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Documento DOUE-L-1988-80052

Decisión nº 239/88 de la Comisión, de 11 de enero de 1988, por la que se fijan las tasas de reducción, para el primer trimestre de 1988, con arreglo a la Decisión nº 194/88/CECA por la que se prorroga el régimen de vigilancia y de cuotas de producción de determinados productos para las empresas de la industria siderúrgica.

Publicado en:
«DOCE» núm. 24, de 29 de enero de 1988, páginas 33 a 33 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-80052

TEXTO ORIGINAL

DECISION No 239/88 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero,

Vista la Decisión no 194/88/CECA de la Comisión, de 6 de enero de 1988, por la que se prorroga el régimen de vigilancia y de cuotas de producción de determinados productos para las empresas de la industria siderúrgica (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 8,

Considerando que deben fijarse las tasas de reducción respecto de determinados productos, para el primer trimestre de 1988, sobre la base de los estudios realizados conjuntamente con empresas y asociaciones de empresas,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

Las tasas de reducción para el establecimiento de cuotas de producción para el primer trimestre de 1988 se fijarán como sigue:

categoría Ia 48 %,

categoría Ib 48 %,

categoría II 38 %,

categoría III 46 %.

Las tasas de reducción para el establecimiento de la parte de las cuotas de producción que podrán entregarse en el mercado común se fijarán como sigue:

categoría Ia 54 %,

categoría Ib 52 %,

categoría II 55 %,

categoría III 56 %.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

La presente Decisión será obligatoria en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 11 de enero de 1988.

Por la Comisión

Karl-Heinz NARJES

Vicepresidente

(1) DO no L 25 de 29. 1. 1988, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 11/01/1988
  • Fecha de publicación: 29/01/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 29/01/1988
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con on el art. 8 de la Decisión 88/194, de 6 de enero (Ref. DOUE-L-1988-80055).
Materias
  • Industria siderúrgica
  • Productos siderúrgicos
  • Siderurgia
  • Tasas

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