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Documento BOE-A-1979-4207

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 10 de febrero de 1979, páginas 3625 a 3625 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-4207

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Oviedo, a instancia de «Hidroeléctrica del Cantábrico. S. A.», con domicilio en Oviedo, plaza de la Gesta, número 1, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa v sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939.

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Hidroeléctrica del Cantábrico, S. A.», el establecimiento de una línea eléctrica a 132 KV. de tensión, derivada de la línea de transporte de energía actualmente en funcionamiento entre Corredoria y fabliella, cuyo establecimiento fue autorizado por la extinguida Dirección General de Industria el 12 de diciembre de 1952.

La derivación será de simple circuito trifásico, conductores de aluminio-acero de 281,1 milímetros cuadrados de sección cada uno; aislamiento suspendido apoyos metálicos «Made», serie «Arce». La longitud total de la línea será de 3.718 metros, con origen en el apoyo número 10 de la citada línea Corredoira-Tabliella y final en la subestación de «Fundiciones Nodulares, Sociedad Anónima», en la provincia de Oviedo. Para protegerla de las sobretensiones de origen atmosférico se instalará un cable a tierra, que será de aluminio-acero de 50 milímetros de sección.

Su finalidad es atender un importante incremento de la demanda de energía en la fundición anteriormente citada, motivado por la instalación de un homo eléctrico de 20 MVA. de potencia.

Declarar en concreto la utilidad púbica de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966 de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites' que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2817/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de seis meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo digo a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 29 de diciembre de 1978.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Oviedo.

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