Está Vd. en

Documento BOE-A-1984-14515

Corrección de errores de la Orden de 12 de abril de 1984 por la que se establecen Administraciones de Hacienda en la Delegación de Hacienda Especial de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 28 de junio de 1984, páginas 18944 a 18944 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1984-14515
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/04/12/(8)/corrigendum/19840628

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 97, de fecha 23 de abril de 1984, a continuación se formula la oportuna rectificación.

En la página 11151, primera columna, anexo, Ámbito territorial de las Administraciones de Hacienda, 1, Delegación de Hacienda de Murcia, donde dice:

«a) Cieza.-Comprende el área de las Zonas Recaudatorias de Cieza y Yecla.

b) Lorca.-Comprende el área de las Zonas Recaudatorias de Lorca y Totana.

c) Mula.-Comprende el área de las Zonas Recuadatorias de Mula y Caravaca.

g) Liria.- Comprende el área geográfica de la Zona Recaudatoria de Liria.

h) Manises.-Comprende los restantes municipios de la Zona Recaudatoria 5.ª de Valencia: Manises, Mislata, Paterna y Quart de Poblet.

i) Moncada.-Comprende los restantes municipios de la Zona Recaudatoria 5.ª de Valencia: Albalat dels Sorells, Alboraya, Albuixech, Alfara del Patriarca, Almacera, Bonrepós y Mirambell, Burjasot, Foyos, Godella, Meliana, Moncada, Rocafort, Tabernes Blanques y Vinalesa.

j) Requena.-Comprende el área geográfica de las Zonas Recaudatorias de Requena y Ayora.

k) Sagunto.-Comprende el área geográfica de la Zona Recaudatoria de Sagunto.

l) Sueca.-Comprende el área geográfica de la Zona Recaudatoria de Sueca.

m) Torrente.-Comprende los municipios incluidos en la Zona Recaudatoria 7.ª de Valencia: Alacuás, Aldaya, Alfaro, Catadau, Chirivella, Llombay, Monserrat, Montroy y Real de Montroy.» Debe decir:

«a) Cieza.-Comprende el área de las Zonas Recaudatorias de Cieza y Yecla.

b) Lorca.-Comprende el área de las Zonas Recaudatorias de Lorca y Totana.

c) Mula.-Comprende el área de las Zonas Recaudatorias de Mula y Caravaca.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 28/06/1984
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 12 de abril de 1984 (Ref. BOE-A-1984-9198).
Materias
  • Administraciones de Hacienda
  • Delegaciones de Hacienda
  • Murcia

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid