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Documento DOUE-L-1993-80203

Decisión de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, Reunidos en el Seno del Consejo, de 15 de febrero de 1993, relativa a la suspensión temporal de derechos de aduana aplicables a las importaciones de productos CECA originarios de Islandia.

Publicado en:
«DOCE» núm. 45, de 23 de febrero de 1993, páginas 24 a 24 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1993-80203

TEXTO ORIGINAL

(93/113/CECA)LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBON Y DEL ACERO, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,

De acuerdo con la Comisión,

DECIDEN:

Artículo 1

Queda prorrogada hasta el 31 de diciembre de 1993 la suspensión temporal de los derechos de aduana aplicable a los productos CECA orginarios de Islandia, acordada por los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 23 de julio de 1992 (1).

Artículo 2

Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para la ejecución de la presente Decisión.

Hecho en Bruselas, el 15 de febrero de 1993.

El Presidente

M. JELVED

(1) DO no L 214 de 30. 7. 1992, p. 36 (Decisión 92/394/CECA).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 15/02/1993
  • Fecha de publicación: 23/02/1993
Referencias anteriores
  • PRORROGA hasta el 31 de diciembre de 1993, la suspensión de los derechos establecida en la Decisión 92/394, de 23 de julio (Ref. DOUE-L-1992-81245).
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • Comunidad Europea del Carbón y del Acero
  • Importaciones
  • Islandia

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