Visto el expediente de indulto de don Manuel Fernández Rodríguez con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 2.º del derogado Código Penal y previsto en el vigente, en su artículo 4.º, apartado tercero, por el Juzgado de lo Penal número 13 de Barcelona que, en sentencia de fecha 12 de junio de 1996, le condenó, como autor de dos delitos de robo con intimidación, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión menor por cada uno de los delitos, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1985, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 1998,
Vengo en conmutar a don Manuel Fernández Rodríguez la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año y seis meses de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Palma de Mallorca a 31 de julio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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