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Documento BOE-A-1991-13630

Recurso de inconstitucionalidad número 2.965/1990, planteado por el Presidente del Gobierno, contra determinados preceptos de la Ley de la Asamblea Regional de Cantabria 10/1990, de 4 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 1991, páginas 17707 a 17707 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1991-13630

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de mayo actual, ha acordado mantener la suspensión de la vigencia y aplicación de los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley de la Asamblea Regional de Cantabria 10/1990, de 4 de octubre, de Presupuestos de la Diputación Regional para 1990, en el recurso de inconstitucionalidad número 2.965/1990, que fue promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución, el que se admitió a trámite por providencia de 26 de diciembre de 1990, en la que se acordó aquella suspensión.

Madrid, 21 de mayo de 1991.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Tomás y Valiente.

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 21/05/1991
  • Fecha de publicación: 31/05/1991
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • en el Recurso 2965/1990, el mantenimiento de suspensión de vigencia del art. 19.2 y 3 de la Ley 10/1990, de 4 de octubre (Ref. BOE-A-1990-31119) y (Ref. BOE-A-1991-5455).
Materias
  • Cantabria
  • Comunidades Autónomas
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas
  • Tribunal Constitucional

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