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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 25 de febrero de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 4/602/1996, en el que son partes, de una, como demandante, la Diputación de Sevilla, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fechas 14 de marzo y 12 de abril de 1996, que estimaron en parte los recursos ordinarios interpuestos contra sendas Resoluciones de la Dirección General de Acción Económica Territorial, de fecha 25 de julio de 1995, sobre devolución de subvenciones cobradas y no justificadas.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la excelentísima Diputación Provincial de Sevilla, contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fechas 14 de marzo (dos) y 12 de abril de 1996, a que el mismo se contrae, y que se mencionan en los tres primeros fundamentos de Derecho que anteceden, cuyas tres Resoluciones declaramos contrarias a Derecho y nulas en el solo particular por el que se establecen y liquidan intereses de demora a cargo de la Diputación recurrente.
Sin expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de con-formidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 8 de octubre de 1998.‒P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» del 28).‒El Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general para la Administración Local.
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