LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista el Acta de adhesión de Noruega, Austria, Finlandia y Suecia (1) y, en
particular, el apartado 2 de su artículo 169,
Considerando que, en virtud de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 2
del Tratado de adhesión, las instituciones de las Comunidades Europeas
pueden adoptar antes de la adhesión las medidas contempladas en el artículo
169 del Acta, que entrarán en vigor a reserva de la entrada en vigor del
Tratado y en la misma fecha que éste;
Considerando que, como consecuencia de la adhesión de Suecia a la Unión
Europea, el Reglamento (CEE) nº 1267/93 de la Comisión, de 26 de mayo de
1993, por el que se establecen las decisiones de aplicación, para la gestión
de un contingente de 5 000 toneladas de alimentos para perros y gatos del
código NC 2309 10, originarios de Suecia, del Reglamento (CEE) nº 1108/93
del Consejo (2), resulta innecesario; que, por lo tanto, es conveniente
derogarlo,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda derogado el Reglamento (CEE) nº 1267/93.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a reserva de la entrada en vigor del
Tratado de adhesión de Noruega, Austria, Finlandia y Suecia y en la misma
fecha que éste.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y
directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 1994.
Por la Comisión
René STEICHEN
Miembro de la Comisión
(1) DO nº C 241 de 29. 8. 1994, p. 21.
(2) DO nº L 129 de 27. 5. 1993, p. 14.
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