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Documento DOUE-L-1985-80878

Decisión de la Comisión, de 24 de octubre de 1985, por la que se modifica la Decisión 83/421/CEE en lo referente a la lista de los establecimientos de Noruega autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad.

Publicado en:
«DOCE» núm. 296, de 8 de noviembre de 1985, páginas 52 a 53 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-80878

TEXTO ORIGINAL

( 85/493/CEE )

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo , de 12 de diciembre de 1972 , referente a los problemas sanitarios y de policía sanitaria en el momento de la importación de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (1) , modificada en último lugar por la Directiva 83/91/CEE (2) y , en particular , el apartado 1 del artículo 4 y el apartado 1 del artículo 18 ,

Vista la Directiva 77/96/CEE del Consejo , de 21 de diciembre de 1976 , relativa a la investigación de triquinas en el momento de las importaciones , procedentes de terceros países , de carnes frescas de animales domésticos de la especie porcina (3) , modificada en último lugar por la Directiva 84/319/CEE (4) y , en particular , su artículo 4 ,

Considerando que la lista de los establecimientos de Noruega autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad se estableció

inicialmente en la Decisión 83/421/CEE de la Comisión (5) , modificada por la Decisión 84/572/CEE (6) ;

Considerando que una inspección de rutina efectuada en aplicación del artículo 5 de la Directiva 72/462/CEE y del apartado 1 del artículo 3 de la Decisión 83/196/CEE de la Comisión , de 8 de abril de 1983 , relativa a los controles en las dependencias correspondientes efectuados en el marco del régimen aplicable a las importaciones de animales de las especies bovina y porcina así como de carnes frescas procedentes de terceros países (7) , ha puesto de manifiesto que el nivel de higiene de determinados establecimientos ha experimentado cambios con relación a la inspección anterior ;

Considerando que es necesario modificar , por consiguiente , la lista de establecimientos ;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión concuerdan con el dictamen del Comité veterinario permanente ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :

Artículo 1

El Anexo de la Decisión 83/421/CEE se sustituirá por el Anexo de la presente Decisión .

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 24 de octubre de 1985 .

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO n º L 302 de 31 . 12 . 1972 , p. 28 .

(2) DO n º L 59 de 5 . 3 . 1983 , p. 34 .

(3) DO n º L 26 de 31 . 1 . 1977 , p. 67 .

(4) DO n º L 167 de 27 . 6 . 1984 , p. 34 .

(5) DO n º L 238 de 27 . 8 . 1983 , p. 35 .

(6) DO n º L 315 de 5 . 12 . 1984 , p. 12 .

(7) DO n º L 108 de 26 . 4 . 1983 , p. 18 .

ANEXO

LISTA DE ESTABLECIMIENTOS A PARTIR DE LOS CUALES SE AUTORIZAN LAS IMPORTACIONES DE CARNES FRESCAS SIN LIMITE DE TIEMPO

Número de autorización Establecimiento Dirección

I . CARNE DE VACUNO

Mataderos y salas de despiece

13 Agro Fellesslaktei Egersund

20 Boendernes Salgslag Trondheim

22 Boendernes Salgslag Fosen

II . CARNE DE PORCINO (1)

Mataderos y salas de despiece

13 T Agro Fellesslakteri Egersund

20 Boendernes Salgslag Trondheim

21 T Boendernes Salgslag Steinkjer

(1) Se admite , con arreglo al artículo 4 de la Directiva 77/96/CEE , que los establecimientos para los que aparece la mención « T » efectúen el

examen para el descubrimiento de triquinas previsto en el artículo 2 de dicha Directiva .

LISTA DE ESTABLECIMIENTOS A PARTIR DE LOS CUALES SOLO PUEDEN INTRODUCIRSE CARNES FRESCAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD HASTA UNA FECHA DETERMINADA

Número de autorización Establecimiento Dirección

CARNE DE VACUNO

Matadero y sala de despiece

21 (1) Boendernes Salgslag Steinkjer

(1) Hasta el 8 de noviembre de 1985 .

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 24/10/1985
  • Fecha de publicación: 08/11/1985
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo de la Decisión 83/421, de 29 de julio (Ref. DOUE-L-1983-80407).
Materias
  • Carnes
  • Ganado porcino
  • Ganado vacuno
  • Importaciones
  • Mataderos
  • Noruega

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