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Documento BOE-A-2015-3078

Resolución de 12 de marzo de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo del Grupo T-Systems.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2015, páginas 25236 a 25241 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-3078
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/03/12/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo del Grupo de empresas T-Systems (código de convenio n.º 90100173012013), que fue suscrito con fecha 28 de enero de 2015, de una parte, por los designados por la dirección del grupo, en su representación y, de otra, por las secciones sindicales de CC.OO., UGT y USO, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de marzo de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

En Barcelona, día 28 de enero de 2015, a las 13:00 horas, en las dependencias de la empresa se reúne la Comisión Negociadora del Convenio colectivo para las empresas T-Systems ITC Iberia S.A.U., T-Systems Eltec S.L. y D-Core Network Iberia S.L. integrada,

De una parte: Por la representación empresarial, comparece Fernando Hidalgo Jiménez.

Asisten como asesores Rubén Doctor y Naiara Gálvez.

De otra parte: Por la representación sindical, comparecen:

• Por parte de CCOO: Andrés Martínez Arcas, José Carlos Hernández López, Pere Abellán Guerrero, José Antonio Moreno Díaz, Ana Belén Domínguez Pérez, Carlos Soriano Ibáñez, Pere Bendicho Mitjans y Víctor García Martínez.

• Por parte de UGT: Jordi Albert López, Pepe Bañón Soriano y David Escrig Faure.

• Por parte de USO: Cándido Mojarro Fernández.

Las partes por unanimidad acuerdan adaptar la composición de la Comisión Negociadora con efectos del 2 de febrero de 2015, quedando circunscrita la misma a las Empresas T-Systems ITC Iberia S.A.U. y D-Core Network Iberia S.L.

En segundo lugar, se ratifican las tablas salariales del año 2015 aprobadas por la Comisión Paritaria y se unen al presente Acuerdo a los efectos de su registro y publicación en el «BOE».

Las partes autorizan a Mónica Gómez Iglesias a los efectos de proceder a los anteriores trámites de registro y publicación ante la autoridad competente.

Y para que conste, a los efectos que correspondan, firman los comparecientes la presente acta final en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por la representación sindical.–Por la representación empresarial.

ANEXO I
Tablas salario base Convenio

Tablas salariales 2015

Grupo profesional G1. Operarios y actividades auxiliares

Función

Salario Grupo

Euros

Salario Función/Nivel 1

Euros

Salario Función/Nivel 2

Euros

Salario

Función/Nivel 3

Euros

Auxiliar

10.201

1.020,1

2.040,2

Técnico Auxiliar

10.201

1.020,1

3.060,3

Operario Logístico

10.201

3.570,35

4.590,45

Operador Help Desk

10.201

3.570,35

4.080,4

6.120,6

Programador Junior

10.201

5.304,52

Operador

10.201

5.610,55

7.650,75

10.201

Grupo Profesional G2. Técnicos C

Función

Salario Grupo

Euros

Salario Función/Nivel 1

Euros

Salario Función/Nivel 2

Euros

Salario Función/Nivel 3

Euros

Técnico de Servicio

12.241,2

1.530,15

2.550,25

5.100,5

Técnico Administrativo

12.241,2

2.550,25

4.590,45

7.140,7

Técnico Especialista Help Desk

12.241,2

3.060,3

5.100,5

7.140,7

Técnico Laboratorio

12.241,2

3.060,3

5.100,5

7.140,7

Asistente Dirección

12.241,2

3.060,3

5.610,55

9.180,9

Programador

12.241,2

3.874,38

6.222,61

9.996,98

Técnico de Soporte

12.241,2

4.080,4

6.120,6

9.180,9

Técnico Explotación

12.241,2

5.610,55

9.180,9

12.241,2

Grupo profesional G3. Técnicos B

Función

Salario Grupo

Euros

Salario Función/Nivel 1

Euros

Salario Función/Nivel 2

Euros

Salario Función/Nivel 3

Euros

Administrador de Sistemas

16.321,6

1.530,15

5.100,5

8.160,8

Técnico Gestor de proyectos

16.321,6

2.040,2

5.100,5

9.180,9

Técnico especialista en Gestión

16.321,6

2.040,2

5.100,5

9.180,9

Técnico Producto

16.321,6

2.040,2

6.120,6

10.201

Técnico de preventa

16.321,6

2.040,2

7.140,7

10.201

Analista Programador

16.321,6

2.856,28

5.916,58

8.976,88

Técnico Sistemas/Comunicación

16.321,6

3.060,3

8.160,8

14.281,4

Analista Funcional

16.321,6

8.160,8

12.241,2

16.321,6

Analista Orgánico

16.321,6

8.160,8

12.241,2

16.321,6

Grupo profesional G4. Técnicos A

Función

Salario Grupo

Euros

Salario Función/Nivel 1

Euros

Salario Función/Nivel 2

Euros

Salario Función/Nivel 3

Euros

Arquitecto de Sistemas

25.502,5

6.120,6

11.221,1

17.341,7

Arquitecto de Software

25.502,5

6.120,6

11.221,1

17.341,7

Grupo profesional G5. Comerciales/Consultores

Función

Salario Grupo

Euros

Salario Función/Nivel 1

Euros

Salario Función/Nivel 2

Euros

Salario Función/Nivel 3

Euros

Consultor de tecnología

20.402

2.040,2

5.100,5

10.201

Consultor de negocio

20.402

3.060,3

7.140,7

13.261,3

Gestor comercial

20.402

1.020,1

8.160,8

16.321,6

Grupo profesional G6. Mandos intermedios B

Función

Salario Grupo

Euros

Salario Función/Nivel 1

Euros

Salario Función/Nivel 2

Euros

Salario Función/Nivel 3

Euros

Supervisor Help Desk

16.321,6

2.040,2

4.590,45

7.140,7

Responsable de Equipo

16.321,6

4.080,4

6.120,6

9.180,9

Responsable Función

16.321,6

5.100,5

11.221,1

17.341,7

Grupo profesional G7. Mandos intermedios A

Función

Salario Grupo

Euros

Salario Función/Nivel 1

Euros

Salario Función/Nivel 2

Euros

Salario Función/Nivel 3

Euros

Responsable Servicio Producción

25.502,5

4.080,4

9.180,9

14.281,4

Responsable Proyecto

25.502,5

4.080

9.180,9

14.281,4

Responsable Servicio Cliente

25.502,5

5.100,5

11.221,1

17.314,7

Responsable de Área

25.502,5

17.341,7

25.502,5

ANEXO II
Tablas complementos salariales y pluses

Complemento de Antigüedad año 2015: El valor anual del trienio es de 714,07 euros brutos.

Pluses relativos a trabajo en horario habitual en no laborables, turnicidades y nocturnidades año 2015: El trabajo en horario habitual en no laborables, y los conceptos turnicidad y nocturnidad, se compensan según el cuadro adjunto.

Ámbito

Día de fin de semana

Festivo (2)

Festivo especial (2)

Turnicidad

Nocturnidad (solo para turnos)

Computing central, Fábrica SEAT y VW.

56,55 € hasta 4 h, 113,10 € de 4-10 horas y 169,65 € de 10 a 12 h.

56,55 € hasta 4 h, 113,10 € de 4-10 horas y 169,65 € de 10 a 12 h.

153,31 € por festivo especial, adicionales.

120,91 € mensuales.

3,82 €/hora.

Comunicaciones.

56,55 € hasta 4 h, 113,10 € de 4-10 horas y 169,65 € de 10 a 12 h.

56,55 € hasta 4 h, 113,10 € de 4-10 horas y 169,65 € de 10 a 12 h.

153,31 € por festivo especial, adicionales.

No aplica.

No aplica.

Computing resto de personal on site.

30,96 € jornada.

61,93 € por festivo.

103,21 € por festivo especial, adicionales.

Incluido en contrato.

1,68 €/hora.

Desktop Services.

Incluido en contrato.

61,93 € por festivo.

103,21 € por festivo especial, adicionales.

Incluido en contrato.

1,68 €/hora.

(2) Además el tiempo de disfrute equivalente.

Plus de turno incompleto:

▪ Para la persona trabajadora que prolonga turno: En laborable, 56,55 euros hasta 4 horas, 113,10 euros de 4-10 horas + tiempo de disfrute doble al tiempo invertido. En no laborable 113,10 euros hasta 4 horas, 226,20 euros de 4-10 horas + tiempo de disfrute doble al tiempo invertido. Si el no laborable fuese un festivo especial, 153,31 euros adicionales.

▪ Para la persona trabajadora que anticipa turno: del mismo modo que la persona que prolonga, o bien con guardia de contingencia, si está prestando dicho servicio.

ANEXO III
Tablas salariales complementos extrasalariales

Dietas y kilometrajes 2015

a. Dietas. Los importes de dietas son:

▪ Desplazamientos en territorio del estado: Comida 14,10 euros y cena 21,00 euros, tanto en festivos como en laborables.

▪ Desplazamientos al extranjero: Comida 26,83 euros y cenas 26,83 euros, sin diferenciar países.

El desayuno, tanto en el territorio del estado como en desplazamientos al extranjero, se compensará con justificante de gastos, caso de no estar incluido en el alojamiento.

En casos excepcionales se podrán presentar hojas de gastos que deberán ser aprobadas por el Director del área y RRHH.

Cualquier compensación actual mediante dietas, ayuda comida, plus comida o similares, que no corresponda a la naturaleza de desplazamiento será estudiado para ser substituido por otro de equivalente valor que represente la actividad realizada.

Desplazamiento en territorio nacional, tanto en festivos como en laborables:

Comida: 14,10 euros.

Cena: 21,00 euros.

Desplazamiento al extranjero sin diferenciar países:

Comida: 26,83 euros.

Cena: 26,83 euros.

b. Kilometraje. Se fija para el 2015 el precio del kilómetro en 27,02 céntimos de euro por kilómetro.

ANEXO IV
Tablas salariales guardias e intervenciones planificadas

Guardias e Intervenciones planificadas 2015

1. Guardias

Las guardias (disponibilidad + intervención de guardia) se compensan según modalidad de guardia, como muestra el cuadro adjunto.

Modalidad de guardia

Disponibilidad (*)

Tipo de Intervenciones en guardia

Guardias segundo nivel.

Laborable: 16,35 €.

Día fin de semana: 31,85 €.

Festivo: 60,18 €.

Festivo especial: 100,30 €.

T1

Guardias primer nivel.

Laborable: 16,35 €.

Día fin de semana: 31,85 €.

Festivo: 60,18 €.

Festivo especial: 100,30 €.

T2

Guardia de Contingencia (retén).

Laborable: 16,35 €.

Día fin de semana: 31,85 €.

Festivo: 60,18 €.

Festivo especial: 100,30 €.

Plus de Contingencia (*).

En día laborable: 56,55 € hasta 4 h, 113,10 € de 4-10 horas + tiempo de disfrute doble al tiempo invertido.

En día no laborable: 113,10 € hasta 4 h, 226,20 € de 4-10 horas + tiempo de disfrute doble al tiempo invertido. Si el no laborable fuese un festivo especial, 153,31 € adicionales.

Guardia de Técnico de Campo-tipo Retail.

Semana: 95,29 €.

T2

Resto de modalidades.

Laborable: 16,35 €.

Día fin de semana: 31,85 €.

Festivo: 60,18 €.

Festivo especial: 100,30 €.

T2

Intervenciones de guardia tipo T1:

Plus que incluye un pack de 6 horas de intervenciones en una semana a 176,53 kilómetro/pack.

La realización de más de 6 horas de intervenciones, el exceso se compensará:

Laborable: 1,75 veces salario de una hora.

Fines de semana y festivos intermedios: 1,9 veces salario de una hora.

Festivos especiales: 2,5 veces salario de una hora.

En el caso de que la guardia sea inferior a una semana se aplicarán las siguientes compensaciones:

Días de guardia

Horas incluidas (1)

Importe hora (€)

Importe total días (€)

1

1

29,42

29,09

2

1,8

29,42

53,16

3

2,7

29,42

79,24

4

3,6

29,42

106,32

5

4,5

29,42

132,40

6

5,4

29,42

158,47

7

6

29,42

176,53

Intervenciones de guardia Tipo T2:

Compensación por horas:

Laborable: 1,75 veces salario de una hora.

Fines de semana y festivos intermedios: 1,9 veces salario de una hora.

Festivos especiales: 2,5 veces salario de una hora.

La compensación por horas será la que se aplique por defecto. Excepcionalmente en los ámbitos de TCO e ITO-Computing Servicios Centrales y Fábrica SEAT, únicamente el/la trabajador o trabajadora cuyas intervenciones planificadas en no laborable hasta el 30 de junio de 2008, venían siendo compensadas con plus + tiempo equivalente de descanso, podrá optar si así lo prefiere, a la forma de compensación de plus festivo 56,55 euros hasta 4 horas, 113,10 euros de 4-10 horas y 169,65 euros de 10 a 12 horas + disfrute de tiempo equivalente. Del mismo modo, para el/la trabajador o trabajadora en esta situación, el tratamiento de festivo especial se compensará con un plus adicional de 153,31 euros. Una vez que el/la trabajador o trabajadora en esta situación, ha optado por una de las dos modalidades de compensación para intervenciones planificadas en no laborable, dicha modalidad no variará en lo sucesivo, salvo por acuerdo con el/la responsable del servicio.

Las compensaciones por intervención de guardia, sean del tipo que sean, excluyen cualquier percepción de otro tipo de compensación adicional como son los pluses de nocturnidad, turnicidad, etc.

2. Intervenciones planificadas

Para todas las áreas de negocio se aplicará el tipo de intervención T2 que tiene la misma descripción que la intervención T2 de la guardia.

Exclusivamente para el área de Systems Intregration se contempla dos posibilidades de compensación a elegir una de ellas por la persona que ha de prestar el servicio:

a) Aplicar T1 en fin de semana, festivo o festivo especial o T2 en días laborables.

b) Pago plus festivo 56,55 euros hasta 4 horas, 113,10 euros de 4-10 horas y 169,65 euros de 10 a 12 horas + disfrute de tiempo equivalente. El festivo especial se compensará con un plus adicional de 153,31 euros.

Las compensaciones por intervención planificada, sean del tipo que sean, excluyen cualquier percepción de otro tipo de compensación adicional como son los pluses de nocturnidad, turnicidad, etc.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/03/2015
  • Fecha de publicación: 23/03/2015
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 29 de diciembre de 2013 (Ref. BOE-A-2014-639).
Materias
  • Comunicaciones electrónicas
  • Convenios colectivos
  • Telecomunicaciones

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