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Documento BOE-A-1996-28140

Orden de 20 de noviembre de 1996 por la que se modifica el concierto educativo del centro «San Vicente de Paúl», de Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 1996, páginas 37441 a 37442 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-28140

TEXTO ORIGINAL

El centro «San Vicente de Paúl», con domicilio en calle San Vicente de Paúl, número 31, de Zaragoza, tiene concierto educativo en Formación Profesional para cuatro unidades de la rama Servicios en primer grado y cuatro unidades de la rama Administrativa-Delineación en segundo grado, según lo establecido en la Orden de 12 de abril de 1995, por la que se resuelven los expedientes de modificación de los conciertos educativos, modificada por la Orden de 23 de mayo de 1995.

Teniendo en cuenta el escrito del centro en el que pone de manifiesto que habiendo finalizado la matrícula de primer curso de Formación Profesional de primer grado no hay número suficiente de alumnos para poner en funcionamiento las dos unidades concertadas.

Visto el informe de la Inspección de Educación que la Dirección Provincial de Educación y Ciencia en Zaragoza hace suyo, que ratifica lo expresado por el centro y comunica procede considerar el funcionamiento en el centro «San Vicente de Paúl», de sólo una unidad en primer curso de Formación Profesional de primer grado en el presente curso 1996/97,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la disminución de una unidad concertada en Formación Profesional de primer grado al centro «San Vicente de Paúl», sito en calle San Vicente de Paúl, número 31, de Zaragoza, quedando establecido un concierto educativo para tres unidades de la rama Servicios.

Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Ciencia notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial de Zaragoza y por el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Cuarto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso académico 1996/97.

Quinto.-De acuerdo con lo establecido en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Resolución agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la Resolución, previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 20 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 17 de junio, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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