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Documento BOE-A-1984-16834

Orden de 31 de mayo de 1984 por la que se regula la concesión de ayudas a Cofradías de Pescadores, Cooperativas del Mar, Asociaciones Extractivas y/o de Consumidores, destinadas a sufragar en parte los gastos derivados de las acciones emprendidas por las mismas y que tengan por objeto la promoción en el mercado de los productos de la pesca, del marisqueo y de cultivos.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 1984, páginas 21807 a 21808 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1984-16834
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/05/31/(4)

TEXTO ORIGINAL

Siendo función esencial del Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM), de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1 de su Ley de creación de 21 de junio de 1980, impulsar la realización de acciones de propaganda del consumo de productos pesqueros, promocionando los mismos, tanto en el mercado interior como en el exterior, y en base a los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión que debe presidir el otorgamiento de subvenciones.

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1. Las Cofradías de Pescadores, Cooperativas del Mar, Asociaciones Extractivas, así como las de Consumidores, podrán ser beneficiarias de ayudas en forma de subvención para aquellas acciones que realicen, con objeto de promocionar en el mercado los productos procedentes de la pesca, del marisqueo y de los cultivos.

A tal efecto se abre una convocatoria durante el presente año 1984, para la presentación de solicitudes de ayudas destinadas a sufragar los gastos derivados de la asistencia a ferias, exposiciones, degustaciones y cualquier otra actividad semejante, de las reseñadas en el artículo 2. de esta disposición, que lleven a cabo las Entidades citadas.

Art. 2. Las ayudas se solicitaran para alguno de los siguientes fines:

a) Para la promoción del consumo de las especies pesqueras, cuya protección y apoyo en el mercado se considere conveniente, tales como sardina, jurel, caballa, bacaladilla, bonito, mejillón, boquerón y trucha, así como cualquier otra actividad que tenga por objeto el conocimiento y acercamiento del sector pesquero a la población.

b) Para la asistencia a conferencias, reuniones y actividades semejantes, que supongan gastos de representación para las Entidades citadas, siempre que tales reuniones tengan por objeto coordinar, proponer, estudiar y elaborar informes o estudios relacionados con las finalidades señaladas en el apartado anterior.

c) Publicaciones que las Entidades ya citadas realicen en diarios, revistas y otros medios de comunicación, con el fin de promocionar el consumo de las especies a que se refiere la Presente disposición.

Art. 3. El importe de cada ayuda no podrá ser superior a tres millones de pesetas, ni exceder del 40 por 100 del gasto efectivo a realizar. Excepcionalmente, el Comité Ejecutivo y Financiero podrá acordar ayudas superiores a las establecidas, siempre que se trate de campañas institucionales promovidas por el FROM, en función de la importancia de los objetivos a alcanzar y de los medios necesarios para ello.

Art. 4. Las solicitudes se formularán conforme al modelo que se adjunta. presentándose en el Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM) o en el Organo competente de las Comunidades Autónomas con una antelación mínima de treinta días a la fecha en que tenga lugar la actividad para la cual se solicita la subvención.

Art. 5. La solicitud deberá ser acompañada de los siguientes documentos:

1. Certificación del acuerdo adoptado por el Organo competente, acreditativo de la autorización concedida a la persona que suscribe la solicitud.

2. Copia de los Estatutos, siempre que los mismos no obren ya en el Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM), por haber sido adjuntados con anteriores peticiones.

3. Cuando se trate de Asociaciones de Consumidores, deberán remitir los documentos que justifiquen su personalidad y la autorización concedida por el Organo con capacidad para ello, según los Estatutos, a la persona que suscribe la solicitud.

4. Documentos comunes para cualquier tipo de Entidad: Memoria en la que se especifique la actividad a desarrollar. en la que deberá constar el correspondiente presupuesto desglosado por partidas, así como los objetivos que se persiguen, con expresión del lugar y fecha en la que se celebrarán las ferias, degustaciones, reuniones, etc.

Art. 6. Las obligaciones derivadas de las ayudas contempladas en esta disposición se financiarán dentro de las disponibilidades que, para este fin, están marcadas en el presupuesto del Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM) para 1984.

Art. 7. Las Comunidades Autónomas que tengan asumidas las correspondientes competencias gestionarán estas ayudas de conformidad con la normativa general establecida.

En las restantes Comunidades Autónomas, el Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM) podrá requerir, en cualquier momento, los documentos o justificantes que considere oportunos, reservándose el derecho a conceder, o no, la subvención, según la justificación que se acredite de las actividades realizadas.

El Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM) podrá solicitar la información necesaria a las Comunidades Autónomas que gestionen las ayudas, al objeto de evaluar la eficacia de las actividades reguladas en esta disposición.

DISPOSICION FINAL

La presente disposición entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 31 de mayo de 1984.-ROMERO HERRERA.

MODELO DE SOLICITUD

Ilustrísimo señor:

Don ... , mayor de edad, vecino de ... , con documento nacional de identidad número ... , en su condición de domiciliado en ... , calle ... ,teléfono ... , código de identificación ... , en nombre y representación de la misma a V. I.

EXPONE: Que al amparo de la Orden de fecha ... ,publicada en el <Boletín Oficial del Estado> número ... , del día ... de ... de 1984, y de las condiciones exigidas para solicitar la concesión de ayuda para ... (detállese alguna de las actividades descritas en los artículos 1 y 2 de la disposición).

Creyendo reunir las condiciones y requisitos exigidos por dicha Orden ministerial, a V. I.

SOLICITA que, previos los trámites que estime procedentes, le sea concedida una ayuda importante en ... pesetas, acompañándose los siguientes documentos:

1.-Memoria.

2.- ...

3.- ...

4.- ...

5.- ...

(Fecha y firma)

(Sello de entidad)

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/05/1984
  • Fecha de publicación: 24/07/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 25/07/1984
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 2.1 de la Ley 33/1980, de 21 de junio (Ref. BOE-A-1980-13666).
Materias
  • Asociaciones de consumidores
  • Cofradías de Pescadores
  • Cooperativas del mar
  • Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos
  • Mariscos
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Subvenciones

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