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El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de mayo actual, ha acordado dar por terminado, por desaparición de su objeto, el recurso de inconstitucionalidad número 775/1985, planteado por el Presidente del Gobierno contra los artículos 87 y 96.4 de la Ley del Parlamento de Andalucía 2/1985, de 2 de mayo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, que fue admitido a trámite por providencia de 7 de agosto de 1985.
Lo que se publica para general conocimiento Madrid, 21 de mayo de 1991.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Tomás y Valiente.
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