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De conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas y en el artículo 22 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, por el que se desarrolla parcialmente la anterior, así como lo previsto en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-La Mesa de Contratación de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria tendrá la siguiente composición:
1. Presidente: El Vicerrector de Investigación, que podrá ser sustituido por otro Vicerrector de la Universidad.
2. Vocales:
a) El Gerente de la Universidad, que podrá ser sustituido por la Vicegerente.
b) Un abogado del Servicio Jurídico de la Universidad.
c) La Directora de la Unidad de Gestión de Patrimonio y Contratación, que podrá ser sustituida por la Subdirectora de Patrimonio.
3. Secretaria: La Subdirectora de Contratación, que podrá ser sustituida por un Gestor de su unidad.
Segundo.-Para las contrataciones que se financien con arreglo a la Ley del Plan de Inversiones Universitarias de Canarias, la Mesa de Contratación será como sigue:
1. Presidente: El Vicerrector de Investigación, que podrá ser sustituido por otro Vicerrector de la Universidad.
2. Vocales:
a) El Gerente de la Universidad, que podrá ser sustituido por la Vicegerente.
b) Un abogado del Servicio Jurídico de la Universidad.
c) La Directora de la Unidad de Gestión de Patrimonio y Contratación, que podrá ser sustituida por la Subdirectora de Patrimonio.
d) Un Interventor de la Intervención General del Gobierno de Canarias.
e) Un representante de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.
3. Secretaria: La Subdirectora de Contratación, que podrá ser sustituida por un Gestor de su unidad.
Tercero.-La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Las Palmas de Gran Canaria, 6 de junio de 1996.-El Rector, Francisco Rubio Royo.
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