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Documento BOE-A-1997-10053

Real Decreto 540/1997, de 14 de abril, por el que se reconocen efectos civiles a los estudios conducentes a la obtención de los títulos de Diplomado en Turismo de las Escuelas Universitarias de Turismo de Bilbao y San Sebastián, de la Universidad de la Iglesia de Deusto.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 1997, páginas 14660 a 14681 (22 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-10053
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1997/04/14/540

TEXTO ORIGINAL

La Universidad de la Iglesia de Deusto ha solicitado el reconocimiento a efectos civiles de los estudios conducentes a la obtención de los títulos de Diplomado en Turismo de las Escuelas Universitarias de Turismo de Bilbao y San Sebastián, de la citada Universidad.

Dicha solicitud y reconocimiento encuentran su amparo en el Convenio de 5 de abril de 1962, sobre reconocimiento de efectos civiles de los estudios de ciencias no eclesiásticas realizados en España en Universidades de la Iglesia y en el Acuerdo sobre enseñanzas y asuntos culturales de 3 de enero de 1979, ambos suscritos entre la Santa Sede y el Estado Español, en relación con lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria y en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios.

Teniendo en cuenta que los planes de estudios han sido informados favorablemente por el Consejo de Universidades y, por otra parte, lo preceptuado en el Real Decreto 604/1996, de 15 de abril, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Turismo y las directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtención del mismo, resulta procedente acceder a lo solicitado,

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de abril de 1997,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

1. Se reconocen efectos civiles, conforme al régimen del artículo 6 del Convenio entre la Santa Sede y el Estado Español de 5 de abril de 1962, a los estudios conducentes a la obtención de los títulos de Diplomado en Turismo de las Escuelas Universitarias de Turismo de Bilbao y San Sebastián, de la Universidad de la Iglesia de Deusto, cuyos planes de estudio se contienen en el anexo.

2. Dichos efectos civiles son los que, para los títulos universitarios oficiales, se establecen en el artículo 1.1 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.

3. Las futuras modificaciones de los indicados planes de estudio serán aprobadas por el Ministerio de Educación y Cultura, previo informe del Consejo de Universidades, conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2.

Los títulos a que se refiere el artículo anterior se expedirán por el Rector de la Universidad de la Iglesia de Deusto, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo.

Disposición final primera.

Se autoriza a la Ministra de Educación y Cultura para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Disposición final segunda.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 14 de abril de 1997.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación y Cultura,

ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

(ANEXO OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 14/04/1997
  • Fecha de publicación: 09/05/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 10/05/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
Referencias anteriores
Materias
  • Homologación de títulos académicos
  • Planes de estudios
  • Turismo
  • Universidad de Deusto

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