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Visto el texto de las tablas salariales definitivas correspondientes al año 2008 y las tablas salariales provisionales del año 2009 del Convenio Colectivo nacional de los Servicios de Prevención Ajenos publicado en el BOE de 11-9-2008, (Código de Convenio nº 9917255), que fue suscrito con fecha 15 de abril de 2009, por la Comisión Mixta de interpretación y seguimiento del Convenio de la que forman parte las organizaciones empresariales ANEPA, Federación ASPA y ASPREM en representación de las empresas del sector, y las organizaciones sindicales COMFIA-CC.OO. y FES-UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 20 de mayo de 2009.– El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
En Madrid, en la sede del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, a las 10:30 h. del 15 de abril de 2009, se reúnen las personas relacionadas a continuación, y dan comienzo a la reunión de la Comisión mixta paritaria de interpretación y seguimiento del Convenio Colectivo Nacional de los Servicios de prevención ajenos.
Asistentes:
Representación sindical:
Ana Lozano del Valle (CC.OO.–COMFIA).
Isabel García Martín (CC.OO.–COMFIA).
Josep Bonet Expósito (FES – UGT).
Juan Carlos Sánchez Pajares (FES-UGT).
Representación Empresarial:
Juan Carlos Bajo Albarracín (ANEPA).
María Jiménez Pedraza (Federación ASPA).
Javier Cassini Gómez de Cádiz (Federación ASPA).
Juan José Llona Barrenechea (ASPREM).
Ernesto Rubio García (ASPREM).
Asesores:
Enrique Pérez Moratilla (CC.OO.–COMFIA).
Javier Perea Maté (FES – UGT).
José Mª Guerrero Ostolaza (ANEPA).
Redactores:
Ana Lozano del Valle (CC.OO.–COMFIA).
Ernesto Rubio García (ASPREM).
Primer y único punto del orden del día: En aplicación de lo previsto en el artículo 47 del I Convenio Colectivo Nacional de los Servicios de prevención ajenos, la Comisión mixta paritaria del citado Convenio aprueba la tabla salarial definitiva del año 2008 y la tabla provisional del año 2009, según anexo que se adjunta.
Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión.
Grupos |
Niveles |
Salario base anual (14 pagas) |
|
---|---|---|---|
Tabla 1 |
Tabla 1 |
||
2008 Tabla definitiva |
2009 Tabla provisional |
||
I |
|
27.540,00 € |
28.090,80 € |
1 |
24.480,00 € |
24.969,60 € |
|
2 |
21.420,00 € |
21.848,40 € |
|
II |
3 |
18.360,00 € |
18.727,20 € |
4 |
17.340,00 € |
17.686,80 € |
|
5 |
16.320,00 € |
16.646,40 € |
|
6 |
15.300,00 € |
15.606,00 € |
|
III |
7 |
13.770,00 € |
14.045,40 € |
8 |
12.240,00 € |
12.484,80 € |
|
9 |
11.220,00 € |
11.444,40 € |
La tabla de 2009 es provisional, e incluye un 2% a cuenta del IPC.
Grupos |
Niveles |
Importe anual* (en 14 mensualidades) |
---|---|---|
Grupo II. |
Nivel 3. |
312,12 € |
|
Nivel 4. |
104,04 € |
|
Nivel 5. |
104,04 € |
|
Nivel 6. |
104,04 € |
Grupo III. |
Nivel 7. |
156,06 € |
|
Nivel 8. |
156,06 € |
|
Nivel 9. |
104,04 € |
* Por el multiplicador correspondiente.
|
2009 |
---|---|
Plus de conducción de unidad móvil |
51,00 € |
Seguro de vida |
16.500,00 € |
Doble capital para el caso de muerte por accidente |
33.000,00 € |
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