Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-16934

Orden de 4 de julio de 1997 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el recurso de apelación número 10.041/1992 (antes 2.777/1989), interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 44.735, promovido por don Enrique Trenor y Lamo de Espinosa.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 1997, páginas 23038 a 23038 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-16934

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 30 de diciembre de 1991, sentencia firme en el recurso de apelación número 10.441/1992 (antes 2.777/1989), interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 44.735, promovido por don Enrique Trenor y Lamo de Espinosa, sobre proyecto de calificación de tierras de la zona regable segunda de la comarca de las Vegas Alta y Media del Segura (Murcia), sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Enrique Trenor y Lamo de Espinosa contra la sentencia dictada el 6 de octubre de 1989 por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso número 44.735/1984, confirmando y ratificando la meritada sentencia, sin hacer expresa condena en costas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 4 de julio de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Planificación y Desarrollo Rural.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid