Advertido error en la inserción del texto del Convenio Internacional de Telecomunicaciones, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 205, de 26 de agosto de 1976, en la página 16650, entre el numeral 570 12, que dice: «La Unión facilitará cuantos informes relacionados con la controversia puedan necesitar el árbitro o los árbitros», y el anexo I se debe intercalar lo siguiente:
ARTICULO 82
Reglamentos administrativos
571. Las disposiciones del Convenio se completan con los Reglamentos administrativos siguientes:
– Reglamento Telegráfico.
– Reglamento Telefónico.
– Reglamento de Radiocomunicaciones.
– Reglamento Adicional de Radiocomunicaciones.
En fe de lo cual, los plenipotenciarios respectivos firman el Convenio en cada uno de los idiomas chino, español, francés, inglés y ruso, en la inteligencia de que, en caso de desacuerdo, el texto francés hará fe; este ejemplar quedará depositado en los archivos de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, la cual remitirá copia del mismo a cada uno de los países signatarios.
En Málaga-Torremolinos a 25 de octubre de 1973.»
Lo que se hace público para conocimiento general, completando así la publicación efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 205, de 26 de agosto de 1976.
Madrid, 19 de noviembre de 1981.–El Secretario general técnico, José Cuenca Anaya.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid