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Documento DOUE-L-2021-81317

Decisión (PESC) 2021/1726 del Consejo de 28 de septiembre de 2021 en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes - Fase II.

Publicado en:
«DOUE» núm. 344, de 29 de septiembre de 2021, páginas 7 a 16 (10 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-81317

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras (APAL) ilícitas y su munición de 2018, titulada «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos» (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE para las APAL»), establece que la Unión concede especial importancia a la cooperación regional como medio eficaz de control de las armas pequeñas y ligeras.

(2)

La Estrategia de la UE para las APAL señala que la Unión seguirá apoyando la cooperación y la asistencia para la aplicación del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos de las Naciones Unidas (en lo sucesivo, «Programa de Acción»).

(3)

De conformidad con la Estrategia de la UE para las APAL, el apoyo de la Unión a la aplicación del Programa de Acción incluirá la recogida y destrucción de los excedentes de APAL y sus municiones, la seguridad física y la gestión de los arsenales de APAL y sus municiones, el desarrollo de capacidades para el marcado, el registro y la localización, el desarrollo de capacidades para el control de las exportaciones de armamento, el desarrollo de capacidades de las fuerzas y cuerpos de seguridad en la lucha contra el tráfico ilícito, el apoyo a la supervisión del embargo de armas y la localización de armas desviadas.

(4)

En lo que respecta a Oriente Medio y África del Norte, la Estrategia de la UE para las APAL señala que la Unión seguirá apoyando el desarrollo de capacidades de las fuerzas y cuerpos de seguridad en relación con la seguridad física y la gestión de los arsenales, la destrucción de excedentes y la documentación y localización de APAL ilícitas.

(5)

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, adoptada el 25 de septiembre de 2015, afirma que la lucha contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras es necesaria para alcanzar numerosos objetivos, en particular los relacionados con la paz, la justicia y la solidez institucional, la reducción de la pobreza, el crecimiento económico, la salud, la igualdad de género y la seguridad de las ciudades y las comunidades.

(6)

En su Agenda para el Desarme titulada «Asegurar nuestro futuro común», que se activó el 24 de mayo de 2018, el secretario general de las Naciones Unidas propugna un planteamiento integrado y participativo para el control de armas pequeñas a escala nacional y, en algunos casos, a escala subregional.

(7)

En la tercera Conferencia de las Naciones Unidas para examinar los progresos alcanzados en la ejecución del Programa de Acción, celebrada en junio de 2018, los Estados miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a reforzar, según proceda, las alianzas y la cooperación en todos los niveles en la prevención y la lucha contra el tráfico ilícito de APAL, en particular en materia de control de fronteras, seguridad física y gestión de arsenales, destrucción y eliminación, marcado, registro y localización, y corretaje ilícito. Los Estados miembros de las Naciones Unidas se comprometieron asimismo a reforzar la cooperación con las organizaciones subregionales y regionales pertinentes para reforzar la aplicación del Programa de Acción y del Instrumento Internacional de Localización.

(8)

 

(9)

La Liga de los Estados Árabes (LEA) es una organización regional que reúne a todos los países árabes con el fin de promover y reforzar la cooperación entre sus miembros.

 

En 2016, la Unión y la LEA iniciaron el diálogo estratégico UE-LEA y crearon una serie de grupos de trabajo.

(10)

 

(11)

El Grupo de Diálogo Estratégico sobre Armas de Destrucción Masiva y Controles de Armas ha definido una serie de ámbitos prioritarios en los que se podría establecer una cooperación concreta.

 

La Unión, mediante la Decisión (PESC) 2018/1789 del Consejo (1), apoyó la fase I de un proyecto en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de APAL en los Estados miembros de la LEA, y desea ahora apoyar la fase II de dicho proyecto.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   Con el fin de apoyar a los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes (LEA) en la ejecución a escala nacional del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras ilícitas en todos sus aspectos de las Naciones Unidas y el Instrumento Internacional de Localización, la Unión perseguirá los siguientes objetivos:

— desarrollar de manera sostenible las capacidades nacionales de los Estados miembros de la LEA para luchar contra la proliferación ilícita de armas pequeñas y ligeras (APAL), combatir el terrorismo y mejorar la seguridad después de un conflicto, respetando plenamente las normas internacionales en materia de derechos humanos,

— desarrollar de manera sostenible la capacidad regional de la LEA para hacer frente a esos mismos retos,

— reforzar el control nacional, por parte de los Estados miembros de la LEA, de las APAL en las etapas clave de su ciclo de vida,

— mejorar el intercambio de las mejores prácticas y de las conclusiones extraídas.

2.   A fin de alcanzar los objetivos enumerados en el apartado 1, la Unión, en virtud de la presente Decisión, respaldará acciones en los siguientes ámbitos:

— control internacional de las transferencias de APAL (lucha contra los flujos ilícitos de armas),

— localización y desarticulación de las fuentes de armas pequeñas ilícitas (desarrollo de las capacidades de los cuerpos o fuerzas de seguridad),

— otras medidas relacionadas con el control de las armas pequeñas, como la gestión de arsenales, el control de los suministros conexos y la seguridad,

— desarme, desmovilización y reintegración,

— suministro de información relativa a las APAL ilícitas y refuerzo del control de las APAL.

3.   En el anexo de la presente Decisión figura una descripción pormenorizada del proyecto mencionado en los apartados 1 y 2.

Artículo 2

1.   El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») será responsable de la aplicación de la presente Decisión.

2.   La ejecución técnica del proyecto a que se refiere el artículo 1 correrá a cargo del centro de investigación Small Arms Survey (SAS), representado por el Instituto de Altos Estudios Internacionales y de Desarrollo, con la asistencia de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) y la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y en estrecha colaboración con la Secretaría de la LEA.

3.   El SAS, con la asistencia de Interpol y la OMA, desempeñará sus funciones bajo la responsabilidad del Alto Representante. A tal fin, el Alto Representante suscribirá los acuerdos necesarios con el SAS.

Artículo 3

1.   El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto financiado por la Unión a que se refiere el artículo 1 será de 5 991 726 EUR.

2.   Los gastos financiados con cargo al importe de referencia especificado en el apartado 1 se administrarán con arreglo a las normas y los procedimientos aplicables al presupuesto de la Unión.

3.   La Comisión supervisará la correcta administración de los gastos a que se refiere el apartado 2. A tal efecto celebrará el acuerdo necesario con el SAS. En dicho acuerdo se estipulará que el SAS deberá dar a las contribuciones de la Unión una publicidad acorde con sus dimensiones.

4.   La Comisión procurará celebrar el acuerdo a que se refiere el apartado 3, lo antes posible tras la entrada en vigor la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad con este proceso, así como de la fecha de celebración del acuerdo.

Artículo 4

1.   El Alto Representante informará al Consejo sobre la aplicación de la presente Decisión basándose en los informes trimestrales elaborados por el SAS.

2.   La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto a que se refiere el artículo 1.

Artículo 5

1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

2.   La presente Decisión expirará treinta y seis meses después de la celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 3, apartado 3. Sin embargo, expirará seis meses después de la fecha de su entrada en vigor si no se celebrase ningún acuerdo dentro de ese plazo.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2021.

Por el Consejo

La Presidenta

S. KUSTEC

(1)  Decisión (PESC) 2018/1789 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes (DO L 293 de 20.11.2018, p. 24).

ANEXO
DOCUMENTO DE PROYECTO

Proyecto en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes (segunda fase, 2021-2024) – HR(2021) 125

Contexto

Este proyecto (segunda fase del proyecto UE-LEA) se apoyará en los esfuerzos ya realizados por la Liga de los Estados Árabes (LEA) y la Unión, en particular durante la primera fase del proyecto (2019-2021), para ayudar a los Estados miembros de la LEA en la lucha contra las armas pequeñas y ligeras (APAL) ilícitas en la región árabe (1).

El Grupo sobre Armas de Destrucción Masiva y Controles de Armas en el marco del diálogo estratégico UE-LEA definió una serie de ámbitos prioritarios en los que se podría establecer una cooperación concreta. La primera fase del proyecto UE-LEA ha mejorado el intercambio de las mejores prácticas y de las conclusiones extraídas en estos ámbitos a través de una serie de reuniones regionales y subregionales. También ha proporcionado a los Estados miembros de la LEA una formación práctica concebida para desarrollar de manera sostenible la capacidad nacional y regional (de la LEA) con objeto de hacer frente a los retos que suponen las APAL ilícitas, especialmente en los ámbitos prioritarios.

En el período anterior a la pandemia del SARS-CoV-2, se celebraron la reunión preparatoria (El Cairo, junio de 2019) y el primer taller subregional (Abu Dabi, febrero de 2020) del proyecto. También se llevaron a cabo tres misiones de evaluación de las necesidades entre noviembre y diciembre de 2019, que sentaron las bases de los programas de formación en el país que se desarrollaron en Abu Dabi (Emiratos Árabes Unidos) y Rabat (Marruecos) en enero y febrero de 2020.

Con el inicio de la pandemia, en marzo de 2020, las actividades de formación del proyecto comenzaron a impartirse en línea. A 30 de abril de 2021, el proyecto había impartido formación en línea a seis Estados miembros de la LEA, y estaba prevista formación en línea adicional, en particular el seguimiento de la formación, para mayo o junio de 2021. También se habían iniciado debates para garantizar que el segundo (y último) taller subregional y la reunión regional de clausura del proyecto se celebraran en línea antes de la finalización de la primera fase el 31 de julio de 2021.

Los funcionarios de los Estados miembros de la LEA que han participado en las reuniones y los programas de formación del proyecto han expresado sistemáticamente unos altos niveles de satisfacción con estas actividades; una proporción elevada de los participantes en los programas de formación señalaron que esperaban utilizar en su labor diaria la información y los conocimientos especializados compartidos a lo largo del programa.

La segunda fase del proyecto consolidará y reforzará las bases establecidas durante la primera fase. Se continuarán, ampliarán y profundizarán los esfuerzos de desarrollo de capacidades iniciados en la primera fase a fin de garantizar la sostenibilidad a largo plazo. Los Estados miembros de la LEA que no hayan recibido formación durante la primera fase del proyecto pueden obtenerla en la segunda fase y los que deseen desarrollar las capacidades adquiridas durante la primera fase recibirán el apoyo necesario durante la segunda. Además, por primera vez, el proyecto convocará actividades de formación en toda la región que permitirán a los Estados miembros de la LEA reforzar la capacidad nacional de formación en materia de control de las APAL (actividades de formación de formadores).

La reducción y la erradicación de las armas pequeñas ilícitas en la región árabe sigue siendo fundamental a la hora de dominar todas las formas de violencia y promover el desarrollo sostenible y la prosperidad en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, tanto en la región árabe como en las regiones vecinas, incluida Europa. Más concretamente, el proyecto tiene por objetivo reforzar la capacidad de los Estados miembros de la LEA de ejecutar el Programa de Acción para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos (en lo sucesivo, el «Programa de Acción

El marco normativo del proyecto también incluye la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, especialmente el objetivo 16.4, y la Resolución 2370 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, encaminada evitar la adquisición de armas por terroristas. Al mismo tiempo, el proyecto concreta el compromiso de tomar medidas concertadas contra el tráfico de armas ilícitas, incluido en la Declaración de la Cumbre UE-LEA de Sharm el-Sheij del 25 de febrero de 2019.

Según las preferencias del Estado miembro de la LEA que ejerza de anfitrión, el Protocolo sobre Armas de Fuego y el Tratado sobre el Comercio de Armas de Naciones Unidas también podrían servir de referencia para los esfuerzos de desarrollo de las capacidades relacionados con el proyecto (control de las exportaciones e importaciones, prevención de los desvíos, etc.).

Objetivos del proyecto y sostenibilidad a largo plazo

Al igual que en la primera fase, la segunda fase del proyecto tiene como propósito fundamental reforzar de manera sostenible la capacidad de los Estados miembros de la LEA para ejecutar el Programa de Acción y el Instrumento Internacional de Localización, también a efectos de la lucha contra las armas pequeñas ilícitas y el terrorismo, de acuerdo con las prioridades y las necesidades definidas por los Estados miembros de la LEA. Para conseguir este fin, el proyecto tiene los objetivos principales siguientes:

a) desarrollar de manera sostenible la capacidad nacional de los Estados miembros de la LEA para luchar contra la proliferación ilícita de APAL y contra el terrorismo, y mejorar la seguridad después de un conflicto;

b) desarrollar de manera sostenible la capacidad regional de la LEA para hacer frente a esos mismos retos;

c) reforzar el control nacional, por parte de los Estados miembros de la LEA, de las APAL en las etapas clave de su ciclo de vida; así como

d) mejorar el intercambio de las mejores prácticas y de las conclusiones extraídas.

Las consultas con los Estados miembros de la LEA indican que desean asistencia y apoyo en ámbitos específicos, especialmente para el desarrollo de la capacidad nacional en materia de lucha contra los movimientos ilícitos de armas (véase la siguiente sección para más detalles). Todos los componentes del proyecto están efectivamente concebidos para garantizar que el proyecto aporte capacidad sostenible a los destinatarios, a saber, los organismos gubernamentales y los funcionarios de los Estados miembros de la LEA, así como la Secretaría de la LEA (Departamento para el Control de los Armamentos y el Desarme).

Descripción de las acciones

El proyecto de la Unión relativo la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de APAL en los Estados miembros de la LEA (segunda fase, 2021-2024) se ha concebido para responder a las necesidades que han expresado los Estados miembros de la LEA en los siguientes ámbitos prioritarios:

Ámbito 1:

Control internacional de las transferencias de APAL (lucha contra los movimientos ilícitos de armas)

 

1.1.

Licencias para la exportación, importación o tránsito y control (evaluación de riesgos, etc.)
 

1.2.

Prevención del desvío de APAL a destinatarios no autorizados
 

1.3.

Detección de APAL, y de sus piezas, durante las inspecciones de mercancías y carga transportadas (métodos de inspección, técnicas y equipos, etc.)

Ámbito 2:

Localización y desarticulación de las fuentes de armas pequeñas ilícitas (desarrollo de las capacidades de los cuerpos o fuerzas de seguridad)

 

2.1.

Control de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas, con inclusión de las transferencias de tecnología
 

2.2.

Marcado, registro y localización
 

2.3.

Técnicas y métodos adicionales para investigaciones e inspecciones en materia de armamento (uso de información balística, localización y desarticulación de las rutas y métodos de tráfico, etc.)

Ámbito 3:

Otras medidas relativas al control de las armas pequeñas

 

3.1.

Gestión y seguridad de los arsenales

Ámbito 4: Desarme, desmovilización y reintegración (DDR)

 

4.1.

Intercambio de conocimientos, mejores prácticas y lecciones extraídas en materia de DDR
 

4.2.

Asistencia para la concepción de los programas nacionales de DDR
 

4.3.

Otras formas de apoyo a los Estados de la LEA en la fase posterior a un conflicto

Cabe señalar que, si bien este componente ha sido solicitado por algunos Estados miembros de la LEA, ha despertado menor interés general que los demás ámbitos mencionados en la presente sección. Por lo tanto, el proyecto no se centra en él.

Ámbito 5:

Suministro de información pertinente sobre APAL ilícitas y el refuerzo del control de dichas armas

 

5.1.

Evaluación de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros de la LEA; asesoramiento sobre posibles modificaciones y revisiones
 

5.2.

Traducción al árabe de publicaciones científicas, estudios publicados y otros documentos.

A efectos de responder a las necesidades referidas anteriormente, el proyecto incluirá los elementos siguientes:

1.  Coordinación regional: reunión preparatoria en El Cairo

2. Coordinación regional: dos talleres regionales

3. Coordinación regional: reunión de clausura en El Cairo

4. Formación nacional

5. Formación regional

6. Apoyo del proyecto para el desarrollo de planes de estudio de formación nacional

7. Ayuda del proyecto en las operaciones nacionales conjuntas sobre el terreno

8. Suministro de información en árabe

9. Reuniones de coordinación del proyecto

10. Seguimiento y evaluación del proyecto (incluida una auditoría financiera)

1.   Coordinación regional:reunión preparatoria en El Cairo

 

1.1.

Objetivo: dar a conocer el proyecto; analizar la primera fase y determinar las lecciones pertinentes para la segunda fase; sentar las bases para las actividades de la segunda fase (intensificar los contactos con los Estados miembros de la LEA, determinar las prioridades nacionales específicas e iniciar la planificación de las actividades de la segunda fase, en particular, la formación) (ámbitos prioritarios 1 a 5).
 

1.2.

Actividades: reunión preparatoria de tres días en la sede de la LEA en El Cairo dedicada a todos los aspectos del proyecto (ámbitos prioritarios 1 a 5) y dirigida a los altos funcionarios de los Estados miembros de la LEA y al personal de la LEA responsable de las cuestiones relacionadas con el proyecto.
 

1.3.

Resultados de la acción: exposición pormenorizada de todos los aspectos del proyecto; determinación de las lecciones pertinentes para la fase 2; refuerzo de los contactos con los Estados miembros de la LEA; determinación de prioridades nacionales específicas; inicio de la planificación de la segunda fase; elaboración de un informe resumido sobre la reunión.

2.   Coordinación regional: dos talleres regionales

 

2.1.

Objetivo: mejorar el intercambio de las mejores prácticas y de las conclusiones extraídas iniciado en la primera fase del proyecto y determinar las prioridades nacionales y regionales en ámbitos relacionados con el proyecto (ámbitos prioritarios 1 a 5).
 

2.2.

Actividades: dos talleres de cuatro días celebrados en distintas capitales árabes (fechas previstas: primera mitad de 2022 y segunda mitad de 2023). Entre los posibles temas se incluyen la legislación nacional sobre el control de las armas (ámbito prioritario 5.1) y los temas abordados en el marco del ciclo de reuniones del Programa de Acción y del Instrumento Internacional de Localización.
 

2.3.

Resultados de la acción: intercambio de las mejores prácticas y las lecciones extraídas en los ámbitos relacionados con el proyecto; determinación de las prioridades nacionales y regionales en los mismos ámbitos; elaboración de un informe resumido sobre el taller.

3.   Coordinación regional: reunión de clausura en El Cairo

 

3.1.

Objetivo: evaluar la segunda fase del proyecto y planificar la cooperación futura (ámbitos prioritarios 1 a 5).
 

3.2.

Actividades: una reunión de dos días en la sede de la LEA en El Cairo al final del proyecto, dirigida a los altos funcionarios de los Estados miembros de la LEA y al personal de la LEA responsable de las cuestiones relacionadas con el proyecto.
 

3.3.

Resultados de la acción: debate y evaluación de la segunda fase del proyecto; planificación de la cooperación futura en materia de control de las armas pequeñas; elaboración de un informe resumido sobre la reunión.

4.   Formación nacional

 

4.1.

Objetivo: desarrollar de manera sostenible las capacidades en materia de control de las armas pequeñas del Estado miembro anfitrión de la LEA, de conformidad con los intereses y las necesidades de dicho Estado (ámbitos prioritarios 1 a 4).
 

4.2.

Actividades: hasta 154 días de formación nacional por cada agencia ejecutiva, que incluirá una oferta de posibles programas que los Estados miembros de la LEA podrán seleccionar de conformidad con sus prioridades y necesidades y confirmar a través de una comunicación oficial a la Secretaría de la LEA [véanse las letras a) a d) a continuación]. De los 154 días de formación nacional, 94 se impartirán en línea y 60 en el país (por ejemplo, 12 actividades de 5 días).

A la hora de dar curso a las solicitudes de formación específicas, las agencias ejecutivas, en colaboración con la Secretaría de la LEA, deberán dar prioridad a los contactos a distancia con los gobiernos de la LEA (por teléfono, correo electrónico y videoconferencias en línea).

En el marco de la oferta de formación nacional, las agencias ejecutivas ofrecerán los siguientes tipos de programas (lista no exhaustiva):

a) cursos introductorios de entre dos y cinco días (en línea);

b) actividades de formación nacionales que complementen las realizadas en la primera fase como, por ejemplo:

— repeticiones de cursos para nuevos grupos de participantes;

— cursos de actualización;

— cursos que traten temas específicos en profundidad (de tres a cinco días) o una amplia gama de temas (más de cinco días); así como

— cursos especializados orientados a destinatarios determinados (por ejemplo, un curso de logística para los funcionarios que gestionan arsenales de armas y de municiones);

c) un curso para los nuevos participantes (curso de profundización, de diez días o más de duración, para los funcionarios que asumen responsabilidades relacionadas con las APAL); así como

d) un programa de formación en el país en un Estado de la LEA que no sea el beneficiario cuando no sea posible viajar a dicho país (dos actividades de cinco días cada una, incluidos el transporte y las comidas y alojamiento de los participantes).

Cabe señalar que, en su caso, el proyecto aplicará un enfoque de aprendizaje mixto (híbrido) en sus actividades de formación, que combinará el uso de recursos en línea con la formación presencial y en línea.

 

4.3.

Resultados de la acción: el impacto de las actividades nacionales de formación se evaluará tanto al final de la actividad como varios meses después, con el fin de determinar en qué medida se han cumplido los objetivos del proyecto en materia de desarrollo de capacidades.

5.   Formación regional

 

5.1.

Objetivo: desarrollar de manera sostenible las capacidades en materia de control de las armas pequeñas de los Estados miembros participantes de la LEA, en particular las capacidades en materia de formación (ámbitos prioritarios 1 a 4).
 

5.2.

Actividades: hasta cuarenta días de formación presencial, por cada agencia ejecutiva, para los participantes de varios Estados miembros de la LEA al mismo tiempo, incluidas actividades de formación de formadores (cuatro actividades de cinco o diez días cada una, por cada agencia ejecutiva, desarrolladas en un Estado miembro de la LEA).

Cabe señalar que, en su caso, el proyecto aplicará un enfoque de aprendizaje mixto (híbrido) en sus actividades de formación, que combinará el uso de recursos en línea con la formación presencial y en línea.

 

5.3.

Resultados de la acción: el impacto de las actividades regionales de formación se evaluará, tanto al final de la actividad como varios meses después, con el fin de determinar en qué medida se han cumplido los objetivos del proyecto en materia de desarrollo de capacidades.

6.   Apoyo del proyecto para el desarrollo de planes de estudio de formación nacional

 

6.1.

Objetivo: reforzar la responsabilización a nivel nacional y la sostenibilidad a largo plazo de las actividades de formación del proyecto (ámbitos prioritarios 1 a 4).
 

6.2.

Actividades: previa petición, las agencias ejecutivas respaldarán el desarrollo de planes de estudio de formación nacional a través de la prestación de los conocimientos especializados y la documentación pertinentes.
 

6.3.

Resultados de la acción: el impacto del apoyo del proyecto al desarrollo de planes de estudio de formación nacional se evaluará, tanto tras la conclusión de la intervención como varios meses después.

7.   Ayuda del proyecto en las operaciones nacionales conjuntas sobre el terreno

 

7.1.

Objetivo: comprobar y reforzar la adopción efectiva de la información transmitida durante las actividades de formación UE-LEA y, por ende, reforzar la sostenibilidad a largo plazo de la formación del proyecto (ámbitos prioritarios 1 a 4).
 

7.2.

Actividades: el proyecto facilitará la preparación, la realización y el análisis de dos operaciones conjuntas sobre el terreno realizadas con carácter voluntario por parte de las fuerzas de seguridad nacionales de los Estados miembros de la LEA. La preparación y el análisis de las operaciones conjuntas sobre el terreno correrán a cargo de las agencias ejecutivas y se llevarán a cabo en línea (dos actividades de dos días; el proyecto cubrirá los costes de la interpretación en árabe, inglés y francés de todas las actividades). Los Estados miembros de la LEA serán responsables de los aspectos operativos y financieros de la realización de las operaciones conjuntas sobre el terreno.
 

7.3.

Resultados de la acción: el impacto de las operaciones conjuntas sobre el terreno se evaluará tanto tras su finalización como varios meses después.

8.   Suministro de información en árabe

 

8.1.

Objetivo: satisfacer las necesidades de los Estados miembros de la LEA en materia de información independiente y fiable en árabe sobre armas pequeñas y violencia armada (ámbito prioritario 5).
 

8.2.

Actividades: traducción al árabe de publicaciones y documentos clave (informes publicados, directrices sobre mejores prácticas, etc.). Se podrían citar los ejemplos siguientes: nuevos documentos de la Unión sobre las APAL, el manual del SAS (siglas inglesas de Estudio sobre armas pequeñas) Gender-responsive Small Arms Control [Control de las armas pequeñas desde la perspectiva de género] y el capítulo relativo a la seguridad del informe anual Illicit Trade Report [Informe sobre el tráfico ilícito] de la OMA.
 

8.3.

Resultados de la acción: los resultados específicos incluirán la traducción de libros, informes y documentos informativos importantes así como otros documentos relacionados con las armas pequeñas, al igual que la producción de pódcast y de artículos de blogs en árabe. En términos generales, esta acción contribuirá a incrementar considerablemente la información independiente y fiable disponible en árabe sobre armas pequeñas y violencia armada, a partir de las bases establecidas en la primera fase del proyecto.

9.   Reuniones de coordinación del proyecto

 

9.1.

Objetivo: garantizar una coordinación y una planificación óptimas del proyecto.
 

9.2.

Actividades: reuniones presenciales en las sedes de las agencias ejecutivas de Bruselas, Ginebra y Lyon (tres reuniones en total) en las que se reúna a las tres agencias ejecutivas y a la Secretaría de la LEA, para debatir los desafíos y las prioridades del proyecto, así como los planes y las estrategias de ejecución.
 

9.3.

Resultados de la acción: elaboración de un breve informe que esboce los desafíos y las prioridades relacionadas con el proyecto, además de los planes y las estrategias de ejecución (un informe por reunión).

10.   Seguimiento y evaluación del proyecto

 

10.1.

Objetivo: asegurarse de que el proyecto haya alcanzado sus objetivos y que todos los gastos del proyecto correspondan al presupuesto acordado.
 

10.2.

Actividades: la segunda fase del proyecto consistirá en una evaluación interna y externa del impacto del proyecto. El personal del proyecto llevará a cabo la primera, con el apoyo del especialista en materia de seguimiento, evaluación y aprendizaje del SAS. Un consultor externo realizará la segunda, para lo que viajará a la reunión de clausura en El Cairo, a una selección de (cuatro) Estados de la LEA y a las sedes de las agencias ejecutivas. El proyecto también incluirá una auditoría financiera de conformidad con los requisitos de la Unión.
 

10.3.

Resultados de la acción: finalización de las evaluaciones interna y externa del impacto del proyecto; finalización de la auditoría financiera.

Agencias ejecutivas y asociaciones

La segunda fase del proyecto también se ejecutará en colaboración con la Secretaría de la LEA en el marco del diálogo estratégico UE-LEA sobre armas de destrucción masiva, APAL y control de armas. La Secretaría de la LEA organizó la reunión preparatoria de la primera fase del proyecto en El Cairo (Egipto) en julio de 2019. El personal de la Secretaría participó en dos de las misiones de evaluación de las necesidades realizadas por el proyecto entre noviembre y diciembre de 2019, así como en el primer taller subregional del proyecto, celebrado en Abu Dabi (Emiratos Árabes Unidos) en febrero de 2020. El apoyo firme y continuo de la Secretaría de la LEA sigue siendo fundamental para que el proyecto prosiga satisfactoriamente en la segunda fase.

Al igual que en la primera fase del proyecto, el centro de investigación Small Arms Survey (SAS), un programa asociado al Instituto de Altos Estudios Internacionales y de Desarrollo de Ginebra (Suiza), será la principal agencia ejecutiva. Al desarrollar la segunda fase, el SAS seguirá basándose en las contribuciones esenciales de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) y de la Organización Mundial de Aduanas (OMA). La OMA liderará los ámbitos prioritarios 1 y 2.1 (control internacional de las transferencias internacionales, incluido el control de las fronteras); la Interpol, los ámbitos 2.2 y 2.3 (desarrollo de las capacidades de los cuerpos o fuerzas de seguridad); y el SAS, los ámbitos 3, 4 y 5 (gestión y seguridad de los arsenales; desarme, desmovilización y reintegración, y el suministro de información relacionada con las APAL).

Esta asociación representa un modelo de cooperación en el ámbito de las APAL. El proyecto aprovecha los conocimientos y la experiencia complementarios de cada agencia ejecutiva para ofrecer un programa exhaustivo en materia de conocimientos y de desarrollo de las capacidades que cubra los principales componentes del Programa de Acción y el Instrumento Internacional de Localización. De este modo, el proyecto traduce los conceptos de cooperación internacional y multilateralismo, que se destacan en documentos como el Programa de Acción y la Estrategia de la UE para las APAL, en resultados tangibles, a saber, la ejecución efectiva del Programa de Acción y el Instrumento Internacional de Localización, así como el refuerzo de la seguridad interregional.

Si es necesario, en coordinación con la Secretaría de la LEA, el SAS subcontratará a otras organizaciones para que presten apoyo con otros componentes del proyecto. Según las necesidades y las preferencias de los Estados miembros de la LEA, otras organizaciones, entre ellas organizaciones de la sociedad civil, así como agencias especializadas de la LEA podrían contribuir también a la ejecución del proyecto.

Las agencias ejecutivas también se coordinarán con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que operen en los Estados miembros de la LEA, así como con cualquier programa de la Unión que tenga en ellos una presencia, con el fin de asegurarse de que todas las actividades que se lleven a cabo en el marco del proyecto se inspiren en las iniciativas existentes y las complementen. Cabe señalar que el presente proyecto aprovecha el apoyo prestado por la Unión en los últimos años al desarrollo y la ejecución del Sistema para la Gestión de los Registros y el Rastreo de Armas Ilícitas (iARMS) de Interpol, el componente principal de la oferta de formación UE-LEA de Interpol.

Las agencias ejecutivas también tomarán las medidas oportunas para garantizar la proyección pública del proyecto en consonancia con las directrices de la Unión.

Duración

La duración prevista del proyecto será de 36 meses.

(1)  Decisión (PESC) 2018/1789 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Armas
  • Comercio
  • Cooperación internacional
  • Financiación comunitaria
  • Liga de Estados Árabes
  • Política Exterior y de Seguridad Común

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