En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 276/1998, de
22 de diciembre ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de
19 de enero de 1999), por el que se aprueban los Estatutos de
la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades
de personal de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.c) de la
misma norma, y en el artículo 49 del Decreto 276/1998, de 22
de diciembre citado, ha resuelto convocar pruebas selectivas para
el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y
Bibliotecas de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes
bases de convocatoria:
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas
de la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de
la Universidad de Almería, mediante el sistema general de acceso
libre. Las citadas plazas podrán tener jornada de trabajo en turno
de mañana o en turno de tarde.
1.2 Del total de las plazas se reservará un 3 por 100 para
ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de
discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la
disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de
julio, de modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública. En el supuesto
de no ser éstas cubiertas se acumularán a las restantes plazas
convocadas.
1.3 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a
lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la
Ley 23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado; en el Decreto 276/1998, de 22 de diciembre ("Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía", de 19 de enero de 1999), por
el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,
y a las normas de esta Resolución.
1.4 El procedimiento de selección de aspirantes será el de
oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias
que se especifican en el anexo I.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.6 El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de octubre
de 2001. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución
del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los
Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos
Estados a los que en virtud de los tratados internacionales,
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos
en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge,
descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de
los nacionales de países miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, menores de veintiún años
o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados
internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados
por España.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de
tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la
fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se
considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el
haber superado tres cursos completos de licenciatura,
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones. En el caso de los nacionales de los demás Estados
miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados a los que
en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle
definida en Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente por los Gobiernos Civiles de cada provincia y en las
Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de Gestión de Personal
de esta Universidad de Almería. Asimismo, la convocatoria y el
modelo de solicitud podrán obtenerse vía Internet en la dirección
web: http://www.ual.es/Universidad/Personal/PAS/alf.htm. A la
instancia se acompañará una fotocopia simple del documento
nacional de identidad, pasaporte u otro documento de
identificación suficiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad
española y tengan derecho a participar deberán presentar dos
fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su
caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y
el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de nacional de otro
Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán
presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que
el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.2 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro 5 de la misma.
Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número
6, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización
de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.3 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector
de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles,
contados a partir del siguiente a la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.4 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3.5 Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo
original que deberá unirse a la solicitud de participación en las
pruebas selectivas, haber abonado los derechos de examen, que
ascenderán a la cantidad de 3.500 pesetas, mediante ingreso o
transferencia bancaria en la cuenta corriente número
3058.0130.2731007006, abierta al efecto en Cajamar, con el
título "Universidad de Almería. Concursos y oposiciones",
especificando en tal resguardo el nombre y apellidos, el documento
nacional de identidad y la Escala a la que solicita participar.
En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3. de esta
Resolución.
Serán excluidos los aspirantes que no hayan abonado la
cantidad citada dentro del plazo habilitado para la presentación de
instancias, prescrito en la base 3.3 citada, no concediéndose plazo
alguno adicional para el abono de las mismas.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Almería dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se nombrará el Tribunal calificador y recogerá el lugar
y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación
de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de
exclusión. En la lista deberán constar en todo caso apellidos, nombre
y número del documento nacional de identidad.
4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso,
la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo
de diez días hábiles para subsanación de errores.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador será nombrado por el Rector de
la Universidad de Almería, según lo establecido en la base 4.1,
y estará constituido por los miembros que se especifican en el
anexo III.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de
Personal Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros
del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de
constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos
asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector
de la Universidad de Almería.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.2, las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio para las Administraciones Públicas, de 18 de febrero de 1985
("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros
equivalentes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
Almería, carretera de Sacramento, sin número,
teléfono 950 01 51 24.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría 2.a de las recogidas en el anexo V del Decreto
54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía" de 21 de abril).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de
la Función Pública.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos
anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán
hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado
las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo
de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si es nuevo ejercicio.
6.4 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara
a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece
de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,
lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual
deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes
o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a
los efectos procedentes.
7. Listas de aprobados, presentación de documentación,
y nombramiento de funcionarios de carrera
7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la
fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de
examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad
las relaciones de aspirantes que hayan obtenido una calificación
igual o superior a la exigida para su superación, con indicación
de su documento nacional de identidad.
7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
pública la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación,
en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios
de la fase de oposición y la calificación final, obtenida esta última
de la forma establecida en el anexo I de esta convocatoria.
7.3 Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad
con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.
7.4 En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la
publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad
de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior,
los aspirantes que figuren en la misma deberán presentar, en el
Registro General de la Universidad o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
b) Fotocopia debidamente compulsada del título de
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico,
Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a
esta convocatoria.
d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
minusválidos deberán presentar certificación de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la
Comunidad Autónoma correspondiente que acredite tal condición, e
igualmente deberán presentar certificación de los citados órganos
de la Administración sanitaria acreditativa de la compatibilidad
con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.
e) Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión
Europea, o de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados
internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores
en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado
constitutivo de la Comunidad Europea, habrán de acreditar mediante
documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública.
7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera
y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
de participación.
7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado". La propuesta de nombramiento deberá acompañarse
de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes
aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las
pruebas selectivas enviado a la Universidad convocante con el
apartado "Reservado para la Administración" debidamente
cumplimentado.
8. Norma final
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa
en virtud del artículo 60 del Decreto 276/1998, de 22 de diciembre
("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 19 de enero de 1999),
por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,
podrán los interesados interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Almería, en el plazo de dos meses, de acuerdo con los artículos 8.3
y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado"
del 14), pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición
ante el Rector, en el plazo de un mes, de conformidad con los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Almería, 7 de mayo de 2001.-El Rector, Alfredo Martínez
Almécija.
ANEXO I
Ejercicios y calificación
1. Fase de oposición
Ejercicios y calificación.-La fase de oposición estará formada
por los ejercicios que a continuación se indican, siendo éstos
eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado
en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura
en el anexo II de la convocatoria. Las respuestas erróneas se
valorarán negativamente de forma que cada dos preguntas erróneas
restarán el valor de una acertada. Se calificará de 0 a 10 puntos,
siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de
noventa minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en la redacción de los asientos
bibliográficos en formato Ibermarc de tres impresos modernos,
dos en castellano y otro en inglés, francés o alemán, así como
en la redacción de la ficha catalográfica de un documento o
expediente de los siglos XIX o XX.
El asiento bibliográfico constará de:
a) Catalogación según las vigentes Reglas de Catalogación
(Madrid, Ministerio de Educación y Cultura, 1999).
b) Encabezamientos de materia, que se redactarán
ajustándose a cualquiera de las listas de encabezamientos de materia
existentes.
c) Clasificación decimal universal.
Para la realización de esta parte los opositores podrán utilizar
las Reglas de Catalogación, las tablas de la CDU y el manual
de formato Ibermarc, cualquier lista de encabezamientos de
materias y diccionarios bilingües.
Se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar
obtener como mínimo cinco puntos, y no obtener cero en ninguno
de los asientos bibliográficos. El tiempo máximo para la realización
de este ejercicio será de tres horas.
Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito tres temas
propuestos por el Tribunal, relacionados con el contenido del
programa que figura en el anexo II de la convocatoria. El ejercicio
deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública ante el
Tribunal, que valorará la formación general y actualización de
conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal
de los aspirantes y la facilidad de expresión. Se calificará de 0
a 10 puntos, siendo necesario para su superación obtener un
mínimo de cinco puntos, y no haber obtenido una calificación de cero
puntos en alguno de los temas. El tiempo máximo para la
realización de este ejercicio será de tres horas y media.
Cuarto ejercicio: Consistirá en la realización de una búsqueda
de información susceptible de abordarse en un servicio de
información y referencia de una biblioteca universitaria. Se calificará
de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un
mínimo de cinco puntos. El tiempo máximo para la realización de
esta parte será de una hora y media.
2. Calificación final
La calificación final de las pruebas selectivas vendrá
determinada por la suma de la puntuaciones obtenidas en los ejercicios
de la fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio.
ANEXO II
Programa
1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido.
2. El Ministerio de Educación y Cultura. Su estructura en
relación con el libro, bibliotecas y patrimonio.
3. Régimen jurídico de las Universidades. Ley 11/1983, de 25
de agosto. Estructura y organización de las Universidades.
4. El sistema universitario de Andalucía. Ley del Parlamento
de Andalucía 1/1992, de Coordinación del Sistema Universitario.
5. La Universidad de Almería. Sus Estatutos.
6. El funcionario público. Concepto y clases. Situaciones.
Derechos y deberes. Clases y régimen jurídico del profesorado
universitario. Clases y régimen jurídico del personal de
Administración y Servicios.
7. El sistema bibliotecario español. Legislación y
competencias en las distintas Administraciones.
8. Legislación española sobre el patrimonio artístico,
bibliográfico y documental.
9. La propiedad intelectual y los derechos de autor.
10. Concepto, función y clases de bibliotecas en la actualidad.
Las bibliotecas ante el cambio social y tecnológico.
11. Las bibliotecas universitarias. Concepto y función.
12. Hemerotecas y mediatecas universitarias.
13. La Biblioteca de la Universidad de Almería.
14. Planificación, organización espacial y equipamiento de
bibliotecas universitarias. Normas. Preservación y conservación
del fondo documental.
15. Gestión y desarrollo de las colecciones en bibliotecas
universitarias. Criterios para su formación, mantenimiento y evaluación.
16. Los catálogos: Concepto, fines, técnicas de evaluación.
17. Formatos de intercambio de información bibliográfica.
18. Sistemas integrados de gestión bibliotecaria,
funcionalidad y características. Panorama actual de la automatización de
bibliotecas universitarias en España.
19. Internet, desarrollo, funcionamiento, principales servicios
y aplicaciones a nivel de usuario. Telnet, FTP, correo electrónico,
www, etc. Lenguajes y utilidades para edición y publicación de
documentos en Internet.
20. Situación y evolución de las revistas científicas. Las
revistas electrónicas.
21. Aplicación de servicios Internet en bibliotecas. Búsquedas
de información en la red. Edición de información y distribución
de servicios. Otros usos de Internet en bibliotecas.
22. Bases de datos bibliográficas y documentales: Selección,
gestión y evaluación.
23. La cooperación entre bibliotecas universitarias y
científicas. Situación y tendencias actuales en España.
24. Planificación y evaluación de la gestión y de los servicios
bibliotecarios.
25. Panorama actual de la industria de la información.
Producción y distribución comercial.
26. Las búsquedas de información. Estrategias y técnicas de
recuperación de información. Servicios avanzados y personalizados.
27. Acceso al documento en bibliotecas universitarias. El
suministro interbibliotecario.
28. Formación de usuarios, extensión, promoción y
marketing" de servicios bibliotecarios.
29. El documento y sus clases. Análisis documental.
Indización y resumen.
30. Lenguajes documentales. Principales tipos de clasificación.
Encabezamientos de materia, términos, descriptores y thesaurus.
31. Bibliografía y fuentes de información: Definición y
objetivos. Evolución histórica y situación actual. El control bibliográfico
Universal.
32. Fuentes de información generales.
33. Fuentes de información en ciencias sociales y humanas.
34. Fuentes de información en ciencia y tecnología.
35. Los catálogos colectivos: Concepto, fines y problemas de
elaboración. Protocolo Z39.50.
36. Los archivos universitarios. Origen, evolución y funciones.
37. La gestión documental en la Universidad. Conceptos,
funciones y modelos.
38. Clasificación y ordenación de documentos. Conceptos,
objetivos y sistemas. Los cuadros de clasificación.
39. Valoración y expurgo de la documentación. Los
calendarios de conservación y eliminación de documentos.-Las
Comisiones Calificadoras de Documentos.
40. La descripción archivística. Metodología y criterios.
Instrumentos resultantes: Tipos y características.
41. La incidencia de las nuevas tecnologías de la información
en la planificación y programación archivísticas.
42. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta.
43. Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.
44. El libro en los siglos XVI, XVII y XVIII.
45. El libro en los siglos XIX y XX.
46. Las bibliotecas en los siglos XVI a XVIII.
47. Las bibliotecas en los siglos XIX y XX.
ANEXO III
Tribunal calificador
Presidente: El Rector, o persona en quien delegue, como
Presidente.
Vocales:
Dos funcionarios de Cuerpo o Escala igual o superior a la que
corresponda la vacante, en representación de la Administración
universitaria, a propuesta del Gerente. Uno de ellos actuará como
Secretario.
Dos funcionarios de Cuerpo o Escala igual o superior a la que
corresponda la vacante, en representación del personal de
Administración y Servicios, a propuesta de la Junta de Personal del
personal de Administración y Servicios funcionario.
ANEXO IV
Declaración jurada
Don/Doña ....................................................,
con domicilio en ..................................................
y documento nacional de identidad número ......................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos,
Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, que no ha
sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado
para el ejercicio de funciones públicas.
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