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Documento BOE-A-1979-8316

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 1979, páginas 7243 a 7243 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-8316

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Guipúzcoa, a instancia de «Hidroeléctrica Ibérica Iberduero, S. A.», con domicilio en Bilbao, calle Gardoqui, número B, solicitando autorización para instalar una línea eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Iberduero, S. A.», el establecimiento de una línea eléctrica a 132 KV. de tensión, derivada de la línea de transporte de energía eléctrica actualmente en funcionamiento «Lafortunada-Ormaiztegui», tramo «Ormaiztegui-Abadiano I y II», que ha sido autorizada por la extinguida Dirección General de Industria con fecha 5 de agosto de 1960.

La derivación será un doble circuito trifásico, con una capacidad de transporte de 77 MVA., conductor aluminio-acero de 181,7 milímetros cuadrados de sección cada uno, aislamiento suspendido y apoyos metálicos. Su longitud total será de 325 metros, con origen en el poyo número 31 del citado tramo «Ormaiztegui-Abadiano I y II» y final en la subestación de Urrechua. Para protegerla de las sobretensiones de origen atmosférico se instalará un cable de tierra de 53 milímetros cuadrados de sección.

La finalidad de esta derivación es alimentar a la citada S. T. «Urrechua» necesaria para atender los incrementos de demanda de energía en la zona de Villarreal de Urrechua.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966 de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de cuatro meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775 de 22 de julio de 1967.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 22 de febrero de 1979.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Guipúzcoa.

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