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Documento BOE-A-2012-14343

Resolución de 2 de noviembre de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del anexo II del Convenio colectivo de Docks Logistics Spain, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 21 de noviembre de 2012, páginas 81286 a 81288 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-14343
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/11/02/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo de modificación del anexo II (Acuerdo sobre productividad para chóferes) del Convenio colectivo de la empresa Docks Logistics Spain, SA (Código de convenio n.º: 90015662012005), publicado en el «BOE» de 30 de noviembre de 2011, acuerdo de modificación que fue suscrito, con fecha 16 de julio de 2012, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por los designados por el Comité de empresa y los Delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Acuerdo de modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de noviembre de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Acta de la Comisión Negociadora convenio colectivo Docks Logistics Spain, S. A.

Firmantes:

Por la representación de los trabajadores:

Centro de trabajo de Valencia.

Comité de empresa:

D. Rafael Reina López.

D.ª Layla Ubeda Chacón.

D. Nicomedes Boza García.

D. Mariano Soler Botella.

D. José Miguel Sierra Lahoz.

Por la empresa:

D. Pascual García Perales.

D. Miguel Ángel Font Barceló.

Reunidos en Valencia, a 16 de julio de dos mil doce, en el centro de trabajo de Ribarroja del Turia, de una parte los miembros integrantes de la parte empresarial de la comisión negociadora del convenio citado, y de otra los miembros representantes de la parte trabajadora de dicha comisión negociadora, al objeto de tratar sobre el único punto que conforma el orden del día:

Revisión del Acuerdo de productividad del colectivo de choferes firmado y publicado en el convenio colectivo de Docks Logistics Spain, S. A.

Ambas partes se reconocen capacidad mutua para pactar y comprometer. Y en uso de sus respectivas representaciones,

Acuerdan:

Primero.

Que tras las diversas deliberaciones y los respectivos intercambios de opiniones y puntos de vista, ambas partes están de acuerdo en que como consecuencia de la actual crisis y escenario económico, así como de la situación financiera de la empresa, conviene modificar los importes reflejados en el Anexo II del citado Convenio Colectivo.

Segundo.

Que la constitución de la mesa negociadora se hizo el 25 de junio de 2012.

Tercero.

Que las partes se han reunido de manera periódica para la negociación del presente convenio al objeto de llegar a un acuerdo los días; 25, 28 de junio, así como el 2 de julio de 2012.

Cuarto.

Ambas partes convienen que los nuevos precios del Acuerdo de productividad y dietas será el reflejado en el cuadro de mas abajo.

Que igualmente, la fecha de efectos del nuevo Acuerdo será el 15/08/2012 y para todo el colectivo de choferes actualmente en plantilla, así como para las futuras incorporaciones que puedan producirse.

Quinto.

Los Delegados de Personal de los otros centros de trabajo existentes en la empresa, delegan el voto y transmiten su acuerdo al Comité de Empresa de Valencia.

Sexto.

En muestra de conformidad y aceptación de todo lo anteriormente detallado, las partes firman por duplicado pero a un solo efecto el presente documento, quedando desde el momento de su firma incorporado como Adendum al actual y vigente Convenio Colectivo.

NUEVO ACUERDO DE PRODUCTIVIDAD Y DIETAS A PARTIR DEL 15 DE AGOSTO DE 2012

Áreas:

De 0 a 50 km: 13,00 euros.

De 51 a 75 km: 16,00 euros.

De 76 a 100 km: 19,00 euros.

De 101 a 125 km: 21,00 euros.

De 126 a 150 km: 24,00 euros.

De 151 a 175 km: 27,00 euros.

De 176 a 200 km: 32,00 euros.

A partir de 201 km se establece un precio por km de: 0,081 euros.

Viajes internacional por km: 0,10 euros.

Acuerdos especiales:

Traslados: 5,00 euros.

Revisión aduanera: 10,00 euros.

Recogidas adicionales: 5,00 euros.

Zona PIF+VTA a pila: 13,00 euros.

Zona PIF+cliente: 13,00 euros + área client.

Frigorífico aumento: 25 %.

A.D.R. Aumento: 25 %.

Paralizaciones:

Tiempo 6 horas:

Se abonará comida o cena (día completo: 25 euros mas las dos).

La vuelta cargado el mismo día se abona viaje y medio.

La vuelta cargado el día siguiente se abonará como 2 viajes.

Los sábados que sea necesario trabajar se abonara:

25 euros medio día.

35 euros día completo.

Las salidas que se realicen en domingo o festivo se abonará un complemento de 35 euros y siempre se realizará bajo la instrucción del departamento de trafico. Siempre se realizarán dichas salidas antes de las 19 horas.

El tercer viaje se pagará como viaje y medio excepto la descarga de cristal puerto-almacén.

En la operativa del barco de cristal, cada viaje se abonará como primer área (13 euros).

Fdo.:

Fdo.:

Docks Logistics Spain, S. A.

Comité Empresa Valencia.

 

(Incluye voto delegado de resto de centros de trabajo).

D. Pascual García Perales.

D. Rafael Reina López.

D. Miguel Ángel Font Barceló.

D.ª Layla Ubeda Chacón.

 

D. Nicomedes Boza García.

 

D. Mariano Soler Botella.

 

D. José Miguel Sierra Lahoz.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/11/2012
  • Fecha de publicación: 21/11/2012
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Convenio publicado por Resolución de 15 de noviembre de 2011 (Ref. BOE-A-2011-18804).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Transporte de mercancías
  • Transportes

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