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Documento BOE-A-2012-6059

Resolución de 19 de abril de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el acta del acuerdo de revisión salarial para el año 2011 del Convenio colectivo del grupo de marroquinería, cueros repujados y similares.

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 5 de mayo de 2012, páginas 34024 a 34026 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-6059
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/04/19/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de 24 de enero de 2012, donde se recoge el acuerdo de revisión salarial para el año 2011 del Convenio Colectivo del grupo de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia (Código de Convenio n.º 99003385011981), acta que fue suscrita, por la Comisión Paritaria de dicho Convenio, en la que están integradas la Asociación Empresarial ASEMAVI y las organizaciones sindicales CC.OO y UGT firmantes del convenio en representación, respectivamente, de las empresas y de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta de Revisión Salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de abril de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL GRUPO DE MARROQUINERÍA, CUEROS REPUJADOS Y SIMILARES DE MADRID, CASTILLA-LA MANCHA, LA RIOJA, CANTABRIA, BURGOS, SORIA, SEGOVIA, ÁVILA, VALLADOLID Y PALENCIA

Asistentes

Por CCOO:

Pedro Sánchez González.

Benito Morilla Romero.

Andrea García.

Roberto Martínez Ramos.

Francisco Javier Ayuso Berzal.

Asesora: Carmen Expósito Robles.

Por UGT:

Jesús Espino Barreno.

Rosa María Ruiz.

Miguela García-Motos.

Francisco Javier Grande San Juan.

Asesor: Paula Alves da Silva.

Por ASEMAVI:

Belén Iglesias Gallego.

Rafael Yañez Alonso.

Pedro Rogado González.

Pedro Sánchez Silván.

Asesor: Doña Mónica Ruiz Gallardo.

Siendo las 10:30 horas del día 24 de enero de 2012, se reúnen en la sede de UGT, Avenida América, Madrid, las personas relacionadas que se reconocen como interlocutores válidos para la firma de la revisión salarial del año 2011, con los efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2011 según consta en el artículo 14 punto III del Convenio Colectivo.

Se estudian y examinan las tablas salariales confeccionadas y encontrándolas correctas, se procede a su aprobación por todas las partes.

Se autoriza a la organización empresarial ASEMAVI y a su representante, doña Mónica Ruiz Gallardo, para que, en representación de todas las partes, registre el acta del acuerdo y las tablas salariales de la revisión correspondiente al año 2011, del sector de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia.

Tablas salariales Convenio Marroquinería

Año 2011

Tablas definitivas

 

Mensual

Euros

2,40%

Incentivo

Euros

2,40%

Grupo Profesional 1

 

 

Personal Técnico Titulado

 

 

Nivel 1

1.485,13

247,52

Nivel 2

1.367,87

227,95

Grupo Profesional 2

 

 

Personal Técnico no Titulado con cualificación

 

 

Nivel 1

1.289,70

214,94

Nivel 2

1.094,31

182,39

Nivel 3 (A)

1.055,19

175,86

Nivel 3 (B)

1.022,61

156,66

Grupo Profesional 3

 

 

Personal Administración/mercantil

 

 

Nivel 1 (A)

1.289,70

214,94

Nivel 1 (B)

1.094,31

182,39

Nivel 1 (C)

891,05

148,50

Nivel 2

1.016,12

169,35

Nivel 3

891,05

148,50

Nivel 4 (A)

830,46

138,41

Nivel 4 (B)

820,73

136,78

Nivel 4 (C)

801,20

133,84

Grupo Profesional 4

 

 

Personal de producción

 

 

Nivel 1

957,53

159,58

Nivel 2

883,25

147,21

Nivel 3

820,68

136,78

Nivel 4

781,62

130,26

Nivel 5

656,80

92,81

Nivel 6

656,80

92,81

Grupo Profesional 5

 

 

Personal de almacén

 

 

Nivel 1

937,93

156,39

Nivel 2

801,20

133,52

Nivel 3

781,62

130,26

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/04/2012
  • Fecha de publicación: 05/05/2012
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • arts. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de junio de 2009 (Ref. BOE-A-2009-10640).
Materias
  • Ávila
  • Burgos
  • Cantabria
  • Castilla La Mancha
  • Convenios colectivos
  • La Rioja
  • Madrid
  • Marroquinería
  • Palencia
  • Segovia
  • Soria
  • Valladolid

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