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Documento BOE-A-2001-18202

Orden de 24 de septiembre de 2001 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 28 de septiembre de 2001, páginas 36058 a 36067 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-18202

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 119/2001,

de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 10), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para el año 2001, y con

el fin de atender las necesidades del personal del Ministerio de

Economía, en uso de las competencias que le están atribuidas

en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto

("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública,

Este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para

ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado, código 0701

con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas

del Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado, por el sistema

de promoción interna y sistema general de acceso libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de

promoción interna asciende a una plaza.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema

general de acceso libre asciende a dos plazas.

1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas al sistema de

promoción interna se acumularán a las del sistema general de

acceso libre.

1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de

promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"del

10 de abril), tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes

provenientes del sistema general de acceso libre para cubrir las

vacantes correspondientes.

1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los

dos sistemas.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto

182/1993, de 5 de febrero; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" del 24), sobre acceso a determinados

sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás

Estados miembros de la Unión Europea, modificada por la Ley

55/99, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas

y de Orden Social; el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo,

sobre acceso al empleo público de la Administración General del

Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados

a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de

trabajadores; el Real Decreto 119/2001, de 9 de febrero, y lo

dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición,

con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso

selectivo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez

aplicado lo dispuesto en la base 1.1.4.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición no comenzará

antes del día 1 del mes de marzo del 2002. La fase de oposición

tendrá una duración máxima de diez meses desde la celebración

del primer ejercicio.

1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad competente. Estos funcionarios en

prácticas deberán superar el curso selectivo que se determina en

el Anexo I. Dicho curso selectivo comenzará en un plazo máximo

de cuatro meses desde la finalización del último ejercicio de la

fase de oposición.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada, y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, una

vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial,

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con

la puntuación obtenida.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, de acuerdo

con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

1.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados superior al número establecido será nula

de pleno derecho. Por tanto, este número no podrá ser superior

a tres.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República

de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes

del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países

miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre

que no estén separados de derecho, menores de veintiún años

o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último

beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales

de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados

Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por

España.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Ingeniero de Minas.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación

o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la

profesión de Ingeniero de Minas.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1. deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno

de promoción interna deberán pertenecer, el día de la publicación

de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" a

un Cuerpo o Escala del grupo B, estar incluidos en el ámbito

de aplicación del apartado 1 del artículo 1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, tener al día de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes, una antigüedad de, al menos, dos años

en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y reunir los demás

requisitos exigidos en esta convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/78 en puestos

de trabajo con funciones o actividades semejantes a los de los

Cuerpos o Escalas del grupo B serán computables a efectos de

antigüedad, para participar por promoción interna en estas

pruebas selectivas.

2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de

funcionarios de organismos internacionales habrán de ajustarse a los

requisitos y condiciones que para el acceso de los mismos en

los Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado establece

el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre acceso de

funcionarios de nacionalidad española de organismos internacionales

a los Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la instancia que, será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la

Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública,

en la Subdirección General de Recursos Humanos y Organización

del Ministerio de Economía y en las representaciones diplomáticas

o consulares de España en el extranjero.

Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del

documento nacional de identidad.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor. Los aspirantes extranjeros que

no residan en España deberán presentar fotocopia compulsada

del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia

comunitaria.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de

Noruega, o de Islandia y que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención del visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos

deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una

declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión

Europea, Noruega, o de Islandia con el que existe este vínculo,

de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,

del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su

cargo.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso son las que

se detallan a continuación:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

"Ministerio de Economía".

En el recuadro dedicado a centro gestor, consigne

"Subsecretaría" y el código 24001.

En el recuadro relativo a tasa de derechos de examen, consigne

24020.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria,

señale 01.

En el recuadro 15. Cuerpo, Escala, grupo profesional o

categoría, consigne el texto del Cuerpo de Ingenieros de Minas del

Estado y el código 0701.

En el recuadro 17. Forma de acceso: Consigne la letra L

mayúscula para el acceso libre, y la letra P para el turno de promoción

interna.

En el recuadro 18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante.

Consigne el Ministerio de Economía.

En el recuadro 19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial

del Estado" de esta convocatoria.

En el recuadro 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado

de minusvalía según dictamen del órgano competente.

En el recuadro 25. En el apartado B) del punto 25 "Datos

a consignar según la base de la convocatoria", los aspirantes

deberán especificar el idioma escogido para la realización de la primera

prueba del segundo ejercicio. Asimismo, en el apartado C), los

aspirantes deberán especificar, en su caso, el idioma escogido

para la realización de la parte optativa del segundo ejercicio.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Ministerio de Economía, paseo de la Castellana, 162, de

Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

desarrollado por el Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo ("Boletín

Oficial del Estado" del 22), en el plazo de veinte días naturales

a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirá al Subsecretario

del Ministerio de Economía.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizarán los recuadros 21 y 22 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 La tasa por derechos de examen será de 4.000 pesetas

(24,04 euros) para los aspirantes que se presenten por el turno

libre, y 2000 pesetas (12,02 euros) para los que se presenten

por el turno de promoción interna, y se ingresará en efectivo en

cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de crédito, de

las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria.

Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero

ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número

0182-9091-51-020234503 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por

100, debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

publicación de la presente convocatoria. Será requisito para el

disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren

rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a

participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,

formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan

de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante

de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará

en la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo

o en los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará mediante

una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos

documentos se deberán acompañar a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las entidades

mencionadas supondrá sustitución de trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Las certificaciones de homologación habrán de

presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de

febrero, acompañando a la solicitud para tomar parte en el proceso

selectivo y, con carácter excepcional, al Tribunal o Comisión

Permanente de Selección, en su caso, con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas. La eficacia de estas

homologaciones se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en

base al cual se produjeron. En caso de duda, el tribunal habrá

de dirigirse a la Comisión permanente de homologación antes

citada.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario de Economía dictará Resolución en el plazo máximo

de un mes, declarando aprobada las listas de admitidos y excluidos.

En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial

del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren

expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes

admitidos y excluidos, y se determinará el lugar o lugares y la fecha

de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán ser

expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del Ministerio

de Economía, en las Delegaciones del Gobierno en las

Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, así como en la Dirección General de la Función Pública

y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas. En las listas deberán constar, en todo

caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad o documento que acredite la nacionalidad, así como

en su caso, la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo

órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el

plazo de dos meses ante el órgano judicial competente de acuerdo

con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto

de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los

documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución

de los derechos de examen.

En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la

tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y

Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos

indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de

septiembre, corresponderá al departamento ministerial

convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo

la posterior tramitación para su abono. A estos efectos, se aplicará

el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del

Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" del 5). La iniciación de un expediente de

devolución podrá realizarse bien de oficio por la Administración o a

instancia del interesado mediante solicitud dirigida al

Departamento ministerial convocante, según los casos.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario de Economía, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de

celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos y para

actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente

y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad

al menos de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la

sesión de constitución, previa convocatoria del Presidente, en el

plazo máximo de treinta días a partir de su designación, y mínimo

de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

modificada por Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de

Economía, a propuesta del Tribunal y a través de la Subdirección

General de Recursos Humanos y Organización.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que los demás participantes. En este

sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que

lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas competentes.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General Técnica,

Subdirección General de Recursos Humanos y Organización del

Ministerio de Economía, paseo de la Castellana, 162, planta 14, de

Madrid. A efectos de información se dispone de los teléfonos 91

583 54 66, 91 583 54 67 y 91 583 53 34.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá

interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el

plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley 30/92, de

26 de noviembre.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial

del Estado" del 16), por la que se publica el resultado del sorteo

celebrado el día 5 de marzo de 2001.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra O, y así

sucesivamente.

6.2 En cualquier momento del proceso selectivo los aspirantes

podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad

de acreditar su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios, se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera

otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima

divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la

señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo

ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya

celebrado la prueba anterior, en la citada sede del Tribunal, y

por cualquier otro medio si se juzga conveniente con doce horas,

al menos, de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario de Economía, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el

plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su

notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano

judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-administrativa.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará públicas

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9, y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes

de aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso

libre como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones

alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad

o documento que acredite la nacionalidad.

El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de ambas

listas de aprobados al Subsecretario de Economía, a través de

la Subdirección General de Recursos Humanos y Organización,

especificando igualmente el número de aprobados en cada uno

de los ejercicios. Dicha lista se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

día en que las relaciones definitivas sean publicadas en el "Boletín

Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar

en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía,

Subdirección General de Recursos Humanos y Organización, paseo

de la Castellana, número 162, Planta 14, Madrid, los siguientes

documentos:

A) Fotocopia del documento nacional de identidad o

documento que acredite su nacionalidad.

B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios

necesarios para la obtención del título. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero deberá adjuntarse la credencial que acredite

su homologación.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según modelo que figura como anexo IV a esta

convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española,

deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos

a sanción disciplinaria o condena penal, que impida en su Estado

el acceso a la función pública, según el modelo que figura como

anexo V a esta convocatoria.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la

hubieran tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud

de participación.

D) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición,

si obtuvieren plaza mediante certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su

caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo formular opción por la percepción de la

remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios

en prácticas de conformidad con lo previsto en el Real Decreto

456/1986, de 10 de febrero, "Boletín Oficial del Estado" de 6

de marzo. Igualmente, deberán hacerlo así quienes tengan la

condición de personal laboral o funcionario interino.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en

prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de

la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la

solicitud inicial.

8.4 Por Orden de la autoridad convocante se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa

oferta de los mismos.

Aquellos puestos de trabajo ofrecidos como primer destino

supongan la participación directa o indirecta en el ejercicio del

poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado quedan excluidos

de la posibilidad de ser elegidos por los aspirantes que no posean

la nacionalidad española, siendo la Administración la competente

para determinar cuáles serían esos puestos de trabajo.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas

convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de

Economía, funcionarios de carrera, mediante Resolución del

Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", en la que figurarán los aspirantes

aprobados en el proceso selectivo ordenados de acuerdo con la

puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se

les adjudiquen.

8.7 La toma de posesión como funcionarios de carrera de

los aspirantes aprobados, se efectuará en el plazo máximo de un

mes, contado desde el día siguiente a la fecha de la publicación

de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en

colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en la Ley de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 24 de septiembre de 2001.-El Vicepresidente segundo

del Gobierno y Ministro de Economía, P. D. (Orden de 3 de agosto

de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario,

Miguel Crespo Rodríguez.

Ilmos. Sres. Secretario general Técnico del Ministerio de Economía

y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Cuerpos de Ingenieros de Minas

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección. El proceso de selección constará de

las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Curso selectivo.

Fase de oposición. La fase de oposición constará de cuatro

ejercicios, todos ellos eliminatorios.

Los opositores por promoción interna, pertenecientes al Cuerpo

de Ingenieros Técnicos de Minas estarán exentos de la realización

del primer ejercicio.

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante

un período máximo de cuatro horas y media de tres temas. El

primero corresponderá al grupo I y será elegido por cada aspirante

entre dos temas sacados por sorteo. Los otros dos temas

corresponderán al grupo II y serán elegidos por cada aspirante entre

cuatro temas sacados por sorteo.

Los opositores deberán leer su ejercicio ante el Tribunal en

sesión pública.

El grupo I está integrado por 22 temas de "Organización del

Estado y Derecho Administrativo".

El grupo II está integrado por 28 temas de "Sectores industriales

españoles y su estructura".

Segundo ejercicio: Constará de dos partes, una obligatoria y

otra optativa. La parte obligatoria consistirá en resumir en inglés,

francés o alemán un texto que les será leído a los opositores en

uno de los idiomas mencionados, de acuerdo con la elección de

cada aspirante. Los opositores dispondrán de un tiempo máximo

de una hora para la realización del resumen.

El resumen realizado por cada opositor será leído por el mismo

en el idioma elegido, en sesión pública, ante el Tribunal, que

podrá dialogar con el aspirante en el idioma en que se haya hecho

el resumen sobre aspectos relacionados en el ejercicio.

La parte optativa consistirá en una conversación con el Tribunal

en uno de los dos idiomas no elegidos en la parte obligatoria.

Para poder realizar la parte optativa es preciso haber superado

la parte obligatoria.

Tercer ejercicio: Consistirá en exponer oralmente, durante el

plazo máximo de una hora, tres temas, uno de cada uno de los

grupos III, IV y V, extraídos al azar por cada opositor.

El grupo III consta de 25 temas de "Teoría Económica y Política

Económica".

El grupo IV consta de 21 temas de "Economía de la Empresa

y principios de gestión empresarial".

El grupo V consta de 30 temas de "Política y Legislación básica

Industrial, Energética y Minera".

Los opositores dispondrán de un período máximo de veinte

minutos, no computables dentro de la hora de exposición, para

la elaboración de un índice, sin que puedan utilizar para ello

ninguna clase de textos o apuntes. Dicho índice podrá ser utilizado

durante la exposición.

El Tribunal podrá dialogar con el aspirante durante un máximo

de diez minutos sobre cuestiones relacionadas con los temas que

haya expuesto.

Cuarto ejercicio: Tendrá carácter práctico y consistirá en la

realización, por escrito, de un informe o dictamen sobre un

supuesto relacionado con el contenido y funciones de los puestos de

trabajo que desempeñan los funcionarios de carrera del Cuerpo

de Ingenieros de Minas del Estado. Para el desarrollo de este

ejercicio, los opositores dispondrán de un tiempo máximo de tres

horas y podrán consultar los textos que consideren oportunos,

de los cuales irán provistos.

Curso selectivo: Los aspirantes que hayan superado la fase

de oposición realizarán un curso selectivo, como funcionarios en

prácticas. Tendrá carácter práctico y servirá para dotar a los

aspirantes a ingresar en el Cuerpo de Ingenieros de Minas del Estado

de una formación práctica en el área de la Administración que

les es propia. Su duración máxima será de dos meses.

2. Valoración

Fase de oposición. Los ejercicios de la oposición se calificarán

de la siguiente manera:

Primer ejercicio: Se otorgará una calificación de cero a veinte

puntos, siendo necesario obtener la calificación de diez puntos,

para acceder al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: Parte obligatoria: Se puntuará entre cero

y diez puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para

superarlo.

Parte optativa: Se puntuará entre cero y cinco puntos.

Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de diez

puntos por cada tema, siendo necesario obtener un mínimo de

quince puntos y no haber sido calificado con cero en ningún tema

para acceder al ejercicio siguiente.

Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo

preciso obtener cinco puntos para superarlo.

Curso selectivo: Se calificará de "apto" o "no apto", siendo

necesario obtener la calificación de "apto" para superarlo.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por

la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes, por este orden,

en los ejercicios tercero, primero, cuarto y segundo.

Los aspirantes que alcanzasen el 60 por 100 de la puntuación

máxima del primer y/o segundo ejercicio obligatorio y no

superasen la fase de oposición conservarán dicha puntuación y estarán

exentos de realizar tales ejercicios en las pruebas selectivas

inmediatamente siguientes, siempre y cuando fuesen idénticos en

contenido y puntuación.

ANEXO II

Cuerpos de Ingenieros de Minas

Programa

Primer ejercicio:

Grupo I. Organización del Estado y Derecho Administrativo:

Tema 1. La Constitución española de 1978. Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal

de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 2. La Corona y las Cortes Generales. Atribuciones y

competencias. El Gobierno: Designación, funciones y relaciones

con otros poderes del Estado.

Tema 3. La Organización territorial del Estado I. Las

Administraciones Públicas. La Administración General del Estado y su

organización periférica. La Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado. El Ministerio de Economía: Organización y competencias.

Servicios centrales, periféricos y en el exterior. La Administración

Institucional.

Tema 4. La Organización territorial del Estado II. Las

Comunidades Autónomas: Organización, competencias y financiación.

Las Corporaciones Locales. Las Diputaciones Provinciales,

Consejos y Cabildos Insulares. La coordinación y delimitación de

competencias entre las diferentes Administraciones Públicas.

Tema 5. La Unión Europea I. Concepto y características del

Derecho comunitario. Sus fuentes. Derecho originario. Tratados

de París y de Roma. Acta Única Europea. Tratado de la Unión

Europea. Tratados de Maastricht y de Amsterdam. Las conferencias

intergubernamentales. Disposiciones Comunitarias y Derecho

derivado: Reglamentos, Decisiones, Directivas, Recomendaciones.

Otras fuentes. Aplicación y eficacia del Derecho Comunitario.

Tema 6. La Unión Europea II. Constitución y evolución del

proceso de integración europea. Instituciones Comunitarias:

Consejo Europeo, Consejo de Ministros, la Comisión, Parlamento

Europeo, Tribunal de Justicia; naturaleza, composición,

competencias y funcionamiento. La participación de los Estados

miembros en el proceso decisorio.

Tema 7. Fuentes Derecho Administrativo I. Las fuentes del

Derecho Administrativo. Concepto. Clases de Fuentes. La

Jerarquía de las fuentes. La Ley. Tipos de leyes. Reserva de Ley.

Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-Ley y Decreto

Legislativo.

Tema 8. Fuentes de Derecho Administrativo II. El

Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre. Los principios

generales del Derecho. Los Tratados Internacionales. El Derecho

comunitario.

Tema 9. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Eficacia, ejecutividad, validez e invalidez de los actos

administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y

revocación. Silencio Administrativo y su regulación legal.

Tema 10. El Procedimiento administrativo: Concepto,

naturaleza y caracterización. Procedimiento administrativo común y

su alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

Planteamiento general, ámbito de aplicación y principios rectores.

Tema 11. Revisión de los Actos en vía administrativa.

Revisión de oficio. Los recursos administrativos. La Jurisdicción

Contencioso-Administrativa. Órganos y competencias. Las partes en

el contencioso-administrativo: Capacidad, legitimación y

representación. El recurso contencioso-administrativo: Interposición y fases

del mismo; terminación y régimen legal de recursos.

Tema 12. Los bienes de la Administración. El dominio

público. El criterio de afectación. Objeto y extensión de la demanialidad.

Utilización y protección del dominio público. Especial referencia

al dominio minero. El servicio público.

Tema 13. La expropiación forzosa I. Antecedentes

normativos. Concepto, naturaleza y elementos.

Sujetos, objeto, causa y contenido. El procedimiento general

de expropiación. La necesidad de ocupación. Procedimientos

especiales de expropiación.

Tema 14. La expropiación forzosa II. Garantías

jurisdiccionales. La indemnización expropiatoria; la determinación del justo

precio y el Jurado Provincial de Expropiación, composición y

funcionamiento. La reversión de los bienes objeto de la expropiación.

La expropiación forzosa en materia de instalaciones energéticas:

Normativa vigente.

Tema 15. La responsabilidad de las Administraciones

Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio: Régimen

legal. Procedimientos y requisitos para la indemnización.

Tema 16. La Contratación Pública I. La Ley de Contratos

de las Administraciones Públicas: Contratos administrativos y

otros contratos de la Administración. Requisitos de los contratos

y órganos competentes para su celebración. Incapacidades y

pro

hibiciones. Garantías exigidas para los contratos con la

Administración. Pliegos de cláusulas y prescripciones. Invalidez de los

contratos.

Tema 17. La Contratación Pública II. Actuaciones

administrativas preparatorias de los contratos. Procedimientos y formas

de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los

contratos. Revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

Tema 18. Los Presupuestos Generales del Estado: Estructura

y contenido. Elaboración y aprobación. Las modificaciones

presupuestarias.

Tema 19. El Sistema tributario: Estructura básica, imposición

directa e indirecta, tasas y precios públicos.

Tema 20. Ordenación del gasto y ordenación del pago.

Órganos competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables

que intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Reglamento de subvenciones. Control de la actividad financiera de la

Administración: Concepto y clases. El control interno. La función

interventora y el control financiero permanente. El control externo.

El Tribunal de Cuentas y el control parlamentario.

Tema 21. El personal al servicio de las Administraciones

Públicas. Régimen Jurídico. Normativa vigente. Clases de personal

al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones

administrativas. Procedimientos para la provisión de puestos adscritos

a personal funcionario.

Tema 22. Derechos y deberes de los Funcionarios. Régimen

de incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

Grupo II. Sectores Industriales Españoles y su Estructura:

Tema 1. La industria española, evolución y características

actuales. Análisis de las principales variables industriales: Valor

añadido, empleo, comercio exterior e inversión. La evolución

reciente de la estructura sectorial de la industria española: Factores

impulsores y rasgos actuales.

Tema 2. La investigación en España: Concepto, evolución,

situación actual y problemática. Comparación internacional.

Principales indicadores de la actividad investigadora. La investigación

en los sectores público y privado. Investigaciones básica y

aplicada. Desarrollo tecnológico.

Tema 3. La innovación en España: Concepto, evolución,

situación y problemática. El sistema nacional de innovación o de

ciencia-tecnología-empresa. Principales agentes del sistema:

Caracterización.

Tema 4. El Sector Eléctrico: Generación, transporte,

distribución y comercialización.

Tema 5. El Sector de Hidrocarburos Líquidos: Exploración,

producción, refino y distribución.

Tema 6. El Sector del Gas: Estructura de la oferta y la

demanda. Producción, transporte y distribución.

Tema 7. Las Energías Renovables. Evolución reciente y

perspectivas de desarrollo. Las energías eólica, biomasa,

minihidráulica, solar. Cogeneración.

Tema 8. La Minería Energética: La minería del carbón,

estructura y producción. Tecnologías del uso limpio del carbón. Otros

minerales energéticos.

Tema 9. La Minería No energética I: Minería metálica. Minería

no metálica (minerales industriales).

Tema 10. Minería no Energética II: Rocas ornamentales.

Aridos. Otros productos de cantera.

Tema 11. La Industria Siderúrgica. La metalúrgica no férrea.

Tema 12. Las Industrias de Productos de Construcción:

Cementos, materiales cerámicos, impermeabilizantes y aislantes,

vidrio, prefabricados, y otros.

Tema 13. El Sector de Bienes de Equipo Mecánicos y

Eléctricos. Especial mención al sector de la máquina herramienta.

Tema 14. El Sector de Electrodomésticos. Línea blanca.

Tema 15. El Sector de Automoción: Vehículos y

componentes. El Sector de Material Ferroviario.

Tema 16. El Sector de la Construcción y Reparación Naval,

su industria auxiliar. El Sector Aeronáutico y Aeroespacial. La

industria de material de defensa.

Tema 17. La Industria Química Básica: Inorgánica e orgánica.

Petroquímica. Agroquímica.

Tema 18. La Industria Química Transformadora. Fabricación

de plásticos. Materiales compuestos. Caucho, papel, fibras

químicas, pinturas colorantes y otros productos transformados.

Subsector de química fina.

Tema 19. Sector Farmacéutico y Biotecnología.

Tema 20. Las Industrias de la Alimentación, Bebidas y

Tabaco. Red del Frío.

Tema 21. Las Industrias de la Madera y el Corcho. La Industria

de Fabricación de Pasta y Papel, Edición y Artes Gráficas.

Tema 22. La Industria Textil y de la Confección.

Tema 23. La Industria de la Piel y del Calzado. El Sector

Juguetes. Otras industrias manufactureras: joyería, bisutería y

artículos de deporte.

Tema 24. La Sociedad de la Información. Redes de

comunicaciones. Banda ancha. Internet. Portales y Páginas web. La

nueva economía. Comercio/negocio electrónico. La firma

electrónica. Teletrabajo. Teleadministración. Teleformación. La

televisión interactiva.

Tema 25. La Industria Electrónica. Electrónica de consumo.

Electrónica profesional: Detección y navegación, y equipos para

la defensa; electrónica industrial; electromedicina;

instrumentación electrónica y equipos didácticos. Componentes y

subconjuntos: Activos (circuitos integrados y microelectrónica, discretos,

etc.) y pasivos; circuitos y módulos.

Tema 26. La Industria Informática. Equipos informáticos

(unidades centrales, microordenadores, ordenadores de sobremesa,

ordenadores portátiles, servidores, etc.); programas informáticos

o "software" (sistemas operativos, herramientas de desarrollo,

software para base de datos, software de comunicaciones, etc.);

servicios informáticos y material fungible.

Tema 27. La Industria de Telecomunicaciones. Sistemas y

equipos para redes fijas: Fibra óptica, telefonía, coaxial e

inalámbrica. Sistemas y equipos para redes móviles: GSM, GPRS,

UMTS, redes locales inalámbrica. TV digital y radio digital.

Operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones.

Servicios portadores. Telefonía fija, servicios móviles, transmisión y

conmutación de datos, servicios por cable, servicios de valor

añadido.

Tema 28. Los Servicios a Empresas. Las empresas de

ingeniería, consultoría y asistencia técnica. Mantenimiento y

manutención. Los servicios tecnológicos: centros tecnológicos,

laboratorios de certificación, etc. Externalización de otras actividades:

Asesoría fiscal, jurídica y contable, formación y selección de

personal, etc. Subcontratación en la industria manufacturera.

Empresas virtuales.

Grupo III. Teoría Económica, y Política Económica:

Tema 1. La función de la demanda. Las preferencias del

consumidor. La restricción presupuestaria. El equilibrio del

consumidor. La deducción de la curva de demanda del consumidor.

La teoría de la preferencia revelada.

Tema 2. La función de producción microeconómica. Teoría

de los costes. La curva de la demanda de empleo.

Tema 3. Los mercados competitivos de productos. El

equilibrio a corto y largo plazo. Aplicaciones: El efecto de los

impuestos. Fallos del mercado: efectos externos, bienes públicos e

información asimétrica.

Tema 4. El monopolio. El monopolio natural y la regulación

de precios. La discriminación de precios y el monopolio. El

duopolio y el oligopolio. La empresa dominante.

Tema 5. Los mercados de factores. La oferta y la demanda

de trabajo. Teorías del capital y del interés.

Tema 6. Magnitudes macroeconómicas básicas y sus

interrelaciones. Las tablas input-output.

Tema 7. La financiación de la actividad económica. Definición

y funciones del dinero. El dinero en el sistema financiero actual.

Los bancos y la creación del dinero. La financiación de la economía

y los intermediarios financieros.

Tema 8. La teoría de la determinación de la renta en una

economía abierta. El multiplicador.

Tema 9. La política fiscal y la política monetaria en una

economía abierta. Aspectos monetarios de la financiación del déficit

público.

Tema 10. La política fiscal en España. Evolución reciente.

Causas del déficit público y problemas de financiación.

Tema 11. El concepto de inflación. Inflación de demanda.

Inflación de costes. Los efectos de la inflación.

Tema 12. El crecimiento económico a largo plazo. Las fuentes

de crecimiento. El estado estacionario y las relaciones entre el

ahorro. El crecimiento de la población y el crecimiento del stock

de capital.

Tema 13. El ciclo económico: Definición y descripción de las

fases del ciclo. La interrelación entre el multiplicador y el

acelerador. Aportaciones de Schumpeter, Kaldor, monetaristas y

Lucas.

Tema 14. Evolución reciente de la teoría pura del comercio

internacional. Teorías clásica y de cambios de productos: Relación

real de intercambio. Teoría de la ventaja comparativa. Modelos

de competencia imperfecta. Controversia entre librecambismo y

proteccionismo. Instrumentos de protección y sus efectos

económicos. Barreras comerciales y técnicas. Vinculación de políticas

comercial e industrial.

Tema 15. Balanza de Pagos: Concepto, estructura y

equilibrio, el mercado de cambios. Significados y relación con la

financiación de la economía. Ajuste de balanza de pagos. Teorías de

la determinación del tipo de cambio. Tipos de cambios fijos y

flexibles. Intervención y regulación de mercados de cambio.

Políticas de estabilización económica: Equilibrios interno y externo.

Tema 16. El Fondo Monetario Internacional. Evolución

reciente del sistema monetario internacional. Los mercados

financieros internacionales de corto y largo plazo. El problema de la

deuda de los países en desarrollo.

Tema 17. La cooperación económica internacional. La OMC

y el neoproteccionismo. La UNCTAD y los problemas de los países

menos desarrollados. El Banco Mundial y los Bancos regionales

de desarrollo. La OCDE. Otras formas e instituciones de

cooperación económica.

Tema 18. La economía en la Unión Europea I. Orígenes y

evolución. El presupuesto comunitario. La política de cohesión

y los fondos estructurales.

Tema 19. La economía en la Unión Europea II. La libre

circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. El Acta

Única. Evolución desde el Mercado Único Europeo al Mercado

Interior.

Tema 20. La economía en la Unión Europea III. La política

comercial exterior. El Espacio Económico Europeo. Adhesión de

los PECO: Repercusiones de la ampliación sobre España.

Relaciones exteriores con terceros países: acuerdos preferenciales,

Convenio de Lomé (países ACP), la Agencia Transatlántica,

relaciones con América Latina, Asia, etc.

Tema 21. Unión Europea IV. La Unión Económica y

Monetaria. Fases de la UEM. Impacto del euro: Ventajas e

inconvenientes. Banco Central Europeo. Armonización de políticas

económicas en la Unión: Evolución y tendencias. Significado y

perspectivas para la industria española.

Tema 22. Unión Europea V. Los efectos económicos de la

adhesión de España a la CEE. Especial referencia a los sectores

industrial y energético. Relación con la evolución reciente de la

economía española: Análisis de principales magnitudes. Efectos

sobre la industria manufacturera, energía (gas y electricidad,

energía nuclear) .

Tema 23. Sistema financiero europeo. El Banco Central

Europeo y el Sistema Europeo de Bancos Centrales.

Tema 24. Sistema financiero español. Instituciones y

mercados (monetario y de capitales). Implicaciones del espacio

financiero europeo.

Tema 25. El mercado de trabajo en España: Evolución

reciente y situación actual. Las reformas del mercado de trabajo.

Grupo IV. Economía de la Empresa y Principios de Gestión

Empresarial:

Tema 1. El concepto de Empresa. La Empresa como sistema.

Característica básica de un sistema y su aplicación a la Empresa.

Áreas funcionales más características de la Empresa: Contenido

y actividades que comprenden. Empresa privada y Empresa

pública. Empresas multinacionales: Sus conceptos, importancia en el

entorno económico.

Tema 2. Aspectos jurídicos básicos de la Empresa. Clases

de empresas según su forma jurídica. Especial mención a la

Sociedad Anónima. El Registro Mercantil. Otros tipos de empresas:

Sociedades Limitadas. Empresas Cooperativas, etc.

Tema 3. Los estados financieros de la Empresa: Balance y

Cuenta de Resultados. Del Balance de situación al Balance de

gestión. Ordenación de cuentas. Masas patrimoniales del Activo

y Pasivo.

Tema 4. Análisis y diagnóstico económico-financiero.

Objetivos financieros de la Empresa: Rentabilidad, liquidez y riesgo.

Objetivos del diagnóstico. Análisis patrimonial. Esquema de origen

y aplicación de fondos.

Tema 5. Medidas de la liquidez. Cash-flow y autofinanciación.

Rotación del activo circulante y sus componentes. Rotación de

proveedores. Medidas de la solvencia y la liquidez. Fondo de

maniobra y capital de trabajo necesario.

Tema 6. Rentabilidad sobre fondos propios y rendimiento

sobre activo total. Descomposición de la rentabilidad: Margen,

rotación, apalancamiento financiero. Análisis de costes: Fijos y

variables. Las relaciones coste-volumen-beneficio. El punto

muerto.

Tema 7. Métodos de previsión en la Empresa. Modelos

cuantitativos y cualitativos. Modelos univariantes y multivariantes.

Escenarios. Método Delphi. Modelo de simulación financiera:

Confección de Balances y Cuentas de Resultados provisionales.

Tema 8. Dirección comercial y marketing en la Empresa:

Concepto y contenido. Conceptos e instrumentos de investigación

comercial. Conceptos e instrumentos en previsión de ventas. El

concepto y contenido del "marketing mix". El plan de marketing.

Estrategia competitiva. Ciclo de la vida de productos. Estrategia

producto-mercado-tecnología.

Tema 9. El Sistema Logístico de la Empresa: La dirección

de operaciones. Localización de plantas industriales. Factores

técnicos, ambientales, económicos y sociales, etc., según el tipo de

empresas industriales. La gestión de stocks, dirección de

producción, distribución física: Conceptos y técnicas cuantitativas

utilizadas.

Tema 10. La Calidad en la Empresa. Gestión de calidad.

Calidad total y sistemas de aseguramiento de calidad. Cero defectos.

Certificación y calidad concertada: Relaciones de la empresa con

clientes.

Tema 11. Desarrollo Tecnológico en la Empresa. La función

de investigación y desarrollo. Información tecnológica: Acceso a

banco de datos y redes. Financiación al desarrollo tecnológico.

Tema 12. Planificación Estratégica y Operativa.

Programación y presupuestos. Modelos e instrumentos de planificación,

programación y presupuestación. Funciones directivas: Planificación,

organización, dirección, motivación y control.

Tema 13. Organización empresarial y factor humano.

Principios básicos de organización y modelos organizativos. Selección,

formación y promoción de personal. Relaciones industriales:

Sindicatos y Empresas, negociación colectiva, política de personal.

Tema 14. Estructura financiera de la empresa, fuentes y

financiación: propias y ajenas. El concepto de coste de los recursos

y utilización en la selección de proyectos de inversión.

Tema 15. Fuentes de financiación mas comunes en nuestro

sistema financiero: Descripción, utilización, costes y mercados

suministradores. El capital riesgo. Naturaleza, tipos, sectores de

destino y situación en España. Comparación con los países más

avanzados. Préstamos participativos. Sociedades de garantía

recíproca. Otras fuentes de financiación empresarial: Factoring,

leasing, renting, etc.

Tema 16. El plan de inversiones. La definición del proyecto

de inversión. Inversión inicial, costes relevantes, flujos de caja

anuales. Criterios económicos de decisión para la aceptación de

proyectos de inversión y su priorización.

Tema 17. El problema de la determinación del coste del dinero

y su aplicación como tasa de actualización. Política de inversiones

en la Empresa.

Tema 18. Informática aplicada a la Empresa. Redes de

comunicaciones. Internet. Intranet. Correo electrónico. El comercio

electrónico. Teletrabajo. Automatización y robotización (CAD,

CAM, y CIM).

Tema 19. La diagnosis de empresa con dificultades. Los

estudios de viabilidad. Planes de empleo y reestructuración

empresarial.

Tema 20. Auditorías internas y externas. La auditoría

técnico-económica de los proyectos de inversión. Valoración de

empresas.

Tema 21. La Insolvencia de la Empresa. La suspensión de

pagos. Sus efectos. Órganos de la suspensión de pagos. Concepto,

clases y efectos de la quiebra. Órganos de la quiebra. Disolución

y liquidación de sociedades mercantiles en nuestro ordenamiento

positivo.

Grupo V. Política y Legislación Básica Industrial, Energética

y Minera:

Tema 1. Evolución de la política industrial en España hasta

la crisis energética. La autarquía. La liberalización de 1959. La

planificación indicativa: Las industrias de interés preferente y el

régimen de autorización administrativa previa. Factores limitativos

e impulsores del desarrollo industrial español.

Tema 2. La política industrial española desde la crisis

energética. Principales problemas económicos y medidas adoptadas.

Reconversión y reindustrialización: Antecedentes de otros países

y en España, legislación general y principales instrumentos. La

Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI):

Antecedentes y funciones. El proceso de liberalización y privatización

del sector público industrial.

Tema 3. La evolución del Sector Industrial en España. Análisis

de las variables fundamentales y los principales sectores

industriales: Producto industrial, empleo industrial, comercio exterior

de productos industriales, inversiones industriales, etc. La

convergencia con la Unión Económica y Monetaria.

Tema 4. El análisis de la coyuntura industrial: Técnicas

utilizadas para su estudio. Indicadores de la coyuntura. Las encuestas

cualitativas sobre las opiniones empresariales. Variables

retrospectivas y proyectivas. El análisis de las causas de la situación

coyuntural.

Tema 5. Legislación básica sobre la industria. La Ley de

Industria: Ordenación del sector industrial y coordinación entre las

Administraciones Públicas. El Registro de Establecimientos

Industriales.

Tema 6. La Propiedad Industrial. Legislación. La Oficina

Española de Patentes y Marcas. La transferencia de tecnología:

Fomento de exportación de tecnología, asistencia técnica y

regalías, balanza tecnológica, comercio exterior de equipos con

tecnología incorporada, etc. Taxonomía de las actividades de I + D + I

en la industria española: Estadísticas e indicadores.

Tema 7. Legislación básica sobre minería. Ley 22/1973 de

Minas. Reglamento General para el Régimen de la Minería: Ámbito

de su aplicación y clasificación de recursos. Acción Estatal:

Regulación de los aprovechamientos de recursos. La Ley 54/1980,

de modificación de la Ley de Minas. Situación actual competencial

tras el proceso de transferencias a Comunidades Autónomas.

Tema 8. Permisos de exploración. Permisos de investigación.

Concesiones de explotación. Zonas de reserva a favor del Estado.

Régimen general de caducidades, titularidad, transmisión de

derechos mineros, ocupación temporal y expropiación forzosa. Cotos

mineros y establecimientos de beneficio.

Tema 9. Seguridad Minera. Antecedentes normativos.

Reglamento de Policía Minera de 23 de agosto de 1934. Reglamento

General de Normas Básicas de Seguridad Minera de 2 de abril

de 1985 y sus Instrucciones Técnicas Complementarias de

desarrollo.

Tema 10. La Comisión de Seguridad Minera. El Plan de

Seguridad Minera 1998-2005 y sus líneas de acción. La Ley 31/1995,

de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y el Real

Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, sobre Seguridad y Salud

de los trabajadores en las actividades mineras.

Tema 11. Políticas de Ayuda a la Minería. El régimen

financiero e impuestos mineros de la Ley 6/1977, de Fomento de la

Minería. Desarrollo normativo de ayudas del Ministerio de

Economía. Ley 43/1995, del Impuesto de Sociedades. Título VIII

Regímenes Tributarios Especiales: Capítulo IX, Régimen Fiscal de la

Minería. Factor de agotamiento. La Línea Especial de Ayudas a

la Investigación Minera (LEIM).

Tema 12. La Minería del Carbón: Descripción y problemática

del sector. La reestructuración y reordenación de la minería del

carbón. Planes de modernización, racionalización y

reestructuración. El Instituto para la Reestructuración de la Minería del

Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

Tema 13. El Reglamento de Explosivos y sus Instrucciones

Técnicas Complementarias (ITC) de desarrollo. Explosivos,

cartuchería y artificios pirotécnicos. Ordenación jurídica de la

fabricación, circulación, utilización, almacenamiento, comercio y

tenencia.

Tema 14. Las Voladuras Especiales. Régimen Legal. Objeto

y campo de aplicación. Definición de voladuras especiales.

Autorización. Ejecución. Prescripciones. Empresas autorizadas para la

ejecución de voladuras especiales.

Tema 15. Minería y Medio Ambiente. Disposiciones generales

que afectan a la actividad minera. Real Decreto Legislativo

1302/1986 y su desarrollo. Modificación realizada por la Ley

6/2001, de 8 de mayo. Distribución de competencias entre las

Administraciones Central, Autonómica y Local. Disposiciones

particulares que afectan a la actividad minera: Real Decreto

2994/1982; Real Decreto 1116/1984, y Órdenes de Desarrollo.

Tema 16. Metodología para la investigación y evaluación de

los yacimientos minerales. Análisis y valoración económica de la

investigación minera. Evaluación de recursos y reservas. La

economía de la empresa minera: análisis y valoración de las

explotaciones mineras. La evaluación técnico-económica de proyectos

mineros de inversión.

Tema 17. La Política Energética en España y en la Unión

Europea. La Agencia Internacional de la Energía. Evolución de

los planes energéticos nacionales. Nuevas fuentes de energía.

Tema 18. La Política de Ahorro, Eficiencia y Conservación

de la Energía. Fomento de las energías renovables. El Instituto

para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

Tema 19. Planes I + D en Energía: Evolución desde el Plan

de Investigación Energética desde 1985 hasta la actualidad. El

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y

Tecnológicas (CIEMAT): Organización y funciones. Las antiguas OCIS.

Apoyo comunitario a la I + D energética y Plan Marco de energía

del a UE: Etap, Synergie, Thermie, Carnot, etc. Planes nacionales

de I + D en energía nuclear. La I + D en el Tratado Euratom.

Tema 20. Legislación Básica del Sector Eléctrico.

Antecedentes hasta la Ley 54/1997. La Ley 54/1997 del Sector Eléctrico:

Planificación energética, ordenación del suministro, régimen

económico, producción de energía y régimen especial, transporte,

distribución y suministro de energía eléctrica. Otros aspectos

relevantes de la Ley.

Tema 21. Legislación Básica del Sector Nuclear. Planes

nacionales de residuos radiactivos. La Empresa Nacional de Residuos

Radiactivos (ENRESA). El Consejo de Seguridad Nuclear.

Tema 22. La Política de Hidrocarburos Líquidos y Gaseosos

en España. Actuaciones de privatización del Sector Público. Ley

34/1998 del Sector de Hidrocarburos. La Liberalización de los

mercados. Directrices comunitarias de reservas estratégicas y de

transparencia de precios. Reservas estratégicas. Infraestructura

logística básica de hidrocarburos líquidos y gaseosos. La política

energética comunitaria y el mercado interior de gas natural: La

Directiva 98/30/CE. Evolución reciente y perspectivas.

Tema 23. La Política de Investigación. Ley de Fomento y

Coordinación de la Investigación Científica y Técnica. Plan de I + D.

La Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología.

Asociaciones de Investigación. La política de investigación en la Unión

Europea. V Programa Marco de I + D.

Tema 24. La Política Industrial de I + D y de Innovación

Industrial. Programas de Ayudas del Ministerio de Ciencia y Tecnología

a la investigación, desarrollo tecnológico y a la innovación.

Instrumentos fiscales y financieros. El Centro para el Desarrollo

Tecnológico Industrial (CDTI). Cooperación internacional en I + D:

Programa EUREKA e IBEROEKA.

Tema 25. Las Inversiones Extranjeras en España. Legislación

básica. Evolución y situación actual. Los efectos de la inversión

extranjera sobre la industria española. Las empresas

multinacionales. Análisis sobre el capital y tecnología. La cooperación

internacional en el Sector industrial.

Tema 26. La Inversión Industrial Española en el Exterior.

Legislación básica. Evolución y situación actual. La globalización

de los mercados y la internacionalización de la industria española.

Promoción industrial exterior. Asistencia técnica y exportación

de tecnología y de plantas industriales. Apoyos públicos a la

promoción del comercio exterior: ICEX, CESCE, ICO, COFIDES, FAD

y Expansión Exterior.

Tema 27. La Seguridad Industrial. Legislación sobre

productos e instalaciones industriales. Reglamentación y homologación

de vehículos. Inspección Técnica de Vehículos. Fomento de la

Calidad y Seguridad Industrial (referencia a la Ley de Industria).

Tema 28. La política de normalización, homologación y

certificación de productos industriales. El enfoque global: Control

de productos industriales. Infraestructura de la Calidad y

Seguridad Industrial. Reglamentación básica.

Tema 29. La armonización de legislaciones técnicas y

eliminación de obstáculos técnicos al Comercio: Sus perspectivas en

la UE y la Organización Mundial de Comercio. Acuerdos de

reconocimiento mutuo.

Tema 30. La Política Industrial Regional Española antes y

después de la integración en la UE. Los incentivos de localización

industrial. Las Sociedades de Desarrollo Regional. La Ley

50/1985, de Incentivos Regionales. La participación en la UE

en la definición y ejecución de la política de desarrollo regional.

La participación de las CC. AA. en esta política.

ANEXO III

Tribunal titular

Presidente:

Don José Julián Bonilla Gómez, Cuerpo Superior de Ingenieros

de Minas del Estado.

Vocales:

Don Luis Calle Sánchez-Hermosilla, Cuerpo Superior de

Ingenieros de Minas del Estado.

Don Carlos González Diego, Cuerpo de Ingenieros Industriales.

Don Fernando Vázquez Guzmán, Cuerpo Catedrático de

Universidad.

Doña Mar Gutiérrez López, Cuerpo Superior Administradores

Civiles del Estado.

Doña Mercedes Virseda Sanz, Cuerpo Técnicos de Inspección

del Transporte Terrestre.

Secretario:

Don Carlos Fernández Álvarez, Cuerpo Superior de Ingenieros

de Minas del Estado.

Tribunal suplente

Presidente:

Don Juan Antonio López Geta, Cuerpo Superior de Ingenieros

de Minas del Estado.

Vocales:

Don Luis Hilario Alonso Mijares, Cuerpo Superior de Ingenieros

de Minas del Estado.

Don Manuel Lázaro Lafuente, Cuerpo de Ingenieros

Industriales.

Doña Amparo Fernández González, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Doña Pilar Ansuátegui Gárate, Cuerpo Superior Técnico

Admón. S. Social.

Doña María Antonia González Cano, Escala Técnica U.A.

Madrid.

Secretario:

Don Antonio Iglesias Taboas, Cuerpo Superior de Ingenieros

de Minas del Estado.

ANEXO IV

Don ........................................................,

con domicilio en ...............................................,

calle ..................................... y documento nacional

de identidad número ..................................., declara

bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario

del Cuerpo ......................... que no ha sido separado del

servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no

se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En ........................ a ............ de ................... de .......

ANEXO V

Don ........................................................,

con domicilio en ...............................................,

calle .................... y de nacionalidad ....................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo ......................, no estar sometido

a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la Función Pública.

En ........................ a ............ de .................... de .......

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