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Documento BOE-A-1979-2942

Real Decreto 148/1979, de 11 de enero, por el que se acepta la donación al Estado, por la «Compañía Urbanizadora de Nuestra Señora del Mar Menor», de un inmueble de 1.453,77 metros cuadrados, sito en el término municipal de Cartagena (Murcia), con destino a la construcción de una Comisaría del Cuerpo General de Policía y acuartelamiento de las Fuerzas de Policía Armada.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1979, páginas 2530 a 2530 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-2942

TEXTO ORIGINAL

Por la «Compañía Urbanizadora de Nuestra Señora del Mar Menor» ha sido ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de mil cuatrocientos cincuenta y tres coma setenta v siete metros cuadrados, sito en término municipal de Cartagena (Murcia). con destino a la construcción de una Comisaria del Cuerpo General de Policía y acuartelamiento de las Fuerzas de Policía Armada.

Por el Ministerio del Interior se considera de interés la referida donación.

A propuesta del Ministro de Hacienda y previa "deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día once de enero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el articulo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por la «Compañía Urbanizadora de Nuestra Señora del Mar Menor» de una parcela de mil cuatrocientos cincuenta y tres coma setenta y siete metros cuadrados, sita en el término municipal de Cartagena (Murcia), paraje denominado «La Manga del Mar Menor», que linda: por su frente, con la Gran Vía de la Manga; por la derecha, con Parcela J; por la espalda, con la parcela Mg veintinueve, y por la izquierda, con la parcela Mg treinta y tres.

El inmueble donado se destinará a la construcción de una Comisaría del Cuerpo General de Policía y acuartelamiento de las Fuerzas de Policía Armada.

Articulo 2.

El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al del Interior, para los servicios de Comisaría del Cuerpo General de Policía y acuartelamiento de las Fuerzas de Policía Armada, dependientes de este último Departamento.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a once de enero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

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