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Documento DOUE-L-2026-81506

Decisión de Ejecución (UE) 2026/2211 de la Comisión, de 1 de octubre de 2026, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 de la Comisión en lo que respecta a las normas armonizadas para los sistemas de refrigeración y las bombas de calor, los equipos para GLP, los recipientes criogénicos, y la soldadura y el soldeo fuerte, elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2211, de 2 de octubre de 2026, páginas 1 a 5 (5 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-81506

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 12 de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se presume que los equipos a presión o los conjuntos contemplados en el artículo 4, apartados 1 y 2, de dicha Directiva que sean conformes con normas o partes de normas armonizadas cuyas referencias hayan sido publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea cumplen los requisitos esenciales de seguridad de dichas normas o partes de ellas indicados en su anexo I.

(2)

Mediante la Decisión de Ejecución C(2024) 1241 (3), la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN) y al Comité Europeo de Normalización Electrónica (Cenelec) que elaboraran nuevas normas armonizadas, que revisasen diversas normas armonizadas existentes y completasen la labor llevada a cabo en materia de proyectos de normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/68/UE.

(3)

Sobre la base de la solicitud, el CEN revisó y modificó las siguientes normas armonizadas: EN 10253-2:2021, sobre accesorios para tuberías soldados a tope. Esto dio lugar a la siguiente norma modificativa: EN 10253-2:2021+A1:2025. El CEN también revisó y modificó la siguiente norma: EN 12392:2016+A1:2022, sobre productos de aluminio forjados y moldeados. Esto dio lugar a la adopción de la norma modificativa EN 12392:2025. Además, el CEN revisó y modificó las normas EN 12953-2:2012, EN 12953-6:2011 y EN 12953-9:2007, sobre calderas pirotubulares. Esto dio lugar a la adopción de las normas modificativas EN 12953-2:2025, EN 12953-6:2024 y EN 12953-9:2024. El CEN también revisó y modificó la siguiente norma: EN 13134:2000, sobre soldeo fuerte. Esto dio lugar a la siguiente norma modificativa: EN ISO 17779:2025. El CEN también revisó y modificó la norma EN 13136:2013+A1:2018, sobre sistemas de refrigeración y bombas de calor, lo que dio lugar a la adopción de la norma modificativa EN ISO 24664:2024. El CEN también revisó y modificó la siguiente norma: EN ISO 13585:2012, sobre soldeo fuerte. Esto dio lugar a la adopción de la siguiente norma modificativa: EN ISO 13585:2024. El CEN también revisó y modificó la siguiente norma: EN 14129:2014. Esto dio lugar a la norma modificativa EN 14129:2024, sobre equipos y accesorios para GLP. El CEN también revisó y modificó la siguiente norma: EN 14222:2021. Esto dio lugar a la norma modificativa EN 14222:2021+A1:2025, sobre calderas de vapor de acero inoxidable. El CEN revisó y modificó la norma EN 14585-1:2006 para las tuberías metálicas flexibles corrugadas. Esto dio lugar a la adopción de la norma modificativa EN 14585:2024. El CEN revisó y modificó la siguiente norma: EN 14917:2021, sobre compensadores de dilatación con fuelles metálicos. Esto dio lugar a la adopción de la norma modificativa EN 14917:2021+A1:2026. El CEN también modificó la norma EN ISO 15493:2003/A1:2017. Esto dio lugar a la norma modificativa EN 15493:2003/A11:2025. El CEN también revisó y modificó la siguiente norma: EN ISO 15613:2004. Esto dio lugar a la adopción de la norma modificativa EN 15613:2025. El CEN revisó y modificó la norma EN ISO 15614-5:2004, sobre procedimientos de soldeo. Esto dio lugar a la adopción de la siguiente norma modificativa: EN ISO 15614-5:2024. El CEN también revisó y modificó la siguiente norma: EN ISO 15614-11:2002, sobre procedimientos de soldeo. Esto dio lugar a la adopción de la norma modificativa EN 15614:11:2025. El CEN revisó y modificó la norma EN ISO 21009-2:2015, sobre recipientes criogénicos. Esto dio lugar a la norma modificativa ISO 21009-2:2024. El CEN modificó la norma EN 21922:2021, sobre sistemas de refrigeración y bombas de calor, lo que dio lugar a la norma modificativa EN ISO 21922:2021/A1:2024. El CEN completó la norma EN 14071:2024, sobre equipos para GLP. Por último, el CEN completó la norma EN ISO 14732:2025, sobre el personal de soldeo.

(4)

La Comisión, junto con el CEN, ha evaluado si esas normas sobre equipos a presión, tal y como han sido redactadas, modificadas o revisadas por el CEN, son conformes con la solicitud formulada en la Decisión de Ejecución C(2024) 1241.

(5)

Las siguientes normas armonizadas satisfacen los requisitos que pretenden cubrir y que se incluyen en el anexo I de la Directiva 2014/68/UE: EN 10253-2:2021+A1:2025, EN 12392:2025, EN 12953-2:2025, EN 12953-9:2024, EN ISO 17779:2025, EN ISO 24664:2024, EN ISO 13585:2024, EN 14129:2024, EN 14222:2021+A1:2025, EN 14585:2024, EN 14917:2021+A1:2026, EN ISO 15493:2003/A11:2025, EN ISO 15613:2025, EN ISO 15614-5:2024, EN ISO 15614-11:2025, EN ISO 21009-2:2024, EN ISO 21922:2021/A1:2024, EN 14071:2024 y EN ISO 14732:2025. Procede, por tanto, publicar las referencias de esas normas en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(6)

En el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 de la Comisión (4) se enumeran las referencias de las normas armonizadas que confieren una presunción de conformidad con la Directiva 2014/68/UE. A fin de garantizar que las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/68/UE figuren en un único acto, deben incluirse en ese anexo las referencias de las normas armonizadas EN 10253-2:2021+A1:2025, EN 12392:2025, EN 12953-2:2025, EN 12953-6:2024, EN 12953-9:2024, EN ISO 17779:2025, EN ISO 24664:2024, EN ISO 13585:2024, EN 14129:2024, EN 14222:2021+A1:2025, EN 14585:2024, EN 14917:2021+A1:2026, EN ISO 15493:2003/A11:2025, EN ISO 15613:2025, EN ISO 15614-5:2024, EN ISO 15614-11:2025, EN ISO 21009-2:2024, EN ISO 21922:2021/A1:2024, EN 14071:2024 y EN ISO 14732:2025.

(7)

Es necesario retirar de la serie L del Diario Oficial de la Unión Europea las referencias de las normas armonizadas EN 10253-2:2021, EN 12392:2016+A1:2022, EN 12953-2:2012, EN 12953-6:2011, EN 12953-9:2007, EN 13134:2000, EN 13136:2013+A1:2018, EN ISO 13585:2012, EN 14129:2014, EN 14222:2021, EN 14585-1:2006, EN 14917:2021 y EN ISO 15493:2003, junto con las referencias de las normas que las modifican o corrigen, EN ISO 15613:2004, EN ISO 15614-5:2004, EN ISO 15614-11:2002, EN ISO 21009-2:2015 y EN ISO 21922:2021, junto con las referencias de las normas que las modifican o corrigen, dado que han sido revisadas. Procede, por tanto, eliminar estas referencias del anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165.

(8)

A fin de que los fabricantes dispongan de tiempo suficiente para adaptar sus productos a las versiones revisadas de las normas armonizadas EN 10253-2:2021, EN 12392:2016+A1:2022, EN 12953-2:2012, EN 12953-6:2011, EN 12953-9:2007, EN 13134:2000, EN 13136:2013+A1:2018, EN ISO 13585:2012, EN 14129:2014, EN 14222:2021, EN 14585-1:2006, EN 14917:2021, EN ISO 15493:2003, EN ISO 15613:2004, EN ISO 15614-5:2004, EN ISO 15614-11:2002, EN ISO 21009-2:2015 y EN ISO 21922:2021, es necesario aplazar la retirada de la referencia de dichas normas.

(9)

La norma armonizada EN 12953-6:2024, sobre los requisitos para el equipo técnico de las calderas pirotubulares, cumple varios requisitos que pretende cubrir, pero contiene problemas técnicos en lo que respecta a los requisitos para el método de funcionamiento de los equipos a presión, el rebasamiento de los límites admisibles, el diseño y la fabricación de accesorios de seguridad y la protección contra el riesgo de sobrecalentamiento. Procede, por tanto, publicar la referencia de esta norma en el Diario Oficial de la Unión Europea con la correspondiente restricción.

(10)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 en consecuencia.

(11)

El cumplimiento de una norma armonizada confiere la presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes establecidos en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de esa norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por consiguiente, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se modifica el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El punto 1 del anexo de la presente Decisión será aplicable a partir del 2 de abril de 2028.

Hecho en Bruselas, el 1 de octubre de 2026.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)   DO L 316 de 14.11.2012, p. 12, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2012/1025/oj.

(2)  Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos a presión (DO L 189 de 27.6.2014, p. 164, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2014/68/oj).

(3)  Decisión de Ejecución C(2024) 1241 de la Comisión, de 1 de marzo de 2024, relativa a una solicitud de normalización dirigida al Comité Europeo de Normalización y al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica en relación con los equipos a presión y conjuntos en apoyo de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

(4)  Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 de la Comisión, de 30 de enero de 2025, relativa a las normas armonizadas aplicables a los equipos a presión elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L, 2025/165, 31.1.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/165/oj).

ANEXO

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 se modifica como sigue:

1)

Se suprimen las filas 69, 82, 109, 113, 116, 122, 123, 146, 155, 159, 166, 167, 169, 171, 175, 179, 190 y 195.

2)

Se insertan en orden secuencial las filas siguientes:

«69 bis.

EN 10253-2:2021+A1:2025

Accesorios para tuberías soldados a tope. Parte 2: Aceros no aleados y aceros aleados ferríticos con control específico.»

«82 bis.

EN 12392:2025

Aluminio y aleaciones de aluminio. Productos forjados y moldeados. Requisitos especiales para productos destinados a la fabricación de equipos a presión.»

«109 bis.

EN 12953-2:2025

Calderas pirotubulares. Parte 2: Materiales para las partes a presión de las calderas y accesorios.»

«113 bis.

EN 12953-6:2024

Calderas pirotubulares. Parte 6: Requisitos para el equipo de la caldera.

 

Restricción: El cumplimiento de los apartados 5.1.6 y 5.3.1 de la norma EN 12953-6:2024, así como de su anexo F, no confiere una presunción de conformidad con el requisito esencial de salud y seguridad establecido en el punto 2.3 del anexo I de la Directiva 2014/68/UE.

El cumplimiento del anexo F y del apartado 5.6.1.1 de la norma EN 12953-6:2024 no confiere una presunción de conformidad con el requisito esencial de salud y seguridad establecido en el punto 2.10 del anexo I de la Directiva 2014/68/UE.

El cumplimiento del apartado 5.6.1.1 de la norma EN 12953-6:2024 no confiere una presunción de conformidad con el requisito esencial de salud y seguridad establecido en el punto 2.11.1 del anexo I de la Directiva 2014/68/UE.

El cumplimiento del apartado 5.6.1.1 de la norma EN 12953-6:2024 no confiere una presunción de conformidad con el requisito esencial de salud y seguridad establecido en el punto 5, párrafo segundo, letra a), del anexo I de la Directiva 2014/68/UE.»

«116 bis.

EN 12953-9:2024

Calderas pirotubulares. Parte 9: Requisitos para los dispositivos de limitación de la caldera y sus accesorios.»

«122 bis.

EN ISO 17779:2025

Soldeo fuerte. Especificación y calificación de procedimientos de soldeo fuerte para materiales metálicos (ISO 17779:2021).»

«123 bis.

EN ISO 24664:2024

Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Dispositivos de alivio de presión y sus tuberías de conexión. Métodos de cálculo (ISO 24664:2024).»

«146 bis.

EN ISO 13585:2024

Soldeo fuerte. Ensayo de cualificación de soldadores y operadores de soldeo fuerte (ISO 13585:2021).»

«155 bis.

EN 14129:2024

Equipos y accesorios para GLP. Válvulas de alivio de presión para recipientes a presión de GLP.»

«159 bis.

EN 14222:2021+A1:2025

Calderas de vapor de acero inoxidable.»

«166 bis.

EN 14585:2024

Tuberías metálicas flexibles corrugadas para aplicaciones a presión.»

«167 bis.

EN 14917:2021+A1:2026

Compensadores de dilatación con fuelles metálicos para aplicaciones a presión.»

«169 bis.

EN ISO 15493:2003

Sistemas de canalización en materiales plásticos para aplicación industrial. Acrilonitrilo-butadieno-estireno (ABS), poli(cloruro de vinilo) no plastificado (PVC-U) y poli(cloruro de vinilo) clorado (PVC-C). Especificaciones para componentes y para el sistema. Series métricas (ISO 15493:2003)

EN ISO 15493-2003/A1:2017

EN ISO 15493-2003/A11:2025.»

«171 bis.

EN ISO 15613:2025

Especificación y cualificación de procedimientos de soldeo para materiales metálicos. Cualificación mediante ensayos de soldeo anteriores a la producción (ISO 15613:2025).»

«175 bis.

EN ISO 15614-5:2024

Especificación y cualificación de los procedimientos de soldeo para los materiales metálicos. Ensayo del procedimiento de soldeo. Parte 5: Soldeo por arco del titanio, circonio y sus aleaciones (ISO 15614-5:2024).»

«179 bis.

EN ISO 15614-11:2025

Especificación y cualificación de los procedimientos de soldeo para los materiales metálicos. Ensayo de procedimiento de soldeo. Parte 11: Soldeo por láser y haz de electrones (ISO 15614-11:2025).»

«190 bis.

EN ISO 21009-2:2024

Recipientes criogénicos. Recipientes estáticos aislados al vacío. Parte 2: Requisitos de funcionamiento (ISO 21009-2:2024).»

«195 bis.

EN ISO 21922:2021

Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Válvulas. Requisitos, ensayos y marcado (ISO 21922:2021).

EN ISO 21922-2021/A1:2024.».

3)

Se añaden las filas siguientes:

«204.

EN 14071:2024

Equipos y accesorios para GLP. Válvulas de alivio de presión para recipientes a presión de GLP. Equipos auxiliares.»

«205.

EN ISO 14732:2025

Personal de soldeo. Ensayos de cualificación de operadores de soldeo y ajustadores de soldeo para el soldeo automático y mecanizado de materiales metálicos (ISO 14732:2025).».

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 01/10/2026
  • Fecha de publicación: 02/10/2026
  • Fecha de entrada en vigor: 02/10/2026
  • Aplicable el punto 1 del anexo desde el 2 de abril de 2028.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec_impl/2026/2211/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Decisión 2025/165, de 30 de enero (Ref. DOUE-L-2025-80176).
Materias
  • Aparatos y recipientes a presión
  • Comercialización
  • Marca de conformidad CE
  • Normalización
  • Seguridad industrial

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