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Documento BOE-A-2018-2822

Resolución de 16 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 28 de febrero de 2018, páginas 25175 a 25178 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-2822
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/02/16/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contienen las tablas salariales para el año 2017 del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (código de convenio 90003962011984), que fue suscrito con fecha 21 de noviembre de 2017, de una parte por la Dirección de Patrimonio Nacional, en representación de la Administración, y, de otra, por los sindicatos UGT, CSIF, USO y CC.OO., en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de febrero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE ACUERDO SOBRE LA REVISIÓN SALARIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017 PARA EL PERSONAL LABORAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO NACIONAL

En Madrid, a las 10:00 horas del día veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, en el marco de la reunión de la Mesa Negociadora de Retribuciones para la revisión salarial de 2017 que se celebra entre la Administración y los Sindicatos UGT, CGT, CSIF, USO y CC.OO, se llega a un acuerdo entre la Dirección de Patrimonio Nacional y los sindicatos UGT, CSIF, USO y CC.OO, que cuentan con la mayoría de la representación de los trabajadores en la Comisión Negociadora, para la distribución del incremento del 1% de la masa salarial autorizada para el año 2017 por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.

En consecuencia, ambas partes,

ACUERDAN:

Primero.

Dar conformidad a las tablas salariales que recogen la distribución de Masa Salarial autorizada por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas en noviembre de 2017, con el incremento del 1% establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y que una vez firmadas se incorporan al presente acta.

Segundo.

Remitir el acta con sus anexos, para su autorización, a los órganos competentes de la Administración General del Estado.

Tercero.

Autorizar expresamente a don Jesús Sanguino Quiroga, con documento nacional de identidad número 50025348A para que, en nombre y por Delegación de la Comisión Negociadora de Retribuciones del Convenio Colectivo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, de la que forma parte, proceda a realizar por medios electrónicos la tramitación necesaria ante la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para solicitar la inscripción y depósito de la revisión salarial del personal laboral del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional correspondiente al ejercicio 2017, suscrito por la Comisión Negociadora de Retribuciones el 21 de noviembre de 2017.

Se levanta la sesión a las 12:00 horas, dando fe de lo tratado con sus firmas los representantes de cada una de las partes negociadoras.

Por el Patrimonio Nacional, Elvira Ramírez de Prado, Jorge Prieto Ramos, Rosa Fraguas Bolea, Jesús Sanguino Quiroga, Vicente M. González Camacho, Fernando López Ríos y Cristina Páez Mellado.–Por la Representación de los Trabajadores, Fernando Úrsula Marañón (UGT), M.ª José García Pérez (UGT), Carlos Zarco Ibáñez (CSIF), Abel Loureda Fernández (CCOO) y Luis Berzosa Ramos (USO).

TABLAS SALARIALES AÑO 2017

Grupo

Nivel retributivo

A) Salario Base

B) Pagas extras

C) Antigüedad

Cuantía mensual

Cuantía anual

Cuantía anual

Cuantía mensual

Cuantía anual

1 - A

0

2.018,43

24.221,21

4.036,87

26,99

377,86

1 - B

1

1.838,55

22.062,64

3.677,11

26,99

377,86

2

2

1.656,72

19.880,68

3.313,45

25,46

356,44

3 - A

3

1.480,59

17.767,07

2.961,18

25,01

350,14

3 - B

4

1.318,42

15.821,08

2.636,85

25,01

350,14

3 - C

5

1.197,75

14.372,99

2.395,50

25,01

350,14

3 - D

6

1.130,08

13.560,95

2.260,16

25,01

350,14

4 - A

7

1.057,69

12.692,31

2.115,38

24,45

342,30

4 - B

8

1.021,52

12.258,29

2.043,05

24,45

342,30

Complementos salariales: Puesto de trabajo

D) Complementos salariales

Grupo

Nivel retributivo

Especialidad

a) Puesto de Trabajo

Cuantía anual

1 - A

0

Jefe/ Jefa de Departamento

877,03

10.524,36

1 - B

1

Titulado/ Titulada Superior Arquitecto/ Aquitecta o Ingeniero/ Ingeniera

596,60

7.159,20

1 - B

1

Coordinador/ Coordinadora de Programas Especiales

707,81

8.493,72

1 - B

1

Jefe/ Jefa de Servicio

707,81

8.493,72

1 - B

1

Titulado/ Titulada Superior

28,18

338,16

1 - B

1

Titulado/ Titulada Superior Médico/ Médica

473,54

5.682,48

2

2

Jefe/ Jefa de Sección

434,31

5.211,72

2

2

T. G. Medio - Arq/Ing. Técnico/ Técnica

437,49

5.249,88

2

2

Titulado/ Titulada de Grado Medio

28,18

338,16

3 - A

3

Conserje Mayor Delegaciones

28,18

338,16

3 - A

3

Conserje Mayor Servicios Centrales

337,48

4.049,76

3 - A

3

Encargado/ Encargada General

28,18

338,16

3 - A

3

Guarda/ Guardesa Mayor

28,18

338,16

3 - A

3

Jardinero/ Jardinera Mayor

28,18

338,16

3 - A

3

Jefe/ Jefa de Negociado

160,75

1.929,00

3 - B

4

Celador Encargado/ Celadora Encargada de Guardas y Guardesas

28,18

338,16

3 - B

4

Conserje Encargado/ Encargada de Museos Delegaciones

28,18

338,16

3 - B

4

Conserje Encargado/ Encargada de Museos Servicos Centrales

85,74

1.028,88

3 - B

4

Ayuda de Cámara

28,18

338,16

3 - B

4

Encargado/ Encargada

28,18

338,16

3 - B

4

Encargado/ Encargada de Caballerizas

96,60

1.159,20

3 - B

4

Técnico/ Técnica

83,81

1.005,72

3 - B

4

Técnico/ Técnica de Laboratorio

83,81

1.005,72

3 - B

4

Técnico/ Técnica de Restauración

83,81

1.005,72

3 - B

4

Técnico/ Técnica Delineante Proyectista

83,81

1.005,72

3 - B

4

Técnico/ Técnica Paisajista

83,81

1.005,72

3 - B

4

Técnico/ Técnica Programador

83,81

1.005,72

3 - C

5

Conductor/ Conductora

94,37

1.132,44

3 - C

5

Conductor/ Conductora del Presidente y Gerente

317,72

3.812,64

3 - C

5

Guía Intérprete

28,18

338,16

3 - C

5

Oficial Administrativo/ Oficiala Administrativa

108,03

1.296,36

3 - C

5

Oficial Administrativo/ Oficiala Administrativa Secretaría Presidente

242,49

2.909,88

3 - C

5

Oficial/ Oficiala de Oficios

78,96

947,52

3 - D

6

Auxiliar Administrativo/ Administrativa

28,18

338,16

3 - D

6

Auxiliar Administrativo/ Administrativa (At. Público)

91,57

1.098,84

3 - D

6

Caballerizo/Caballeriza

75,00

900,00

3 - D

6

Guarda/ Guardesa

28,18

338,16

3 - D

6

Guía

28,18

338,16

3 - D

6

Motorista

28,18

338,16

3 - D

6

Taquillero/ Taquillera

28,18

338,16

4 - A

7

Ayudante/ Ayudanta Especialista

59,58

714,96

4 - A

7

Ayudante/ Ayudanta de Gestión y Svos. Com.

91,57

1.098,84

4 - B

8

Ayudante/ Ayudanta

43,59

523,08

Indistinto

B) Idioma: Guías Intérpretes

«A» (2.º Idioma)

121,12

1.453,44

«B» (3.º o más idiomas)

180,32

2.163,84

Idioma: Resto de Personal

«C» (un Idioma)

57,80

693,60

«D» (dos o más idiomas)

121,12

1.453,44

Grupo

Nivel retributivo

D) C) De trabajo nocturno

Cuantía/hora

Cuantía/jornada

1 - A

0

1 - B

1

1,66

13,30

2

2

1,45

11,95

3 - A

3

1,33

10,58

3 - B

4

1,17

9,36

3 - C

5

0,99

8,55

3 - D

6

0,94

7,88

4 - A

7

0,86

7,21

4 - B

8

0,83

6,96

Grupo

Nivel retributivo

D) D.1) De especial disponibilidad

D) D.2) De mayor dedicación con disponibilidad horaria

D) D.3) De disponibilidad horaria

D) D.4) De jornada partida con disponibilidad horaria

Cuantía mensual

Cuantía anual

Cuantía mensual

Cuantía anual

Cuantía mensual

Cuantía anual

Cuantía mensual

Cuantía anual

1 - A

0

401,00

4.812,00

1 - B

1

365,00

4.380,00

310,00

3.720,00

90,00

1.080,00

140,00

1.680,00

2

2

327,00

3.924,00

278,00

3.336,00

90,00

1.080,00

140,00

1.680,00

3 - A

3

297,00

3.564,00

252,00

3.024,00

90,00

1.080,00

140,00

1.680,00

3 - B

4

230,00

2.760,00

90,00

1.080,00

140,00

1.680,00

3 - C

5

226,00

2.712,00

90,00

1.080,00

140,00

1.680,00

3 - D

6

220,00

2.640,00

90,00

1.080,00

140,00

1.680,00

4 - A

7

213,00

2.556,00

90,00

1.080,00

140,00

1.680,00

4 - B

8

174,00

2.088,00

90,00

1.080,00

140,00

1.680,00

Grupo

Nivel retributivo

E) Horas extraordinarias

Cuantía/hora festiva, nocturna o en día de libranza

Cuantía/resto horas extraordinarias

1 - B

1

20,60

18,02

2

2

18,57

16,22

3 - A

3

16,65

14,57

3 - B

4

14,71

12,85

3 - C

5

13,22

11,57

3 - D

6

12,26

10,73

4 - A

7

11,28

9,87

4 - B

8

10,81

9,46

Grupo

F) Horas Complementarias

Cuantía/hora

3 - B

9,49

3 - C

8,56

3 - D

8,05

G) A) Complemento de quebranto de moneda

Grupo

Cuantía mensual

Indistinto

72,12

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/02/2018
  • Fecha de publicación: 28/02/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90. 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de diciembre de 2013 (Ref. BOE-A-2013-13502).
Materias
  • Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
  • Convenios colectivos

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