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Documento BOE-A-1999-12195

Resolución de 1 de abril de 1999, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación de modelo de un sonómetro integrador-promediador, marca «Cesva», modelo SC-15c, a favor de «Dicesva, Sociedad Limitada», con Registro de Control Metrológico 02-I.111.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 1999, páginas 20585 a 20586 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-12195

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad "Dicesva, Sociedad Limitada",

domiciliada en la calle Villar, número 20, 08041 Barcelona (Barcelona),

en solicitud de aprobación de modelo de un sonómetro

integrador-promediador, marca "Cesva", modelo SC-15c, fabricado y comercializado por

"Dicesva, Sociedad Limitada".

De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratorio General

de Ensayos e Investigaciones, con referencia 99004291,

Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y

Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985,

de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan

los órganos competentes en materia de control metrológico; el Real Decreto

1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 16 de diciembre de 1998,

del Ministerio de Fomento, por la que se regula el control metrológico

del Estado sobre los instrumentos destinados a medir los niveles de sonido

audible, ha resuelto:

Primero.-Conceder la aprobación de modelo por un plazo de validez

de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad

"Dicesva, Sociedad Limitada", de un sonómetro integrador-promediador,

marca "Cesva", modelo SC-15c.

Segundo.-El signo de aprobación de modelo será:

I-111

02

99007

Tercero.-El sonómetro integrador-promediador, a que se refiere esta

Resolución, llevará, como mínimo, en su placa de características, la marca,

el modelo, el número de serie, la clase de precisión y el signo de aprobación

de modelo. Además, habrá un espacio reservado para la etiqueta de

verificación primitiva.

Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo

a que se refiera esta Resolución deberán cumplir todos los

condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo

número 99-02.07.

Quinto.-Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede a

esta aprobación de modelo, la entidad o titular de la misma, si lo desea,

solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial,

la oportuna prórroga, de acuerdo con el artículo segundo del Real Decreto

1616/1985, de 11 de septiembre.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa,

pueden interponer recurso ordinario ante el Consejero de Economía y

Hacienda, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de

un mes, a contar desde la fecha de recepción de la presente Resolución,

sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren

oportuno.

Barcelona, 1 de abril de 1999.-El Director general, P. D. (Resolución

de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"

de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología,

Joan Pau Clar i Guevara.

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