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Documento BOE-A-1979-11995

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza la modificación de la línea a 220 KV, Marratxi-Manacor y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 1979, páginas 10297 a 10298 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-11995

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de este Ministerio en Baleares, a instancia de «Gas y Electricidad, Sociedad Anónima», con domicilio en Palma de Mallorca, calle Juan Maragall, número 16, solicitando autorización para modificar una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma ha resuelto

Autorizar a «Gas y Electricidad, S. A.», la modificación de la línea aérea a 220 KV. denominada anteriormente Marratxi-Manacor, aprobada por Resolución de esta Dirección General con fecha 4 de diciembre de 1974, desmontando los 10 primeros apoyos, alimentando al apoyo número 11 desde la subestación de «Son Orlandis»; asimismo, desde el apoyo número 91 se alimentará la subestación denominada «Llubi A», por lo cual la nueva línea tendrá su origen en la subestación denominada «Son Orlandis» y final en la subestación denominada «Llubi A».

Las características de las modificaciones serán idénticas a las de la línea actualmente en funcionamiento.

La finalidad de las modificaciones es racionalizar las redes da distribución con la puesta en funcionamiento de la nueva central térmica «Alcudia II».

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de tres meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 11 de abril de 1979.‒El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria y Energía en Baleares.

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