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Documento DOUE-L-1987-80349

Reglamento (CEE) nº 900/87 de la Comisión, de 30 de marzo de 1987, por el que se modifica por tercera vez el Reglamento (CEE) nº 1152/86 relativo a acciones de publicidad y de promoción en favor de la mantequilla concentrada destinada al consumo directo.

Publicado en:
«DOCE» núm. 88, de 31 de marzo de 1987, páginas 25 a 25 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-80349

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1079/77 del Consejo, de 17 de mayo de 1977, relativo a una tasa de corresponsabilidad y a determinadas medidas destinadas a ampliar los mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1338/86 (2), y, en particular, su artículo 4,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1152/86 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3668/86 (4), ha establecido acciones de publicidad y de promoción en favor de la mantequilla concentrada destinada al consumo directo cuya venta a precio reducido autoriza el Reglamento (CEE) no 3143/85 de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3157/86 (6), autoriza la venta a precio reducido; que el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CEE) no 1152/86 prevé la ejecución de las acciones antes del 1 de abril de 1987 y el artículo 7 el envio del informe técnico y financiero antes del 1 de julio de 1987; que, a causa del cambio de la fecha límite para el envío de una copia del contrato, conviene prorrogar la fecha límite para el período de ejecución de las acciones y el envío del informe técnico y financiero;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se modifica el Reglamento (CEE) no 1152/86 del modo siguiente:

1. Se sustituye, en el apartado 2 del artículo 1, la fecha del « 1 de abril de 1987 » por la del « 16 de octubre de 1987 ».

2. Se sustituye, en el artículo 7, la fecha del « 1 de julio de 1987 » por la del « 16 de noviembre de 1987 » y la fecha del « 1 de septiembre de 1987 » por la del « 16 de enero de 1988 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 1987.

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 131 de 26. 5. 1977, p. 6.

(2) DO no L 119 de 8. 5. 1986, p. 27.

(3) DO no L 105 de 22. 4. 1986, p. 15.

(4) DO no L 339 de 2. 12. 1986, p. 15.

(5) DO no L 298 de 12. 11. 1985, p. 9.

(6) DO no L 294 de 17. 10. 1986, p. 8.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 30/03/1987
  • Fecha de publicación: 31/03/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 31/03/1987
Referencias anteriores
  • MODIFICA las Fechas Contenidas en los arts. 1 y 7 del Reglamento 1152/86, de 18 de diciembre (Ref. DOUE-L-1986-80525).
Materias
  • Mantequilla
  • Productos lácteos
  • Publicidad

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