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Documento BOE-A-1997-27297

Resolución de 20 de noviembre de 1997, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 1997, páginas 37213 a 37221 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-27297

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 274/1985, de 26 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 26 de febrero de 1986), reformados por Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía 69/1987, de 11 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 3 de abril); Decreto 36/1990, de 13 de febrero («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 27 de marzo), y Decreto 319/1990, de 25 de septiembre («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 9 de octubre), y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz, con sujeción a las siguientes

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir seis plazas por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a tres.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a tres.

1.1.3 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna no se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.

1.2 El presente proceso selectivo se regirá por las bases de esta convocatoria y en cuanto le sea de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), y los Estatutos de la Universidad de Cádiz.

1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Fase de concurso, fase de oposición, curso de formación y/o período de prácticas, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.1.4 de esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición no se iniciará antes del día 20 de mayo de 1998.

La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios que componen el presente proceso selectivo será de ciento ochenta y un días naturales, a contar desde la finalización del primer ejercicio.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Estar en posesión, o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes, el título de Doctor, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado universitario o equivalente, como mínimo.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán pertenecer, el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», a la Escala de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz, tener destino en propiedad en esta Universidad y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en la misma y reunir los demás requisitos exigidos.

Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en alguno de los Cuerpos o Escalas incluidos anteriormente serán computables, a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna en este proceso selectivo.

3. solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamente en los Gobiernos Civiles de cada provincia, en las Delegaciones del Gobierno en Ceuta y Melilla y en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, o bien en el modelo incluido como anexo VI. A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad.

Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación, según modelo contenido en el anexo V, expedida por el Servicio de Personal de la Universidad de Cádiz, acreditativo del tiempo de servicios efectivos prestados y del nivel del puesto de trabajo en el caso de acceder por el turno de promoción interna, en los términos establecidos en el anexo I sobre valoración de la fase de concurso, así como cuanta documentación estime oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las presentes bases de convocatoria.

Para solicitar puntuación en fase de concurso se deberá indicar en el recuadro correspondiente de la solicitud, «3. Forma de acceso», la letra «P» (libre con puntuación en fase de concurso).

Los aspirantes que accedan por el turno de promoción interna indicarán la letra «R».

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1, «ejemplar a presentar por el interesado» del modelo de solicitud) se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Rector de la Universidad.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios que esta adaptación requiera.

3.4 Los derechos de examen serán de 3.500 pesetas, y se ingresarán en la cuenta corriente número 3300177522, abierta en la oficina principal de Unicaja en Cádiz, a nombre de «Uni versidad de Cádiz», indicando «Proceso selectivo de ingreso en la Escala Técnica de Gestión, especialidad Informática».

En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria, acreditativo del pago de los derechos, o bien se adjuntará comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen en caso de efectuar el pago de los mismos en entidad bancaria distinta a Unicaja, y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos, y se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en la Universidad convocante y en el Gobierno Civil de la provincia en que radique la Universidad. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad, así como la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Contra la Resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a este Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunales

5.1 Ante la urgencia de esta Universidad para cubrir las plazas convocadas y debido al complicado procedimiento que establecen los Estatutos de la Universidad de Cádiz para la designación de los miembros del Tribunal, se hace uso de la excepción establecida en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, haciéndose pública la composición del Tribunal en la Resolución de este Rectorado por la que se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos al presente proceso selectivo.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» Resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, número 16, 11001 Cádiz, teléfono (956) 22 71 52.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.

5.11 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril de 1989).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de los mismos se iniciará, según la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 9 de Abril de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril), por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Z». En el supuesto de que no exista ningún aspirante, cuyo primer apellido comience por la letra «Z», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «A», y así sucesivamente.

6.3 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede de los Tribunales señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede de los tribunales, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a este Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará públicas, en el lugar de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal, señalada en la base 5.10, y en aquellos otros que estimen oportunos, la relación única de aspirantes aprobados en la dos fases, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, acompañando, igualmente, el listado de aprobados en cada uno de los ejercicios. De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Rector remitirá la mencionada lista de aprobados al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación.

8. Presentación de documentos y nombramiento

de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las listas de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar en el Rectorado de la Universidad los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura en el anexo IV a esta convocatoria.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este certificado deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirán por las Delegaciones de Salud de la Junta de Andalucía.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalías deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

8.2 Quienes tuvieren la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal de la Dirección General de la Función Pública o del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como fecha de su cumplimiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario en prácticas, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse del ejemplar de la solicitud de participación en el proceso selectivo enviado a la Universidad convocante, con el apartado «reservado para la Administración» debidamente cumplimentado, así como el certificado a que se refiere la base 3.1 de los aspirantes aprobados.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse en el plazo de siete días a partir de la publicación del nombramiento de funcionarios en prácticas en el «Boletín Oficial del Estado», previa oferta de los mismos y teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 1.1.4.

8.6 La toma de posesión como funcionarios en prácticas se efectuará en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

8.7 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieren superado serán nombrados, a propuesta del Tribunal calificador y previo informe del Gerente de la Universidad, funcionarios de carrera mediante Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 20 de noviembre de 1997.-El Rector, Guillermo Martínez Massanet.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

I.A Ejercicios

Sistema de promoción interna: El procedimiento de selección de los aspirantes para ingreso por el sistema de promoción interna constará de las siguientes fases: a) concurso; b) oposición, y c) curso selectivo y/o período de prácticas.

La oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo obligatorios y, en el caso del primer ejercicio, además eliminatorio. Respecto a los ejercicios segundo a quinto, el opositor tendrá las siguientes posibilidades: a) Por una sola vez, podrá realizar el ejercicio siguiente, si lo hubiera, aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos (o 10 puntos en el tercer ejercicio), debiendo obtener en este caso un mínimo de 3 puntos (o 6 puntos en el tercer ejercicio). Una vez utilizada esta opción, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de eliminatorios.

b) Hasta en dos ocasiones, podrá realizar el ejercicio siguiente, si lo hubiera, aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos (o 10 puntos en el tercer ejercicio), debiendo obtener en este caso un mínimo de 4 puntos (u 8 puntos en el tercer ejercicio). Una vez utilizada esta opción en dos ocasiones, como máximo, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de eliminatorios.

Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la traducción directa y sin diccionario de un texto de entre varios textos en inglés de nivel básico para esta Escala propuestos por el Tribunal relacionados con la informática.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de no más de 100 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa que se relaciona en el anexo II, excepto los temas 1 al 9. El número de preguntas correspondientes a los temas 10 al 18 no será superior a 20. Inmediatamente antes del desarrollo del ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios de corrección del mismo. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cien minutos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos relativos a temas de desarrollo, implantación o explotación a elegir por el opositor de entre los ocho propuestos por el Tribunal distribuidos en dos de cada uno de los grupos siguientes:

Grupo 1: Dos supuestos de sistemas de gestión.

Grupo 2: Dos supuestos de comunicaciones.

Grupo 3: Dos supuestos de informática de apoyo a la investigación.

Grupo 4: Dos supuestos de administración de sistemas.

A tal efecto, lo dos supuestos elegidos por el opositor no podrán ser del mismo grupo de materias.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de cinco horas.

Cuarto ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito cuatro cuestiones teóricas y/o prácticas, de corta duración, a elegir por el opositor de entre las ocho propuestas por el Tribunal, distribuidas en dos de cada uno de los grupos relacionados en el ejercicio anterior.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de dos horas.

Quinto ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas elegidos por el opositor de entre los cuatro propuestos por el Tribunal de los relacionados en el temario que se relaciona en el anexo II.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

Curso selectivo y/o período de prácticas: Todos los aspirantes que superen las pruebas de la oposición deberán seguir, con aprovechamiento, un curso selectivo de formación y/o un período de prácticas que serán organizados por la Universidad, con una duración máxima de tres meses.

Sistema de acceso libre: El procedimiento de selección de los aspirantes para ingreso por el sistema general de acceso libre constará de las siguientes fases: a) concurso; b) oposición, y c) curso selectivo y/o período de prácticas.

La oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo obligatorios y, en el caso del primer ejercicio, además, eliminatorio, en la forma que se expresa. Respecto a los ejercicios segundo a quinto, el opositor tendrá las siguientes posibilidades:

a) Por una sola vez, podrá realizar el ejercicio siguiente, si lo hubiera, aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos (o 10 puntos en el tercer ejercicio), debiendo obtener en este caso un mínimo de 3 puntos (o 6 puntos en el tercer ejercicio). Una vez utilizada esta opción, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de eliminatorios.

b) Hasta en dos ocasiones, podrá realizar el ejercicio siguiente, si lo hubiera, aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos (o 10 puntos en el tercer ejercicio), debiendo obtener en este caso un mínimo de 4 puntos (u 8 puntos en el tercer ejercicio). Una vez utilizada esta opción en dos ocasiones como máximo, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de eliminatorios.

Primer ejercicio: Constará de dos partes, a realizar en una misma sesión, siendo la primera parte eliminatoria.

Primera parte: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la traducción directa y sin diccionario de un texto de entre varios textos en inglés de nivel básico para esta Escala propuestos por el Tribunal, relacionados con la informática.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos.

Segunda parte: No tendrá carácter eliminatorio y consistirá en contestar un cuestionario de carácter psicotécnico para valorar las aptitudes y habilidades de los candidatos, que se indican a continuación, para su adecuación a las funciones propias de la Escala:

Aptitudes: Razonamiento numérico.

Razonamiento verbal.

Razonamiento abstracto.

Comprensión verbal.

Flexibilidad.

Capacidad de juicio.

Organización.

Planificación.

Habilidades: Creatividad.

Sociabilidad.

Dinamismo.

Iniciativa.

Trabajo en grupo.

Responsabilidad.

Toma de decisiones.

Soluciones de problemas.

El tiempo máximo para la realización de esta parte será de dos horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de no más de 100 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa que se relaciona en el anexo II.

El número de preguntas correspondientes a la primera parte del temario no será superior a 20. Inmediatamente antes del desarrollo del ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios de corrección del mismo. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cien minutos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos relativos a temas de desarrollo, implantación o explotación a elegir por el opositor de entre los ocho propuestos por el Tribunal, distribuidos en dos de cada uno de los grupos siguientes:

Grupo 1: Dos supuestos de sistemas de gestión.

Grupo 2: Dos supuestos de comunicaciones.

Grupo 3: Dos supuestos de informática de apoyo a la investigación.

Grupo 4: Dos supuestos de administración de sistemas.

A tal efecto, lo dos supuestos elegidos por el opositor no podrán ser del mismo grupo de materias.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de cinco horas.

Cuarto ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito cuatro cuestiones teóricas y/o prácticas, de corta duración, a elegir por el opositor de entre las ocho propuestas por el Tribunal, distribuidas en dos de cada uno de los grupos relacionados en el ejercicio anterior.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de dos horas.

Quinto ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas elegidos por el opositor de entre los cuatro propuestos por el Tribunal de los relacionados en el temario que se relaciona en el anexo II. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

Curso selectivo y/o período de prácticas: Todos los aspirantes que superen las pruebas de la oposición deberán seguir, con aprovechamiento, un curso selectivo de formación y/o un período de prácticas que serán organizados por la Universidad, con una duración máxima de tres meses.

I.B Valoración

Sistema de promoción interna: Fase de concurso: La valoración de los méritos en esta fase se realizará de la siguiente manera:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos, Escalas o plazas a que se refiere el primer párrafo de la base 2.2 se valorará hasta un máximo de 11 puntos, tanto si se han prestado como funcionarios de carrera o funcionarios de empleo interino, en Cuerpos o Escalas de Gestión, especialidad Informática, o como contratado laboral en categoría equivalente a dicho Cuerpo o Escala, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de la publicación de la convocatoria, asignándose 0,917 puntos a cada año completo de servicios efectivos o fracción superior a seis meses.

No se computarán, a efectos de antigüedad, los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

b) Puesto de trabajo: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de la publicación de esta convocatoria se otorgará la siguiente puntuación: Nivel 20, 8 puntos, y por cada unidad de nivel que exceda de 20, 1 punto, hasta un máximo de 11,5 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de las mismas y deberá ser publicada con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo la oposición.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio, y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 3,5 puntos para superar el ejercicio. Esta puntuación no se acumulará a la puntuación global de las pruebas, siendo sólo necesario superar el ejercicio para pasar al siguiente.

Una vez superado el primer ejercicio, respecto a los ejercicios segundo a quinto, el opositor tendrá las siguientes posibilidades:

1.a Por una sola vez, podrá realizar el ejercicio siguiente, aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos (o 10 puntos en el tercer ejercicio), debiendo obtener en este caso un mínimo de 3 puntos (o 6 puntos en el tercer ejercicio). Una vez utilizada esta opción, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de eliminatorios.

2.a Hasta en dos ocasiones, podrá realizar el ejercicio siguiente, aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos (o 10 puntos en el tercer ejercicio), debiendo obtener en este caso un mínimo de 4 puntos (u 8 puntos en el tercer ejercicio). Una vez utilizada esta opción en dos ocasiones como máximo, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de eliminatorios.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos, con la salvedad expresada en el segundo párrafo de la letra a) anterior.

c) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos, con la salvedad expresada en el segundo párrafo de la letra a) anterior.

d) Cuarto ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos y no obtener cero puntos en más de dos cuestiones de las que forman el ejercicio, con la salvedad expresada en el segundo párrafo de la letra a) anterior.

e) Quinto ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos y no obtener cero puntos en ninguno de los dos temas que forman el ejercicio, con la salvedad expresada en el segundo párrafo de la letra a) anterior.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios segundo a quinto, siendo necesario para superar esta fase obtener un mínimo de 3,5 puntos en el primer ejercicio y un mínimo de 25 puntos entre los ejercicios segundo a quinto.

Curso selectivo y/o período de prácticas: La calificación del curso selectivo y/o del período de prácticas será la de apto o no apto, y será otorgada por el Rector de la Universidad de Cádiz, previo informe del Director del curso de formación o del Jefe del servicio en que, en su caso, se realicen, con el visto bueno del Gerente de la Universidad.

Los aspirantes que no superen, en su caso, el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera mediante resolución motivada de la autoridad que haya efectuado la convocatoria a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, para todos aquellos aspirantes que hayan superado la totalidad de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, con las salvedades ya expresadas. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y en el supuesto de que persistiera el mismo, sucesivamente a la puntuación obtenida en el primer ejercicio, en el segundo, y así hasta el quinto ejercicio.

La relación de aspirantes que han superado la fase de oposición habrá de confeccionarse siguiendo el orden de esta calificación final y lo previsto en la base 5.12 de esta convocatoria.

Sistema general de acceso libre:

Fase de concurso: Se valorará el tiempo de servicios prestados en la Universidad de Cádiz como funcionario de Administración y servicios de empleo interino en la Escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, o como contratado laboral en categoría equivalente a dicho Cuerpo o Escala, siempre que el tiempo de duración del contrato o nombramiento haya sido igual o superior a un mes y la fecha de inicio sea igual o posterior al día 1 de febrero de 1994. Dichos servicios no podrán ser estimados si el aspirante se encuentra el día de terminación del plazo de presentación de instancias bajo una relación de trabajo de carácter permanente en esta Universidad.

La valoración de estos méritos se realizará otorgando a los aspirantes 0,375 puntos por mes de servicios efectivos prestados (4,5 puntos por año), hasta un máximo de 16,5 puntos.

Los puntos de la fase de concurso se sumarán únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Fase de oposición: Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

A) Primer ejercicio: La primera parte tendrá carácter eliminatorio y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 3,5 puntos para superar el ejercicio. Esta puntuación no se acumulará a la puntuación global de las pruebas, siendo sólo necesario superar el ejercicio para pasar al siguiente.

La segunda parte se calificará de 0 a 5 puntos, no teniendo carácter eliminatorio.

Una vez superado el primer ejercicio, respecto a los ejercicios segundo a quinto, el opositor tendrá las siguientes posibilidades:

a) Por una sola vez, podrá realizar el ejercicio siguiente, aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos (o 10 puntos en el tercer ejercicio), debiendo obtener en este caso un mínimo de 3 puntos (o 6 puntos en el tercer ejercicio). Una vez utilizada esta opción, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de eliminatorios.

b) Hasta en dos ocasiones, podrá realizar el ejercicio siguiente, aun en el caso de haber obtenido una nota inferior a 5 puntos (o 10 puntos en el tercer ejercicio), debiendo obtener en este caso un mínimo de 4 puntos (u 8 puntos en el tercer ejercicio). Una vez utilizada esta opción en dos ocasiones como máximo, los siguientes ejercicios tendrán la consideración de eliminatorios.

B) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos, con la salvedad expresada en el tercer párrafo de la letra A) anterior.

C) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos, con la salvedad expresada en el tercer párrafo de la letra A) anterior.

D) Cuarto ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos y no obtener cero puntos en más de dos cuestiones de las que forman el ejercicio, con la salvedad expresada en el tercer párrafo de la letra A) anterior.

E) Quinto ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos y no obtener cero puntos en ninguno de los dos temas que forman el ejercicio, con la salvedad expresada en el tercer párrafo de la letra A) anterior.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero a quinto (excepto la primera parte del primer ejercicio), siendo necesario para superar esta fase haber obtenido un mínimo de 3,5 puntos en la primera parte del primer ejercicio y un mínimo de 25 puntos entre los ejercicios segundo a quinto.

Curso selectivo y/o período de prácticas: La calificación del curso selectivo y/o del período de prácticas será la de apto o no apto, y será otorgada por el Rector de la Universidad de Cádiz previo informe del Director del curso de formación o del Jefe del servicio en que, en su caso, se realicen, con el visto bueno del Gerente de la Universidad.

Los aspirantes que no superen, en su caso, el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera mediante resolución motivada de la autoridad que haya efectuado la convocatoria a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, para todos aquellos aspirantes que hayan superado la totalidad de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, con las salvedades ya expresadas. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y en el supuesto de que persistiera el mismo, sucesivamente a la puntuación obtenida en el primer ejercicio, en el segundo, y así hasta el quinto ejercicio.

La relación de aspirantes que han superado la fase de oposición habrá de confeccionarse siguiendo el orden de esta calificación final y lo previsto en la base 5.12 de esta convocatoria.

ANEXO II

Programa

Parte I

1. La Constitución española de 1978. Estructura. Los poderes del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Gobierno y la Administración.

2. Los derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales en la Constitución Española. La participación social en la actividad del Estado. Su inserción en los órganos de las Administraciones Públicas.

3. El Estado de las Autonomías. Precedentes histórico-constitucionales. Su regulación en la Constitución Española: Vías de acceso a la autonomía e instituciones autonómicas.

4. La Junta de Andalucía: Vía de acceso a la autonomía. Instituciones autonómicas andaluzas: El Parlamento, el Presidente y el Consejo de Gobierno. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Superior de Justicia.

5. La Administración Autonómica: Principios informadores y organización. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores generales y Secretarios generales Técnicos. La Administración Periférica de la Junta de Andalucía. La Administración Institucional de la Junta de Andalucía. La Ley de Organización Territorial, y la del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

6. La Administración Local: Posición constitucional de municipios y provincias. Distribución de competencias entre el estado y las Comunidades Autónomas sobre la Administración Local. Tipología de los Entes Locales. La provincia: Organización y competencias. El municipio: Organización y competencias.

7. La Administración Pública: Concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

8. Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa La Ley. El Reglamento. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. El procedimiento administrativo. Las fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Examen especial del recurso ordinario. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.

9. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Acomodación de la LCE a la legislación comunitaria.

10. Las competencias autónomas de la Universidad: Relación con las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. El Consejo de Universidades. Especialidades de la jerarquía normativa en materia universitaria.

11. La naturaleza jurídica de las Universidades: Discusiones doctrinales. Los Estatutos de las Universidades. Naturaleza normativa. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz.

12. Organización académica de la Universidad de Cádiz: Departamentos, Institutos, Facultades, Escuelas Técnicas Superiores, Escuelas Universitarias. Colegios Universitarios.

13. Órganos de gobierno: El Rector, los Vicerrectores, el Secretario general, Los Decanos y Directores. El Gerente, órganos colegiados de Gobierno, especial referencia al Consejo social.

14. Clases y régimen jurídico del Profesorado Universitario. Clases y régimen jurídico del personal de Administración y Servicios.

15. Régimen jurídico del personal funcionario de administración y servicios de la UCA. Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional. Situaciones administrativas. Derechos y deberes del funcionario. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

16. Régimen de alumnado. Acceso, permanencia y colación de grados. La expedición de títulos académicos. Competencias estatales y universitarias. El sistema de becas a estudio.

17. La Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de los datos (LORTAD): Disposiciones, principios y derechos. La Agencia de Protección de Datos. Infracciones y sanciones.

18. La protección jurídica del «software».

Parte II

1. Principios de funcionamiento de los ordenadores. Evolución y generaciones de los sistemas informáticos.

2. La información digital: Representación y codificación de la información. Lógica binaria y elementos de Algebra de Boole. Circuitos lógicos elementales.

3. La unidad central de proceso. Unidad de control, unidad aritmética lógica y memoria central: Estructura y funciones. La periferia. Flujos de datos y de control.

4. Memorias. Jerarquía de memoria: Caracteristicas. Clasificación por su tecnología.

5. Memoria secundaria. Principios de funcionamiento. Tecnologías.

6. Sistemas de entrada/salida. Comunicación entre la UCP y los periféricos. Control de los periféricos. Prioridades. Interrupciones.

7. Periféricos. Principios de la presentación de la información. Clasificación. Caracteristicas generales. Principales dispositivos de entrada/salida.

8. Concepto de microprocesador. Sistemas basados en microprocesadores. Principales familias de microprocesadores.

9. Microordenadores: Arquitectura. Sistemas mono y multiusuario. Periferia.

10. «Sofware» o sistema lógico. Lenguajes de programación. Sistemas operativos.

11. Concepto de sistema operativo. Estructura. Tipos de sistemas operativos. Sistemas operativos en microordenador.

12. Gestión de procesos por el sistema operativo. Tiempo real. Tiempo compartido. Proceso secuencia. Multiprogramación. Multiproceso. Procesos concurrentes.

13. Gestión de memoria por el sistema operativo. Métodos de asignación de memoria. Paginación. Segmentación. Memoria virtual.

14. Gestión de la información por el sistema operativo. El Sistema de gestión de ficheros. Directorios. Gestión de la entrada/salida.

15. El Sistema operativo UNIX: Historia; diseño principal; interfase del programador; interfase del usuario; manejo de procesos; sistemas de ficheros; sistemas de i/o; comunicación entre procesos.

16. Lenguajes de programación. Análisis comparativo de los más difundidos. Lenguajes de cuarta generación.

17. Concepto de información. Teoremas de Shannon. Codificación. Detectores y correctores de errores.

18. La información en los ordenadores: Programas y datos. Representación de números y representación de caracteres.

19. Organización de datos: Directa, secuencial y secuencial indexada. Organización física y lógica. Métodos de acceso.

20. Sistema operativo Windows NT: Diseño principal; interface del programador; interface del usuario; manejo de procesos; sistemas de ficheros; sistemas de i/o; comunicación entre procesos.

21. Las funciones informáticas: Dirección informática. Explotación y producción. Desarrollo. Sistemas.

22. Análisis y diseño orientado a objeto.

23. La planificación informática: Esquema general de un plan informático: Metodologías de planificación informática.

24. Teoría de sistemas de información. Concepto básico. Elementos de los sistemas de información. Objetivos de los sistemas de información. Técnicas de diseño descendentes.

25. El proyecto informático. Ciclo de vida. Fases de ejecución. Documentación. Técnicas de planificación, seguimiento y control.

26. Análisis y diseño estructurado. Técnicas. Herramientas CASE: Concepto y aplicaciones.

27. Metodología de programación: Leyes de construcción de programas. La programación estructurada.

28. Bases de datos relacionales.

29. Instalación física del centro de proceso de datos: Seguridad.

30. Selección de equipos, «software» y servicios informáticos. Principios. Etapas. Metodologías.

31. Seguridad informática: Concepto y aplicaciones. Auditoría informatica.

32. Los usuarios y la informática. Participación de los usuarios. Formación. Relación entre informáticos y usuarios.

33. Bases de datos. Concepto. Diseño. Integridad, seguridad, independencia y control de redundancia. Protección física de los datos.

34. Definición física y lógica de bases de datos. Esquemas y subesquemas. Concepto de reís y derivaciones. Sistemas de enlace. Ocurrencias múltiples.

35. Acceso a las bases de datos, facilidades de consulta a través del gestor de bases de datos. Acceso desde lenguajes de alto nivel. Enlace entre monitores de tiempo real y bases de datos.

36. Requisitos de un sistema de gestión de base de datos. Selección y adquisición de un SGDB.

37. Bases de datos documentales. Lenguajes de interrogación. Thesaurus.

38. Bases de datos bibliográficos. Léxicos monocampo y multicampo: Léxico mono y multisentido. Separadores. Thesaurus. Catalogación automática.

39. Paquetes de programas. Criterios de elección. Pruebas y juegos de ensayos. Adaptación y mantenimiento.

40. Teleinformática. Introducción y conceptos básicos. Ampliaciones típicas. Componentes fundamentales de la red.

41. Concepto de transmisión de datos. Tipos de transmisión Modems. Multiplexores. Equipos terminales.

42. Tipos de redes. Clasificación de tipología. Clasificación por tecnología. Técnicas de conmutación (circuítos, mensajes y paquetes).

43. El modelo OSI: Conceptos básicos. Funciones de los distintos niveles.

44. Arquitectura cliente-servidor. Conceptos básicos y aplicaciones.

45. Servicios de transmisión de datos: IBERPAC, IBERCOM,

RDSI, Frame Relay y ATM.

46. Centralización, descentralización o distribución de sistemas informáticos. Sistemas distribuidos.

47. Bases de datos distribuidas. Aspectos físicos y lógicos.

48. La automatización de oficinas. Objetivos: Ofimática y productividad. Herramientas disponibles. Impacto en la organización.

49. Redes locales. Integración de sistemas heterogéneos. Tipologías. El modelo ETHERNET: Modelo funcional; interfases; especificaciones.

50. Paquetes ofimáticos integrados. Componentes. Aplicaciones.

51. Inteligencia artificial. Sistemas expertos.

52 La informática en la Administración Pública: Objetivos. Planificación. Homologación. Criterios de organización.

53. La informática en las Universidades. Áreas de aplicación.

54. La adquisición de bienes y servicios informáticos en la Administración. Pliegos de condiciones. Normativa existente.

55. Internet. Estructura y organización. Aplicaciones y conceptos generales.

ANEXO IV

Don , con domicilio en , y con documento nacional de identidad número , declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala ,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En , a ........ de de 199....

ANEXO V

Solicitud de valoración en fase de concurso

Don , con docu-

mento nacional de identidad número , participante

en el proceso selectivo convocado por la Universidad de Cádiz para ingreso en la Escala Técnica de Gestión, especialidad Informática, solicita le sea expedida certificación sobre los períodos de tiempo trabajados en esa Universidad que se indican a continuación, de acuerdo con lo establecido en las bases de convocatoria, para su valoración en la fase de concurso.

Escala/Categoría / Centro / Fecha inicio / Fecha fin / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / /

(en caso necesario, seguir al dorso)

Cádiz, a ........ de de 199....

Certificación

Don

Cargo

CERTIFICO: Que de los antecedentes obrantes en este Centro, relativos al opositor anteriormente indicado, se justifican los siguientes extremos:

Escala/Categoría / Centro / Fecha inicio / Fecha fin / / / / / / / / / / / / / / / / / / / / /

Total de servicios valorados hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, según la convocatoria:

años, meses, días.

Y para que así conste, expido la presente certificación (localidad, fecha, firma y sello).

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