Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Audiencia Territorial de Albacete con fecha 26 de junio de 1979 sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 255/78, interpuesto por don Salvador Galán Gutiérrez, sobre concurso para proveer una Jefatura en el SENPA, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Trinidad Cantos Galdámez, en nombre y representación de don Salvador Galán Gutiérrez, debemos declarar nulo, por no ser conforme a derecho, el acuerdo del Ministro de Agricultura de trece de febrero de mil novecientos setenta y nueve, resolutorio del recurso de alzada contra la resolución de la Dirección General del Servicio Nacional de Productos Agrarios de cinco de julio de mil novecientos setenta y ocho; igualmente decretamos la nulidad de esta última resolución, por la que se resolvía definitivamente el concurso de méritos convocado para cubrir plazas vacantes en la escala de Jefes de Silo, Centro de selección y almacén, debiéndose adjudicar la plaza de Villanueva de la Serena al actor, todo ello sin expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 24 de noviembre de 1979.–P. D., el Subsecretario, Luis Mardones Sevilla.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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