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En la página 62, considerando 3:
donde dice:
«(3)
[…] así como con los Estados miembros, la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL), la Oficina Europea de Policía (Europol) y la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex).»,
debe decir:
«(3)
[…] así como con las autoridades competentes de los Estados miembros, los organismos competentes de la Unión, en particular la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex) y la Oficina Europea de Policía (Europol) y la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL).».
En la página 62, considerando 6:
donde dice:
«(6)
[…] a intercambiar información con terceros Estados y organizaciones internacionales pertinentes, si fuera necesario para atender las necesidades operativas de la operación EUNAVFOR MED SOPHIA.»,
debe decir:
«(6)
[…] a intercambiar información con terceros Estados designados y con la Corte Penal Internacional cuando se considere necesario para atender las necesidades operativas de la operación EUNAVFOR MED SOPHIA.».
En la página 63, artículo 1, punto 2 [relativo al artículo 2 bis, apartado 5, de la Decisión (PESC) 2015/778], primera frase:
donde dice:
«5. […] la operación EUNAVFOR MED SOPHIA podrá recopilar, almacenar e intercambiar con los Estados miembros, los organismos competentes de la Unión, la UNSMIL, Europol, Interpol, Frontex, la Corte Penal Internacional y los Estados Unidos de América […]»,
debe decir:
«5. […] la operación EUNAVFOR MED SOPHIA podrá recopilar, almacenar e intercambiar con las autoridades competentes de los Estados miembros, los organismos competentes de la Unión, la UNSMIL, INTERPOL, la Corte Penal Internacional y los Estados Unidos de América […]».
En la página 63, artículo 1, punto 3 [relativo al artículo 2 ter, apartado 1, de la Decisión (PESC) 2015/778], primera frase:
donde dice:
«1. Como parte de su tarea de apoyo consistente en contribuir a la aplicación del embargo de armas de las Naciones Unidas en alta mar frente a las costas de Libia, la operación EUNAVFOR MED SOPHIA recopilará e intercambiará información […]»,
debe decir:
«1. En la medida en que sea necesario para su tarea de apoyo consistente en la aplicación del embargo de armas de las Naciones Unidas en alta mar frente a las costas de Libia, la operación EUNAVFOR MED SOPHIA recopilará e intercambiará información […]».
En la página 63, artículo 1, punto 5 [relativo al artículo 12, apartados 1 y 2, de la Decisión (PESC) 2015/778]:
donde dice:
«1. Se autoriza a la Alta Representante a comunicar a los terceros Estados, organizaciones internacionales y organismos internacionales designados, según proceda y de conformidad con las necesidades de la operación EUNAVFOR MED SOPHIA, cualquier documento no clasificado de la UE relacionado con las deliberaciones del Consejo sobre la operación y sometidas al secreto profesional. El CPS designará caso por caso los terceros Estados, organizaciones internacionales y organismos internacionales de que se trate.
2. Se autoriza a la Alta Representante a comunicar a los terceros Estados, organizaciones internacionales y organismos internacionales designados, según proceda y de conformidad con las necesidades de la operación EUNAVFOR MED SOPHIA, […]
El CPS designará caso por caso los terceros Estados, organizaciones internacionales y organismos internacionales de que se trate.»,
debe decir:
«1. Se autoriza a la Alta Representante a comunicar a terceros Estados designados y a la Corte Penal Internacional, según proceda y de conformidad con las necesidades operativas de la operación EUNAVFOR MED SOPHIA, así como cumpliendo plenamente los principios de reciprocidad y de inclusión, cualquier documento no clasificado de la UE relacionado con las deliberaciones del Consejo sobre la operación y sometidas al secreto profesional. Siempre que se cumplan esas condiciones, el CPS designará caso por caso los terceros Estados de que se trate.
2. Se autoriza a la Alta Representante a comunicar a terceros Estados designados y a la Corte Penal Internacional, según proceda y de conformidad con las necesidades operativas de la operación EUNAVFOR MED SOPHIA, […].
Siempre que se cumplan esas condiciones, el CPS designará caso por caso los terceros Estados de que se trate.».
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