Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-2940

Real Decreto 146/1979, de 11 de enero, por el que se acepta la donación al Estado, por la Asociación Protectora de Subnormales de Elda (Alicante), de un inmueble de 9.983,03 metros cuadrados, sito en Elda (Alicante), con destino a la construcción de un Centro de Educación Especial.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1979, páginas 2529 a 2529 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-2940

TEXTO ORIGINAL

Por la Asociación Protectora de Subnormales de Elda (Alicante) ha sido ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de nueve mil novecientos ochenta y tres coma cero tres metros cuadrados, sito en el término municipal de Elda (Alicante), con destino a la construcción de un Centro de Educación Especial.

Por el Ministerio de Educación y Ciencia se considera de interés la referida donación.

A propuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día once de enero de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por la Asociación Protectora de Subnormales de Elda (Alicante) de un inmueble de nueve mil novecientos ochenta y tres coma cero tres metros cuadrados, a segregar de otro de mayor cabida, sito en el término municipal de Elda (Alicante), que linda- Al Norte y Oeste, con la carretera de Elda a Sax; al Este, con la vereda de La Torreta, y al Sur, con finca de la que se segregará.

Figura inscrita la finca matriz en el Registro de la Propiedad al libro ciento sesenta y seis, tomo ochocientos cincuenta y cinco, folio mil doscientos veintinueve, finca número nueve mil setecientos setenta y ocho, inscripción segunda.

El inmueble donado se destinará a la construcción de un Centro de Educación Especial.

Artículo 2.

El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, para Su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al de Educación y Ciencia, para los servicies de Centro de Educación Especial, dependientes de este último Departamento.

Artículo 3.

Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a once de enero de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid