Contido non dispoñible en galego
Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Bilbao), con fecha 28 de abril de 1998, sentencia firme, en el recurso contencioso-administrativo número 4.515/1995, promovido por «Aketxe, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallo: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo número 4.515/1995, interpuesto por el Letrado don Javier Martínez Castrillejo, en nombre y representación de "Aketxe, Sociedad Anónima", en relación con la Orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de 29 de junio de 1995, que desestima el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Recursos Pesqueros, por la que se impone a don Paulino Berridi Onaindía la sanción de multa, por importe de 433.125 pesetas, en materia de pesca, debemos declarar y declaramos:
La conformidad a Derecho del acto administrativo recurrido que, por ello, lo debemos confirmar y lo confirmamos.
Sin efectuar pronunciamiento condenatorio sobre las costas devengadas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 23 de octubre de 1998.–P. D. (Orden de 28 de julio de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
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