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EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, el tercer párrafo de su artículo 25,
Vista la Acción Común 2004/570/PESC del Consejo, de 12 de julio de 2004, sobre la Operación Militar de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina (1), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 11 relativo a la participación de terceros Estados, Considerando lo siguiente:
(1) Apetición del Comité Político y de Seguridad, y con arreglo a la misión del Comité Militar de la Unión Europea (CMUE), el Comandante de la Operación Militar de la Unión Europea y el Comandante de la Fuerza de la Unión Europea, celebraron las Conferencias de generación y dotación de fuerzas el 15 de septiembre de 2004.
(2) El 20 de septiembre de 2004, por recomendación del Comandante de la Operación de la Unión Europea en relación con las contribuciones de los terceros Estados, el CMUE acordó recomendar al Comité Político y de Seguridad aceptar esas contribuciones de los terceros Estados.
(3) Los días 12 y 13 de diciembre de 2002, el Consejo Europeo de Copenhague adoptó una declaración según la cual los acuerdos «Berlín plus» y su ejecución sólo se aplicarán a los Estados miembros de la Unión Europea que también sean bien miembros de la OTAN o participantes en la «Asociación para la paz», y que hayan celebrado los consiguientes acuerdos de seguridad bilaterales con la OTAN.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Contribuciones de terceros Estados
Tras las Conferencias de generación y dotación de fuerzas, se aceptan las contribuciones de los terceros Estados que figuran en el anexo para la Operación Militar de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina.
Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 21 de septiembre de 2004.
Por el Comité Político y de Seguridad
El Presidente
A. HAMER
_________________________________
(1) DO L 252 de 28.7.2004, p. 10.
ANEXO
LISTA DE LOS TERCEROS ESTADOS A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1
— Argentina
— Bulgaria
— Canadá
— Chile
— Marruecos
— Nueva Zelanda
— Noruega
— Rumanía
— Suiza
— Turquía
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