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Documento BOE-A-1979-4208

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 10 de febrero de 1979, páginas 3625 a 3626 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-4208

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Valencia, a instancia de «Hidroeléctrica Española, S. A.», con domicilio en Madrid, calle Hermosilla, número 3, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/ 1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, v en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939.

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de le misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica Española, S. A.», el establecimiento de una línea eléctrica a 400 KV. de tensión, derivada de la línea de transporte, actualmente en funcionamiento, entre la E. T. «Morata de Tajuña» (Madrid) y la E. T. «La Eíiana» (Valencia), autorizada por esta Dirección General por Resolución de fecha 13 de febrero de 1971.

La derivación será un doble circuito trifásico «dúplex», en disposición tipo «Danubio», conductor de aluminio-acero de 547,1 milímetros cuadrados de sección, aislamiento suspendido y apoyos de torres metálicos. Su longitud total será de 32.395 metros en la provincia de Valencia, con origen en el apoyo número 118 de la citada línea «Morata»-«La Eliana», y final en la subestación transformadora de la C. N. «Cofrentes». Para protegerla de las sobretensiones de origen atmosférico se instalarán dos cables de tierra, de «alumoweld», de 59 milímetros cuadrados de sección cada uno.

Su finalidad es transportar parte de la energía producida en la C. N. «Cofrentes» a la E. T. «Morata» y a la E. T. «La Eliana», pertenecientes a la Sociedad peticionaria.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Es a instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma en la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de doce meses. Caso' de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que digo a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 29 de diciembre de 1978.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Valencia.

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