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Documento BOE-A-1996-3201

Orden de 22 de enero de 1996 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (sección novena), en el recurso contencioso-administrativo número 1.784/1991, interpuesto por «Motor Nacional, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 1996, páginas 5170 a 5170 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1996-3201

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia dictada con fecha 25 de mayo de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Novena), en el recurso contencioso-administrativo número 1.784/1991, promovido por «Motor Nacional, Sociedad Anónima», contra Resolución expresa de este Ministerio por la que se confirma en alzada la sanción de multa impuesta a al recurrente en defensa del consumidor, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso, interpuesto por el Procurador don José Manuel Villasante García, en nombre y representación de la entidad mercantil "El Motor Nacional, Sociedad Anónima", y declarando la prescripción de la infracción tema del recurso, debemos anular y dejar sin efecto las Resoluciones de 10 de octubre de 1984, del Secretario general de Consumo, y de 5 de marzo de 1991, del Ministerio de Sanidad y Consumo, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra aquélla, sin especial declaración sobre las costas del proceso.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 22 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional del Consumo.

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