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Documento BOE-A-1997-24195

Resolución de 31 de octubre de 1997, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales, de la Consejería de Gobernación y Justicia, por la que se convocan a concurso de traslado plazas vacantes de forensías y agrupación de forensías para el Cuerpo de Médicos Forenses.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 13 de noviembre de 1997, páginas 33179 a 33181 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1997-24195

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 500.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, que aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, y Real Decreto 1619/1997, de 24 de octubre, por el que se modifica el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, se anuncia a concurso de traslado la provisión entre todos los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses de las forensías o agrupaciones de forensías vacantes de los Juzgados que en el anexo se relacionan, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Puestos que se pueden solicitar y plazos de presentación de solicitudes:

1. Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar las vacantes de los puestos de trabajo de Médicos Forenses en Juzgado de la Comunidad de Andalucía relacionadas en el anexo, los funcionarios pertenecientes al Cuerpo, mediante una única instancia o solicitud, expresando los destinos a que aspiren numerados correlativamente por orden de preferencia, con indicación de la fecha de posesión del último destino.

2. Los funcionarios destinados definitivamente en forensías y agrupaciones de forensías, los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de hijo durante el primer año de excedencia que tienen reservado su puesto de trabajo, así como el resto de excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular, o los excedentes por maternidad a partir del primer año, que han perdido la reserva del puesto de trabajo y los funcionarios de otros Cuerpos o de otras Administraciones que se encuentren en excedencia por tal causa en el Cuerpo de Médicos Forenses presentarán solicitud en el plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», dirigidas a la Ilma. Sra. Directora general de Recursos Humanos y Medios Materiales, debiendo tener entrada en el Registro Auxiliar de la Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales, calle Vermondo Resta, 2 (41071 Sevilla).

3. Las solicitudes podrán remitirse también en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las que se presenten en las oficinas de correos se enviarán en cualquiera de las dos modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario, en cuyo caso habrá de tener entrada en el Registro General de la Consejería de Gobernación y Justicia antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

b) Por correo certificado, en cuyo supuesto se presentarán en las oficinas de correos, en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser remitidas. Los participantes en el concurso deberán enviar la instancia que contenga el sello de la oficina de correos, sin que pueda admitirse pasado el pazo de presentación de instancias aquella que no cumpla este requisito, aunque posteriormente se pudiera acreditar tal extremo.

4. Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separado de cualquiera de las Administraciones Públicas.

5. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el resto de las Comunidades Autónomas, que por tanto figuran en las convocatorias que simultáneamente a ésta se realizan por el Ministerio de Justicia y por los gobiernos autónomos y se publican en el «Boletín Oficial del Estado» y en los «Boletines Oficiales» de las Comunidades Autónomas respectivas.

6. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

Segunda.-Requisitos y condiciones de participación:

1. Los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias hubiera transcurrido un año desde la toma de posesión en su actual destino.

2. Los funcionarios que se encuentren en las situaciones de excedencia voluntaria establecidas en los artículos 61 y 62 del Real Decreto 296/1996 (excedencias por interés particular y por agrupación familiar), sólo podrán participar en el concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes ha transcurrido más de dos años desde que fueron declarados en tal situación.

3. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de hijos al amparo de lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto 296/1996, sólo podrán concursar si ha transcurrido más de un año desde la toma de posesión del último destino definitivo.

4. Los suspensos en firme no podrán participar mientras dure la suspensión.

Tercera.-Criterios para adjudicación de plazas: El nombramiento de los Médicos Forenses para las plazas vacantes recaerá en el solicitante con mayor antigüedad, en el escalafón.

Cuarta.-Peticiones condicionadas: En el supuesto de estar interesados en las vacantes que se anuncian, para municipios de una misma Comunidad Autónoma, dos funcionarios que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar sus peticiones al hecho de que ambos obtengan destino en este concurso en municipios de la misma Comunidad Autónoma, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada, deberán concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de la petición del otro funcionario.

Quinta.-Tramitación: La Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales recibirá las instancias y valorará las mismas de acuerdo con lo previsto en la base tercera.

Sexta.-Carácter de los destinos adjudicados:

1. Los traslados que se deriven de la Resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre Indemnizaciones por Razón de Servicio.

2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

Séptima.-Resolución y plazo posesorio:

1. La presente convocatoria se resolverá por Resolución del Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia de forma coordinada con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas del País Vasco, Cataluña, Valencia, Galicia, Canarias y Andalucía, de forma que se publiquen en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma». En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, los plazos se computarán a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

2. La Resolución expresará el puesto de origen de los interesados a quienes se les adjudique destino y su localidad, así como su situación administrativa si ésta es distinta a la de activo el puesto adjudicado a cada funcionario.

3. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de un mes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, pero cuando no implique cambio de residencia deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes al cese.

4. El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

5. Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

6. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los períodos o licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios, salvo que por circunstancias excepcionales debidamente motivadas se suspenda o revoque el disfrute de los mismos.

Octava.-Recursos: Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa comunicación a este centro de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).

Sevilla, 31 de octubre de 1997.-La Directora general, Ana Isabel Moreno Muela.-El Subsecretario de Justicia, Ramón García Mena.

ANEXO

Comunidad Autónoma Andaluza

Almería

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Berja.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Huércal-Olvera.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1, 2 y 3 de Roquetas de Mar.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Vélez-Rubio y Purchena.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Vera.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 2 y 5 de Almería.

Cádiz

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Arcos de la Frontera y Ubrique.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 2 y 5 de Cádiz.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 3 y 5 de Jerez de la Frontera.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Rota.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de San Roque.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1, 2 y 3 de Sanlúcar de Barrameda.

Granada

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Baza y Huéscar.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Motril y números 1 y 2 de Almuñécar.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Santa Fe.

Huelva

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Aracena.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1, 2 y 3 de Ayamonte.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de La Palma del Condado.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Valverde del Camino.

Jaén

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Alcalá la Real.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Cazorla.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 6 y 8 de Jaén.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de La Carolina.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Martos.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Úbeda y Baeza.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Villacarrillo.

Málaga

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1, 3 y 6 de Marbella.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 3, 4 y 5 de Torremolinos.

Sevilla

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Coria del Río.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Lora del Río y Cazalla de la Sierra.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Morón de la Frontera.

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Sanlúcar la Mayor.

Juzgados de Instrucción números 6 y 11 de Sevilla.

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