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Documento BOE-A-1998-21202

Real Decreto 1788/1998, de 31 de julio, por el que se indulta a don Agustín Bueno Calvo.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 8 de septiembre de 1998, páginas 30456 a 30457 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1998-21202

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Agustín Bueno Calvo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 2.º del derogado Código Penal y previsto en el vigente, en su artículo 4.º, apartado tercero, por la Sección Primera, Sala de lo Penal, de la Audiencia Nacional que, en sentencia de fecha 5 de junio de 1996, le condenó, como autor de un delito de fabricación de moneda falsa, a la pena de ocho años de prisión y multa de 5.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 1998,

Vengo en conmutar a don Agustín Bueno Calvo la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Palma de Mallorca a 31 de julio de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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