Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Bilbao), con fecha 28 de abril de 1998, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 4.514/1995, promovido por «Korteta, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallo: Que desestimando el presente recurso recurso contencioso-administrativo número 4.514/1995, interpuesto por el Letrado don Javier Martínez Castrillejo, en nombre y representación de «Korteta, Sociedad Anónima», en relación con la Orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 10 de junio de 1995, que desestima el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Recursos Pesqueros, de 3 de febrero de 1995, por la que se impone a don Francisco Javier Bilbao Pagoaga la sanción de multa, por importe de 600.000 pesetas, en materia de pesca, debemos declarar y declaramos:
La conformidad a Derecho del acto administrativo recurrido, que, por ello, lo debemos confirmar y lo confirmamos.
Sin efectuar pronunciamiento condenatorio sobre las costas devengadas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 23 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
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