
extranjera sobre la industria española. Las empresas
multinacionales. Análisis sobre el capital y tecnología. La cooperación
internacional en el Sector industrial.
Tema 26. La Inversión Industrial Española en el Exterior.
Legislación básica. Evolución y situación actual. La globalización
de los mercados y la internacionalización de la industria española.
Promoción industrial exterior. Asistencia técnica y exportación
de tecnología y de plantas industriales. Apoyos públicos a la
promoción del comercio exterior: ICEX, CESCE, ICO, COFIDES, FAD
y Expansión Exterior.
Tema 27. La Seguridad Industrial. Legislación sobre
productos e instalaciones industriales. Reglamentación y homologación
de vehículos. Inspección Técnica de Vehículos. Fomento de la
Calidad y Seguridad Industrial (referencia a la Ley de Industria).
Tema 28. La política de normalización, homologación y
certificación de productos industriales. El enfoque global: Control
de productos industriales. Infraestructura de la Calidad y
Seguridad Industrial. Reglamentación básica.
Tema 29. La armonización de legislaciones técnicas y
eliminación de obstáculos técnicos al Comercio: Sus perspectivas en
la UE y la Organización Mundial de Comercio. Acuerdos de
reconocimiento mutuo.
Tema 30. La Política Industrial Regional Española antes y
después de la integración en la UE. Los incentivos de localización
industrial. Las Sociedades de Desarrollo Regional. La Ley
50/1985, de Incentivos Regionales. La participación en la UE
en la definición y ejecución de la política de desarrollo regional.
La participación de las CC. AA. en esta política.
ANEXO III
Tribunal titular
Presidente:
Don José Julián Bonilla Gómez, Cuerpo Superior de Ingenieros
de Minas del Estado.
Vocales:
Don Luis Calle Sánchez-Hermosilla, Cuerpo Superior de
Ingenieros de Minas del Estado.
Don Carlos González Diego, Cuerpo de Ingenieros Industriales.
Don Fernando Vázquez Guzmán, Cuerpo Catedrático de
Universidad.
Doña Mar Gutiérrez López, Cuerpo Superior Administradores
Civiles del Estado.
Doña Mercedes Virseda Sanz, Cuerpo Técnicos de Inspección
del Transporte Terrestre.
Secretario:
Don Carlos Fernández Álvarez, Cuerpo Superior de Ingenieros
de Minas del Estado.
Tribunal suplente
Presidente:
Don Juan Antonio López Geta, Cuerpo Superior de Ingenieros
de Minas del Estado.
Vocales:
Don Luis Hilario Alonso Mijares, Cuerpo Superior de Ingenieros
de Minas del Estado.
Don Manuel Lázaro Lafuente, Cuerpo de Ingenieros
Industriales.
Doña Amparo Fernández González, Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Doña Pilar Ansuátegui Gárate, Cuerpo Superior Técnico
Admón. S. Social.
Doña María Antonia González Cano, Escala Técnica U.A.
Madrid.
Secretario:
Don Antonio Iglesias Taboas, Cuerpo Superior de Ingenieros
de Minas del Estado.
ANEXO IV
Don ........................................................,
con domicilio en ...............................................,
calle ..................................... y documento nacional
de identidad número ..................................., declara
bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario
del Cuerpo ......................... que no ha sido separado del
servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no
se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
En ........................ a ............ de ................... de .......
ANEXO V
Don ........................................................,
con domicilio en ...............................................,
calle .................... y de nacionalidad ....................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario del Cuerpo ......................, no estar sometido
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la Función Pública.
En ........................ a ............ de .................... de .......
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