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Documento BOE-A-2001-10555

Resolución de 7 de mayo de 2001, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas mediante el sistema de acceso libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2001, páginas 19514 a 19517 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-10555

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 276/1998, de

22 de diciembre ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de

19 de enero de 1999), por el que se aprueban los Estatutos de

la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades

de personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,

de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.c) de la

misma norma, y en el artículo 49 del Decreto 276/1998, de 22

de diciembre citado, ha resuelto convocar pruebas selectivas para

el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y

Bibliotecas de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes

bases de convocatoria:

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas

de la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de

la Universidad de Almería, mediante el sistema general de acceso

libre. Las citadas plazas podrán tener jornada de trabajo en turno

de mañana o en turno de tarde.

1.2 Del total de las plazas se reservará un 3 por 100 para

ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de

discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la

disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de

julio, de modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública. En el supuesto

de no ser éstas cubiertas se acumularán a las restantes plazas

convocadas.

1.3 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a

lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada por la

Ley 23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de

Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del

Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General

del Estado; en el Decreto 276/1998, de 22 de diciembre ("Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía", de 19 de enero de 1999), por

el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,

y a las normas de esta Resolución.

1.4 El procedimiento de selección de aspirantes será el de

oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias

que se especifican en el anexo I.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de octubre

de 2001. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución

del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los

Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos

Estados a los que en virtud de los tratados internacionales,

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos

en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la

Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge,

descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de

los nacionales de países miembros de la Unión Europea, siempre

que no estén separados de derecho, menores de veintiún años

o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados

internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados

por España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,

Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de

tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la

fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se

considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el

haber superado tres cursos completos de licenciatura,

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones. En el caso de los nacionales de los demás Estados

miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados a los que

en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle

definida en Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, no

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada

gratuitamente por los Gobiernos Civiles de cada provincia y en las

Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de Gestión de Personal

de esta Universidad de Almería. Asimismo, la convocatoria y el

modelo de solicitud podrán obtenerse vía Internet en la dirección

web: http://www.ual.es/Universidad/Personal/PAS/alf.htm. A la

instancia se acompañará una fotocopia simple del documento

nacional de identidad, pasaporte u otro documento de

identificación suficiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad

española y tengan derecho a participar deberán presentar dos

fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su

caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y

el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de nacional de otro

Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán

presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está

separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que

el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro 5 de la misma.

Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número

6, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización

de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.3 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector

de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles,

contados a partir del siguiente a la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3.4 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

3.5 Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo

original que deberá unirse a la solicitud de participación en las

pruebas selectivas, haber abonado los derechos de examen, que

ascenderán a la cantidad de 3.500 pesetas, mediante ingreso o

transferencia bancaria en la cuenta corriente número

3058.0130.2731007006, abierta al efecto en Cajamar, con el

título "Universidad de Almería. Concursos y oposiciones",

especificando en tal resguardo el nombre y apellidos, el documento

nacional de identidad y la Escala a la que solicita participar.

En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3. de esta

Resolución.

Serán excluidos los aspirantes que no hayan abonado la

cantidad citada dentro del plazo habilitado para la presentación de

instancias, prescrito en la base 3.3 citada, no concediéndose plazo

alguno adicional para el abono de las mismas.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Almería dictará Resolución en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos

y excluidos, se nombrará el Tribunal calificador y recogerá el lugar

y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación

de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de

exclusión. En la lista deberán constar en todo caso apellidos, nombre

y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier

momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso,

la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo

de diez días hábiles para subsanación de errores.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador será nombrado por el Rector de

la Universidad de Almería, según lo establecido en la base 4.1,

y estará constituido por los miembros que se especifican en el

anexo III.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de

Personal Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros

del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de

constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad de Almería.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.2, las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio para las Administraciones Públicas, de 18 de febrero de 1985

("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros

equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de

Almería, carretera de Sacramento, sin número,

teléfono 950 01 51 24.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría 2.a de las recogidas en el anexo V del Decreto

54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía" de 21 de abril).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado el proceso selectivo un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el Tribunal.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos

anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán

hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado

las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo

de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro

horas, si es nuevo ejercicio.

6.4 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara

a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece

de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,

lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual

deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes

o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a

los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados, presentación de documentación,

y nombramiento de funcionarios de carrera

7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la

fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de

examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad

las relaciones de aspirantes que hayan obtenido una calificación

igual o superior a la exigida para su superación, con indicación

de su documento nacional de identidad.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación,

en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios

de la fase de oposición y la calificación final, obtenida esta última

de la forma establecida en el anexo I de esta convocatoria.

7.3 Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad

con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

7.4 En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la

publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad

de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior,

los aspirantes que figuren en la misma deberán presentar, en el

Registro General de la Universidad o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

b) Fotocopia debidamente compulsada del título de

Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico,

Formación Profesional de tercer grado o equivalente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a

esta convocatoria.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

minusválidos deberán presentar certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la

Comunidad Autónoma correspondiente que acredite tal condición, e

igualmente deberán presentar certificación de los citados órganos

de la Administración sanitaria acreditativa de la compatibilidad

con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.

e) Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión

Europea, o de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados

internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por

España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores

en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado

constitutivo de la Comunidad Europea, habrán de acreditar mediante

documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública.

7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera

y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

de participación.

7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado". La propuesta de nombramiento deberá acompañarse

de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las

pruebas selectivas enviado a la Universidad convocante con el

apartado "Reservado para la Administración" debidamente

cumplimentado.

8. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa

en virtud del artículo 60 del Decreto 276/1998, de 22 de diciembre

("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 19 de enero de 1999),

por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,

podrán los interesados interponer recurso

contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de

Almería, en el plazo de dos meses, de acuerdo con los artículos 8.3

y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición

ante el Rector, en el plazo de un mes, de conformidad con los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Almería, 7 de mayo de 2001.-El Rector, Alfredo Martínez

Almécija.

ANEXO I

Ejercicios y calificación

1. Fase de oposición

Ejercicios y calificación.-La fase de oposición estará formada

por los ejercicios que a continuación se indican, siendo éstos

eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado

en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura

en el anexo II de la convocatoria. Las respuestas erróneas se

valorarán negativamente de forma que cada dos preguntas erróneas

restarán el valor de una acertada. Se calificará de 0 a 10 puntos,

siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de

noventa minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la redacción de los asientos

bibliográficos en formato Ibermarc de tres impresos modernos,

dos en castellano y otro en inglés, francés o alemán, así como

en la redacción de la ficha catalográfica de un documento o

expediente de los siglos XIX o XX.

El asiento bibliográfico constará de:

a) Catalogación según las vigentes Reglas de Catalogación

(Madrid, Ministerio de Educación y Cultura, 1999).

b) Encabezamientos de materia, que se redactarán

ajustándose a cualquiera de las listas de encabezamientos de materia

existentes.

c) Clasificación decimal universal.

Para la realización de esta parte los opositores podrán utilizar

las Reglas de Catalogación, las tablas de la CDU y el manual

de formato Ibermarc, cualquier lista de encabezamientos de

materias y diccionarios bilingües.

Se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar

obtener como mínimo cinco puntos, y no obtener cero en ninguno

de los asientos bibliográficos. El tiempo máximo para la realización

de este ejercicio será de tres horas.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito tres temas

propuestos por el Tribunal, relacionados con el contenido del

programa que figura en el anexo II de la convocatoria. El ejercicio

deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública ante el

Tribunal, que valorará la formación general y actualización de

conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal

de los aspirantes y la facilidad de expresión. Se calificará de 0

a 10 puntos, siendo necesario para su superación obtener un

mínimo de cinco puntos, y no haber obtenido una calificación de cero

puntos en alguno de los temas. El tiempo máximo para la

realización de este ejercicio será de tres horas y media.

Cuarto ejercicio: Consistirá en la realización de una búsqueda

de información susceptible de abordarse en un servicio de

información y referencia de una biblioteca universitaria. Se calificará

de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un

mínimo de cinco puntos. El tiempo máximo para la realización de

esta parte será de una hora y media.

2. Calificación final

La calificación final de las pruebas selectivas vendrá

determinada por la suma de la puntuaciones obtenidas en los ejercicios

de la fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá

atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio.

ANEXO II

Programa

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido.

2. El Ministerio de Educación y Cultura. Su estructura en

relación con el libro, bibliotecas y patrimonio.

3. Régimen jurídico de las Universidades. Ley 11/1983, de 25

de agosto. Estructura y organización de las Universidades.

4. El sistema universitario de Andalucía. Ley del Parlamento

de Andalucía 1/1992, de Coordinación del Sistema Universitario.

5. La Universidad de Almería. Sus Estatutos.

6. El funcionario público. Concepto y clases. Situaciones.

Derechos y deberes. Clases y régimen jurídico del profesorado

universitario. Clases y régimen jurídico del personal de

Administración y Servicios.

7. El sistema bibliotecario español. Legislación y

competencias en las distintas Administraciones.

8. Legislación española sobre el patrimonio artístico,

bibliográfico y documental.

9. La propiedad intelectual y los derechos de autor.

10. Concepto, función y clases de bibliotecas en la actualidad.

Las bibliotecas ante el cambio social y tecnológico.

11. Las bibliotecas universitarias. Concepto y función.

12. Hemerotecas y mediatecas universitarias.

13. La Biblioteca de la Universidad de Almería.

14. Planificación, organización espacial y equipamiento de

bibliotecas universitarias. Normas. Preservación y conservación

del fondo documental.

15. Gestión y desarrollo de las colecciones en bibliotecas

universitarias. Criterios para su formación, mantenimiento y evaluación.

16. Los catálogos: Concepto, fines, técnicas de evaluación.

17. Formatos de intercambio de información bibliográfica.

18. Sistemas integrados de gestión bibliotecaria,

funcionalidad y características. Panorama actual de la automatización de

bibliotecas universitarias en España.

19. Internet, desarrollo, funcionamiento, principales servicios

y aplicaciones a nivel de usuario. Telnet, FTP, correo electrónico,

www, etc. Lenguajes y utilidades para edición y publicación de

documentos en Internet.

20. Situación y evolución de las revistas científicas. Las

revistas electrónicas.

21. Aplicación de servicios Internet en bibliotecas. Búsquedas

de información en la red. Edición de información y distribución

de servicios. Otros usos de Internet en bibliotecas.

22. Bases de datos bibliográficas y documentales: Selección,

gestión y evaluación.

23. La cooperación entre bibliotecas universitarias y

científicas. Situación y tendencias actuales en España.

24. Planificación y evaluación de la gestión y de los servicios

bibliotecarios.

25. Panorama actual de la industria de la información.

Producción y distribución comercial.

26. Las búsquedas de información. Estrategias y técnicas de

recuperación de información. Servicios avanzados y personalizados.

27. Acceso al documento en bibliotecas universitarias. El

suministro interbibliotecario.

28. Formación de usuarios, extensión, promoción y

marketing" de servicios bibliotecarios.

29. El documento y sus clases. Análisis documental.

Indización y resumen.

30. Lenguajes documentales. Principales tipos de clasificación.

Encabezamientos de materia, términos, descriptores y thesaurus.

31. Bibliografía y fuentes de información: Definición y

objetivos. Evolución histórica y situación actual. El control bibliográfico

Universal.

32. Fuentes de información generales.

33. Fuentes de información en ciencias sociales y humanas.

34. Fuentes de información en ciencia y tecnología.

35. Los catálogos colectivos: Concepto, fines y problemas de

elaboración. Protocolo Z39.50.

36. Los archivos universitarios. Origen, evolución y funciones.

37. La gestión documental en la Universidad. Conceptos,

funciones y modelos.

38. Clasificación y ordenación de documentos. Conceptos,

objetivos y sistemas. Los cuadros de clasificación.

39. Valoración y expurgo de la documentación. Los

calendarios de conservación y eliminación de documentos.-Las

Comisiones Calificadoras de Documentos.

40. La descripción archivística. Metodología y criterios.

Instrumentos resultantes: Tipos y características.

41. La incidencia de las nuevas tecnologías de la información

en la planificación y programación archivísticas.

42. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta.

43. Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.

44. El libro en los siglos XVI, XVII y XVIII.

45. El libro en los siglos XIX y XX.

46. Las bibliotecas en los siglos XVI a XVIII.

47. Las bibliotecas en los siglos XIX y XX.

ANEXO III

Tribunal calificador

Presidente: El Rector, o persona en quien delegue, como

Presidente.

Vocales:

Dos funcionarios de Cuerpo o Escala igual o superior a la que

corresponda la vacante, en representación de la Administración

universitaria, a propuesta del Gerente. Uno de ellos actuará como

Secretario.

Dos funcionarios de Cuerpo o Escala igual o superior a la que

corresponda la vacante, en representación del personal de

Administración y Servicios, a propuesta de la Junta de Personal del

personal de Administración y Servicios funcionario.

ANEXO IV

Declaración jurada

Don/Doña ....................................................,

con domicilio en ..................................................

y documento nacional de identidad número ......................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos,

Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, que no ha

sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de

ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado

para el ejercicio de funciones públicas.

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