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Documento BOE-A-1979-3050

Orden de 6 de noviembre de 1978 por la que se ejercita el derecho de tanteo sobre un cuadro al óleo, y cuya exportación fue solicitada por don José Luis Canas Usón en representación de don Jurgen Freidang.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1979, páginas 2565 a 2565 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-3050

TEXTO ORIGINAL

Excmo, e Ilmos. Sres.: Visto el expediente de que se hará mérito, y

Resultando que por don José Luis Canas Usón, con domicilio en Barcelona, calle Via Layetana, número 57, en nombre y representación de don Jurgen Freidang, de Alemania Federal, fue solicitado de la Junta de Calificación de Obras de Arte el oportuno permiso para exportar por la Aduana de Barcelona un cuadro al óleo, titulado «Batalla naval, puerto de Mallorca», sin firma, medidas 1,98 por 1,09 metros, valorado por el interesado en cuarenta y dos mil (42.000) pesetas;

Resultando que la Junta de Calificación de Obras de Arte en sesión celebrada por la misma, con fecha 2 de mayo de 1978 acordó proponer fuese ejercitado el derecho de tanteo que previene el artículo 8.º del Decreto de 2 de junio de 1960 sobre el citado cuadro por considerarlo de gran interés para algún Museo del Estado que en su día se determine;

Visto el Decreto de 2 de junio de 1960 y demás disposiciones de general aplicación;

Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.º y 8.º y concordantes del expresado Decreto de 2 de junio de 1960, el Estado podrá ejercer el derecho de tanteo y adquirir los bienes muebles para los que haya sido solicitada autorización de exportación, cuando a juicio de la Junta de Calificación de Obras de Arte reúnan méritos suficientes para ello, siendo el precio que ha de regular esta adquisición, el mismo valor declarado por el solicitante de la exportación, que constituye una oferta de venta irrevocable a favor del Estado;

Considerando que, en el caso que motiva este expediente concurren las circunstancias necesarias para el ejercicio del derecho de tanteo, debiendo ser adquirido el cuadro de que se trata por el precio de cuarenta y dos mil (42.000) pesetas,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Que en el ejercicio del derecho de tanteo previsto en el artículo 8.º del Decreto de 2 de junio de 1960 se adquiera para, el Estado el cuadro de referencia, cuya exportación ha sido solicitada por don José Luis Canas Usón, en nombre y representación de don Jurgen Freidang, de Alemania Federal.

Segundo.

Que esta adquisición se haga por el precio declarado de cuarenta y dos mil (42.000) pesetas, el cual se pagará al exportador con cargo a los fondos de que dispone para estas atenciones el Patronato Nacional de Museos, dependiente de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

Tercero.

Que se haga saber esta adquisición al exportador instruyéndole de los recursos pertinentes.

Lo digo a V. E. y V.V. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y V.V. II.

Madrid, 6 de noviembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Castedo Alvarez.

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

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