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Documento BOE-A-1979-2941

Real Decreto 147/1979, de 11 de enero, por el que se acepta la donación al Estado, por la Fundación Benéfico-Docente «Gávila Ferrer», de Denia (Alicante), de dos inmuebles de 10.690 y 19.385 metros cuadrados, sitos en el término municipal de Denia (Alicante), y de cuatro millones de pesetas en efectivo, con destino a la construcción de un Centro de Capacitación y Extensión Agrarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1979, páginas 2529 a 2530 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-2941

TEXTO ORIGINAL

Por la Fundación Benéfico-Docente de «Gávila Ferrer», de Denia (Alicante), han sido ofrecidos al Estado dos inmuebles de diez mil seiscientos noventa y diecinueve mil trescientos ochenta y cinco metros cuadrados de superficie, y cuatro millones de pesetas en efectivo con destino a la construcción de un Centro de Capacitación y Extensión Agraria.

Por el Ministerio de Agricultura se considera de interés la referida donación.

A propuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día once de enero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por la Fundación Benéfico-Docente «Gávila Ferrer», de Denia (Alicante), de dos inmuebles sitos en dicho término municipal y que se describen como sigue:

A) Inmueble denominado -La Senia», de una hectárea seis áreas noventa centiáreas, y que linda: Al Norte, con fincas de don Miguel Izquierdo; al Este, herederos de Ventura Cabrera y Andrés Cabrera; al Sur, camino viejo de Ondara, y al Oeste, barranco.

B) Inmueble denominado «Bancal Nou», de una hectárea noventa y tres áreas ochenta y cinco centiáreas, que linda: Al Norte y Oeste, con fincas de doña Rosario Morant Merie; al Este, finca de los herederos de Sebastián Vives, de José Simó y José Baño y Sur; camino viejo de Ondara.

Asimismo la referida Fundación ofrece en donación cuatro millones de pesetas, que hara efectivas cuando se haya efectuado el concurso o subasta de las obras de construcción del Centro de Formación Profesional Agrícola que ha de convocar el Ministerio de Agricultura.

La finca descrita en el apartado B) aparece en el Registro como dividida en tres parcelas independientes, con la superficie y linderos que se detallan en la certificación registral que obra en el expediente.

Tanto los inmuebles como el dinero se destinarán a la construcción de un Centro de Formación Profesional Agrícola; en caso contrario las fincas y las construcciones que en las mismas se hicieran revertirán al Patronato «Gávila Ferrer», de Denia (Alicante).

Artículo 2.

Los inmuebles mencionados deberán incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscritos a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al de Agricultura, para los servicios de Centro de Capacitación y Extensión Agraria dependientes de este último Departamento.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a once de enero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDONEZ

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