Contingut no disponible en valencià
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes, en su reunión de 28 de septiembre de 2004, ha aprobado definitivamente la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Atletismo y autorizado su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.7 de la Ley del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de los Estatutos de los mismos y sus modificaciones. En virtud de lo anterior, esta Secretaría de Estado acuerda:
Disponer la publicación de la modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Atletismo contenidos en el anexo a la presente Resolución.
Madrid, 2 de noviembre de 2004.-El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Díez.
ANEXO Modificación de los Estatutos de la Real Federación Española de Atletismo
Se sustituye el estamento de «organizadores» por el de «otros colectivos» en todos los artículos afectados. Se modifica el siguiente artículo:
Artículo 25.
La Asamblea General de la R.F.E.A. estará compuesta por 146 miembros: 1. El Presidente de la R.F.E.A, los 19 Presidentes de las Federaciones Autonómicas o personas que se designen fehacientemente, como miembros natos, mas 126 miembros electos, según la siguiente distribución por Estamentos: a) 66 representantes del Estamento de Clubes (total 52,4 %).
b) 36 representantes del Estamento de Atletas (total 28,6 %). c) 10 representantes del Estamento de Entrenadores (total 7,9 %). d) 10 representantes del Estamento de Jueces (total 7,9%). e) 4 representantes de Otros Colectivos (3 Representantes de Organizadores y 1 representante de los Representantes de Atleta) (total 3,2%).
2. A las sesiones de la Asamblea General también podrá asistir con voz pero sin voto, el Presidente saliente del último mandato.
3. La suma de todos los miembros citados constituirá el quórum total y absoluto de la Asamblea General de la R.F.E.A.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid