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Documento BOE-A-2015-10763

Resolución de 24 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales correspondientes a los años 2014 y 2015 del Convenio colectivo marco estatal para los servicios de naturopatía y profesionales naturópatas.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 6 de octubre de 2015, páginas 90603 a 90604 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-10763
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/09/24/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales correspondientes a los años 2014 y 2015 del Convenio colectivo marco estatal para los servicios de naturopatía y profesionales naturópatas (código de convenio número 99100135012013), que fue suscrito con fecha 17 de julio de 2015, de una parte por la organización empresarial Organización Nacional de Empresarios Naturópatas (ONEN), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por la Federación de Servicios Públicos de UGT (FSP-UGT), en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 24 de septiembre de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ANEXO I

Retribuciones básicas 2014

Tabla retributiva

2014

Grupo profesional

Categoría profesional

Área

Nivel salarial

Salario base

Paga junio

Paga diciembre

1

Gerente.

Gestión y Administración.

I

911,70

911,70

911,70

1

Director.

I

911,70

911,70

911,70

1

Administrador.

I

911,70

911,70

911,70

1

Director Territorial.

I

911,70

911,70

911,70

2

Coordinador.

II

810,40

810,40

810,40

2

Oficial administrativo.

II

810,40

810,40

810,40

2

Técnico informático.

II

810,40

810,40

810,40

3

Auxiliar administrativo.

VI

684,69

684,69

684,69

3

Telefonista/Recepcionista.

VI

684,69

684,69

684,69

4

Naturólogo.

Asistencial.

II

810,40

810,40

810,40

4

Maestro.

II

810,40

810,40

810,40

4

Consultor especialista.

II

810,40

810,40

810,40

5

Naturópata Especialista.

III

783,45

783,45

783,45

5

Profesor.

III

783,45

783,45

783,45

5

Consultor Técnico.

III

783,45

783,45

783,45

6

Naturópata Grado 1.

IV

768,56

768,56

768,56

6

Monitor.

IV

768,56

768,56

768,56

6

Asesor Técnico.

IV

768,56

768,56

768,56

7

Ayudante en Naturopatía.

VI

684,69

684,69

684,69

7

Auxiliar en Naturopatía.

VI

684,69

684,69

684,69

8

Naturópata Grado 2.

Servicios.

IV

768,56

768,56

768,56

9

Naturópata Grado 3.

V

754,58

754,58

754,58

10

Ayudante de oficios varios.

VI

684,69

684,69

684,69

10

Personal no cualificado.

VI

684,69

684,69

684,69

Retribuciones básicas 2015

Tabla retributiva

2015

Grupo profesional

Categoría profesional

Área

Nivel salarial

Salario base

Paga junio

Paga diciembre

1

Gerente.

Gestión y Administración.

I

911,70

911,70

911,70

1

Director.

I

911,70

911,70

911,70

1

Administrador.

I

911,70

911,70

911,70

1

Director Territorial.

I

911,70

911,70

911,70

2

Coordinador.

II

810,40

810,40

810,40

2

Oficial administrativo.

II

810,40

810,40

810,40

2

Técnico informático.

II

810,40

810,40

810,40

3

Auxiliar administrativo.

VI

684,69

684,69

684,69

3

Telefonista/Recepcionista.

VI

684,69

684,69

684,69

4

Naturólogo.

Asistencial.

II

810,40

810,40

810,40

4

Maestro.

II

810,40

810,40

810,40

4

Consultor especialista.

II

810,40

810,40

810,40

5

Naturópata Especialista.

III

783,45

783,45

783,45

5

Profesor.

III

783,45

783,45

783,45

5

Consultor Técnico.

III

783,45

783,45

783,45

6

Naturópata Grado 1.

IV

768,56

768,56

768,56

6

Monitor.

IV

768,56

768,56

768,56

6

Asesor Técnico.

IV

768,56

768,56

768,56

7

Ayudante en Naturopatía.

VI

684,69

684,69

684,69

7

Auxiliar en Naturopatía.

VI

684,69

684,69

684,69

8

Naturópata Grado 2.

Servicios.

IV

768,56

768,56

768,56

9

Naturópata Grado 3.

V

754,58

754,58

754,58

10

Ayudante de oficios varios.

VI

684,69

684,69

684,69

10

Personal no cualificado.

VI

684,69

684,69

684,69

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/09/2015
  • Fecha de publicación: 06/10/2015
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 12 de agosto de 2013 (Ref. BOE-A-2013-9178).
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Convenios colectivos
  • Salud

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