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Documento DOUE-L-2024-81403

Decisión (PESC) 2024/2500 del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes - Fase III.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2500, de 24 de septiembre de 2024, páginas 1 a 11 (11 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-81403

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras (APAL) ilícitas y su munición, adoptada en 2018 y titulada «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos» (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE para las APAL»), establece que la Unión concede especial importancia a la cooperación regional como medio eficaz de control de las armas pequeñas.

(2)

La Estrategia de la UE para las APAL señala que la Unión seguirá prestando apoyo a la cooperación y la asistencia para la ejecución del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos (en lo sucesivo, «Programa de Acción de las Naciones Unidas»).

(3)

En el documento final de la Cuarta conferencia de las Naciones Unidas para examinar los progresos alcanzados en la ejecución del Programa de Acción de las Naciones Unidas, que se celebró en junio de 2024, los Estados miembros de las Naciones Unidas se comprometen a reforzar, según proceda, las alianzas y la cooperación a todos los niveles en la prevención y la lucha contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras.

(4)

En la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, adoptada en 2015, se afirma que la lucha contra el tráfico ilícito de APAL es necesaria para alcanzar numerosos objetivos, incluidos los relativos a la paz, la justicia y las instituciones sólidas. En su Agenda para el Desarme, adoptada en 2018 y titulada «Asegurar nuestro futuro común», el secretario general de las Naciones Unidas propugna un planteamiento inclusivo, integrado y participativo para el control de las armas pequeñas a escala nacional y, en algunos casos, a escala subregional.

(5)

La Liga de los Estados Árabes (LEA) es una organización regional que reúne a todos los países árabes con el fin de promover y reforzar la cooperación entre sus miembros.

(6)

En 2016, la Unión y la LEA iniciaron el diálogo estratégico UE-LEA y crearon varios grupos de trabajo, como el Grupo de Diálogo Estratégico sobre Armas de Destrucción Masiva y Controles de Armas, que definió una serie de ámbitos prioritarios en los que se podría establecer una cooperación concreta.

(7)

En la Declaración de la Cumbre UE-LEA de Sharm el-Sheij, de 2019, se incluyó el compromiso de tomar medidas concertadas contra el tráfico ilegal de armas.

(8)

Las Decisiones (PESC) 2018/1789 (1) y (PESC) 2021/1726 (2) del Consejo respaldan las fases I y II del proyecto en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de APAL en los Estados miembros de la LEA. La Unión ahora desea seguir apoyando la fase III del proyecto.

(9)

El apoyo de la Unión al proyecto reflejará la política general de la Unión en relación con la LEA y sus Estados miembros.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   Con el fin de apoyar a los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes (LEA) en la ejecución nacional del Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos (en lo sucesivo, «Programa de Acción de las Naciones Unidas») y del Instrumento Internacional de Localización (IIL), la fase III del proyecto iniciado por las Decisiones (PESC) 2018/1789 y (PESC) 2021/1726 propiciará que los Estados miembros de la LEA refuercen de forma duradera la eficacia de sus marcos nacionales de control de armas pequeñas y lucha contra su proliferación, en consonancia con las prácticas y normas establecidas en el Programa de Acción de las Naciones Unidas, el IIL y el Marco Global para la Gestión de las Municiones, según sus prioridades y necesidades.

2.   El proyecto perseguirá los siguientes objetivos en particular a fin de luchar contra la amenaza de la proliferación de armas pequeñas y armas ligeras (APAL) en la región de la LEA:

reforzar las capacidades de las aduanas y demás cuerpos de control de fronteras para detectar, prohibir e informar sobre asuntos de tráfico ilícito de armas de fuego en la región de la LEA,

reforzar las capacidades de las fuerzas y cuerpos de seguridad para investigar y cooperar eficazmente en asuntos relacionados con la proliferación y el tráfico ilícitos de armas de fuego en la región de la LEA, y

reforzar las capacidades de los cuerpos militares y de seguridad para concebir y aplicar sistemas seguros y protegidos de gestión de arsenales de APAL y municiones en la región de la LEA.

3.   Para alcanzar los objetivos a que se refieren los apartados 1 y 2, la Unión apoyará, mediante la presente Decisión, acciones, entre otros, en los siguientes ámbitos prioritarios:

Ámbito 1: el control internacional de las transferencias de APAL, lo que incluye la evaluación de riesgos y la prevención del desvío de APAL a destinatarios no autorizados.

Ámbito 2: la localización y desarticulación de las fuentes de armas pequeñas ilícitas, lo que incluye el desarrollo de las capacidades de los cuerpos o fuerzas de seguridad, el control de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas y el marcado, el registro y la localización de APAL, así como las técnicas para las investigaciones en materia de armamento y la localización de armas, el uso de información balística y la localización o desarticulación de las rutas y métodos de tráfico.

Ámbito 3: otras medidas relativas al control de las armas pequeñas, lo que incluye la gestión y la seguridad de los arsenales.

Ámbito 4: el suministro de información pertinente sobre APAL y el refuerzo del control de APAL, lo que incluye la evaluación de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros de la LEA y el asesoramiento sobre posibles revisiones, así como la traducción al árabe de investigaciones y estudios pertinentes.

4.   En el anexo de la presente Decisión figura una descripción pormenorizada del proyecto mencionado en los apartados 1, 2 y 3.

Artículo 2

1.   El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») será responsable de la ejecución de la presente Decisión.

2.   La ejecución técnica del proyecto a que se refiere el artículo 1 correrá a cargo del Small Arms Survey (SAS), representado por el Instituto de Altos Estudios Internacionales y del Desarrollo, con la asistencia de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) y la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y en estrecha colaboración con la Secretaría de la LEA.

3.   El SAS, con la asistencia de Interpol y la OMA, desempeñará sus funciones bajo la responsabilidad del Alto Representante. A tal fin, el Alto Representante suscribirá los acuerdos necesarios con el SAS.

Artículo 3

1.   El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto financiado por la Unión a que se refiere el artículo 1 será de 3 999 776,72 EUR.

2.   Los gastos financiados con cargo al importe de referencia indicado en el apartado 1 se administrarán con arreglo a las normas y los procedimientos aplicables al presupuesto de la Unión.

3.   La Comisión supervisará la correcta administración de los gastos a que se refiere el apartado 2. A tal efecto, celebrará el acuerdo necesario con el SAS. En dicho acuerdo se estipulará que el SAS deberá dar a las contribuciones de la Unión una visibilidad acorde con su cuantía.

Artículo 4

1.   El Alto Representante informará al Consejo sobre la ejecución de la presente Decisión mediante informes semestrales que elaborará el SAS.

2.   La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto a que se refiere el artículo 1.

Artículo 5

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

La presente Decisión expirará treinta y seis meses después de la celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 3, apartado 3. Sin embargo, expirará seis meses después de la fecha de su entrada en vigor si no se celebrase ningún acuerdo dentro de ese plazo.

Hecho en Bruselas, el 23 de septiembre de 2024.

Por el Consejo

El Presidente

Z. FELDMAN

 

(1)  Decisión (PESC) 2018/1789 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes (DO L 293 de 20.11.2018, p. 24).

(2)  Decisión (PESC) 2021/1726 del Consejo, de 28 de septiembre de 2021, en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes - Fase II (DO L 344 de 29.9.2021, p. 7).

ANEXO
DOCUMENTO DE PROYECTO

La lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes Fase 3 –

Descripción del proyecto (2024-2027)

1.   Antecedentes y razones para el apoyo en el marco de la PESC

La fase 3 del proyecto UE-Liga de los Estados Árabes (fase 3 del proyecto UE-LEA) se apoyará en los trabajos realizados anteriormente por la Liga de los Estados Árabes (LEA) y la Unión Europea (UE), entre ellos los realizados durante las fases 1 (2019-2021) y 2 (2021-2024) del proyecto, para ayudar a los Estados miembros de la LEA a reducir los riesgos derivados de los movimientos y el uso de las armas pequeñas y ligeras ilícitas y sus municiones en la región de los Estados árabes.

El proyecto deriva del Grupo de Diálogo Estratégico UE-LEA sobre Armas de Destrucción Masiva, Armas Pequeñas y Ligeras y Control de Armas, que definió, al comienzo de la iniciativa, una serie de ámbitos prioritarios para una posible cooperación significativa (véase la sección 2.1).

La fase 1 del proyecto UE-LEA era esencial para generar confianza entre los Estados miembros de la LEA y los tres socios ejecutantes: el Small Arms Survey (SAS), la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) y la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Las tres organizaciones proporcionaron formación inicial a ocho países árabes. Fomentaron el intercambio de las mejores prácticas y las enseñanzas extraídas de la lucha contra la proliferación de armas pequeñas ilícitas, a través de una serie de reuniones regionales y subregionales.

La fase 2 se centró en proporcionar formación técnica a nivel nacional y regional sobre las siguientes cuestiones:

gestión de arsenales;

detección y localización de armas pequeñas y ligeras ilícitas, incluidas sus municiones y componentes;

investigación sobre armas de fuego; y

utilización de los sistemas existentes de gestión de conocimientos para los funcionarios de aduanas y de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

Durante esta fase, la participación de los Estados miembros de la LEA en el proyecto fue excepcionalmente decidida: dieciocho Estados solicitaron formación nacional y participaron en el programa de formación regional impartido entre enero y finales de mayo de 2024. La formación nacional proporcionó a los funcionarios participantes conocimientos y experiencia básicos en materia de control de armas pequeñas. La formación regional facilitó una instrucción en más profundidad y previó medidas para que los participantes pudieran compartir los conocimientos y la experiencia adquiridos con otros funcionarios de los Gobiernos árabes. Para Interpol y la OMA, las sesiones de formación en profundidad también brindaron la posibilidad de iniciar un componente de formación de formadores, desarrollando así una capacidad sostenible de control de las armas pequeñas en los Estados miembros de la LEA participantes. En dos operaciones conjuntas, llevadas a cabo por los Estados de la LEA participantes y facilitadas por Interpol y la OMA, los Estados pudieron aplicar el conocimiento recientemente adquirido. Se llevaron a cabo tres seminarios temáticos en línea y dos talleres regionales, que brindaron numerosas oportunidades a la Secretaría de la LEA, a los Estados miembros y a los tres socios ejecutantes de participar en debates sobre políticas y compartir experiencias y enseñanzas extraídas.

Durante la fase 3, la iniciativa consolidará y reforzará la labor de desarrollo de capacidades realizada en las fases anteriores. El principal esfuerzo tratará de reforzar las bases de una sostenibilidad eficaz y prolongada. En particular, el proyecto seguirá ofreciendo a los países interesados la oportunidad de participar en mayor medida, de forma sustancial y avanzada, a nivel nacional por medio de una formación adaptada y exhaustiva y de otra ayuda al desarrollo de capacidades proporcionada por los tres socios ejecutantes. Esta intervención permitirá al SAS, a Interpol y a la OMA evaluar el potencial de cooperación a más largo plazo con los Estados miembros interesados. Paralelamente, el proyecto seguirá ofreciendo sesiones de formación inicial, especialmente a los países que no las recibieron durante las dos primeras fases del proyecto. En la medida de lo posible, participarán formadores nacionales cuya capacidad se desarrolló durante la fase 2.

La reducción y la erradicación de las armas pequeñas ilícitas en la región árabe sigue siendo fundamental a la hora de reducir todas las formas de violencia y promover el desarrollo sostenible y la prosperidad en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, tanto en la región de los Estados árabes como en las regiones limítrofes, incluida Europa. Más concretamente, el proyecto tiene por objetivo reforzar la capacidad de los Estados miembros de la LEA de ejecutar el Programa de Acción de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos Sus Aspectos (en lo sucesivo «Programa de Acción») y el Instrumento Internacional de Localización, de acuerdo con las prioridades y los principios definidos por dichos Estados. También concienciará a los Estados miembros de la LEA sobre el Marco Global para la Gestión de las Municiones Convencionales durante Todo el Ciclo de Vida, recientemente adoptado.

Este proyecto contribuirá directamente a Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (1) de las Naciones Unidas y la consecución de sus ODS. Generará información y conocimientos especializados para ayudar a los países de la LEA a reducir la violencia armada, promover la paz y construir sociedades inclusivas, entre otras cosas, para «reducir todas las formas de violencia y las correspondientes tasas de mortalidad» (meta 16.1), «reducir las corrientes de armas ilícitas» (meta 16.4) y, en su caso, «eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas» (meta 5.2) (2). Este proyecto es también una manifestación concreta del compromiso contraído en la Declaración de la Cumbre UE-LEA de Sharm el-Sheij de 2019 (3) para tomar medidas concertadas contra el tráfico ilegal de armas.

2.   Visión, objetivos y sostenibilidad a largo plazo del proyecto

Para la fase 3, el proyecto perseguirá los mismos objetivos a largo plazo que en sus anteriores versiones con el fin de permitir a los Estados miembros de la LEA reforzar de forma duradera la eficacia de sus marcos nacionales de control de las armas pequeñas y lucha contra su proliferación, en consonancia con las prácticas y normas establecidas por el Programa de Acción, el Instrumento Internacional de Localización y el Marco Global para la Gestión de las Municiones, según sus prioridades y necesidades. Este refuerzo se llevará a cabo a través de políticas y de la práctica, combinando el uso de datos, conocimiento basado en pruebas, recursos y herramientas fidedignos, asesoramiento y formación especializados adaptados y la convocatoria a profesionales y responsables políticos en la región de la LEA.

La colaboración con los principales organismos y socios responsables de poner coto a la amenaza de la proliferación de armas pequeñas y ligeras en la región de la LEA permitirá al proyecto cumplir un triple objetivo:

1.

reforzar las capacidades de las aduanas y demás cuerpos de control de fronteras para detectar e interceptar el tráfico ilícito de armas de fuego en la región de la LEA, así como para informar sobre cuestiones relacionadas;

2.

reforzar las capacidades de las fuerzas y cuerpos de seguridad para investigar y cooperar eficazmente en asuntos relacionados con la proliferación y el tráfico ilícitos de armas de fuego en la región de la LEA; y

3.

reforzar las capacidades de los cuerpos militares y de seguridad para concebir y aplicar sistemas seguros y protegidos de gestión de arsenales de armas pequeñas y ligeras y sus municiones en la región de la LEA.

2.1.   Ámbitos esenciales del proyecto que requieren apoyo según lo expresado por los países de la LEA

La fase 3 del proyecto UE-LEA, de lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la LEA (2024-2027), está concebida para responder a las necesidades que los Estados miembros de la LEA manifestaron al inicio de la iniciativa y siguen manifestando, en cuatro ámbitos prioritarios:

Ámbito 1:

control internacional de las transferencias de armas pequeñas y ligeras (lucha contra los movimientos ilícitos de armas).

1.1.

Licencias para la exportación, importación o tránsito y control (por ejemplo, evaluación de riesgos).

1.2.

Prevención del desvío de armas pequeñas y ligeras a destinatarios no autorizados.

1.3.

Detección de armas pequeñas y ligeras y sus piezas durante las inspecciones de mercancías y carga transportadas (métodos de inspección, técnicas y equipos).

Ámbito 2:

localización y desarticulación de las fuentes de armas pequeñas ilícitas (por ejemplo, desarrollo de las capacidades de los cuerpos o fuerzas de seguridad).

2.1.

Control de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas, con inclusión de las transferencias de tecnología.

2.2.

Marcado, registro y localización de armas pequeñas.

2.3.

Técnicas y métodos adicionales para investigaciones e inspecciones en materia de armamento (uso de información balística, localización y desarticulación de las rutas y métodos de tráfico).

Ámbito 3:

otras medidas relativas al control de las armas pequeñas.

3.1.

Gestión y seguridad de los arsenales.

Ámbito 4:

suministro de información pertinente sobre armas pequeñas y ligeras ilícitas y refuerzo del control de dichas armas.

4.1.

Evaluación de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros de la LEA; asesoramiento sobre posibles modificaciones y revisiones.

4.2.

Traducción al árabe de publicaciones científicas, estudios publicados y otros documentos pertinentes.

3.   Lógica de intervención propuesta

El SAS —en su condición de coordinador del proyecto— llevó a cabo consultas exhaustivas con el Departamento para el Control de los Armamentos y el Desarme de la Secretaría de la LEA, Interpol y la Organización Mundial de Aduanas (OMA), que fructificaron en un consenso de grupo sobre el siguiente planteamiento con dos facetas.

Desarrollo de la capacidad nacional para luchar contra los movimientos ilícitos de armas pequeñas y ligeras a través de:

formación adaptada sobre los sistemas de control de armas pequeñas y ligeras, incluida la gestión de arsenales en toda la región de la LEA (véase la sección siguiente); y

tras la formación, participación de y apoyo a los expertos nacionales para establecer unos marcos nacionales que permitan la aplicación de las prácticas adquiridas durante la formación.

Conexión de la participación en los niveles nacionales existentes (cuando existan) con los procesos de certificación reconocidos internacionalmente y recurso a formadores nacionales (formados por el proyecto) para reforzar las instituciones de formación nacionales o regionales y los marcos y estructuras nacionales pertinentes.

Todos los componentes del proyecto están concebidos para garantizar el desarrollo de capacidades duraderas entre las instituciones estatales y los funcionarios de los Estados miembros de la LEA, así como el Departamento para el Control de los Armamentos y el Desarme de la Secretaría de la LEA. El proyecto se basa en nuestra experiencia de que los Estados miembros de la LEA son los principales agentes de cambio en la concepción y aplicación de los marcos nacionales que promueven el control responsable de las armas de fuego y minimizan el riesgo de proliferación.

La fase 3 proseguirá los esfuerzos para garantizar que el material de formación y los recursos de conocimientos esenciales, como los módulos pertinentes y específicos del Compendio de Implementación Modular de Control de Armas Pequeñas (MOSAIC), estén disponibles en árabe y se difundan en toda la región de la LEA. Este esfuerzo es especialmente importante en un entorno en el que los funcionarios públicos seleccionados pueden rotar periódicamente y es necesario un repositorio de información accesible y específico en toda la región.

Teniendo esto en cuenta, el proyecto postula que, si los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad y de aduanas pueden detectar, investigar e interceptar el tráfico de armas pequeñas y ligeras en la región de la LEA, así como informar sobre este, y si los organismos militares y de seguridad pueden concebir y aplicar sistemas más eficaces de gestión de arsenales de armas pequeñas, armas ligeras y municiones, entonces los países de toda la región de la LEA podrán comprender, reconocer y abordar de manera más eficaz los riesgos derivados de la proliferación ilícita de armas pequeñas.

La intervención se estructurará en torno a los tres resultados siguientes:

1.

Las aduanas y otros cuerpos de control de fronteras contarán con capacidades reforzadas para detectar e interceptar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras, así como para informar sobre cuestiones relacionadas, en la región de la LEA.

2.

Las fuerzas y cuerpos de seguridad tendrán capacidades reforzadas para investigar y cooperar eficazmente en asuntos de proliferación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras en la región de la LEA.

3.

Los cuerpos militares y de seguridad dispondrán de capacidades reforzadas para concebir y aplicar sistemas seguros y protegidos de gestión de arsenales de armas pequeñas y ligeras y sus municiones en la región de la LEA.

Para los tres resultados, los participantes adquirirán conocimientos y capacidades en metodología de formación y conocimientos técnicos.

4.   Descripción de las acciones

Resultado 1: los funcionarios de aduanas cuentan con capacidades reforzadas para detectar e interceptar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en la región de la LEA, así como para informar sobre cuestiones relacionadas con este.

El resultado 1 pretende aprovechar los progresos realizados en las fases anteriores y permitir la acreditación definitiva de los formadores expertos en armas pequeñas y ligeras certificados por la OMA en toda la región de la LEA. Un pequeño grupo de funcionarios de aduanas formado en las fases 1 y 2 participará impartiendo sesiones de formación nacionales en los países de la LEA, poniendo en práctica las capacidades metodológicas y técnicas adquiridas en fases anteriores del proyecto.

Al impartir las sesiones de formación, estos funcionarios obtendrán una acreditación de la OMA reconocida en todo el mundo, como parte de su programa de formadores acreditados. Una vez acreditados, los formadores pueden impartir formaciones nacionales bajo los auspicios de la OMA dentro o fuera de la región de la LEA. Se pedirá a estos formadores que apoyen el desarrollo de planes de estudios nacionales en sus respectivos países, con lo que se contribuirá en mayor medida a la sostenibilidad de la iniciativa.

Los resultados y las actividades incluirán:

1.1.

La realización de hasta doce actividades nacionales de formación presencial sobre armas pequeñas y ligeras para las administraciones miembros de la OMA con el fin de reforzar la capacidad de controlar la circulación de armas pequeñas y ligeras ilícitas en la frontera. Estas sesiones de formación se dirigen a países solicitantes de formación que no recibieron formación nacional previa durante las fases 1 y 2 (formación inicial) o que se considera que presentan el mayor riesgo de actividades ilícitas relacionadas con las armas pequeñas y ligeras, o que requieren formación avanzada.

1.2.

La organización de hasta seis talleres temáticos regionales de uno o dos días de duración que presenten temas específicos de gran interés para los Estados miembros de la LEA. Los talleres deben centrarse en ámbitos que presenten necesidades específicas para el desarrollo de capacidades (por ejemplo, la identificación de componentes de armas pequeñas y ligeras), la sensibilización (por ejemplo, el uso de la impresión 3D en la fabricación ilícita de armas pequeñas y ligeras) y el intercambio de información (por ejemplo, las mejores prácticas de gestión de riesgos para las armas pequeñas y ligeras). Los foros en línea permitirán la participación de funcionarios de los Estados miembros de la LEA —incluidos los que se encuentran en zonas alejadas— y posibilitarán un impacto y una apropiación regional mayores.

1.3.

El recurso a sesiones de formación inicial para completar el proceso de acreditación de formadores en materia de armas pequeñas y ligeras previamente acreditados por la OMA, que comenzó en la fase 2.

1.4.

La participación en actividades dirigidas por otros socios ejecutantes.

1.5.

La disponibilidad de pericia técnica de la OMA, a demanda, para asesorar a los Estados miembros de la LEA sobre la actualización de sus planes de estudios nacionales para la formación sobre armas pequeñas y ligeras.

Resultado 2: las fuerzas y cuerpos de seguridad disponen de capacidades reforzadas para investigar y cooperar eficazmente en asuntos de proliferación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras en la región de la LEA.

El resultado 2 pretende aumentar la eficacia de los flujos de trabajo nacionales en los que participan varias fuerzas y cuerpos de seguridad nacionales, que son necesarios para recopilar, tratar y compartir información sobre armas de fuego ilícitas. Esta eficacia mejorará las investigaciones sobre el tráfico ilícito de armas de fuego y mejorará la cooperación policial internacional y entre organismos en materia de delincuencia organizada.

Interpol aprovechará la fuerza de la red de expertos y formadores desarrollada en las fases 1 y 2. El personal seleccionado como formador en la fase 2 habrá obtenido su acreditación y participará impartiendo sesiones de formación nacionales avanzadas en los países de la LEA durante la fase 3 para poner en práctica las capacidades metodológicas y técnicas adquiridas en las fases anteriores.

En el caso de los países que soliciten una cooperación más en profundidad, los expertos formados durante las fases anteriores participarán directamente en la creación y puesta en marcha de un grupo de trabajo nacional sobre armas de fuego destinado a mejorar la recopilación, el tratamiento y el intercambio de datos relacionados con las armas de fuego a nivel nacional. Este paso será decisivo a la hora de evaluar las capacidades de los países para aplicar más eficazmente el Protocolo de actuación tras el hallazgo de armas de fuego de Interpol y cooperar activamente a nivel regional e internacional en cuestiones relacionadas con las armas de fuego. El Protocolo de actuación tras el hallazgo de armas de fuego es una guía de Interpol para descubrir el tráfico de armas de fuego. Abarca tanto el componente de represión como el de policía científica, con el objetivo de que ambas partes compartan información para resolver el tráfico de armas de fuego.

Para lograr este resultado, Interpol se centrará en los siguientes productos finales:

2.1.

La comprensión, por parte de los altos funcionarios de los países, de las amenazas del tráfico de armas de fuego y los beneficios de un grupo de trabajo nacional sobre armas de fuego.

2.2.

La elaboración y adopción, por parte de los países, de los mandatos de los grupos de trabajo nacionales sobre armas de fuego.

2.3.

La formación de las instituciones nacionales y los grupos de trabajo nacionales sobre armas de fuego acerca del Protocolo de actuación tras el hallazgo de armas de fuego de Interpol y de los instrumentos de Interpol para la cooperación internacional en asuntos relacionados con las armas de fuego.

2.4.

El apoyo operativo a los grupos de trabajo nacionales sobre armas de fuego (las pistas de inteligencia son generadas por el grupo de trabajo nacional sobre armas de fuego con el apoyo de Interpol).

Las actividades incluirán:

Hasta diez despliegues en el país para apoyar la evaluación y el desarrollo de las capacidades necesarias para aplicar el Protocolo de actuación tras el hallazgo de armas de fuego de Interpol.

Hasta cinco sesiones de formación en profundidad dirigidas por formadores de Interpol para ayudar a los países a desarrollar capacidades nacionales a fin de recopilar, preparar y compartir información relacionada con las armas de fuego.

Hasta cinco sesiones de formación nacionales dirigidas por formadores nacionales cualificados que podrán impartir formación nacional bajo los auspicios de Interpol.

Apoyo de mentoría a los países para la creación de grupos de trabajo nacionales sobre armas de fuego, prestado a través de actividades subregionales de desarrollo de capacidades o del despliegue nacional para la formación en el lugar de trabajo.

Un taller sobre el intercambio de las mejores prácticas en materia de técnicas de investigación de armas de fuego y análisis de la inteligencia relacionada con las armas de fuego, que se celebrará en el marco de un acto regional organizado conjuntamente con otros socios ejecutantes.

La participación en actividades dirigidas por otros socios ejecutantes, como foros temáticos en línea o sesiones de formación presenciales.

Resultado 3: los cuerpos militares y de seguridad cuentan con capacidades reforzadas para concebir y aplicar sistemas seguros y protegidos de gestión de arsenales de armas pequeñas y ligeras y sus municiones en la región de la LEA.

El resultado 3 pretende basarse en el enfoque desarrollado en la fase 2. El trabajo se centrará en el desarrollo de capacidades avanzadas a nivel nacional para fomentar y promover la transferencia sostenible de capacidades a las personas en formación. Al mismo tiempo, el SAS seguirá desarrollando e impartiendo paquetes adaptados de formación inicial y avanzada nacionales sobre gestión y seguridad de los arsenales.

A diferencia de los otros dos resultados en los que Interpol y la OMA pueden enlazar actividades de los proyectos con programas de formación mundiales para operadores especializados y formadores con un sistema de acreditación establecido, no existe ningún equivalente a nivel multilateral en el ámbito de la gestión de arsenales.

Por este motivo, el SAS definirá, evaluará y propondrá opciones concretas para un proceso de certificación de los participantes seleccionados a nivel de experto o formador, y garantizará que los recursos clave se traduzcan al árabe y se pongan a disposición del público pertinente. Estas actividades contribuirán al planteamiento de sostenibilidad deseado.

Los productos finales y las actividades incluirán:

3.1.

La impartición de hasta cuatro paquetes de formación inicial nacionales de una semana de duración. Si la demanda de formación inicial es inferior a la esperada, los recursos restantes se asignarán a paquetes de formación avanzada.

3.2.

El desarrollo y la impartición de hasta seis paquetes de formación en profundidad nacionales, adaptados, de dos semanas.

3.3.

La traducción al árabe de los recursos temáticos clave, entre ellos el material de formación de la fase 3. Esta actividad también puede incluir la producción de material en árabe para los medios sociales, según sea necesario.

3.4.

La realización de un análisis de las posibilidades de facilitar o apoyar la integración de la gestión y la seguridad de los arsenales en los planes de estudios nacionales, con las correspondientes opciones de certificación nacionales e internacionales. También deben evaluarse los enfoques regionales.

3.5.

La celebración de un último acto regional de clausura, en colaboración con la Secretaría de la LEA, la OMA e Interpol. La sesión de clausura, que tendrá lugar en El Cairo al final de la fase 3, brindará a los países participantes la posibilidad de evaluar los principales resultados de esta fase e intercambiar las mejores prácticas en los ámbitos esenciales cubiertos.

3.6.

La realización de hasta diez visitas de intervención nacionales para fomentar la aceptación y la apropiación nacional, en estrecha coordinación con los demás socios ejecutantes.

3.7.

La participación en hasta cinco actividades dirigidas por otros socios ejecutantes, como foros temáticos en línea o durante sesiones de formación nacional presenciales.

3.8.

La realización de hasta dos sesiones de aprendizaje de «pausa y reflexión» aplicadas por todos los socios (véase la sección 5 a continuación).

3.9.

Reuniones periódicas virtuales y hasta tres reuniones presenciales de planificación y coordinación de proyectos para garantizar que el proyecto siga siendo pertinente y eficaz.

5.   Seguimiento, evaluación y aprendizaje

Como coordinador del proyecto, el SAS garantizará la coherencia del enfoque de seguimiento, evaluación y aprendizaje de la iniciativa. Incorporará mecanismos prácticos para aprender a lo largo del ciclo de vida del proyecto y contribuirá a los ajustes programáticos si se presenta la necesidad. El enfoque de seguimiento, evaluación y aprendizaje incluirá el seguimiento rutinario y continuo de los procesos (por ejemplo, el aprendizaje de ciclo corto), así como sesiones de aprendizaje de «pausa y reflexión» intermedias o anuales, a fin de asegurar que se tengan en cuenta las perspectivas externas a lo largo del ciclo de vida del proyecto y limitar la complejidad de algunas de las características del entorno operativo. Además, hacia el final del proyecto se llevará a cabo una evaluación externa.

Formularios de opiniones sobre el evento: al celebrar los actos en línea y presenciales, el equipo del proyecto pedirá y recogerá las opiniones de los participantes para mantener un análisis y una programación de alta calidad que respondan a las necesidades de las partes interesadas. Se espera que los datos resultantes sean cuantitativos, principalmente, y se presten a agregación en todas las actividades de los proyectos.

Rondas de seguimiento semestrales: el equipo del SAS consolidará los datos de seguimiento de los tres socios ejecutantes hasta dos veces al año en cuanto a productos finales y resultados. Estas sesiones se centrarán en el contexto, la pertinencia, el rendimiento, los supuestos y los riesgos. Un miembro del equipo del proyecto documentará estas sesiones y podrá contar con el apoyo del asesor del SAS para el enfoque de seguimiento, evaluación y aprendizaje. Estas sesiones podrán permitir que el equipo del proyecto debata lo siguiente:

evolución contextual: qué factores contextuales afectaron a la intervención y su pertinencia o influyeron en el programa de realización del proyecto en los seis últimos meses;

rendimiento: qué progresos se lograron en cuanto a productos finales y resultados; y

eficiencia: si se logró la eficiencia a través de los gastos, los planes de trabajo, los recursos y la gestión interna del equipo.

Las sesiones de pausa y reflexión, que se incorporarán a los informes de situación anuales: el SAS efectuará dos revisiones internas del proyecto (posiblemente durante la reunión anual de coordinación —presencial—, que dejará también espacio para la pausa y la reflexión). Las sesiones de pausa y reflexión consistirán en una revisión relajada, estructurada e introspectiva. Reconociendo la complejidad del entorno en el que se llevará a cabo el proyecto, las sesiones de pausa y reflexión incluirán consultas con el Departamento para el Control de los Armamentos y el Desarme de la Secretaría de la LEA, Interpol y la OMA, así como las opiniones de algunos de los participantes en la formación a nivel nacional para aportar perspectivas diversas y fomentar la transparencia y la rendición de cuentas.

Las modalidades de la participación pueden variar e incluir sesiones de grupo en línea con socios externos del proyecto y entrevistas bilaterales de informantes clave. Estas sesiones se prestarán a informes de aprendizaje que recojan los resultados emergentes y las recomendaciones de adaptación, en caso necesario. Dichos informes de aprendizaje se compartirán con todos los socios del proyecto y se incorporarán a los informes anuales del proyecto.

6.   Disposiciones de asociación

La fase 3 del proyecto se ejecutará en colaboración con el Departamento para el Control de los Armamentos y el Desarme de la Secretaría de la LEA en el marco del Diálogo Estratégico UE-LEA sobre Armas de Destrucción Masiva, Armas Pequeñas y Ligeras y Control de Armas. La asociación con la Secretaría de la LEA y el apoyo resuelto y continuo de esta siguen siendo fundamentales para que el proyecto prosiga satisfactoriamente. Durante la fase 2, el Departamento para el Control de los Armamentos y el Desarme de la Secretaría de la LEA organizó dos reuniones regionales y asistió a la mayoría de los actos de formación nacionales y en profundidad. En la fase 3, el Departamento para el Control de los Armamentos y el Desarme de la Secretaría de la LEA coorganizará las conferencias regionales y será invitado a asistir a actos de formación. También asistirá a una reunión de coordinación al año con los socios ejecutantes.

La fase 3 mantendrá las mismas disposiciones de aplicación que las dos fases anteriores. El SAS seguirá siendo el coordinador del proyecto, e Interpol y la OMA asumirán el liderazgo de sus respectivos ámbitos de especialización. Durante esta fase, las personas en formación de la OMA que iniciaron su acreditación como formadores durante la fase 2 deberán impartir módulos de formación nacionales para completar su plan de estudios. Por otra parte, Interpol trabajará con formadores y expertos nacionales acreditados para impartir módulos de formación presenciales y llevar a cabo otras actividades que apoyen la aplicación del Protocolo de actuación tras el hallazgo de armas de fuego. Por este motivo, el proyecto precisará que se agilice la ejecución de los tres componentes y se movilicen de manera más sistemática las redes existentes de la OMA y de Interpol en los países de la LEA, manteniendo al mismo tiempo informada a la Secretaría de la LEA de las actividades planificadas.

Esta asociación representa un modelo de cooperación complementario y temático en el ámbito del control de armas pequeñas. El proyecto aprovecha los conocimientos y la experiencia de cada socio ejecutante para ofrecer un programa exhaustivo en materia de conocimientos y de desarrollo de las capacidades que cubra los principales componentes del Programa de Acción, el Instrumento Internacional de Localización y el Marco Global para la Gestión de las Municiones. De este modo, el proyecto traduce los conceptos de cooperación internacional y multilateralismo, tal como se destaca en documentos como el Programa de Acción y la Estrategia de la UE para las Armas Pequeñas y Ligeras, en mejoras tangibles de capacidad y seguridad en la región de la LEA.

Para equilibrar la necesidad de aumentar la independencia operativa entre los tres socios ejecutantes, la celebración de reuniones periódicas de coordinación y planificación entre los socios ejecutantes y el Departamento para el Control de los Armamentos y el Desarme de la Secretaría de la LEA permitirá lograr coherencia y eficiencia en la información, la puesta en común, la planificación y la ejecución de las actividades del proyecto. Las agencias ejecutivas, por ejemplo, coordinarán su intervención y sus puntos de vista con los países que soliciten el apoyo del proyecto. Además, los socios ejecutantes mantendrán actividades conjuntas en los ámbitos temáticos comunes, cuando sea posible.

Los socios ejecutantes también se coordinarán con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que trabajen en los Estados miembros de la LEA así como con cualquier programa de la UE que tenga allí presencia, con el fin de asegurarse de que todas la actividades que se lleven a cabo en el marco del proyecto se inspiren en las iniciativas existentes y las complementen. El presente proyecto ha aprovechado el apoyo prestado por la UE en los últimos años al desarrollo y la ejecución del Sistema de Interpol para la Gestión de los Registros y el Rastreo de Armas Ilícitas (iARMS), el componente principal de la oferta de formación UE-LEA de Interpol.

En caso necesario, y en función de la disponibilidad de financiación, el SAS podrá colaborar con otras organizaciones especializadas para ayudar en la aplicación de componentes específicos del proyecto en coordinación con el Departamento para el Control de los Armamentos y el Desarme de la Secretaría de la LEA. Según las necesidades y las preferencias de los Estados miembros de la LEA, otras organizaciones, entre ellas organizaciones de la sociedad civil y determinadas agencias especializadas de la LEA, podrían contribuir también a la ejecución del proyecto.

Los socios ejecutantes también tomarán las medidas oportunas para garantizar la proyección pública del proyecto en consonancia con las directrices de la Unión Europea.

7.   Duración

Se espera que el proyecto dure 36 meses: desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2027.

La fase operativa durará 33 meses, y los últimos tres meses del proyecto se dedicarán a las obligaciones de información.

 

(1)  Naciones Unidas, Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Nueva York, 2015. A/RES/70/1.

(2)  Naciones Unidas, Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Nueva York, 2015. A/RES/70/1.

(3)  Consejo de la UE (Unión Europea), Declaración de la cumbre de Sharm el-Sheij, apartado 12, 25 de febrero de 2019.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Armas
  • Comercio
  • Delincuencia organizada
  • Financiación comunitaria
  • Liga de Estados Árabes
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Política Exterior y de Seguridad Común

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